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Una lectura de la realidad venezolana
desde los
derechos humanos |
Servicio
informativo No. 126
Del 13 al 25 de septiembre de 2003 |
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1988/2003:
Provea, 15 años por
los derechos sociales y contra la impunidad
EFEMÉRIDES DE DDHH DEL MES
DE OCTUBRE
CONTEXTO
*
Caracas,
escenario de intercambio y debate de la Pidhdd
*
Venezuela suscribió y ratificó acuerdos ante la ONU
DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y
CULTURALES
* OMC en Cancún: desacuerdo es mejor que un mal acuerdo
*
Conavi aplica medidas
progresivas para el derecho a la vivienda
*
GN viola derechos humanos en desalojo de ex
trabajadores petroleros y familiares
* Inpsasel: indicadores de accidentes laborales y otros aspectos
para crear una cultura del riesgo de accidentes laborales en
Venezuela
* Indicadores socioeconómicos del
INE y Datanálisis
* Situación epidemiológica nacional
*
Propuestas
y exigencias a los poderes públicos sobre
los
derechos laborales
DERECHOS CIVILES Y
POLÍTICOS
*
Provea solicita a la Sala Constitucional que ordene al
ministro de la Defensa informar sobre Plan Ávila
* Desacato del
Estado venezolano ante sentencia de El Caracazo lo pone otra
vez en mora con el sistema interamericano de protección de los
derechos humanos, con los familiares de las víctimas
y con la sociedad venezolana
* Decisión del CNE
sobre papel de Súmate es inconstitucional y un mal precedente
*
Violencia Política: nuevo saldo
*
Amnistía Internacional propone
Acción Urgente para familiares de víctimas de ejecuciones
extrajudiciales en el Edo. Aragua
*
El Doble discurso sobre la soberanía nacional:
Estado venezolano efectúa
otra extradición de un
ciudadano vasco
*
Propuestas y exigencias
a los poderes públicos sobre el
derecho a la justicia
ARTÍCULOS
*
Son Derechos: “Fraude laboral en la Defensoría”
DOCUMENTOS
*
Red del Tercer Mundo
ante Conferencia de la OMC:
“¿Y ahora qué?”
* Organizaciones sociales y de derechos humanos venezolanas
condenan
declaraciones del Presidente colombiano Álvaro Uribe Vélez
* "Cofavic rechaza tendencias orientadas a restringir el
derecho de asociación y participación ciudadana"
* Acción Urgente de AI a favor de la
seguridad de
familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales en el
Edo. Aragua
* Testimonio de un colombiano solicitante de asilo en
Venezuela: "Queridos amigos y amigas del planeta"
A efectos
de este servicio informativo utilice:
coyuntura@derechos.org.ve
Ediciones anteriores disponibles en nuestro
sitio web:
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Agradecemos mencionar la fuente
cuando el contenido sea citado o difundido |
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EFEMÉRIDES DE DDHH DEL MES DE
OCTUBRE |
01 Día Internacional de las Personas de la Tercera Edad
02 Día Mundial del Hábitat
04 Día Mundial de la Amnistía
04 Conmemoración de la Masacre de Cantaura, Edo. Anzoátegui
(1982)
05 Día Mundial de los Docentes
10 Día Mundial Contra la Pena de Muerte
10 Día de la Salud Mental
12 Día Nacional de la Resistencia Indígena
15 Día Internacional de la Mujer Rural
15 Día Internacional de Reducción de Desastres
15 Aniversario de Provea
16 Día Mundial de la Alimentación
17 Día Mundial para la Erradicación de la Pobreza
24 Día de las Naciones Unidas
24 Día Mundial de la Información sobre el Desarrollo
24-30 Semana del Desarme
27 Primera elección universal, directa y secreta en Venezuela
(1946)
29 Conmemoración de la Masacre de El Amparo, Edo. Apure (1988)
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CONTEXTO
Caracas,
escenario de intercambio y debate de la Pidhdd |
Entre el 16 y el 19.09.03, se realizó en Caracas la II Reunión
del Comité de Coordinación Regional de la Plataforma
Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (Pidhdd).
Participaron en este encuentro Dante Gullo, Coordinador del
Capítulo Argentina; Hugo Fernández, Coordinador del Capítulo
Bolivia; Marcio Gualberto, Coordinador del Capítulo Brasil;
Marcela Tchimino, Coordinadora (E) de la Red Latinoamericana
para la Paz y los Derechos Humanos del Centro de Educación de
Adultos de América Latina (CEAAL); Diego Carrasco, Coordinador
del Capítulo Chile; Natalia Paredes, Secretaria Técnica del
Capítulo Colombia; Fidel Narváez, Secretario Técnico del
Capítulo Ecuador; Ercilio Moura, Coordinador del Capítulo Perú; Efraín Olivera y Carlos Abin,
Coordinador e integrante del Capítulo Uruguay,
respectivamente; Carlos Correa y Erick
Gutiérrez, Coordinador y Secretario Técnico del Capítulo Venezuela,
respectivamente; y, Pierre Roy Toussaint y Daniel Aragao,
Coordinador Regional y Secretario Técnico Regional de la
Pidhdd,
respectivamente.
Además de compartir los diferentes Informes sobre
la situación de cada uno de los capítulos asistentes, la agenda
del encuentro permitió discutir sobre la integración
regional y los
derechos humanos. También se revisó, entre otros puntos, la coordinación
de las campañas de la Pidhdd, como la campaña continental por el derecho a la educación
y la
campaña por la ratificación del Protocolo de San Salvador, entre
otras;
los
lineamientos de la próxima Asamblea Regional de la Pidhdd a
efectuarse en Bogotá, en el año 2004, así como los del Foro Social Americano
de Quito (2004); la organización del
Premio Interamericano de Derechos Humanos; la admisión de
nuevos capítulos nacionales, como los de Uruguay y Haití; la
participación de la Plataforma en la próxima asamblea de
la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), etc.
La
ocasión fue oportuna para emitir un pronunciamiento contra las
declaraciones criminalizantes y estigmatizantes
del Presidente colombiano, Álvaro Uribe, con relación a la
labor de las ONG de derechos humanos colombianas reunidas en
el Capítulo Colombia de la Pidhdd.
La presencia de los/as representantes de los capítulos
nacionales y del Coordinador Regional se aprovechó para
realizar un
foro público el 16.09.03,
dedicado a socializar la experiencia de la Plataforma en su
tarea de articular redes para la defensa de los derechos a la
educación, la salud y la tierra (ver edición N° 125 de este
servicio informativo en
http://www.derechos.org.ve).
Finalmente, aseguraron los voceros, que "con esta reunión se avanzó en
la integración de las organizaciones
sociales y en fortalecer la misión de luchar por el respeto a la dignidad humana en el continente americano,
inspirados en una 'ciudadanía interamericana' basada en el
principio de los derechos humanos" (Capítulo Venezuela, 22.09.03,
plataforma@derechos.org.ve).
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CONTEXTO
Venezuela suscribió y ratificó acuerdos ante la ONU
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Este 22.09.03 fue instalada la 58a Asamblea
General de la Organización de Naciones Unidas (ONU), en la
ciudad de Nueva York, Estados Unidos. Para esta ocasión el
evento reunió a 57 jefes de Estado, 27 jefes de Gobierno y 3
vicepresidentes. La Asamblea General es el principal órgano de
deliberación de las Naciones Unidas y constituye un foro de
debates multilaterales sobre todas las cuestiones de
importancia internacional que abarca la Carta de las Naciones
Unidas (Ministerio de Relaciones Exteriores, 24.09.03,
http://www.mre.gov.ve/Noticias/A2003/58-ONU2003/otrasnoticias.htm#02).
Este fue el escenario que aprovechó Roy Chaderton, Ministro de
Relaciones Exteriores (MRE) para depositar, este 24.09.03, la
Declaración Relativa a la Convención Internacional sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, en
la Secretaría General de Naciones Unidas. A este respecto, el
Canciller reveló que "por razones de descuido burocrático,
esta Convención, que Venezuela había suscrito hace muchos
años, no había sido ratificada y depositada como instrumento
legal ante el Secretario de las Naciones Unidas. Estamos
reparando esa omisión con nuestra presencia, respondiendo a lo
plasmado en la Constitución: la igualdad de todos los
venezolanos y la igualdad de todos los seres humanos. Combatir
la discriminación es una forma de promover la igualdad y la
justicia social" (Gobierno en Línea, 24.09.03,
http://www.gobiernoenlinea.ve/).
En la misma fecha, Chaderton ratificó la Convención
Internacional para la Represión de los Atentados Terroristas
con Bombas, la Convención Internacional para la Represión del
Financiamiento del Terrorismo y la Convención sobre la
Participación de Niños en Conflictos Armados. "Con el depósito
ante la ONU del Protocolo Facultativo relativo a la
participación de Niños en los Conflictos Armados, Venezuela
apoyará el incremento de la protección de los niños para
evitar que participen en conflictos armados, con una
declaración obligatoria sobre el aumento de la edad del
posible reclutamiento de personas en las fuerzas armadas y su
participación en las hostilidades" (Globovisión, 24.09.03,
http://www.globovision.com/nacionales/2003.09/24/chaderton/index.shtml).
