Una lectura de la realidad venezolana
  desde los derechos humanos

Servicio informativo No. 126
Del 13 al 25 de septiembre de 2003


1988/2003: Provea, 15 años por los derechos sociales y contra la impunidad

EFEMÉRIDES DE DDHH DEL MES DE OCTUBRE

CONTEXTO
*
Caracas, escenario de intercambio y debate de la Pidhdd
*
Venezuela suscribió y ratificó acuerdos ante la ONU

DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
* OMC en Cancún: desacuerdo es mejor que un mal acuerdo
*
Conavi aplica medidas progresivas para el derecho a la vivienda
*
GN viola derechos humanos en desalojo de ex trabajadores petroleros y familiares
* Inpsasel: indicadores de accidentes laborales y otros aspectos para crear una cultura del riesgo de accidentes laborales en Venezuela
* Indicadores socioeconómicos del INE y Datanálisis
* Situación epidemiológica nacional
*
Propuestas y exigencias a los poderes públicos sobre los derechos laborales

DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
*
Provea solicita a la Sala Constitucional que ordene al ministro de la Defensa informar sobre Plan Ávila
* Desacato del Estado venezolano ante sentencia de El Caracazo lo pone otra vez en mora con el sistema interamericano de protección de los derechos humanos, con los familiares de las víctimas y con la sociedad venezolana
* Decisión del CNE sobre papel de Súmate es inconstitucional y un mal precedente
*
Violencia Política: nuevo saldo
*
Amnistía Internacional propone Acción Urgente para familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales en el Edo. Aragua
*
El Doble discurso sobre la soberanía nacional: Estado venezolano efectúa otra extradición de un ciudadano vasco
* Propuestas y exigencias a los poderes públicos sobre el
derecho a la justicia

ARTÍCULOS
*
Son Derechos: “Fraude laboral en la Defensoría

DOCUMENTOS
*
Red del Tercer Mundo ante Conferencia de la OMC: “¿Y ahora qué?”
* Organizaciones sociales y de derechos humanos venezolanas condenan
declaraciones del Presidente colombiano Álvaro Uribe Vélez

* "Cofavic rechaza tendencias orientadas a restringir el derecho de asociación y participación ciudadana"
* Acción Urgente de AI a favor de la seguridad de familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales en el Edo. Aragua
* Testimonio de un colombiano solicitante de asilo en Venezuela: "Queridos amigos y amigas del planeta"

 

A efectos de este servicio informativo utilice: coyuntura@derechos.org.ve
Ediciones anteriores disponibles en nuestro sitio web: http://www.derechos.org.ve
Agradecemos mencionar la fuente cuando el contenido sea citado o difundido


EFEMÉRIDES DE DDHH DEL MES DE OCTUBRE

01 Día Internacional de las Personas de la Tercera Edad
02 Día Mundial del Hábitat
04 Día Mundial de la Amnistía
04 Conmemoración de la Masacre de Cantaura, Edo. Anzoátegui (1982)
05 Día Mundial de los Docentes
10 Día Mundial Contra la Pena de Muerte
10 Día de la Salud Mental
12 Día Nacional de la Resistencia Indígena
15 Día Internacional de la Mujer Rural
15 Día Internacional de Reducción de Desastres
15 Aniversario de Provea
16 Día Mundial de la Alimentación
17 Día Mundial para la Erradicación de la Pobreza
24 Día de las Naciones Unidas
24 Día Mundial de la Información sobre el Desarrollo
24-30 Semana del Desarme
27 Primera elección universal, directa y secreta en Venezuela (1946)
29 Conmemoración de la Masacre de El Amparo, Edo. Apure (1988)

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CONTEXTO
Caracas, escenario de intercambio y debate de la Pidhdd

Entre el 16 y el 19.09.03, se realizó en Caracas la II Reunión del Comité de Coordinación Regional de la Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (Pidhdd). Participaron en este encuentro Dante Gullo, Coordinador del Capítulo Argentina; Hugo Fernández, Coordinador del Capítulo Bolivia; Marcio Gualberto, Coordinador del Capítulo Brasil; Marcela Tchimino, Coordinadora (E) de la Red Latinoamericana para la Paz y los Derechos Humanos del Centro de Educación de Adultos de América Latina (CEAAL); Diego Carrasco, Coordinador del Capítulo Chile; Natalia Paredes, Secretaria Técnica del Capítulo Colombia; Fidel Narváez, Secretario Técnico del Capítulo Ecuador; Ercilio Moura, Coordinador del Capítulo Perú; Efraín Olivera y Carlos Abin, Coordinador e integrante del Capítulo Uruguay, respectivamente; Carlos Correa y Erick Gutiérrez, Coordinador y Secretario Técnico del Capítulo Venezuela, respectivamente; y, Pierre Roy Toussaint y Daniel Aragao, Coordinador Regional y Secretario Técnico Regional de la Pidhdd, respectivamente.
Además de compartir los diferentes Informes sobre la situación de cada uno de los capítulos asistentes, la agenda del encuentro permitió discutir sobre la integración regional y los derechos humanos. También se revisó, entre otros puntos, la coordinación de las campañas de la Pidhdd, como la campaña continental por el derecho a la educación y la campaña por la ratificación del Protocolo de San Salvador, entre otras; los lineamientos de la próxima Asamblea Regional de la Pidhdd a efectuarse en Bogotá, en el año 2004, así como los del Foro Social Americano de Quito (2004); la organización del Premio Interamericano de Derechos Humanos; la admisión de nuevos capítulos nacionales, como los de Uruguay y Haití; la participación de la Plataforma en la próxima asamblea de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH), etc.
La ocasión fue oportuna para emitir un pronunciamiento contra las declaraciones criminalizantes y estigmatizantes del Presidente colombiano, Álvaro Uribe, con relación a la labor de las ONG de derechos humanos colombianas reunidas en el Capítulo Colombia de la Pidhdd.
La presencia de los/as representantes de los capítulos nacionales y del Coordinador Regional se aprovechó para realizar un foro público el 16.09.03, dedicado a socializar la experiencia de la Plataforma en su tarea de articular redes para la defensa de los derechos a la educación, la salud y la tierra (ver edición N° 125 de este servicio informativo en http://www.derechos.org.ve).
Finalmente, aseguraron los voceros, que "con esta reunión se avanzó en la integración de las organizaciones sociales y en fortalecer la misión de luchar por el respeto a la dignidad humana en el continente americano, inspirados en una 'ciudadanía interamericana' basada en el principio de los derechos humanos" (Capítulo Venezuela, 22.09.03, plataforma@derechos.org.ve).

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CONTEXTO
Venezuela suscribió y ratificó acuerdos ante la ONU

Este 22.09.03 fue instalada la 58a Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU), en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos. Para esta ocasión el evento reunió a 57 jefes de Estado, 27 jefes de Gobierno y 3 vicepresidentes. La Asamblea General es el principal órgano de deliberación de las Naciones Unidas y constituye un foro de debates multilaterales sobre todas las cuestiones de importancia internacional que abarca la Carta de las Naciones Unidas (Ministerio de Relaciones Exteriores, 24.09.03, http://www.mre.gov.ve/Noticias/A2003/58-ONU2003/otrasnoticias.htm#02).
Este fue el escenario que aprovechó Roy Chaderton, Ministro de Relaciones Exteriores (MRE) para depositar, este 24.09.03, la Declaración Relativa a la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, en la Secretaría General de Naciones Unidas. A este respecto, el Canciller reveló que "por razones de descuido burocrático, esta Convención, que Venezuela había suscrito hace muchos años, no había sido ratificada y depositada como instrumento legal ante el Secretario de las Naciones Unidas. Estamos reparando esa omisión con nuestra presencia, respondiendo a lo plasmado en la Constitución: la igualdad de todos los venezolanos y la igualdad de todos los seres humanos. Combatir la discriminación es una forma de promover la igualdad y la justicia social" (Gobierno en Línea, 24.09.03, http://www.gobiernoenlinea.ve/).
En la misma fecha, Chaderton ratificó la Convención Internacional para la Represión de los Atentados Terroristas con Bombas, la Convención Internacional para la Represión del Financiamiento del Terrorismo y la Convención sobre la Participación de Niños en Conflictos Armados. "Con el depósito ante la ONU del Protocolo Facultativo relativo a la participación de Niños en los Conflictos Armados, Venezuela apoyará el incremento de la protección de los niños para evitar que participen en conflictos armados, con una declaración obligatoria sobre el aumento de la edad del posible reclutamiento de personas en las fuerzas armadas y su participación en las hostilidades" (Globovisión, 24.09.03, http://www.globovision.com/nacionales/2003.09/24/chaderton/index.shtml). 
Finalmente, informa la fuente que además fue suscrito por el titular del MRE el Acuerdo Marco para la Lucha Antitabáquica (Gobierno en Línea, Op. cit.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
OMC en Cancún: desacuerdo es mejor que un mal acuerdo