Finalmente, informa la fuente que además fue suscrito por el
titular del MRE el Acuerdo Marco para la Lucha Antitabáquica
(Gobierno en Línea, Op. cit.).
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DERECHOS
ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
OMC en Cancún: desacuerdo es mejor que un mal acuerdo |
El pasado 14.09.03, culminó la
V Conferencia Ministerial
Oficial de la Organización Mundial del Comercio (OMC)
efectuada en Cancún, México. La falta del resultado esperado
en la búsqueda de acuerdos que permitieran la aplicación del
modelo de liberalización del comercio, fue interpretada por Supachai Panitchpakdi, Director General del organismo, como un
factor inquietante para "el futuro de las cuestiones
comerciales posiblemente beneficiosas para los países en
desarrollo, tales como la apertura de los mercados de
productos manufacturados, servicios y agricultura"
(Organización Mundial del Comercio, 23.09.03,
http://www.wto.org/spanish/news_s/news_s.htm).
Diametralmente opuesta fue la opinión registrada por algunas
fuentes de noticias de gran parte de las
organizaciones sociales (Agencia Latinoamericana de Información, 19.09.03,
info@alainet.org), las cuales elogiaron "la firmeza de las naciones del Sur en desarrollo, y responsabilizaron a Estados
Unidos y a la Unión Europea por el resultado de la reunión
ministerial de la OMC" (Aporrea,
16.09.03,
http://www.aporrea.org/dameverbo.php?docid=988).
Todos los observadores coinciden en destacar el papel que jugó
en esta conferencia la Unión Africana y el llamado "G22",
integrado originalmente por ministros de Argentina, Brasil,
Bolivia, Chile, China, Colombia, Costa Rica, Cuba, El
Salvador, Ecuador, Egipto, Filipinas, Guatemala, India,
México, Pakistán, Paraguay, Perú, Sudáfrica, Tailandia,
Turquía y Venezuela, el cual representa el "51% de
la población mundial y 63% de los agricultores, que suman más de
1/5 de la
producción agrícola y más de 1/4 de las exportaciones
agropecuarias" (Sistema Económico Latinoamericano, 22.09.03,
difusion-sela@sela.org).
Con respecto al "G22", James Wolfensohn, presidente del
Banco Mundial, opina que su protagonismo "estableció 'un nuevo
paradigma en las relaciones financieras globales para el siglo
XXI' y demostró que los países pobres pueden ser un contrapeso
efectivo frente a los ricos. Antonio Romero, coordinador de
Área del Sistema Económico Latinoamericano (SELA), grupo que
reúne a 28 países de la región latinoamericana, dijo que 'por
primera vez en muchos años los países del Sur mostraron tal
capacidad de concertación y alianza. Incluso los delegados del
Norte reconocieron que hubo una clara delimitación entre Norte
y Sur'. Y muchos otros grupos de activistas sociales otorgaron
al grupo el crédito de haber frenado con decisión y unidad lo
que consideran 'el poder de los países desarrollados y la
corporaciones' (Sistema Económico Latinoamericano, Op. cit.).
Según lo recoge una fuente, los países en desarrollo se
negaron a discutir asuntos de inversión, mayor acceso a los
mercados por parte de firmas multinacionales, transparencia en
los contratos gubernamentales y regulación de la competencia,
si no había antes un consenso sobre comercio agrícola, entre
otros. La Agenda de Doha para el Desarrollo,
acordada 2 años antes, en la capital qatarí, claramente
establece que tales asuntos sería discutidos sólo después de
alcanzar un explícito consenso en los temas sociales
del desarrollo estipulados en Doha. "Pero eso no ocurrió',
señaló Roberto Bissio, director de la organización Social
Watch. Para el director de la Red del Tercer Mundo, Martin
Khor, 'La razón más profunda del fracaso es el poco
transparente y antidemocrático sistema para hacer los
borradores. El mecanismo de toma de decisiones debe ser
reformado para que los países en desarrollo puedan participar
de forma más efectiva, en especial cuando se redacta el
borrador del acuerdo'" (Aporrea, Op. cit.).
Ramón Rosales, titular del Ministerio de Producción y el
Comercio (MPC), es de la opinión que "no se puede hablar de un
triunfo de los países desarrollados ni de los países en vías
de desarrollo pues simplemente se llegó a un punto donde no
hay posibilidades de seguir avanzando" (Gobierno en Línea,
18.09.03,
http://www.gobiernoenlinea.ve/).
Rosales reveló que
"a nivel de los ministros de Producción y Comercio se agotó la
instancia política y ahora tienen que ser los jefes
de Estados de los países desarrollados y los países en vías de
desarrollo los que deben intentar destrancar el juego. En Cancún se
demostró que se necesita un apoyo político, [...] si las negociaciones comerciales
no están precedidas de un acuerdo político de alto nivel de
los Jefes de Estado, no se puede avanzar" (Ídem.).
El funcionario "destacó que la delegación nacional acudió a Cancún con la
expectativa de que fuera una conferencia donde se profundizara
la esperanza que se le dio a los países en vías de desarrollo en el año 2001, en Doha,
donde se lanzaron unas
negociaciones bajo la consigna de que era un programa de
trabajo para el desarrollo [...] 'Nosotros sabíamos que al disminuirse el
mandato de Doha, y al no llegarse a un acuerdo en los temas de
agricultura y al pretender que los países en vías de
desarrollo asumiéramos más compromisos en los temas de
inversiones, compras públicas, competencia y facilitación del
comercio, se agravaría la
pobreza [...] A nuestro modo de ver esto creó un
clima en la conferencia ministerial que se expresó en una
jornada de casi 100 intervenciones de los 146 países, en las que
rechazamos la propuesta del texto ministerial que no fue
sometido a nuestra consideración. El sábado en la noche los
primeros en tomar la palabra fueron los países desarrollados,
tratando de que fuera afectado el texto ministerial, pero
luego, cuando empezaron las intervenciones de Brasil, India,
Venezuela, Malasia, naciones de África y Centroamérica, se
escuchó un solo clamor, nos sentíamos defraudados y sentíamos
que los países desarrollados no habían entendido el problema del
comercio multilateral; están empeñados en que nosotros
asumamos más compromisos cuando lo que nosotros necesitamos
establecer es un equilibrio entre todos los participantes
[...] En virtud de lo cual el presidente
de la Conferencia consideró que no estaban dadas las
condiciones mínimas para alcanzar un consenso" (Ídem.).
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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Conavi aplica medidas
progresivas para el derecho a la vivienda |
Fue publicada en la Gaceta Oficial N° 37.775 del 15.09.03, la
Resolución N° 04 del Consejo Nacional de la Vivienda (Conavi)
que "deja sin efecto el requisito donde se establecía que el
monto mínimo para solicitar un crédito para ser beneficiario
de la Ley de Política Habitacional (LPH) era de 500.000
bolívares; es decir, 55 unidades tributarias (UT)" (Gobierno
en Línea, 18.09.03,
http://www.gobiernoenlinea.ve/). Debe tomarse en
cuenta que la UT tiene un valor de 19.400 bolívares.
Según la fuente, "se tomaron en consideración las cifras del Anuario Estadístico
de Venezuela, donde se evidenció que el ingreso mensual del
97,4% de los hogares, en el segundo semestre de 2000, está por
debajo del 1.000.000 de bolívares.
Informes del Banco Central de Venezuela que demostraron el
sensible incremento en el costo de las viviendas, y el estudio
del Índice de Precios al Consumidor (IPC), fueron otros
factores que llevaron al Conavi a proponer la modificación del
ingreso mínimo para adquirir una vivienda por la LPH" (Ibíd.).
Ahora, de acuerdo a la Gaceta 37.775, las familias que tengan
un ingreso mensual de 388.000 bolívares podrán optar a un
crédito para obtener una vivienda por vía de la LPH a partir de la misma publicación de
dicha Gaceta Oficial (Ibíd.).
El artículo 2 de esta resolución,
establece una escala, dependiendo del ingreso familiar, que
estipula el monto del subsidio para el mejoramiento o
ampliación de viviendas. Asimismo, se detalla el subsidio que
otorgará el Conavi para comprar viviendas nuevas o de mercado
secundario (con opción a compra), de acuerdo al número de
personas que integran el grupo familiar y la capacidad de
honrar las acreencias (Ibíd.).
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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
GN viola derechos
humanos en desalojo de ex trabajadores petroleros y familiares |
La violencia desplegada por la Guardia Nacional (GN) en la
madrugada de los días 24 y 25.09.03 hacia los ex trabajadores
petroleros residenciados en la urbanización Los Semerucos del
Edo. Falcón en el contexto del cumplimiento de una medida
judicial de desalojo, constituye una violación a los derechos
humanos. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales de Naciones Unidas, en su Observación General N° 4
recomienda a los Estados practicar los desalojos con el debido
respeto a la integridad física y moral de las personas y
resguardo de sus bienes. De la misma manera, ha exhortado a no
realizar desalojos en horas nocturnas y recomendado que se
presenten alternativas a las familias objeto de desalojo de
tal manera que estas no queden desamparadas.
Provea ratifica lo manifestado en la edición N° 122 de este
servicio informativo (en
http://www.derechos.org.ve), en el sentido que "la difícil
situación presentada en varios campos petroleros del país,
motivada por la solicitud de desalojo hecha por PDVSA, sólo
tendrá una solución razonable, justa y pacífica si el Gobierno
Nacional y otros entes del Estado, así como los dirigentes de
los trabajadores despedidos, aceptan buscar soluciones a
través de un diálogo franco y sincero [...] La solución
implica que tanto funcionarios del Estado, principalmente del
Ejecutivo Nacional, como los líderes de los trabajadores
despedidos exploren mecanismos de solución pacífica, justa y
digna para los afectados. La intransigencia expuesta por
voceros de cada uno de los sectores dificulta una salida
racional.
La Defensoría del Pueblo, en este sentido, debe jugar un papel
más activo en la defensa de los derechos constitucionales de
los ex trabajadores de PDVSA, tal como lo establece el numeral
1 del artículo 281 de la Constitución" (Ibíd.).
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DERECHOS ECONÓMICOS,
SOCIALES Y CULTURALES
Inpsasel: indicadores de accidentes laborales y otros aspectos
para crear una cultura del riesgo de accidentes laborales en
Venezuela |
En las ediciones Nos. 124 y 121 de este servicio informativo
(consulte en
http://www.derechos.org.ve), se hizo referencia a algunos
datos que maneja el Instituto Nacional de Prevención,
Salud y Seguridad Laborales (Inpsasel), adscrito al Ministerio
del Trabajo (MT) y fundado el año anterior.
Aprovechando una reciente entrevista al presidente de este
organismo, Francisco González, ampliamos las breves reseñas
antes publicadas.
Según el funcionario, más del 80% de
los accidentes laborales se producen en el sector
privado. Uno de los problemas que González señala como
principales en la ocurrencia de accidentes laborales, tanto en
el sector privado como público, es la ausencia de una gerencia
de Seguridad y Salud del Trabajo en la mayoría de las
compañías y de los Comités de Higiene y Seguridad Laboral, que
deben estar conformados por trabajadores, patronos y técnicos
para identificar riesgos. "En su base de datos, el Inpsasel
tiene registradas 48.000 empresas en riesgo III, es decir,
riesgo máximo. Y cuando esta cifra se coteja con el número de
comités de higiene y seguridad laboral existentes, se
encuentran registrados menos de 1.000" (Tal Cual, 22.09.03,
pág. 10).
Además, "hay muchos
empleadores que evaden la declaración obligatoria; los
accidentes menores generalmente no se declaran. Hay una gran
tarea de educación y concientización que es necesario hacer. Y
es parte de nuestras obligaciones asesorar a empleadores y
trabajadores y, en última instancia, sancionar" (Ibíd.). Tales
sanciones van desde la paralización de una línea de trabajo
hasta el cierre temporal o definitivo de la empresa, en caso
de que se ponga en peligro inminente la salud de los
trabajadores. Además, hay sanciones pecuniarias,
indemnizatorias y civiles. Cuando se trata de muerte o lesión
discapacitante, se apela al Código Civil y el empleador está
obligado a resarcir los daños por lucro cesante o daño moral
(Ibíd.).
Para reportar accidentes laborales o solicitar cualquier
información, el Inpsasel dispone
de los números telefónicos: 0212 561 27 05 y 565 09 57; o la
dirección: edificio Luz Garden, piso 4, entre esquinas Manduca
y Ferrenquín, La Candelaria, Caracas.
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DERECHOS ECONÓMICOS,
SOCIALES Y CULTURALES
Indicadores socioeconómicos del
INE y Datanálisis |
Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), el precio de
la Canasta Alimentaria Normativa (CAN) para una familia
promedio de 5 miembros se ubicó, en el mes de agosto en 261.145
bolívares, lo que representa un incremento de un 1,6% con
respecto a la del mes de julio (265.446 bolívares). (El
Universal, 24.09.03,
http://www.eluniversal.com/2003/09/24/24112B.shtml).
Para el INE, este incremento muestra una desaceleración en el
incremento del valor de la CAN, al compararse con el aumento
verificado entre los meses de junio y julio cuando fue de
2,75%.
La CAN de agosto expone el déficit de 19,9% que tiene el
salario mínimo mensual general vigente (209.088 bolívares) con
relación a este indicador.
En contraste con el mes de julio de este año, los precios de
la leche, queso y huevos, carnes y sus preparados presentaron
una modesta baja. En cambio, los rubros en alza fueron:
semillas, oleaginosas y leguminosas (7,5%), raíces, tubérculos
y otros (4,2%), y cereales y productos derivados (2,8%)
(Ibíd.).
En enero de 2003 el precio de la CAN, según el INE, se ubicó
en 226.337 bolívares, "lo que refleja que en los primeros 8
meses del año la canasta presentó un incremento acumulado de
20,2%". Este aumento supera en 1,1% el registrado en el mismo
lapso del año 2002, cuando el alza acumulada se ubicó en 19,1%
(Ibíd.).
Por su parte, la última encuesta Omnibus realizada por la firma
encuestadora privada Datanálisis, un 43,2% de la población
venezolana pertenece a la sector E (pobreza extrema), "al estrato D pertenece el 37,8% de la
población, al estrato C el 16% y al estrato A/B sólo el 3%,
porcentaje que no ha variado en los últimos 4 años" (El
Universal, 23.09.03, pág. 1/16).
El estudio también señala que para el primer semestre del año
2003 se registra una caída del consumo de alimentos de 16%;
mientras que para el mes de septiembre, un 69,4% de la
población manifestó haber reducido el consumo de algún
alimento o bebida, con respecto al año pasado.
Según la firma, el porcentaje de familias que señalaban
haber reducido el consumo de alimentos registrado (69,4%) es
12,6% más alto que el reportado en marzo del año 2000 ( 56,8%),
18,2% más alto que el de marzo de 2002 (51,2%) y, finalmente,
3,6% más bajo que el de mayo de este año (73%).
Datanálisis informa, además, que un 69,5% de familias (de una
muestra de 100) come 3 veces al día, un 28,7% 2 veces al día y
un 1,8% de los encuestados hace una comida al día.
El Estudio también destaca que los rubros alimenticios más
afectados por la caída del consumo son los embutidos y el
queso amarillo, los cereales, atún en lata, salchichas, leche
y jugos, entre otros. Los recientes problemas de escasez que
tiene la harina precocida en el mercado revelan que la arepa
aparece, por primera vez, en la lista de los productos
afectados en su consumo.
Acerca de los hábitos de consumo, la encuesta de Datanálisis
asegura que existe un aumento en la frecuencia de compra y una
reducción en el volumen de la compra. La preferencia de los
supermercados como lugares de compra también se ha reducido y
pasó de 37,5 a 28% (El Universal, Op. cit.).
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DERECHOS ECONÓMICOS,
SOCIALES Y CULTURALES
Situación epidemiológica
nacional |
El
reporte epidemiológico semanal del Ministerio de Salud y
Desarrollo Social (MSDS), Alerta
Epidemiológica, en su edición N° 37 (MSDS, 25.09.03,
http://www.msds.gov.ve/msdsweb/Index.html),
correspondiente a la semana comprendida entre el 07 y el
13.09.03, notifica que la malaria aumentó un 23,4% (873 casos
reportados) con respecto a la cifra de la semana 36 (707
casos). De esta misma enfermedad se registró un acumulado de
20.387 casos hasta la semana 37, es decir, un 10,9% menos que
los registrados en el año 2002 en ese mismo lapso (22.891
casos).
Con respecto al dengue, en la semana 37, Alerta documenta 802
casos, un 14,8% más que los reportados en la semana N° 36
(698). El acumulado hasta la semana 37 es de 14.230 casos de
dengue en el territorio nacional, es decir, un 51,8% menos que
los casos acumulados en el año 2002 para ese lapso (29.538).
Los casos de mortandad por dengue hemorrágico
aumentó a 4 en el ámbito nacional, cuando para el
año pasado no hubo un sólo deceso por esta epidemia.
En cuanto al indicador Mortandad
Infantil, Alerta reseña un número de 95 defunciones
registradas en la semana 37, es decir, un 7,7% más que las
defunciones reportadas en la semana 36 (103). El total de
defunciones infantiles acumuladas este año hasta la semana 37
es de 3.993, un 15,8% más que el reseñado en ese mismo lapso
del año 2002 (3.447).
La Mortalidad Materna, para esta edición de
Alerta, reportó 6 defunciones en el ámbito nacional, un 50%
más que las de la semana 36 (3). Para la semana 37 el
acumulado reporta 186 defunciones, el mismo número registrado en ese mismo
lapso del año 2002.
Con respecto a la situación epidemiológica relativa a la
fiebre amarilla, Alerta señala que hasta la semana 37 van 29
casos confirmados, aún cuando para esa misma semana no se
reportó caso nuevo alguno. Sin embargo, por laboratorio se
confirmaron 6 casos de contagio (entre ellos 2 defunciones)
correspondientes a las semanas 10, 28, 32, 33 y 34. Además,
entraron al sistema de vigilancia icterohemorrágico 9 casos
que esperan los resultados de descarte del Instituto Nacional
de Higiene.