El pasado 14.09.03, culminó la
V Conferencia Ministerial Oficial de la Organización Mundial del Comercio (OMC) efectuada en Cancún, México. La falta del resultado esperado en la búsqueda de acuerdos que permitieran la aplicación del modelo de liberalización del comercio, fue interpretada por Supachai Panitchpakdi, Director General del organismo, como un factor inquietante para "el futuro de las cuestiones comerciales posiblemente beneficiosas para los países en desarrollo, tales como la apertura de los mercados de productos manufacturados, servicios y agricultura" (Organización Mundial del Comercio, 23.09.03, http://www.wto.org/spanish/news_s/news_s.htm). Diametralmente opuesta fue la opinión registrada por algunas fuentes de noticias de gran parte de las organizaciones sociales (Agencia Latinoamericana de Información, 19.09.03, info@alainet.org), las cuales elogiaron "la firmeza de las naciones del Sur en desarrollo, y responsabilizaron a Estados Unidos y a la Unión Europea por el resultado de la reunión ministerial de la OMC" (Aporrea, 16.09.03, http://www.aporrea.org/dameverbo.php?docid=988).
Todos los observadores coinciden en destacar el papel que jugó en esta conferencia la Unión Africana y el llamado "G22", integrado originalmente por ministros de Argentina, Brasil, Bolivia, Chile, China, Colombia, Costa Rica, Cuba, El Salvador, Ecuador, Egipto, Filipinas, Guatemala, India, México, Pakistán, Paraguay, Perú, Sudáfrica, Tailandia, Turquía y Venezuela, el cual representa el "51% de la población mundial y 63% de los agricultores, que suman más de 1/5 de la producción agrícola y más de 1/4 de las exportaciones agropecuarias" (Sistema Económico Latinoamericano, 22.09.03, difusion-sela@sela.org).
Con respecto al "G22", James Wolfensohn, presidente del Banco Mundial, opina que su protagonismo "estableció 'un nuevo paradigma en las relaciones financieras globales para el siglo XXI' y demostró que los países pobres pueden ser un contrapeso efectivo frente a los ricos. Antonio Romero, coordinador de Área del Sistema Económico Latinoamericano (SELA), grupo que reúne a 28 países de la región latinoamericana, dijo que 'por primera vez en muchos años los países del Sur mostraron tal capacidad de concertación y alianza. Incluso los delegados del Norte reconocieron que hubo una clara delimitación entre Norte y Sur'. Y muchos otros grupos de activistas sociales otorgaron al grupo el crédito de haber frenado con decisión y unidad lo que consideran 'el poder de los países desarrollados y la corporaciones' (Sistema Económico Latinoamericano, Op. cit.).
Según lo recoge una fuente, los países en desarrollo se negaron a discutir asuntos de inversión, mayor acceso a los mercados por parte de firmas multinacionales, transparencia en los contratos gubernamentales y regulación de la competencia, si no había antes un consenso sobre comercio agrícola, entre otros. La Agenda de Doha para el Desarrollo, acordada 2 años antes, en la capital qatarí, claramente establece que tales asuntos sería discutidos sólo después de alcanzar un explícito consenso en los temas sociales del desarrollo estipulados en Doha. "Pero eso no ocurrió', señaló Roberto Bissio, director de la organización Social Watch. Para el director de la Red del Tercer Mundo, Martin Khor, 'La razón más profunda del fracaso es el poco transparente y antidemocrático sistema para hacer los borradores. El mecanismo de toma de decisiones debe ser reformado para que los países en desarrollo puedan participar de forma más efectiva, en especial cuando se redacta el borrador del acuerdo'" (Aporrea, Op. cit.).
Ramón Rosales, titular del Ministerio de Producción y el Comercio (MPC), es de la opinión que "no se puede hablar de un triunfo de los países desarrollados ni de los países en vías de desarrollo pues simplemente se llegó a un punto donde no hay posibilidades de seguir avanzando" (Gobierno en Línea, 18.09.03, http://www.gobiernoenlinea.ve/). 
Rosales reveló que "a nivel de los ministros de Producción y Comercio se agotó la instancia política y ahora tienen que ser los jefes de Estados de los países desarrollados y los países en vías de desarrollo los que deben intentar destrancar el juego. En Cancún se demostró que se necesita un apoyo político, [...] si las negociaciones comerciales no están precedidas de un acuerdo político de alto nivel de los Jefes de Estado, no se puede avanzar" (Ídem.).
El funcionario "destacó que la delegación nacional acudió a Cancún con la expectativa de que fuera una conferencia donde se profundizara la esperanza que se le dio a los países en vías de desarrollo en el año 2001, en Doha, donde se lanzaron unas negociaciones bajo la consigna de que era un programa de trabajo para el desarrollo [...] 'Nosotros sabíamos que al disminuirse el mandato de Doha, y al no llegarse a un acuerdo en los temas de agricultura y al pretender que los países en vías de desarrollo asumiéramos más compromisos en los temas de inversiones, compras públicas, competencia y facilitación del comercio, se agravaría la pobreza [...] A nuestro modo de ver esto creó un clima en la conferencia ministerial que se expresó en una jornada de casi 100 intervenciones de los 146 países, en las que rechazamos la propuesta del texto ministerial que no fue sometido a nuestra consideración. El sábado en la noche los primeros en tomar la palabra fueron los países desarrollados, tratando de que fuera afectado el texto ministerial, pero luego, cuando empezaron las intervenciones de Brasil, India, Venezuela, Malasia, naciones de África y Centroamérica, se escuchó un solo clamor, nos sentíamos defraudados y sentíamos que los países desarrollados no habían entendido el problema del comercio multilateral; están empeñados en que nosotros asumamos más compromisos cuando lo que nosotros necesitamos establecer es un equilibrio entre todos los participantes [...] En virtud de lo cual el presidente de la Conferencia consideró que no estaban dadas las condiciones mínimas para alcanzar un consenso" (Ídem.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Conavi aplica medidas progresivas para el derecho a la vivienda

Fue publicada en la Gaceta Oficial N° 37.775 del 15.09.03, la Resolución N° 04 del Consejo Nacional de la Vivienda (Conavi) que "deja sin efecto el requisito donde se establecía que el monto mínimo para solicitar un crédito para ser beneficiario de la Ley de Política Habitacional (LPH) era de 500.000 bolívares; es decir, 55 unidades tributarias (UT)" (Gobierno en Línea, 18.09.03, http://www.gobiernoenlinea.ve/). Debe tomarse en cuenta que la UT tiene un valor de 19.400 bolívares.
Según la fuente, "se tomaron en consideración las cifras del Anuario Estadístico de Venezuela, donde se evidenció que el ingreso mensual del 97,4% de los hogares, en el segundo semestre de 2000, está por debajo del 1.000.000 de bolívares. Informes del Banco Central de Venezuela que demostraron el sensible incremento en el costo de las viviendas, y el estudio del Índice de Precios al Consumidor (IPC), fueron otros factores que llevaron al Conavi a proponer la modificación del ingreso mínimo para adquirir una vivienda por la LPH" (Ibíd.).
Ahora, de acuerdo a la Gaceta 37.775, las familias que tengan un ingreso mensual de 388.000 bolívares podrán optar a un crédito para obtener una vivienda por vía de la LPH a partir de la misma publicación de dicha Gaceta Oficial (Ibíd.).
El artículo 2 de esta resolución, establece una escala, dependiendo del ingreso familiar, que estipula el monto del subsidio para el mejoramiento o ampliación de viviendas. Asimismo, se detalla el subsidio que otorgará el Conavi para comprar viviendas nuevas o de mercado secundario (con opción a compra), de acuerdo al número de personas que integran el grupo familiar y la capacidad de honrar las acreencias (Ibíd.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
GN viola derechos humanos en desalojo de ex trabajadores petroleros y familiares