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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y
CULTURALES
Propuestas
y exigencias a los poderes públicos sobre
los
derechos laborales |
- Garantizar que la Asamblea Nacional cumpla con el mandato de
la Disposición Transitoria Cuarta de la Constitución, que la obliga a reformar la
Ley Orgánica del Trabajo (LOT) incorporando el pago de
prestaciones calculado de conformidad con el último salario;
- Garantizar que el TSJ decida el recurso de nulidad por
inconstitucionalidad contra la Reforma Parcial de la LOT
realizada en 1997;
- Garantizar la consulta tripartita para el incremento anual
de los salarios mínimos;
- Garantizar la instrumentación de una política que propicie
condiciones de pleno empleo y estabilidad laboral;
- Tramitar los procedimientos de conflictos colectivos del
trabajo con apego estricto a lo establecido en los artículos
475 y siguientes de la LOT, absteniéndose de dictar actos que
retrasen, dificulten o impidan la tramitación de los pliegos
conflictivos;
- Garantizar el derecho a huelga, sin imponer otras
condiciones que las establecidas en la ley y el reglamento de
la LOT;
- Abstenerse de ordenar reuniones conciliatorias previas a la
tramitación del procedimiento de conflictos colectivos, con
base al artículo 473 de la LOT, cuando se presenten pliegos de
peticiones con carácter conflictivo. Tramitar de inmediato el
pliego de peticiones y enviar al patrono dentro de las 24
horas siguientes a la presentación del pliego;
- Garantizar la aplicación de la LOT a los trabajadores
migrantes preservando su derecho a prestaciones sociales y
demás beneficios laborales. Hacer inspecciones a los centros
de trabajos de las zonas fronterizas que usan mano de obra
inmigrante;
- Reformar la LOT y la Ley Orgánica de Protección del Niño y
el Adolescente (LOPNA), para adecuar la edad mínima para
el trabajo de los adolescentes a la recomendación N° 146 de
la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que la ubica en 16 años;
- Ratificar el Convenio 182 de la OIT contra las peores formas
de trabajo infantil y cumplir con las obligaciones del
Convenio 138;
- Garantizar el cumplimiento del mandato de la disposición
cuarta transitoria que establece que deben promulgarse normas
que propendan a la disminución de la jornada laboral;
- Garantizar una actividad más eficiente de las inspectorías
del trabajo en el control de las modalidades de contratación
de personal, sancionando el fraude laboral y las prácticas de
flexibilización para evadir obligaciones con los trabajadores;
- Garantizar una inspección más eficiente sobre condiciones y
medio ambiente de trabajo y dotar a las instituciones
encargadas de tal labor de presupuesto y personal suficiente;
- Acatar e instrumentar las recomendaciones de la OIT para
reformar la Constitución y la LOT en aquellas normas que
limitan la libertad sindical;
- Garantizar la continuidad del reconocimiento de las deudas
laborales del sector público, así como la apertura de las
cuentas individuales en cumplimiento de la LOT (Provea,
http://www.derechos.org.ve).
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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Provea solicita a la Sala Constitucional que ordene al
ministro de la Defensa informar sobre Plan Ávila |
Este 16.09.03, Provea interpuso ante
la Sala Constitucional del Tribunal Suprema de Justicia (TSJ) una
acción de amparo constitucional contra José Luis Prieto,
Ministro de la Defensa, por haber violado el derecho de
petición establecido en el Artículo 51 de la Constitución,
ante su negativa de informar acerca del Plan Ávila. Dicha
información fue requerida por Provea el pasado 24.03.03, para evaluar la compatibilidad del Plan Ávila con los
derechos humanos y con una política de seguridad y control del
orden público de carácter democrático. Transcurridos más de
los 20 días que la Ley Orgánica de Procedimientos
Administrativos (LOPA) otorga a todo funcionario público para dar una
respuesta a la petición que se le haya hecho, el ministro
Prieto no cumplió con su deber, vulnerado el derecho de
petición invocado por Provea y obligando a la organización a
recurrir a una acción de amparo, comentó Marino Alvarado,
coordinador del Área de Defensa de la organización de derechos
humanos.
La petición se sustentó en la sentencia de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre El Caracazo, en la
que ordenó al Estado venezolano la “adecuación de los planes
de seguridad para contingencias, entre los que se cuenta el
Plan Ávila”.
"El Plan Ávila es un procedimiento de la
Fuerza Armada Nacional (FAN) dirigido a responder ante alteraciones
del orden público o amenazas a las instituciones básicas del
Estado, éste debe estar sujeto al control social. Para ello,
es fundamental que sea del conocimiento público. Y, si bien es
aceptable que por razones de seguridad, aspectos muy
específicos de dicho plan sean clasificados como secretos, la
esencia del mismo, sus principios, líneas generales de acción
y otros aspectos deben someterse al conocimiento de la
población”, añade Alvarado.
El vocero de Provea explica que “el análisis que realicemos del mismo nos
permitirá evaluar su compatibilidad con la normativa nacional
e internacional en materia de derechos humanos; y, en caso de
detectarse contenidos que sean contrarios, formular
recomendaciones orientadas a disponer de un mecanismo de
seguridad democrática” (Provea, 16.09.03,
http://www.derechos.org.ve).
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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Desacato del
Estado venezolano ante sentencia de El Caracazo lo pone otra
vez en mora con el sistema interamericano de protección de los
derechos humanos, con los familiares de las víctimas
y con la sociedad venezolana |
Al incumplimiento parcial que el Estado venezolano arrastra
con la sentencia del caso de El Amparo, se le suma ahora el
incumplimiento total de la sentencia del caso de El Caracazo,
los únicos casos venezolanos elevados ante el sistema
interamericano de protección de los derechos humanos con
sentencia emitida a favor de los demandantes y con claros
mandatos que deben ser atendidos por los entes estatales en
plazos acordados por la Corte IDH.
El pasado 18.09.03, venció el plazo del Estado venezolano para
cumplir en su totalidad la sentencia que la Corte IDH dictara
el 29.08.02 en el caso de El Caracazo, elevado ante el sistema
interamericano de protección de los derechos humanos por el
Comité de Familiares de las Víctimas de los Sucesos del 27 de
Febrero y Marzo de 1989 (Cofavic) y el Centro por la Justicia
y el Derecho Internacional (CEJIL). La sentencia no sólo
ordenaba al Estado venezolano reparar integralmente a las
víctimas y a sus familiares y sancionar a los victimarios, sino
también reparar a la sociedad entera, obligando al Estado a
plantear medidas estructurales de
control del orden
público
que impidieran la repetición de masacres como la ocurrida en
febrero de 1989 (edición N° 101 de este servicio informativo
en
http://www.derechos.org.ve).
Las respuestas del Estado ante esta sentencia del máximo
tribunal interamericano se limitan, hasta ahora, a la puesta
en marcha de 2 procesos judiciales (casos Mederos y
Colmenares), de los 44 casos elevados ante la Corte IDH por
las organizaciones de derechos humanos accionantes (El
Nacional, 18.09.03, pág. A/7). Jorge Dugarte, agente del
Estado ante el sistema interamericano, ya había declarado hace
6 meses ante la prensa nacional, que la sentencia "exige
demasiado al Estado venezolano" (Ídem.). Según la
fuente, recientemente, Dugarte admitió estar "haciendo los
trámites" (Ídem.), pero no mostró ningún resultado que
respaldara su afirmación. Por su parte, Germán Mundaraín, Defensor del
Pueblo, al referirse a esta situación se expresó en términos
similares a los del representante del Estado ante el sistema y
por ello -vale decirlo-, su respuesta ante este desacato tiene
mayor resonancia y resulta inaceptable por venir del personero
encargado de salvaguardar los derechos humanos de todos los
ciudadanos. Dijo Mundaraín que "el problema
con esas sentencias es que exigen tanto a los Estados que
muchas veces resultan inejecutables" (Ídem.). Cabe recordar,
además, que en el año 1999, el Primer Mandatario, Hugo Chávez,
había asumido la responsabilidad de indemnizar a los
familiares de las víctimas de El Caracazo.
Ante estas respuestas estatales (y la ausencia de otras),
Liliana Ortega, directora Ejecutiva de Cofavic, cataloga la
culminación del lapso de espera sin resultados como "un
flagrante desacato" (Ídem.): "ni los planes de orden público
han sido ajustados a los estándares internacionales de
derechos humanos. Ni los restos mortales de 18 personas que
permanecen en las fosas comunes de La Peste han sido
localizados, exhumados e identificados. Ni han pagado las
indemnizaciones pecuniarias (5,4 millones de dólares). Ni se
ha sancionado penalmente a ninguno de los responsables y
encubridores de esos homicidios [....] La publicación de las
resoluciones del fallo de la corte en la Gaceta Oficial y en
un diario de circulación nacional tampoco se ha hecho. Es
más, a estas alturas y aunque esa sentencia es inapelable, el
Gobierno ni siquiera se ha puesto en contacto con las víctimas
[...] El Estado
venezolano cayó, una vez más, en mora con la justicia
internacional" (Ídem.).