La violencia desplegada por la Guardia Nacional (GN) en la madrugada de los días 24 y 25.09.03 hacia los ex trabajadores petroleros residenciados en la urbanización Los Semerucos del Edo. Falcón en el contexto del cumplimiento de una medida judicial de desalojo, constituye una violación a los derechos humanos. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, en su Observación General N° 4 recomienda a los Estados practicar los desalojos con el debido respeto a la integridad física y moral de las personas y resguardo de sus bienes. De la misma manera, ha exhortado a no realizar desalojos en horas nocturnas y recomendado que se presenten alternativas a las familias objeto de desalojo de tal manera que estas no queden desamparadas.
Provea ratifica lo manifestado en la edición N° 122 de este servicio informativo (en http://www.derechos.org.ve), en el sentido que "la difícil situación presentada en varios campos petroleros del país, motivada por la solicitud de desalojo hecha por PDVSA, sólo tendrá una solución razonable, justa y pacífica si el Gobierno Nacional y otros entes del Estado, así como los dirigentes de los trabajadores despedidos, aceptan buscar soluciones a través de un diálogo franco y sincero [...] La solución implica que tanto funcionarios del Estado, principalmente del Ejecutivo Nacional, como los líderes de los trabajadores despedidos exploren mecanismos de solución pacífica, justa y digna para los afectados. La intransigencia expuesta por voceros de cada uno de los sectores dificulta una salida racional.
La Defensoría del Pueblo, en este sentido, debe jugar un papel más activo en la defensa de los derechos constitucionales de los ex trabajadores de PDVSA, tal como lo establece el numeral 1 del artículo 281 de la Constitución" (Ibíd.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Inpsasel: indicadores de accidentes laborales y otros aspectos para crear una cultura del riesgo de accidentes laborales en Venezuela

En las ediciones Nos. 124 y 121 de este servicio informativo (consulte en http://www.derechos.org.ve), se hizo referencia a algunos datos que maneja el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (Inpsasel), adscrito al Ministerio del Trabajo (MT) y fundado el año anterior. Aprovechando una reciente entrevista al presidente de este organismo, Francisco González, ampliamos las breves reseñas antes publicadas.
Según  el funcionario, más del 80% de los accidentes laborales se producen  en el sector privado. Uno de los problemas que González señala como principales en la ocurrencia de accidentes laborales, tanto en el sector privado como público, es la ausencia de una gerencia de Seguridad y Salud del Trabajo en la mayoría de las compañías y de los Comités de Higiene y Seguridad Laboral, que deben estar conformados por trabajadores, patronos y técnicos para identificar riesgos. "En su base de datos, el Inpsasel tiene registradas 48.000 empresas en riesgo III, es decir, riesgo máximo. Y cuando esta cifra se coteja con el número de comités de higiene y seguridad laboral existentes, se encuentran registrados menos de 1.000" (Tal Cual, 22.09.03, pág. 10).

Además, "hay muchos empleadores que evaden la declaración obligatoria; los accidentes menores generalmente no se declaran. Hay una gran tarea de educación y concientización que es necesario hacer. Y es parte de nuestras obligaciones asesorar a empleadores y trabajadores y, en última instancia, sancionar" (Ibíd.). Tales sanciones van desde la paralización de una línea de trabajo hasta el cierre temporal o definitivo de la empresa, en caso de que se ponga en peligro inminente la salud de los trabajadores. Además, hay sanciones pecuniarias, indemnizatorias y civiles. Cuando se trata de muerte o lesión discapacitante, se apela al Código Civil y el empleador está obligado a resarcir los daños por lucro cesante o daño moral (Ibíd.).
Para reportar accidentes laborales o solicitar cualquier información, el Inpsasel dispone de los números telefónicos: 0212 561 27 05 y 565 09 57; o la dirección: edificio Luz Garden, piso 4, entre esquinas Manduca y Ferrenquín, La Candelaria, Caracas.


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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Indicadores socioeconómicos del INE y Datanálisis

Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), el precio de la Canasta Alimentaria Normativa (CAN) para una familia promedio de 5 miembros se ubicó, en el mes de agosto en 261.145 bolívares, lo que representa un incremento de un 1,6% con respecto a la del mes de julio (265.446 bolívares).  (El Universal, 24.09.03, http://www.eluniversal.com/2003/09/24/24112B.shtml).
Para el INE, este incremento muestra una desaceleración en el incremento del valor de la CAN, al compararse con el aumento verificado entre los meses de junio y julio cuando fue de 2,75%.
La CAN de agosto expone el déficit de 19,9% que tiene el salario mínimo mensual general vigente (209.088 bolívares) con relación a este indicador.
En contraste con el mes de julio de este año, los precios de la leche, queso y huevos, carnes y sus preparados presentaron una modesta baja. En cambio, los rubros en alza fueron: semillas, oleaginosas y leguminosas (7,5%), raíces, tubérculos y otros (4,2%), y cereales y productos derivados (2,8%) (Ibíd.).
En enero de 2003 el precio de la CAN, según el INE, se ubicó en 226.337 bolívares, "lo que refleja que en los primeros 8 meses del año la canasta presentó un incremento acumulado de 20,2%". Este aumento supera en 1,1% el registrado en el mismo lapso del año 2002, cuando el alza acumulada se ubicó en 19,1% (Ibíd.).
Por su parte, la última encuesta Omnibus realizada por la firma encuestadora privada Datanálisis, un 43,2% de la población venezolana pertenece a la sector E (pobreza extrema),  "al estrato D pertenece el 37,8% de la población, al estrato C el 16% y al estrato A/B sólo el 3%, porcentaje que no ha variado en los últimos 4 años" (El Universal, 23.09.03, pág. 1/16).
El estudio también señala que para el primer semestre del año 2003 se registra una caída del consumo de alimentos de 16%; mientras que para el mes de septiembre, un 69,4% de la población manifestó haber reducido el consumo de algún alimento o bebida, con respecto al año pasado.
Según la firma, el porcentaje de familias que señalaban haber reducido el consumo de alimentos registrado (69,4%) es 12,6% más alto que el reportado en marzo del año 2000 ( 56,8%), 18,2% más alto que el de marzo de 2002 (51,2%) y, finalmente, 3,6% más bajo que el de mayo de este año (73%).
Datanálisis informa, además, que un 69,5% de familias (de una muestra de 100) come 3 veces al día, un 28,7% 2 veces al día y un 1,8% de los encuestados hace una comida al día.
El Estudio también destaca que los rubros alimenticios más afectados por la caída del consumo son los embutidos y el queso amarillo, los cereales, atún en lata, salchichas, leche y jugos, entre otros. Los recientes problemas de escasez que tiene la harina precocida en el mercado revelan que la arepa aparece, por primera vez, en la lista de los productos afectados en su consumo.
Acerca de los hábitos de consumo, la encuesta de Datanálisis asegura que existe un aumento en la frecuencia de compra y una reducción en el volumen de la compra. La preferencia de los supermercados como lugares de compra también se ha reducido y pasó de 37,5 a 28% (El Universal, Op. cit.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Situación epidemiológica nacional

El reporte epidemiológico semanal del Ministerio de Salud y Desarrollo Social (MSDS), Alerta Epidemiológica, en su edición N° 37 (MSDS, 25.09.03, http://www.msds.gov.ve/msdsweb/Index.html), correspondiente a la semana comprendida entre el 07 y el 13.09.03, notifica que la malaria aumentó un 23,4% (873 casos reportados) con respecto a la cifra de la semana 36 (707 casos). De esta misma enfermedad se registró un acumulado de 20.387 casos hasta la semana 37, es decir, un 10,9% menos que los registrados en el año 2002 en ese mismo lapso (22.891 casos).
Con respecto al dengue, en la semana 37, Alerta documenta 802 casos, un 14,8% más que los reportados en la semana N° 36 (698). El acumulado hasta la semana 37 es de 14.230 casos de dengue en el territorio nacional, es decir, un 51,8% menos que los casos acumulados en el año 2002 para ese lapso (29.538). Los casos de mortandad por dengue hemorrágico aumentó a 4 en el ámbito nacional, cuando para el año pasado no hubo un sólo deceso por esta epidemia.
En cuanto al indicador Mortandad Infantil, Alerta reseña un número de 95 defunciones registradas en la semana 37, es decir, un 7,7% más que las defunciones reportadas en la semana 36 (103). El total de defunciones infantiles acumuladas este año hasta la semana 37 es de 3.993, un 15,8% más que el reseñado en ese mismo lapso del año 2002 (3.447).
La Mortalidad Materna, para esta edición de Alerta, reportó 6 defunciones en el ámbito nacional, un 50% más que las de la semana 36 (3). Para la semana 37 el acumulado reporta 186 defunciones, el mismo número registrado en ese mismo lapso del año 2002.
Con respecto a la situación epidemiológica relativa a la fiebre amarilla, Alerta señala que hasta la semana 37 van 29 casos confirmados, aún cuando para esa misma semana no se reportó caso nuevo alguno. Sin embargo, por laboratorio se confirmaron 6 casos de contagio (entre ellos 2 defunciones) correspondientes a las semanas 10, 28, 32, 33 y 34. Además, entraron al sistema de vigilancia icterohemorrágico 9 casos que esperan los resultados de descarte del Instituto Nacional de Higiene.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Propuestas y exigencias a los poderes públicos sobre
los derechos laborales

- Garantizar que la Asamblea Nacional cumpla con el mandato de la Disposición Transitoria Cuarta de la Constitución, que la obliga a reformar la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) incorporando el pago de prestaciones calculado de conformidad con el último salario;
- Garantizar que el TSJ decida el recurso de nulidad por inconstitucionalidad contra la Reforma Parcial de la LOT realizada en 1997;
- Garantizar la consulta tripartita para el incremento anual de los salarios mínimos;
- Garantizar la instrumentación de una política que propicie condiciones de pleno empleo y estabilidad laboral;
- Tramitar los procedimientos de conflictos colectivos del trabajo con apego estricto a lo establecido en los artículos 475 y siguientes de la LOT, absteniéndose de dictar actos que retrasen, dificulten o impidan la tramitación de los pliegos conflictivos;
- Garantizar el derecho a huelga, sin imponer otras condiciones que las establecidas en la ley y el reglamento de la LOT;
- Abstenerse de ordenar reuniones conciliatorias previas a la tramitación del procedimiento de conflictos colectivos, con base al artículo 473 de la LOT, cuando se presenten pliegos de peticiones con carácter conflictivo. Tramitar de inmediato el pliego de peticiones y enviar al patrono dentro de las 24 horas siguientes a la presentación del pliego;
- Garantizar la aplicación de la LOT a los trabajadores migrantes preservando su derecho a prestaciones sociales y demás beneficios laborales. Hacer inspecciones a los centros de trabajos de las zonas fronterizas que usan mano de obra inmigrante;
- Reformar la LOT y la Ley Orgánica de Protección del Niño y el Adolescente (LOPNA), para adecuar la edad mínima para el trabajo de los adolescentes a la recomendación N° 146 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que la ubica en 16 años;
- Ratificar el Convenio 182 de la OIT contra las peores formas de trabajo infantil y cumplir con las obligaciones del Convenio 138;
- Garantizar el cumplimiento del mandato de la disposición cuarta transitoria que establece que deben promulgarse normas que propendan a la disminución de la jornada laboral;
- Garantizar una actividad más eficiente de las inspectorías del trabajo en el control de las modalidades de contratación de personal, sancionando el fraude laboral y las prácticas de flexibilización para evadir obligaciones con los trabajadores;
- Garantizar una inspección más eficiente sobre condiciones y medio ambiente de trabajo y dotar a las instituciones encargadas de tal labor de presupuesto y personal suficiente;
- Acatar e instrumentar las recomendaciones de la OIT para reformar la Constitución y la LOT en aquellas normas que limitan la libertad sindical;
- Garantizar la continuidad del reconocimiento de las deudas laborales del sector público, así como la apertura de las cuentas individuales en cumplimiento de la LOT
 (Provea, http://www.derechos.org.ve).

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Provea solicita a la Sala Constitucional que ordene al ministro de la Defensa informar sobre Plan Ávila

Este 16.09.03, Provea interpuso ante la Sala Constitucional del Tribunal Suprema de Justicia (TSJ) una acción de amparo constitucional contra José Luis Prieto, Ministro de la Defensa, por haber violado el derecho de petición establecido en el Artículo 51 de la Constitución, ante su negativa de informar acerca del Plan Ávila. Dicha información fue requerida por Provea el pasado 24.03.03, para evaluar la compatibilidad del Plan Ávila con los derechos humanos y con una política de seguridad y control del orden público de carácter democrático. Transcurridos más de los 20 días que la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA) otorga a todo funcionario público para dar una respuesta a la petición que se le haya hecho, el ministro Prieto no cumplió con su deber, vulnerado el derecho de petición invocado por Provea y obligando a la organización a recurrir a una acción de amparo, comentó Marino Alvarado, coordinador del Área de Defensa de la organización de derechos humanos.
La petición se sustentó en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sobre El Caracazo, en la que ordenó al Estado venezolano la “adecuación de los planes de seguridad para contingencias, entre los que se cuenta el Plan Ávila”.
"El Plan Ávila es un procedimiento de la Fuerza Armada Nacional (FAN) dirigido a responder ante alteraciones del orden público o amenazas a las instituciones básicas del Estado, éste debe estar sujeto al control social. Para ello, es fundamental que sea del conocimiento público. Y, si bien es aceptable que por razones de seguridad, aspectos muy específicos de dicho plan sean clasificados como secretos, la esencia del mismo, sus principios, líneas generales de acción y otros aspectos deben someterse al conocimiento de la población”, añade Alvarado.
El vocero de Provea explica que “el análisis que realicemos del mismo nos permitirá evaluar su compatibilidad con la normativa nacional e internacional en materia de derechos humanos; y, en caso de detectarse contenidos que sean contrarios, formular recomendaciones orientadas a disponer de un mecanismo de seguridad democrática” (Provea, 16.09.03, http://www.derechos.org.ve).

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Desacato del Estado venezolano ante sentencia de El Caracazo lo pone otra vez en mora con el sistema interamericano de protección de los derechos humanos, con los familiares de las víctimas
y con la sociedad venezolana

Al incumplimiento parcial que el Estado venezolano arrastra con la sentencia del caso de El Amparo, se le suma ahora el incumplimiento total de la sentencia del caso de El Caracazo, los únicos casos venezolanos elevados ante el sistema interamericano de protección de los derechos humanos con sentencia emitida a favor de los demandantes y con claros mandatos que deben ser atendidos por los entes estatales en plazos acordados por la Corte IDH.
El pasado 18.09.03, venció el plazo del Estado venezolano para cumplir en su totalidad la sentencia que la Corte IDH dictara el 29.08.02 en el caso de El Caracazo, elevado ante el sistema interamericano de protección de los derechos humanos por el Comité de Familiares de las Víctimas de los Sucesos del 27 de Febrero y Marzo de 1989 (Cofavic) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL). La sentencia no sólo ordenaba al Estado venezolano reparar integralmente a las víctimas y a sus familiares y sancionar a los victimarios, sino también reparar a la sociedad entera, obligando al Estado a plantear medidas estructurales de
control del orden público que impidieran la repetición de masacres como la ocurrida en febrero de 1989 (edición N° 101 de este servicio informativo en http://www.derechos.org.ve).
Las respuestas del Estado ante esta sentencia del máximo tribunal interamericano se limitan, hasta ahora, a la puesta en marcha de 2 procesos judiciales (casos Mederos y Colmenares), de los 44 casos elevados ante la Corte IDH por las organizaciones de derechos humanos accionantes (El Nacional, 18.09.03, pág. A/7). Jorge Dugarte, agente del Estado ante el sistema interamericano, ya había declarado hace 6 meses ante la prensa nacional, que la sentencia "exige demasiado al Estado venezolano" (Ídem.).  Según la fuente, recientemente, Dugarte admitió estar "haciendo los trámites" (Ídem.), pero no mostró ningún resultado que respaldara su afirmación. Por su parte, Germán Mundaraín, Defensor del Pueblo, al referirse a esta situación se expresó en términos similares a los del representante del Estado ante el sistema y por ello -vale decirlo-, su respuesta ante este desacato tiene mayor resonancia y resulta inaceptable por venir del personero encargado de salvaguardar los derechos humanos de todos los ciudadanos. Dijo Mundaraín que "el problema con esas sentencias es que exigen tanto a los Estados que muchas veces resultan inejecutables" (Ídem.). Cabe recordar, además, que en el año 1999, el Primer Mandatario, Hugo Chávez, había asumido la responsabilidad de indemnizar a los familiares de las víctimas de El Caracazo.
Ante estas respuestas estatales (y la ausencia de otras), Liliana Ortega, directora Ejecutiva de Cofavic, cataloga la culminación del lapso de espera sin resultados como "un flagrante desacato" (Ídem.): "ni los planes de orden público han sido ajustados a los estándares internacionales de derechos humanos. Ni los restos mortales de 18 personas que permanecen en las fosas comunes de La Peste han sido localizados, exhumados e identificados. Ni han pagado las indemnizaciones pecuniarias (5,4 millones de dólares). Ni se ha sancionado penalmente a ninguno de los responsables y encubridores de esos homicidios [....] La publicación de las resoluciones del fallo de la corte en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional tampoco se ha hecho. Es más, a estas alturas y aunque esa sentencia es inapelable, el Gobierno ni siquiera se ha puesto en contacto con las víctimas [...] El Estado venezolano cayó, una vez más, en  mora con la justicia internacional" (Ídem.).
La fuente revela que en julio de este año la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ya había publicado las observaciones sobre el primer informe que presentó Venezuela a los órganos del sistema interamericano: "en ese documento, los funcionarios hemisféricos criticaron severamente la conducta omisiva de las autoridades venezolanas" (Ídem.).
Informó Ortega que su organización, CEJIL y Human Rights Watch (HRW) reportaron la situación de  incumplimiento el 11.09.03 ante el máximo tribunal hemisférico, el cual "debe  reportarlo al Secretario General de la Organización de Estados Americanos y será en la próxima Asamblea General cuando las naciones del continente decidirán  qué tipo de acciones asumirán frente al Estado venezolano  y qué sanciones proceden" (Ídem.).
Ortega enfatiza que este desacato a la Corte IDH por parte del Estado venezolano no tiene precedente en el sistema continental: "No estamos hablando de un incumplimiento parcial, sino de uno total" (Ídem.).
Viviana Krsticevic, directora del CEJIL, "advirtió a las autoridades nacionales que el cumplimiento de las sentencias de la Corte IDH constituyen un deber ineludible porque, de acuerdo con la Convención Americana, tienen carácter vinculante" (Ídem.).
Cofavic y CEJIL informaron a la fuente que, ante esta situación, dirigieron un mensaje a la presidencia, a cancillería, al Ministerio Público (MP) y al agente del Estado venezolano ante el sistema interamericano. Lamentan que El Caracazo haya sido objeto de uso con fines políticos y que la reivindicación a las víctimas prometida por la gestión gubernamental actual, se quedara en eso: promesas.