La fuente revela que en julio de este año la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ya había publicado
las observaciones sobre el primer informe que presentó
Venezuela a los órganos del sistema interamericano: "en ese
documento, los funcionarios hemisféricos criticaron
severamente la conducta omisiva de las autoridades
venezolanas" (Ídem.).
Informó Ortega que su organización, CEJIL y Human Rights Watch
(HRW) reportaron la situación de incumplimiento el
11.09.03 ante el máximo tribunal hemisférico, el cual "debe
reportarlo al Secretario General de la Organización de Estados
Americanos y será en la próxima Asamblea General cuando las
naciones del continente decidirán qué tipo de acciones
asumirán frente al Estado venezolano y qué sanciones
proceden" (Ídem.).
Ortega enfatiza que este desacato a la Corte IDH por parte del
Estado venezolano no tiene precedente en el sistema
continental: "No estamos hablando de un incumplimiento
parcial, sino de uno total" (Ídem.).
Viviana Krsticevic, directora del CEJIL, "advirtió a las
autoridades nacionales que el cumplimiento de las sentencias
de la Corte IDH constituyen un deber ineludible porque, de
acuerdo con la Convención Americana, tienen carácter
vinculante" (Ídem.).
Cofavic y CEJIL informaron a la fuente que, ante esta
situación, dirigieron un mensaje a la presidencia, a
cancillería, al Ministerio Público (MP) y al agente del Estado
venezolano ante el sistema interamericano. Lamentan que El
Caracazo haya sido objeto de uso con fines políticos y que la
reivindicación a las víctimas prometida por la gestión
gubernamental actual, se quedara en eso: promesas.
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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Decisión del CNE
sobre papel de Súmate es inconstitucional y un mal precedente |
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A juicio de Provea, la decisión adoptada por el Consejo
Nacional Electoral (CNE) el pasado 12.09.03, mediante la cual
excluye a la Asociación Civil Súmate de la participación de
procesos refrendarios es inconstitucional porque viola los artículos 52
y 62 de la Constitución, que establecen que el
Estado debe facilitar el derecho de asociación y que todos
tienen derecho a participar directamente en los asuntos
públicos. También
contraría el Artículo 132 de la Constitución, el cual
establece que toda persona tiene el deber de cumplir sus
responsabilidades sociales y participar solidariamente en la
vida política, civil y comunitaria del país promoviendo y
defendiendo los derechos humanos como fundamento de la
convivencia democrática y de la paz social. De conformidad con
este artículo, la posición del CNE debió ser totalmente
contraria a la adoptada, puesto que, como ente del Estado,
tenía la obligación de facilitar a Súmate el ejercicio de su
derecho de participar y promover un derecho constitucional. El
derecho a participar en una acción de la naturaleza del referendum revocatorio, es una forma de promover el derecho a
la participación en los asuntos públicos.
La decisión es igualmente condenable por sustentarse en una
sentencia de la Sala Constitucional del TSJ de fecha 03.06.00 en la que, de manera inconstitucional, el órgano
jurídico se abrogó la facultad de condicionar el carácter de
las organizaciones de la sociedad civil y, sobretodo, de
establecer una inadecuada intervención del Estado en la
dinámica de las organizaciones imponiendo, incluso,
condiciones para su financiamiento, participación y membresía.
Dichas sentencias de la Sala Constitucional, en su debida
oportunidad, fueron cuestionadas por las organizaciones del
Foro por la Vida (Foro por la vida, 15.09.03,
http://www.derechos.org.ve). En aquella oportunidad,
"manifestamos nuestra profunda preocupación ante la
posibilidad de que se restrinja y violente el derecho a la
participación garantizado por tratados, pactos y convenciones
internacionales suscritos y ratificados por el Estado
venezolano y por la vigente Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela" (Ídem.).
Súmate se constituye así en la primera víctima de esta
sentencia, marcando un mal precedente. Desde ahora, las organizaciones de
la sociedad civil están a merced de la
discrecionalidad de cualquier funcionario que podrá
interpretar dicha sentencia como le convenga.
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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Violencia Política: nuevo saldo |
Este 19.09.03, a la 1:00 AM estalló un artefacto explosivo en
el Regimiento de Guardia de Honor, instalación militar ubicada
dentro del perímetro del Palacio de Gobierno de Miraflores. El
impacto no produjo heridos de gravedad pero afectó 11
inmuebles, equipos militares y 2 vehículos de transporte
público. Según la versión oficial, la bomba hizo un hoyo de 1
metro de diámetro y 25 centímetros de profundidad en el punto
de estallido. Comisiones de la Dirección de los Servicios de
Inteligencia y Prevención (DISIP) y del Cuerpo de
Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC),
la Dirección de Inteligencia Militar y los fiscales 50° y 62
de Caracas, Américo Gloria y Gilberto Landaeta,
respectivamente, iniciaron la investigación del suceso (El
Nacional, 20.09.03, pág. B/18). Hasta el momento de la reseña
de la noticia, la hipótesis apunta a un atentado perpetrado
por 3 sujetos que operaron con un explosivo similar al
utilizado contra las sedes del Consulado de Colombia, de la
Oficina Técnica de Cooperación de España, de la Mesa de
Negociación y Acuerdos (Torre Caracas Teleport) y de Petróleos
de Venezuela en Chuao: el modus operandi es igual al de esta nueva explosión: explosiones
nocturnas que evitan pérdidas humanas (Ídem.).
Exactamente 10 días antes, la DISIP había logrado detonar un
artefacto explosivo reportado en un local privado que es
utilizado por integrantes de la Asociación Civil Gente del
Petróleo para sus actividades permanentes (El Nacional,
10.09.03, pág. B/15). El local se encuentra ubicado en la
urbanización Fedepetrol de la Comunidad Cardón, Edo. Falcón.
El artefacto fue hallado frente a la puerta del local a
primera hora de la mañana. Luego de dar parte a las
autoridades, éstas se presentaron y optaron por hacer estallar
el aparato. Laura García, una de las dueñas del local
informó que el 22.08.03 ya había sido víctima de un atentado
contra su vida cuando otro artefacto explosivo fue lanzado
contra su vivienda en el mismo sector de la Comunidad Cardón
(Ídem.).
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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Amnistía Internacional propone
Acción Urgente para familiares de víctimas de ejecuciones
extrajudiciales en el Edo. Aragua |
Este 12.09.03, Amnistía Internacional (AI) emitió una Acción
Urgente por las amenazas de muerte y el temor por la
seguridad de Miguel Díaz Loreto,
Dinorah María Díaz Loreto,
Jairo Alexis Díaz Loreto,
Bladimir Díaz Loreto
Alexandra Gualdrón y María Asunción Orosco (Elena González,
15.09.03, EGonzalez@amnesty.org).
María Asunción Orosco es madre de Enmary Cava, asesinada a
tiros en mayo por haber denunciado ejecuciones extrajudiciales
en el Edo. Aragua en las que presuntamente participaron
miembros de la policía de esa entidad (ver edición N° 117 de
este servicio informativo en
http://wwww.derechos.org.ve).
Informa AI que el 01.09.03, María Asunción Orosco recibió una amenaza de
muerte tras
acudir al CICPC en
relación con la investigación sobre la muerte de su hija. Antes del asesinato
de su hija, "Miguel Díaz Loreto, Dinorah María Díaz
Loreto, Jairo Alexis Díaz Loreto, Bladimir Díaz Loreto y
Alexandra Gualdron, todos ellos familiares de Enmary Cava en
Cagua, habían sido objeto de una campaña de amenazas y acoso,
presuntamente a manos de agentes de la policía del estado de
Aragua. La familia había estado presionando a las autoridades
para que llevaran a cabo una investigación exhaustiva sobre la
muerte de los hermanos Robert y Antonio Díaz Loreto y del
padre de ambos, Octavio Ignacio Díaz, muertos en
circunstancias sospechosas a manos de agentes de la policía
estatal de Aragua el 06.01.03. Se teme que tras el
asesinato de Enmary Cava y las amenazas de muerte contra su
madre puedan encontrarse agentes de la policía del estado"
(Elena González, Op. cit.).
"En el tiroteo contra Enmary Cava resultó herida de gravedad
una amiga de ésta, que ya se ha recuperado. Tras el ataque,
esta joven se vio obligada a abandonar el estado de Aragua
ante el temor por su seguridad. En agosto regresó a su casa y
testificó diciendo que quienes las atacaron a ella y a Enmary
Cava eran agentes de la policía de Aragua. Aún sigue oculta, y
no ha recibido protección policial, a pesar de que se han
pedido para ella medidas de protección. Según los informes,
María Asunción Orosco lleva recibiendo protección de la
Guardia Nacional desde el 7 de septiembre. Sin embargo, existe
honda preocupación por su seguridad, a causa de la presunta
implicación de la policía en las amenazas y la violencia
contra su familia" (Ídem.).