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Decisión del CNE sobre papel de Súmate es inconstitucional y un mal precedente


A juicio de Provea, la decisión adoptada por el Consejo Nacional Electoral (CNE) el pasado 12.09.03, mediante la cual excluye a la Asociación Civil Súmate de la participación de procesos refrendarios es inconstitucional porque viola los artículos 52 y 62 de la Constitución, que establecen que el Estado debe facilitar el derecho de asociación y que todos tienen derecho a participar directamente en los asuntos públicos. También contraría el Artículo 132 de la Constitución, el cual establece que toda persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social. De conformidad con este artículo, la posición del CNE debió ser totalmente contraria a la adoptada, puesto que, como ente del Estado, tenía la obligación de facilitar a Súmate el ejercicio de su derecho de participar y promover un derecho constitucional. El derecho a participar en una acción de la naturaleza del referendum revocatorio, es una forma de promover el derecho a la participación en los asuntos públicos.
La decisión es igualmente condenable por sustentarse en una sentencia de la Sala Constitucional del TSJ de fecha 03.06.00 en la que, de manera inconstitucional, el órgano jurídico se abrogó la facultad de condicionar el carácter de las organizaciones de la sociedad civil y, sobretodo, de establecer una inadecuada intervención del Estado en la dinámica de las organizaciones imponiendo, incluso, condiciones para su financiamiento, participación y membresía.
Dichas sentencias de la Sala Constitucional, en su debida oportunidad, fueron cuestionadas por las organizaciones del Foro por la Vida (Foro por la vida, 15.09.03, http://www.derechos.org.ve). En aquella oportunidad, "manifestamos nuestra profunda preocupación ante la posibilidad de que se restrinja y violente el derecho a la participación garantizado por tratados, pactos y convenciones internacionales suscritos y ratificados por el Estado venezolano y por la vigente Constitución de la República Bolivariana de Venezuela" (Ídem.).
Súmate se constituye así en la primera víctima de esta sentencia, marcando un mal precedente. Desde ahora, las organizaciones de la sociedad civil están a merced de la discrecionalidad de cualquier funcionario que podrá interpretar dicha sentencia como le convenga.

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Violencia Política: nuevo saldo

Este 19.09.03, a la 1:00 AM estalló un artefacto explosivo en el Regimiento de Guardia de Honor, instalación militar ubicada dentro del perímetro del Palacio de Gobierno de Miraflores. El impacto no produjo heridos de gravedad pero afectó 11 inmuebles, equipos militares y 2 vehículos de transporte público. Según la versión oficial, la bomba hizo un hoyo de 1 metro de diámetro y 25 centímetros de profundidad en el punto de estallido. Comisiones de la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP) y del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), la Dirección de Inteligencia Militar y los fiscales 50° y 62 de Caracas, Américo Gloria y Gilberto Landaeta, respectivamente, iniciaron la investigación del suceso (El Nacional, 20.09.03, pág. B/18). Hasta el momento de la reseña de la noticia, la hipótesis apunta a un atentado perpetrado por 3 sujetos que operaron con un explosivo similar al utilizado contra las sedes del Consulado de Colombia, de la Oficina Técnica de Cooperación de España, de la Mesa de Negociación y Acuerdos (Torre Caracas Teleport) y de Petróleos de Venezuela en Chuao: el modus operandi es igual al de esta nueva explosión: explosiones nocturnas que evitan pérdidas humanas (Ídem.).
Exactamente 10 días antes, la DISIP había logrado detonar un artefacto explosivo reportado en un local privado que es utilizado por integrantes de la Asociación Civil Gente del Petróleo para sus actividades permanentes (El Nacional, 10.09.03, pág. B/15). El local se encuentra ubicado en la urbanización Fedepetrol de la Comunidad Cardón, Edo. Falcón. El artefacto fue hallado frente a la puerta del local a primera hora de la mañana. Luego de dar parte a las autoridades, éstas se presentaron y optaron por hacer estallar el aparato. Laura García, una de las dueñas  del local informó que el 22.08.03 ya había sido víctima de un atentado contra su vida cuando otro artefacto explosivo fue lanzado contra su vivienda en el mismo sector de la Comunidad Cardón (Ídem.).

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Amnistía Internacional propone Acción Urgente para familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales en el Edo. Aragua

Este 12.09.03, Amnistía Internacional (AI) emitió una Acción Urgente por las amenazas de muerte y el temor por la seguridad de Miguel Díaz Loreto, Dinorah María Díaz Loreto, Jairo Alexis Díaz Loreto, Bladimir Díaz Loreto Alexandra Gualdrón y María Asunción Orosco (Elena González, 15.09.03, EGonzalez@amnesty.org). 
María Asunción Orosco es madre de Enmary Cava, asesinada a tiros en mayo por haber denunciado ejecuciones extrajudiciales en el Edo. Aragua en las que presuntamente participaron miembros de la policía de esa entidad (ver edición N° 117 de este servicio informativo en http://wwww.derechos.org.ve).
Informa AI que el 01.09.03, María Asunción Orosco recibió una amenaza de muerte tras acudir al CICPC en relación con la investigación sobre la muerte de su hija. Antes del asesinato de su hija, "Miguel Díaz Loreto, Dinorah María Díaz Loreto, Jairo Alexis Díaz Loreto, Bladimir Díaz Loreto y Alexandra Gualdron, todos ellos familiares de Enmary Cava en Cagua, habían sido objeto de una campaña de amenazas y acoso, presuntamente a manos de agentes de la policía del estado de Aragua. La familia había estado presionando a las autoridades para que llevaran a cabo una investigación exhaustiva sobre la muerte de los hermanos Robert y Antonio Díaz Loreto y del padre de ambos, Octavio Ignacio Díaz, muertos en circunstancias sospechosas a manos de agentes de la policía estatal de Aragua el 06.01.03. Se teme que tras el asesinato de Enmary Cava y las amenazas de muerte contra su madre puedan encontrarse agentes de la policía del estado" (Elena González, Op. cit.).
"En el tiroteo contra Enmary Cava resultó herida de gravedad una amiga de ésta, que ya se ha recuperado. Tras el ataque, esta joven se vio obligada a abandonar el estado de Aragua ante el temor por su seguridad. En agosto regresó a su casa y testificó diciendo que quienes las atacaron a ella y a Enmary Cava eran agentes de la policía de Aragua. Aún sigue oculta, y no ha recibido protección policial, a pesar de que se han pedido para ella medidas de protección. Según los informes, María Asunción Orosco lleva recibiendo protección de la Guardia Nacional desde el 7 de septiembre. Sin embargo, existe honda preocupación por su seguridad, a causa de la presunta implicación de la policía en las amenazas y la violencia contra su familia" (Ídem.).
"Según la información de que dispone Amnistía Internacional, no se han realizado nuevas amenazas contra Miguel Díaz Loreto, Dinorah María Díaz Loreto, Jairo Alexis Díaz Loreto, Bladimir Díaz Loreto y Alexandra Gualdron. Sin embargo, sigue existiendo preocupación por su seguridad" (Ídem.).
La Acción Urgente emitida por AI puede ser extraída de la sección DOCUMENTOS, para su copiado y respectivo envío. Agradecemos su colaboración.