"Según la información de que dispone Amnistía Internacional, no
se han realizado nuevas amenazas contra Miguel Díaz Loreto,
Dinorah María Díaz Loreto, Jairo Alexis Díaz Loreto, Bladimir
Díaz Loreto y Alexandra Gualdron. Sin embargo, sigue
existiendo preocupación por su seguridad" (Ídem.).
La Acción Urgente emitida por AI puede ser extraída de la
sección DOCUMENTOS, para su copiado y respectivo envío.
Agradecemos su colaboración.
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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
El Doble discurso
sobre la soberanía nacional:
Estado venezolano efectúa
otra extradición de un ciudadano vasco
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El mismo día en que el Presidente Hugo Chávez (24.09.03), en
respuesta a unas declaraciones del Presidente español José
María Aznar, proclamaba que "los problemas de Venezuela son de
los venezolanos [...] Nosotros, que lo sepan quienes pretender
venir aquí a meter sus narices en Venezuela, no lo vamos a
aceptar. Este es un país libre, es un país soberano, este es
un país independiente”. (Últimas Noticias, 25.09.03",
http://www.ultimasnoticias.com.ve/), las autoridades
venezolanas entregaban al ciudadano vasco José Ramón Foruria
Zubialdea, al gobierno español.
Este ciudadano vasco, quien llevaba más de 20 años residiendo
legalmente en el país, fue secuestrado por funcionarios de la
Dirección de Inteligencia Militar (DIM) el pasado 20.09.03 en
el momento en que se disponía a entrar a su centro de labores,
sin darle derecho a la defensa y sin permitirle ni siquiera
comunicarse con sus familiares. Posteriormente, fue deportado
de manera arbitraria e ilegal.
Con este hecho suman 3 los casos de ciudadanos vascos
deportados en los últimos 2 años.
Actualmente, la CIDH conoce de 2 peticiones contra Venezuela
en los casos de Juan Víctor Galarza Mendiola, deportado el
02.06.02, y Sebastián Echaniz, deportado el 17.12.02.
Esta política hacia los ciudadanos vascos residentes en
Venezuela demuestra que el gobierno del Presidente Chávez
mantiene un doble discurso con respecto a las relaciones con
España, pues ha seguido al pie de la letra las instrucciones
del gobierno español de hostigar a exiliados vascos residentes
en el país, vulnerando su derecho al debido proceso en
trámites de extradición.
Provea exhorta al MP a que actúe de manera inmediata frente a
este nuevo hecho e inicie las acciones judiciales
correspondientes, puesto que todavía se esperan los resultados
de las actuaciones realizadas en los 2 casos anteriores
(Provea, 25.09.03).
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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Propuestas y exigencias
a los poderes públicos sobre el
derecho a la justicia |
-
Intensificar el proceso de reforma integral del sistema de
administración de justicia, para garantizar el acceso de la
ciudadanía a los órganos de administración de justicia, la
aplicación justa de la ley, la transparencia y celeridad en
los procesos y la independencia del Poder Judicial. En este
proceso de reforma deben respetarse los principios de
independencia y colaboración de los Poderes Públicos;
- Asegurar el respeto de los principios constitucionales y
legales destinados a garantizar la independencia del Poder
Judicial en áreas tales como asignación presupuestaria y
realización de concursos públicos de oposición para la
provisión de jueces titulares;
- Garantizar la más amplia participación ciudadana y de los
actores que intervienen en la administración de justicia en el
proceso de reforma judicial;
- Desclasificar los expedientes, considerados como secretos,
procesados en la Justicia Militar relacionados con
investigaciones sobre violaciones a los derechos humanos, en
especial los casos de personas desaparecidas o muertas en
supuestos enfrentamientos con las fuerzas de seguridad,
ocurridas en los años 60, 70 y 80;
- Asegurar que en razón del derecho de los familiares a
conocer la verdad de los hechos ocurridos en “El Amparo” en
1988, se investigue en jurisdicción ordinaria la posible
responsabilidad de funcionarios del Estado sobre los cuales no
hay decisión definitivamente firme y se establezca la
responsabilidad intelectual, toda vez que al no sancionar a
los responsables de aquellos hechos, el Estado está aún en
mora con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos de fecha 14.09.96;
- Asegurar la efectiva vigencia de la justicia en otros casos
de violaciones a los derechos humanos ocurridos en el pasado:
los sucesos de febrero-marzo de 1989, la represión de los
intentos golpistas de febrero y noviembre de 1992, las muertes
en manifestaciones desde 1989 hasta el presente, las masacres
ocurridas en establecimientos penitenciarios, las ejecuciones
de los denominados “grupos de exterminio”, así como las
violaciones a los derechos humanos ocurridas en el marco del
frustrado golpe de Estado de abril de 2002, independientemente
de que se cree o no la Comisión de la Verdad, entre otros;
- Garantizar que las víctimas de violaciones a los derechos
humanos y/o sus familiares sean indemnizadas y reciban
rehabilitación hasta su total recuperación;
- Aumentar el número de Defensores Públicos de Presos, con
nombramientos de titulares escogidos por concurso público de
oposición, con la finalidad de agilizar y garantizar una
defensa efectiva y certera;
- Garantizar que en la reforma al Código de Justicia Militar
se desarrolle el mandato constitucional de que los militares
pueden ser juzgados en tribunales militares sólo por delitos
de naturaleza militar. Asimismo que la selección de los jueces
se realice mediante concurso público de oposición. Igualmente,
deberá promoverse una amplia participación social en el debate
sobre esa reforma;
- Aprobar la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, con
estricto apego a los principios constitucionales que
inspiraron la creación de esta institución;
- Poner fin a la mora legislativa mediante la pronta
aprobación de la legislación referida al Sistema Judicial y a la Defensa Pública, tal como lo establece
la Disposición Transitoria Cuarta, numeral 5 de la
Constitución;
- Garantizar protección a la vida, integridad y seguridad de
las víctimas, testigos y denunciantes de violación de derechos
humanos;
- Proceder, en el plazo más corto posible, a la renovación de
las máximas autoridades de los poderes Judicial y Ciudadano,
con estricto apego a los mecanismos establecidos a tal efecto
en la Constitución
(Provea,
http://www.derechos.org.ve).
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ARTÍCULOS
Son Derechos: “Fraude laboral en la Defensoría” |
"Recientemente, el Tribunal Superior 3° en lo Civil y
Contencioso Administrativo emitió una sentencia que cuestiona
las políticas laborales implementadas por la Defensoría del
Pueblo. Este órgano estatal había clasificado 79 cargos de
confianza que, de conformidad con la sentencia, no poseen ese
carácter.
Muchas empresas privadas y entes públicos violan el artículo
89 de la Constitución, que tiene como finalidad evitar el
fraude laboral. Provea conoce otros casos en los que algunos
entes públicos obligaron a sus trabajadores a constituirse en
micro empresas de servicios. Así, secretarias, obreros de
mantenimiento, choferes, ingenieros y abogados, fueron sacados
de nómina para contratarlos como prestadores de servicio. En
otros casos, como el de la Defensoría, se establecían cargos
de confianza con el propósito de evadir la estabilidad
laboral. Llama la atención que un ente cuya misión es la
defensa de los derechos humanos, entre ellos los laborales,
incurra en fraude laboral.
El fraude laboral tiene como objetivo desconocer los derechos
constitucionales de estabilidad laboral, prestaciones
sociales, seguridad social, jornada de trabajo y otros.
Los trabajadores deben denunciar estas políticas, ejercer
acciones judiciales y cuestionar a los líderes sindicales que
las apoyan.
Los derechos laborales son irrenunciables y toda acción
tendiente a menoscabarlos es nula" (Provea, 03.09.03,
son@derechos.org.ve).
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DOCUMENTOS
Red del Tercer Mundo
ante Conferencia de la OMC:
“¿Y ahora qué?” |
"La reunión de Cancún culmina sin acuerdo sobre el texto
Ministerial. La razón inmediata es que no se pudo lograr un
acuerdo sobre los temas de Singapur en el pequeño grupo
exclusivo de consulta conocido como la reunión de la Sala
Verde.
Muchos países en desarrollo -incluidos los del Grupo de Países
de África, el Caribe y el Pacífico, la Unión Africana, los
países menos desarrollados y los países asiáticos como la
India y Malasia- dejaron bien claro en la reunión de la Sala
Verde que no querían que la Conferencia Ministerial resolviera
lanzar las negociaciones sobre los temas de Singapur
(inversiones, competencia, contrataciones públicas,
transparencia y facilitación del comercio). Aunque estos
países estaban bajo presión (de la Unión Europea, en
particular) para que acordaran negociar en al menos algunos de
esos temas, se mantuvieron firmes en su posición.
La razón que dieron fue que ponerse a negociar estos temas
desviaría los escasos recursos humanos y de negociación de los
asuntos directamente relacionados con el comercio, tales como
la agricultura y los productos industriales. Los acuerdos
sobre estos temas tendrán serias implicancias para las
economías y las perspectivas de desarrollo y no hay consenso
sobre las modalidades a adoptar para las negociaciones.
Reclamaron la continuación de las discusiones sobre los temas
referidos en lugar de iniciar las negociaciones para nuevos
tratados.