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
El Doble discurso sobre la soberanía nacional: Estado venezolano efectúa otra extradición de un ciudadano vasco

El mismo día en que el Presidente Hugo Chávez (24.09.03), en respuesta a unas declaraciones del Presidente español José María Aznar, proclamaba que "los problemas de Venezuela son de los venezolanos [...] Nosotros, que lo sepan quienes pretender venir aquí a meter sus narices en Venezuela, no lo vamos a aceptar. Este es un país libre, es un país soberano, este es un país independiente”. (Últimas Noticias, 25.09.03", http://www.ultimasnoticias.com.ve/), las autoridades venezolanas entregaban al ciudadano vasco José Ramón Foruria Zubialdea, al gobierno español.
Este ciudadano vasco, quien llevaba más de 20 años residiendo legalmente en el país, fue secuestrado por funcionarios de la Dirección de Inteligencia Militar (DIM) el pasado 20.09.03 en el momento en que se disponía a entrar a su centro de labores, sin darle derecho a la defensa y sin permitirle ni siquiera comunicarse con sus familiares. Posteriormente, fue deportado de manera arbitraria e ilegal.
Con este hecho suman 3 los casos de ciudadanos vascos deportados en los últimos 2 años.
Actualmente, la CIDH conoce de 2 peticiones contra Venezuela en los casos de Juan Víctor Galarza Mendiola, deportado el 02.06.02, y Sebastián Echaniz, deportado el 17.12.02.
Esta política hacia los ciudadanos vascos residentes en Venezuela demuestra que el gobierno del Presidente Chávez mantiene un doble discurso con respecto a las relaciones con España, pues ha seguido al pie de la letra las instrucciones del gobierno español de hostigar a exiliados vascos residentes en el país, vulnerando su derecho al debido proceso en trámites de extradición.
Provea exhorta al MP a que actúe de manera inmediata frente a este nuevo hecho e inicie las acciones judiciales correspondientes, puesto que todavía se esperan los resultados de las actuaciones realizadas en los 2 casos anteriores (Provea, 25.09.03).

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Propuestas y exigencias a los poderes públicos sobre el
derecho a la justicia

- Intensificar el proceso de reforma integral del sistema de administración de justicia, para garantizar el acceso de la ciudadanía a los órganos de administración de justicia, la aplicación justa de la ley, la transparencia y celeridad en los procesos y la independencia del Poder Judicial. En este proceso de reforma deben respetarse los principios de independencia y colaboración de los Poderes Públicos;
- Asegurar el respeto de los principios constitucionales y legales destinados a garantizar la independencia del Poder Judicial en áreas tales como asignación presupuestaria y realización de concursos públicos de oposición para la provisión de jueces titulares;
- Garantizar la más amplia participación ciudadana y de los actores que intervienen en la administración de justicia en el proceso de reforma judicial;
- Desclasificar los expedientes, considerados como secretos, procesados en la Justicia Militar relacionados con investigaciones sobre violaciones a los derechos humanos, en especial los casos de personas desaparecidas o muertas en supuestos enfrentamientos con las fuerzas de seguridad, ocurridas en los años 60, 70 y 80;
- Asegurar que en razón del derecho de los familiares a conocer la verdad de los hechos ocurridos en “El Amparo” en 1988, se investigue en jurisdicción ordinaria la posible responsabilidad de funcionarios del Estado sobre los cuales no hay decisión definitivamente firme y se establezca la responsabilidad intelectual, toda vez que al no sancionar a los responsables de aquellos hechos, el Estado está aún en mora con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de fecha 14.09.96;
- Asegurar la efectiva vigencia de la justicia en otros casos de violaciones a los derechos humanos ocurridos en el pasado: los sucesos de febrero-marzo de 1989, la represión de los intentos golpistas de febrero y noviembre de 1992, las muertes en manifestaciones desde 1989 hasta el presente, las masacres ocurridas en establecimientos penitenciarios, las ejecuciones de los denominados “grupos de exterminio”, así como las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el marco del frustrado golpe de Estado de abril de 2002, independientemente de que se cree o no la Comisión de la Verdad, entre otros;
- Garantizar que las víctimas de violaciones a los derechos humanos y/o sus familiares sean indemnizadas y reciban rehabilitación hasta su total recuperación;
- Aumentar el número de Defensores Públicos de Presos, con nombramientos de titulares escogidos por concurso público de oposición, con la finalidad de agilizar y garantizar una defensa efectiva y certera;
- Garantizar que en la reforma al Código de Justicia Militar se desarrolle el mandato constitucional de que los militares pueden ser juzgados en tribunales militares sólo por delitos de naturaleza militar. Asimismo que la selección de los jueces se realice mediante concurso público de oposición. Igualmente, deberá promoverse una amplia participación social en el debate sobre esa reforma;
- Aprobar la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, con estricto apego a los principios constitucionales que inspiraron la creación de esta institución;
- Poner fin a la mora legislativa mediante la pronta aprobación de la legislación referida al Sistema Judicial y a la Defensa Pública, tal como lo establece la Disposición Transitoria Cuarta, numeral 5 de la Constitución;
- Garantizar protección a la vida, integridad y seguridad de las víctimas, testigos y denunciantes de violación de derechos humanos;
- Proceder, en el plazo más corto posible, a la renovación de las máximas autoridades de los poderes Judicial y Ciudadano, con estricto apego a los mecanismos establecidos a tal efecto en la Constitución
(Provea, http://www.derechos.org.ve).

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ARTÍCULOS
Son Derechos: “Fraude laboral en la Defensoría

"Recientemente, el Tribunal Superior 3° en lo Civil y Contencioso Administrativo emitió una sentencia que cuestiona las políticas laborales implementadas por la Defensoría del Pueblo. Este órgano estatal había clasificado 79 cargos de confianza que, de conformidad con la sentencia, no poseen ese carácter.
Muchas empresas privadas y entes públicos violan el artículo 89 de la Constitución, que tiene como finalidad evitar el fraude laboral. Provea conoce otros casos en los que algunos entes públicos obligaron a sus trabajadores a constituirse en micro empresas de servicios. Así, secretarias, obreros de mantenimiento, choferes, ingenieros y abogados, fueron sacados de nómina para contratarlos como prestadores de servicio. En otros casos, como el de la Defensoría, se establecían cargos de confianza con el propósito de evadir la estabilidad laboral. Llama la atención que un ente cuya misión es la defensa de los derechos humanos, entre ellos los laborales, incurra en fraude laboral.
El fraude laboral tiene como objetivo desconocer los derechos constitucionales de estabilidad laboral, prestaciones sociales, seguridad social, jornada de trabajo y otros.
Los trabajadores deben denunciar estas políticas, ejercer acciones judiciales y cuestionar a los líderes sindicales que las apoyan.
Los derechos laborales son irrenunciables y toda acción tendiente a menoscabarlos es nula" (Provea, 03.09.03, son@derechos.org.ve).

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DOCUMENTOS
Red del Tercer Mundo ante Conferencia de la OMC: “¿Y ahora qué?”