Desafortunadamente, los principales países desarrollados y en
particular la UE, persistieron con sus presiones para que los
países en desarrollo aceptaran las negociaciones. Esta fue la
principal causa de la situación de estancamiento que se
produjo.
La razón más profunda se encuentra en el sistema de redacción
de textos en la OMC y su falta de transparencia y democracia .
A pesar que 80 países en desarrollo presentaron formalmente su
posición rechazando el comienzo de las negociaciones, el
Facilitador y el presidente de la Conferencia produjeron un
borrador en el que se resolvía el lanzamiento de las
negociaciones en tres de las áreas (contratación pública,
facilitación del comercio, e inversiones). Esta actitud generó
frustración, disgusto e incluso indignación, ante el sesgo
contrario a los países en desarrollo que esto suponía, y así
lo manifestaron estos países en la reunión de JDs de la noche
del sábado y en la reunión de la Sala Verde.
Esta situación ha empujado a la OMC al borde de una crisis de
credibilidad. Si se quiere recobrar la credibilidad y volver a
encauzar el sistema de comercio por un buen camino, será
necesario hacer lo siguiente:
1. Es tiempo de reconsiderar si los Temas de Singapur
corresponden a la órbita de la OMC, ya que no son temas
comerciales y los intentos por incorporarlos al sistema vienen
causando desde hace muchos años infinidad de asperezas y
divisiones.
2. Los países en desarrollo están mejor organizados esta vez y
han demostrado que no están dispuestos a ser intimidados para
aceptar decisiones a las que se oponen. Los países
desarrollados deben respetar este nuevo protagonismo de los
países en desarrollo y reelaborar la forma en que operan en lo
que hasta hace poco tiempo funcionaba como un club exclusivo
de los ricos.
3. Debe reformarse el sistema de toma de decisiones de la OMC
para que sea más transparente y democrático, para que los
países en desarrollo miembros puedan participar más
efectivamente, en particular en la redacción de los textos.
Debe crearse inmediatamente un comité especial en la OMC para
llevar a cabo estas reformas democráticas, que fueron
prometidas desde el fin de Seattle pero que nunca se
concretaron.
La manera en que culminó la reunión de Cancún, sin acuerdo y
con divisiones tan fuertes, es otro llamado de alerta al
sistema. Ahora urge tomar medidas que transformen a la OMC en
una organización que respete verdaderamente a los países en
desarrollo y a sus objetivos de desarrollo (tanto en materia
de normas como en el sistema de toma de decisiones). Esta
podría ser la última oportunidad para emprender las reformas.
Si no se dan las reformas, sólo habrá más crisis y pérdida de
legitimidad y credibilidad en el sistema. Y los países
desarrollados, que tanto se han resistido al cambio, serán
quienes deberán cargar con la culpa. Martin Khor, director de
la Red del Tercer Mundo" (Choike, 15.09.03,
http://www.choike.org/cgi-bin/choike/links_esp/page.cgi?p=ver_informe&id=1304).
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DOCUMENTOS
Organizaciones sociales y de derechos humanos venezolanas
condenan
declaraciones del Presidente colombiano Álvaro Uribe Vélez |
"Las organizaciones sociales y de derechos humanos venezolanas
abajo firmantes condenamos las declaraciones del Presidente de
la República de Colombia, Álvaro Uribe Vélez, en las que se
refirió en forma genérica a las organizaciones de derechos
humanos de Colombia, como 'politiqueros al servicio del
terrorismo que cobardemente se agitan en la bandera de los
derechos humanos', 'sector politiquero de los derechos humanos
[que] sale a defender a las FARC' y 'voceros del terrorismo'.
Estas declaraciones se hacen como respuesta oficial a la
reciente presentación del Informe sobre la Situación de
Derechos Humanos en Colombia, por el Programa de las Naciones
Unidas para el Desarrollo y la Agencia Sueca de Cooperación; y
de las publicaciones 'El conflicto, callejón con salida' y 'El
embrujo autoritario', realizadas por el Capitulo Colombia de
la Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y
Desarrollo.
Los comentarios criminalizantes del Presidente Uribe Vélez se
suman a los de otros funcionarios colombianos de alto nivel
gubernamental: El 10 de abril de 2003, durante una conferencia
celebrada en Washington, EEUU, el Brigadier General José
Arturo Camelo, Director Ejecutivo de la Dirección de Justicia
Penal Militar de Colombia, señaló que las ONG de derechos
humanos eran 'amigas de la subversión' y que formaban parte de
una estrategia coordinada por las guerrillas colombianas; y,
el 24 de noviembre de 2002, el actual embajador de Colombia en
Portugal, Plinio Apuleyo Mendoza, fustigó el trabajo de
organizaciones como Human Rights Watch, Comisión Colombiana de
Juristas, y Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo.
Estos ataques contradicen abiertamente los compromisos de
respeto y garantía del trabajo de los defensores de los
derechos humanos en Colombia, contraídos por el Estado
colombiano en el marco de la Declaración de las Naciones
Unidas sobre el Derecho y el deber de los individuos, los
grupos y las instituciones de promover y proteger los Derechos
Humanos y las libertades fundamentales universalmente
reconocidos, la Resolución de la OEA sobre Defensores de
Derechos Humanos en las Américas y la Carta Andina para la
Promoción y protección de los Derechos Humanos.
El tono de estas declaraciones amenaza el trabajo de las
organizaciones de derechos humanos colombianas, y pone en
grave riesgo la vida, integridad y seguridad personal de los
defensores de derechos humanos de Colombia.
Por estos motivos:
1) Rechazamos categóricamente las declaraciones del Presidente
Álvaro Uribe Vélez y de otros funcionarios de su
administración, que estigmaticen y criminalicen el trabajo de
las organizaciones y defensores de derechos humanos en
Colombia;
2) Responsabilizamos al Estado colombiano por cualquier acción
que pueda afectar la vida, integridad y seguridad personales
de los defensores de derechos humanos de Colombia;
3) Exigimos que el Estado colombiano cumpla con los
compromisos contraídos en los instrumentos internacionales y
regionales que garantizan un amplio y efectivo respeto del
trabajo de las organizaciones y defensores de derechos
humanos;
4) Exhortamos al Estado colombiano a crear condiciones
propicias para el debate público y la discusión de los temas
de interés general -tales como la situación de los derechos
humanos-, dentro de un clima de respeto y garantía a los
derechos humanos y las libertades fundamentales, así como a
buscar la pluralidad y diversidad de opiniones sobre el
acontecer nacional.
5) Subrayamos que es la permanente impunidad a las violaciones
de los derechos humanos de la población colombiana, en
general, y no el trabajo de los defensores de derechos
humanos, lo que socava las posibilidades de una verdadera paz
y de la vigencia de un Estado social de derecho en Colombia.
Organizaciones firmantes:
Equipo de Formación, Información y
Publicaciones (EFIP); Colectivo de Atención y Servicio
Integral a los Trabajadores (Aportes); Instituto Nacional de
Educación Laboral (INEL); Instituto de Investigación y Defensa
Autogestionaria (INDIA); Red de Apoyo por la Justicia y la
Paz; Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos
Humanos (Provea)" (Capítulo Venezuela de la Plataforma
Interamericana de Derechos Humanos, Desarrollo y Democracia,
18.09.03,
plataforma@derechos.org.ve).
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DOCUMENTOS
"Cofavic rechaza tendencias orientadas a restringir el
derecho de asociación y participación ciudadana" |
"Cofavic expresa su
honda preocupación por las tendencias reiterativas de los
órganos del Poder Público del Estado Venezolano orientadas a
restringir el derecho de asociación y participación ciudadana.
Estas tendencias han sido expresadas tanto por la Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en diversos
fallos como en la resolución dictada recientemente por el
Directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE), de fecha doce
de septiembre de dos mil tres, en la cual se supedita la
actuación de Organizaciones No Gubernamentales a
reglamentaciones y leyes que aún no han sido dictadas.
Tanto las sentencias antes citadas como el pronunciamiento del
Poder Electoral apuntan a soslayar la actuación de las
Organizaciones No Gubernamentales, a quienes se les desconoce
su capacidad de interlocución social cuando es precisamente
esta su razón de ser pues ellas son formas asociativas
surgidas con el fin de garantizar la participación ciudadana y
el escrutinio del ejercicio del Poder Público por parte de la
sociedad.
En los fallos nombrados anteriormente y convalidados por la
reciente resolución del Consejo Nacional Electoral se observa
igualmente una tendencia a pretender coartar el ámbito de
acción de las Organizaciones No Gubernamentales. La
jurisprudencia de la Sala Constitucional ha sostenido
criterios que propenden a que las ONG existan en la medida en
que el Estado las reconozca y tengan capacidad de hacer
únicamente lo que este les permita, lo cual está evidentemente
en contradicción con el principio de capacidad como regla e
incapacidad como excepción el cual rige para las
Organizaciones No Gubernamentales.