"La reunión de Cancún culmina sin acuerdo sobre el texto Ministerial. La razón inmediata es que no se pudo lograr un acuerdo sobre los temas de Singapur en el pequeño grupo exclusivo de consulta conocido como la reunión de la Sala Verde.
Muchos países en desarrollo -incluidos los del Grupo de Países de África, el Caribe y el Pacífico, la Unión Africana, los países menos desarrollados y los países asiáticos como la India y Malasia- dejaron bien claro en la reunión de la Sala Verde que no querían que la Conferencia Ministerial resolviera lanzar las negociaciones sobre los temas de Singapur (inversiones, competencia, contrataciones públicas, transparencia y facilitación del comercio). Aunque estos países estaban bajo presión (de la Unión Europea, en particular) para que acordaran negociar en al menos algunos de esos temas, se mantuvieron firmes en su posición.
La razón que dieron fue que ponerse a negociar estos temas desviaría los escasos recursos humanos y de negociación de los asuntos directamente relacionados con el comercio, tales como la agricultura y los productos industriales. Los acuerdos sobre estos temas tendrán serias implicancias para las economías y las perspectivas de desarrollo y no hay consenso sobre las modalidades a adoptar para las negociaciones. Reclamaron la continuación de las discusiones sobre los temas referidos en lugar de iniciar las negociaciones para nuevos tratados.
Desafortunadamente, los principales países desarrollados y en particular la UE, persistieron con sus presiones para que los países en desarrollo aceptaran las negociaciones. Esta fue la principal causa de la situación de estancamiento que se produjo.
La razón más profunda se encuentra en el sistema de redacción de textos en la OMC y su falta de transparencia y democracia . A pesar que 80 países en desarrollo presentaron formalmente su posición rechazando el comienzo de las negociaciones, el Facilitador y el presidente de la Conferencia produjeron un borrador en el que se resolvía el lanzamiento de las negociaciones en tres de las áreas (contratación pública, facilitación del comercio, e inversiones). Esta actitud generó frustración, disgusto e incluso indignación, ante el sesgo contrario a los países en desarrollo que esto suponía, y así lo manifestaron estos países en la reunión de JDs de la noche del sábado y en la reunión de la Sala Verde.
Esta situación ha empujado a la OMC al borde de una crisis de credibilidad. Si se quiere recobrar la credibilidad y volver a encauzar el sistema de comercio por un buen camino, será necesario hacer lo siguiente:
1. Es tiempo de reconsiderar si los Temas de Singapur corresponden a la órbita de la OMC, ya que no son temas comerciales y los intentos por incorporarlos al sistema vienen causando desde hace muchos años infinidad de asperezas y divisiones.
2. Los países en desarrollo están mejor organizados esta vez y han demostrado que no están dispuestos a ser intimidados para aceptar decisiones a las que se oponen. Los países desarrollados deben respetar este nuevo protagonismo de los países en desarrollo y reelaborar la forma en que operan en lo que hasta hace poco tiempo funcionaba como un club exclusivo de los ricos.
3. Debe reformarse el sistema de toma de decisiones de la OMC para que sea más transparente y democrático, para que los países en desarrollo miembros puedan participar más efectivamente, en particular en la redacción de los textos. Debe crearse inmediatamente un comité especial en la OMC para llevar a cabo estas reformas democráticas, que fueron prometidas desde el fin de Seattle pero que nunca se concretaron.
La manera en que culminó la reunión de Cancún, sin acuerdo y con divisiones tan fuertes, es otro llamado de alerta al sistema. Ahora urge tomar medidas que transformen a la OMC en una organización que respete verdaderamente a los países en desarrollo y a sus objetivos de desarrollo (tanto en materia de normas como en el sistema de toma de decisiones). Esta podría ser la última oportunidad para emprender las reformas. Si no se dan las reformas, sólo habrá más crisis y pérdida de legitimidad y credibilidad en el sistema. Y los países desarrollados, que tanto se han resistido al cambio, serán quienes deberán cargar con la culpa. Martin Khor, director de la Red del Tercer Mundo" (Choike, 15.09.03, http://www.choike.org/cgi-bin/choike/links_esp/page.cgi?p=ver_informe&id=1304). 

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DOCUMENTOS
Organizaciones sociales y de derechos humanos venezolanas condenan
declaraciones del Presidente colombiano Álvaro Uribe Vélez

"Las organizaciones sociales y de derechos humanos venezolanas abajo firmantes condenamos las declaraciones del Presidente de la República de Colombia, Álvaro Uribe Vélez, en las que se refirió en forma genérica a las organizaciones de derechos humanos de Colombia, como 'politiqueros al servicio del terrorismo que cobardemente se agitan en la bandera de los derechos humanos', 'sector politiquero de los derechos humanos [que] sale a defender a las FARC' y 'voceros del terrorismo'.
Estas declaraciones se hacen como respuesta oficial a la reciente presentación del Informe sobre la Situación de Derechos Humanos en Colombia, por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y la Agencia Sueca de Cooperación; y de las publicaciones 'El conflicto, callejón con salida' y 'El embrujo autoritario', realizadas por el Capitulo Colombia de la Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo.
Los comentarios criminalizantes del Presidente Uribe Vélez se suman a los de otros funcionarios colombianos de alto nivel gubernamental: El 10 de abril de 2003, durante una conferencia celebrada en Washington, EEUU, el Brigadier General José Arturo Camelo, Director Ejecutivo de la Dirección de Justicia Penal Militar de Colombia, señaló que las ONG de derechos humanos eran 'amigas de la subversión' y que formaban parte de una estrategia coordinada por las guerrillas colombianas; y, el 24 de noviembre de 2002, el actual embajador de Colombia en Portugal, Plinio Apuleyo Mendoza, fustigó el trabajo de organizaciones como Human Rights Watch, Comisión Colombiana de Juristas, y Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo.
Estos ataques contradicen abiertamente los compromisos de respeto y garantía del trabajo de los defensores de los derechos humanos en Colombia, contraídos por el Estado colombiano en el marco de la Declaración de las Naciones Unidas sobre el Derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los Derechos Humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos, la Resolución de la OEA sobre Defensores de Derechos Humanos en las Américas y la Carta Andina para la Promoción y protección de los Derechos Humanos.
El tono de estas declaraciones amenaza el trabajo de las organizaciones de derechos humanos colombianas, y pone en grave riesgo la vida, integridad y seguridad personal de los defensores de derechos humanos de Colombia.
Por estos motivos:
1) Rechazamos categóricamente las declaraciones del Presidente Álvaro Uribe Vélez y de otros funcionarios de su administración, que estigmaticen y criminalicen el trabajo de las organizaciones y defensores de derechos humanos en Colombia;
2) Responsabilizamos al Estado colombiano por cualquier acción que pueda afectar la vida, integridad y seguridad personales de los defensores de derechos humanos de Colombia;
3) Exigimos que el Estado colombiano cumpla con los compromisos contraídos en los instrumentos internacionales y regionales que garantizan un amplio y efectivo respeto del trabajo de las organizaciones y defensores de derechos humanos;
4) Exhortamos al Estado colombiano a crear condiciones propicias para el debate público y la discusión de los temas de interés general -tales como la situación de los derechos humanos-, dentro de un clima de respeto y garantía a los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como a buscar la pluralidad y diversidad de opiniones sobre el acontecer nacional.
5) Subrayamos que es la permanente impunidad a las violaciones de los derechos humanos de la población colombiana, en general, y no el trabajo de los defensores de derechos humanos, lo que socava las posibilidades de una verdadera paz y de la vigencia de un Estado social de derecho en Colombia.
Organizaciones firmantes:
Equipo de Formación, Información y Publicaciones (EFIP); Colectivo de Atención y Servicio Integral a los Trabajadores (Aportes); Instituto Nacional de Educación Laboral (INEL); Instituto de Investigación y Defensa Autogestionaria (INDIA); Red de Apoyo por la Justicia y la Paz; Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (Provea)" (Capítulo Venezuela de la Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Desarrollo y Democracia, 18.09.03, plataforma@derechos.org.ve).

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DOCUMENTOS
"Cofavic rechaza tendencias orientadas a restringir el derecho de asociación y participación ciudadana"

"Cofavic expresa su honda preocupación por las tendencias reiterativas de los órganos del Poder Público del Estado Venezolano orientadas a restringir el derecho de asociación y participación ciudadana. Estas tendencias han sido expresadas tanto por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en diversos fallos como en la resolución dictada recientemente por el Directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE), de fecha doce de septiembre de dos mil tres, en la cual se supedita la actuación de Organizaciones No Gubernamentales a reglamentaciones y leyes que aún no han sido dictadas.
Tanto las sentencias antes citadas como el pronunciamiento del Poder Electoral apuntan a soslayar la actuación de las Organizaciones No Gubernamentales, a quienes se les desconoce su capacidad de interlocución social cuando es precisamente esta su razón de ser pues ellas son formas asociativas surgidas con el fin de garantizar la participación ciudadana y el escrutinio del ejercicio del Poder Público por parte de la sociedad.
En los fallos nombrados anteriormente y convalidados por la reciente resolución del Consejo Nacional Electoral se observa igualmente una tendencia a pretender coartar el ámbito de acción de las Organizaciones No Gubernamentales. La jurisprudencia de la Sala Constitucional ha sostenido criterios que propenden a que las ONG existan en la medida en que el Estado las reconozca y tengan capacidad de hacer únicamente lo que este les permita, lo cual está evidentemente en contradicción con el principio de capacidad como regla e incapacidad como excepción el cual rige para las Organizaciones No Gubernamentales.
Las ONG adoptan las formas de asociaciones civiles y fundaciones, previstas en el Código Civil venezolano en su artículo 19, y por lo tanto tienen plena capacidad de obrar únicamente limitadas por las prohibiciones previstas expresamente en la Ley. Es bueno subrayar, además, que según el artículo 22 de la Constitución la falta de ley reglamentaria no menoscaba el ejercicio de los derechos inherentes a la persona humana.
La jurisprudencia sentada por la Sala Constitucional y convalidada por el CNE está abonada por extensas consideraciones ajenas al objeto de la pretensión procesal y de claro tono denigratorio, las cuales suscitan nuestro más legítimo rechazo. Al interpretarse nuestro texto constitucional no puede llegarse a conclusiones contrarias a los valores del estado democrático y social de derecho, tampoco puede admitirse que el Poder Judicial de la República establezca, con carácter vinculante o no, restricciones de claro carácter regresivo al goce y ejercicio de los derechos fundamentales.
Lo anterior es inadmisible por cuanto nuestro texto constitucional: 1) Propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico entre otros la libertad, la democracia, la preeminencia de los derechos humanos y el pluralismo político; 2) Garantiza en su artículo 19 a toda persona el ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna 3) Reconoce en su artículo 52 el derecho de libre asociación y obliga al Estado a garantizar su ejercicio; 4) Reconoce el carácter autoejecutivo y preeminente de los tratados internacionales sobre Derechos Humanos suscritos y ratificados por la República (artículo 23).
En lo que se refiere al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, debemos recordar que el Derecho de libre Asociación con fines lícitos está reconocido en instrumentos internacionales vinculantes para el Estado Venezolano, como el Pacto de Derechos Civiles y Políticos (artículo 22), y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 16). Ambos instrumentos son claros al señalar que el ejercicio del Derecho de Asociación sólo puede estar sujeto a las restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática.
Estos instrumentos vinculan directa e ineludiblemente al Estado Venezolano, el cual no puede ampararse en razones de soberanía nacional, seguridad y defensa para eludir su cumplimiento. En el estado actual de la evolución del Derecho Internacional de los Derechos Humanos partir de la premisa de que los derechos humanos son 'concesiones' del Estado a las personas y que éstos están sujetos antes que nada a la salvaguarda de la 'Seguridad y Defensa Nacional' es una regresión a etapas afortunadamente superadas, de las cuales nuestro continente tiene demasiadas experiencias cuyos traumas y daños no han podido resarcirse aún.
Es en el marco del libre intercambio de ideas y del debate público democrático donde se deben ventilar las diferencias de opinión sobre la representatividad y la pertinencia de los planteamientos de la Organización No Gubernamental de la que se trate en el caso concreto. Recurrir a las prohibiciones a priori y a la arbitrariedad, cuando no a la pura y simple descalificación e insulto público en nada contribuyen al logro de los fines superiores de la sociedad y el Estado Democrático y Social de Derecho; lejos de ello, atentan contra los espacios que los ciudadanos han conquistado denodada y duramente en nuestra sociedad en los últimos veinte años; conquistas democráticas y legítimas que los órganos del Poder Público están llamadas a resguardar y ampliar, nunca a conculcar. En Caracas a los 17 días del mes de septiembre de 2003" (Carmen Alicia Mendoza, 16.09.03, cmendoza@cofavic.org.ve).

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DOCUMENTOS
Acción Urgente de AI a favor de la seguridad de
familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales en el Edo. Aragua

"Enviar llamamientos para que lleguen lo más rápidamente posible, en español, o en su propio idioma:
- Expresando preocupación por la seguridad de María Asunción Orosco, madre de Enmary Cava, que recibió una amenaza de muerte telefónica anónima el 1 de septiembre, y por la de la amiga de Enmary Cava que presenció el asesinato de ésta y que se encuentra oculta ante el temor por su seguridad;
- Pidiendo a las autoridades que proporcionen tanto a María Asunción Orosco como a la joven que presenció el asesinato protección adecuada, conforme a los deseos de las propias amenazadas, y que garanticen su seguridad;
- Pidiendo que se lleve a cabo una investigación exhaustiva, inmediata e imparcial sobre las amenazas de muerte contra María Asunción Orosco y sobre las amenazas y el acoso contra sus familiares Miguel Díaz Loreto, Dinorah María Díaz Loreto, Jairo Alexis Díaz Loreto, Bladimir Díaz Loreto y Alexandra Gualdron; pidiendo también que se hagan públicos los resultados de esta investigación y que se lleve a los responsables de estos hechos ante la justicia;
- Pidiendo a las autoridades que lleven a cabo una investigación exhaustiva, inmediata e imparcial sobre el asesinato de Enmary Cava, que hagan públicos sus resultados y que lleven a los responsables ante la justicia;
- Pidiendo a las autoridades que lleven a cabo una investigación inmediata, exhaustiva e imparcial sobre los homicidios de Robert Díaz Loreto, Antonio Díaz Loreto y Octavio Ignacio Díaz, que hagan públicos sus resultados y que lleven a los responsables ante la justicia.
A las siguientes autoridades:
Fiscal General de la República, Dr. Isaías Rodríguez; Avenida Universidad, Esquina Pele el ojo a Misericordia, frente a Parque Carabobo, Caracas, Venezuela; Telegramas: Fiscal General de la República, Caracas, Venezuela; Fax:+ 58 212 576 44 19; Tratamiento: Estimado Señor Fiscal General. Gobernador del Estado Aragua, Sr. Didalco Bolívar, Palacio de Gobierno, Maracay, Estado de Aragua, Venezuela; Telegramas: Gobernador del estado, Aragua, Maracay, Estado de Aragua, Venezuela;  Fax: + 58 243 2377002; Tratamiento: Estimado Señor. Comandante de la policía de Aragua, Comisario Ángel Mercado; (no disponemos de dirección); Telegramas: Comandante de la policía de Aragua, Maracay, Estado de Aragua, Venezuela; Fax: + 58 243 237 8843; Tratamiento: Estimado Señor Comisario. Defensoría del Pueblo, Dr. Germán Mundaraín; Bellas Artes comienzo Avenida México frente al Ateneo de Caracas, Plaza Morelos, Caracas, Venezuela; Telegramas: Defensoría del Pueblo, Caracas, Venezuela; Fax: + 58 212 575 4467 (si responde una voz, digan: “tono de fax, por favor”); Correo-E.: gmundarain@defensoria.gov.ve; Tratamiento: Estimado Señor.
Con copia a:
Comisión de Derechos Humanos de Justicia y Paz del Estado Aragua, Calle Negro Primero, Oeste
N 98, frente al Liceo ‘Valentín Espinal’, Cruce con Av. Ayacucho, Maracay, Estado Aragua, Venezuela;
Telefax: + 58 243 233 6363 (si responde una voz, digan: “tono de fax por favor”; sigan intentándolo).
Y a los representantes diplomáticos de Venezuela acreditados en su país.
Envíen sus llamamientos inmediatamente" (Elena González, 15.09.03, EGonzalez@amnesty.org).

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DOCUMENTOS
Testimonio de un colombiano solicitante de asilo en Venezuela: "Queridos amigos y amigas del planeta"

El siguiente testimonio fue escrito por uno de los más de 1.200 colombianos solicitantes de asilo radicados en Venezuela desde hace 4 años. Aún cuando el mismo no trata sobre la precaria situación que vive en el país a causa de la falta de acciones por parte de los órganos estatales responsables de adecuar su estadía al carácter protector de la condición de asilado, es importante para crear conciencia sobre la situación de extrema violencia y de irrespeto a los derechos humanos que vive el pueblo colombiano. 
"El jueves 18 de septiembre, en la noche, me acosté muy agotado pero no conseguía dormirme, no podía acomodarme sobre el colchón mientras las imágenes de mi familia y de mi casa que queda en un rinconcito a 80 kilómetros de Bogotá, se obstinaron en mi pensamiento. Hacia la media noche escuché que dieron 3 golpecitos suaves a la puerta, me sobresalté un poco, contuve la respiración, esperé así algunos segundos pero no volví a escuchar nada. Se hizo un profundo silencio.
A esa misma hora -a la una de la madrugada- en casa de mis padres mientras dormían con mis únicos 2 hermanos, llegaron varios hombres, vestidos de civil, golpeando fuerte, exigiendo que encendieran las luces y abrieran la puerta, que eran del ejército. Mi madre se apresuró a salir pero no lograba quitar los dos pasadores mientras rompían vidrios y apuntaban a cada uno con armas largas. Mi padre tomó el celular pero no pudo marcarle a nadie porque ingresaron y apenas le dieron tiempo de vestirse y de decirle a mi madre que los iban a matar.
A uno de mis 2 hermanos le amarraron las manos hacia atrás y fueron encerrados junto