Las ONG adoptan las formas de asociaciones civiles y
fundaciones, previstas en el Código Civil venezolano en su
artículo 19, y por lo tanto tienen plena capacidad de obrar
únicamente limitadas por las prohibiciones previstas
expresamente en la Ley. Es bueno subrayar, además, que según
el artículo 22 de la Constitución la falta de ley
reglamentaria no menoscaba el ejercicio de los derechos
inherentes a la persona humana.
La jurisprudencia sentada por la Sala Constitucional y
convalidada por el CNE está abonada por extensas
consideraciones ajenas al objeto de la pretensión procesal y
de claro tono denigratorio, las cuales suscitan nuestro más
legítimo rechazo. Al interpretarse nuestro texto
constitucional no puede llegarse a conclusiones contrarias a
los valores del estado democrático y social de derecho,
tampoco puede admitirse que el Poder Judicial de la República
establezca, con carácter vinculante o no, restricciones de
claro carácter regresivo al goce y ejercicio de los derechos
fundamentales.
Lo anterior es inadmisible por cuanto nuestro texto
constitucional: 1) Propugna como valores superiores de su
ordenamiento jurídico entre otros la libertad, la democracia,
la preeminencia de los derechos humanos y el pluralismo
político; 2) Garantiza en su artículo 19 a toda persona el
ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente
conforme al principio de progresividad y sin discriminación
alguna 3) Reconoce en su artículo 52 el derecho de libre
asociación y obliga al Estado a garantizar su ejercicio; 4)
Reconoce el carácter autoejecutivo y preeminente de los
tratados internacionales sobre Derechos Humanos suscritos y
ratificados por la República (artículo 23).
En lo que se refiere al Derecho Internacional de los Derechos
Humanos, debemos recordar que el Derecho de libre Asociación
con fines lícitos está reconocido en instrumentos
internacionales vinculantes para el Estado Venezolano, como el
Pacto de Derechos Civiles y Políticos (artículo 22), y la
Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 16).
Ambos instrumentos son claros al señalar que el ejercicio del
Derecho de Asociación sólo puede estar sujeto a las
restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una
sociedad democrática.
Estos instrumentos vinculan directa e ineludiblemente al
Estado Venezolano, el cual no puede ampararse en razones de
soberanía nacional, seguridad y defensa para eludir su
cumplimiento. En el estado actual de la evolución del Derecho
Internacional de los Derechos Humanos partir de la premisa de
que los derechos humanos son 'concesiones' del Estado a las
personas y que éstos están sujetos antes que nada a la
salvaguarda de la 'Seguridad y Defensa Nacional' es una
regresión a etapas afortunadamente superadas, de las cuales
nuestro continente tiene demasiadas experiencias cuyos traumas
y daños no han podido resarcirse aún.
Es en el marco del libre intercambio de ideas y del debate
público democrático donde se deben ventilar las diferencias de
opinión sobre la representatividad y la pertinencia de los
planteamientos de la Organización No Gubernamental de la que
se trate en el caso concreto. Recurrir a las prohibiciones a
priori y a la arbitrariedad, cuando no a la pura y simple
descalificación e insulto público en nada contribuyen al logro
de los fines superiores de la sociedad y el Estado Democrático
y Social de Derecho; lejos de ello, atentan contra los
espacios que los ciudadanos han conquistado denodada y
duramente en nuestra sociedad en los últimos veinte años;
conquistas democráticas y legítimas que los órganos del Poder
Público están llamadas a resguardar y ampliar, nunca a
conculcar. En Caracas a los 17 días del mes de septiembre de
2003" (Carmen Alicia Mendoza, 16.09.03,
cmendoza@cofavic.org.ve).
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DOCUMENTOS
Acción Urgente de AI a favor de la
seguridad de
familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales en el
Edo. Aragua |
"Enviar llamamientos para que lleguen lo más rápidamente
posible, en español, o en su propio idioma:
- Expresando preocupación por la seguridad de María Asunción
Orosco, madre de Enmary Cava, que recibió una amenaza de
muerte telefónica anónima el 1 de septiembre, y por la de la
amiga de Enmary Cava que presenció el asesinato de ésta y que
se encuentra oculta ante el temor por su seguridad;
- Pidiendo a las autoridades que proporcionen tanto a María
Asunción Orosco como a la joven que presenció el asesinato
protección adecuada, conforme a los deseos de las propias
amenazadas, y que garanticen su seguridad;
- Pidiendo que se lleve a cabo una investigación exhaustiva,
inmediata e imparcial sobre las amenazas de muerte contra
María Asunción Orosco y sobre las amenazas y el acoso contra
sus familiares Miguel Díaz Loreto, Dinorah María Díaz Loreto,
Jairo Alexis Díaz Loreto, Bladimir Díaz Loreto y Alexandra
Gualdron; pidiendo también que se hagan públicos los
resultados de esta investigación y que se lleve a los
responsables de estos hechos ante la justicia;
- Pidiendo a las autoridades que lleven a cabo una
investigación exhaustiva, inmediata e imparcial sobre el
asesinato de Enmary Cava, que hagan públicos sus resultados y
que lleven a los responsables ante la justicia;
- Pidiendo a las autoridades que lleven a cabo una
investigación inmediata, exhaustiva e imparcial sobre los
homicidios de Robert Díaz Loreto, Antonio Díaz Loreto y
Octavio Ignacio Díaz, que hagan públicos sus resultados y que
lleven a los responsables ante la justicia.
A las siguientes autoridades:
Fiscal General de la República, Dr. Isaías Rodríguez; Avenida
Universidad, Esquina Pele el ojo a Misericordia, frente a
Parque Carabobo, Caracas, Venezuela; Telegramas: Fiscal
General de la República, Caracas, Venezuela; Fax:+ 58 212 576
44 19; Tratamiento: Estimado Señor Fiscal General. Gobernador
del Estado Aragua, Sr. Didalco Bolívar, Palacio de Gobierno,
Maracay, Estado de Aragua, Venezuela; Telegramas: Gobernador
del estado, Aragua, Maracay, Estado de Aragua, Venezuela;
Fax: + 58 243 2377002; Tratamiento: Estimado Señor. Comandante
de la policía de Aragua, Comisario Ángel Mercado; (no
disponemos de dirección); Telegramas: Comandante de la policía
de Aragua, Maracay, Estado de Aragua, Venezuela; Fax: + 58 243
237 8843; Tratamiento: Estimado Señor Comisario. Defensoría
del Pueblo, Dr. Germán Mundaraín; Bellas Artes comienzo
Avenida México frente al Ateneo de Caracas, Plaza Morelos,
Caracas, Venezuela; Telegramas: Defensoría del Pueblo,
Caracas, Venezuela; Fax: + 58 212 575 4467 (si responde una
voz, digan: “tono de fax, por favor”); Correo-E.:
gmundarain@defensoria.gov.ve; Tratamiento: Estimado Señor.
Con copia a:
Comisión de Derechos Humanos de Justicia y Paz del Estado
Aragua, Calle Negro Primero, Oeste
N 98, frente al Liceo ‘Valentín Espinal’, Cruce con Av.
Ayacucho, Maracay, Estado Aragua, Venezuela;
Telefax: + 58 243 233 6363 (si responde una voz, digan: “tono
de fax por favor”; sigan intentándolo).
Y a los representantes diplomáticos de Venezuela acreditados
en su país.
Envíen sus llamamientos inmediatamente" (Elena González,
15.09.03, EGonzalez@amnesty.org).
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DOCUMENTOS
Testimonio de un colombiano solicitante de asilo en
Venezuela: "Queridos amigos y amigas del planeta" |
El siguiente testimonio fue escrito por uno de los más de
1.200 colombianos solicitantes de asilo radicados en Venezuela
desde hace 4 años. Aún cuando el mismo no trata sobre la
precaria situación que vive en el país a causa de la falta de
acciones por parte de los órganos estatales responsables de
adecuar su estadía al carácter protector de la condición de
asilado, es importante para crear conciencia sobre la
situación de extrema violencia y de irrespeto a los derechos
humanos que vive el pueblo colombiano.
"El jueves 18 de septiembre, en la noche, me acosté muy
agotado pero no conseguía dormirme, no podía acomodarme sobre
el colchón mientras las imágenes de mi familia y de mi casa
que queda en un rinconcito a 80 kilómetros de Bogotá, se
obstinaron en mi pensamiento. Hacia la media noche escuché que
dieron 3 golpecitos suaves a la puerta, me sobresalté un poco,
contuve la respiración, esperé así algunos segundos pero no
volví a escuchar nada. Se hizo un profundo silencio.
A esa misma hora -a la una de la madrugada- en casa de mis
padres mientras dormían con mis únicos 2 hermanos, llegaron
varios hombres, vestidos de civil, golpeando fuerte, exigiendo
que encendieran las luces y abrieran la puerta, que eran del
ejército. Mi madre se apresuró a salir pero no lograba quitar
los dos pasadores mientras rompían vidrios y apuntaban a cada
uno con armas largas. Mi padre tomó el celular pero no pudo
marcarle a nadie porque ingresaron y apenas le dieron tiempo
de vestirse y de decirle a mi madre que los iban a matar.
A uno de mis 2 hermanos le amarraron las manos hacia atrás y
fueron encerrados junto | | | |