Una lectura de la realidad venezolana
  desde los derechos humanos

Servicio informativo No. 129
Del 07 al 20 de noviembre de 2003


1988/2003: Provea, 15 años por los derechos sociales y contra la impunidad

CONTEXTO
* Falleció Luis Anderson Secretario General de la CIOSL/ORIT
* Provea invita a suscribir declaración "Aquí cabemos todos. Paz en movimiento-Paz en construcción"

DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 
*
Corte IDH: Estatus migratorio no condiciona goce de derechos laborares de los migrantes indocumentados
* OEA acogió debate sobre proyecto de Declaración sobre Derechos de los Pueblos Indígenas
* Consejo de Administración de la OIT efectúa su 288ª sesión
* Desde la perspectiva del sector salud OPS estudia violencia basada en el género
* Informe del BM sobre el SIDA señala que América Latina necesita más participación de la sociedad civil para combatir la epidemia
* Sistema público de salud colapsado y sin respuestas estatales efectivas
* Pacientes crónicos y organizaciones de derechos humanos unen esfuerzos por el derecho a la salud
* En mora derecho a la seguridad social de pensionados
* Sentencia del TSJ y violación al debido proceso por parte del INTI obstaculizan avance del derecho a la tierra
* Indicadores sociales del derecho a la alimentación
* Situación epidemiológica nacional 


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
*
Foro por la Vida se pronuncia ante el proceso de recolección de firmas
* Invitación a la presentación del libro “Asilo y Refugiados en las Fronteras de Colombia”
* Recientes acciones de la justicia venezolana contra la impunidad en el caso de las explosiones de las sedes diplomáticas de febrero de 2003
* Rechazo y condena a tesis del Bloque Democrático por desconocer Estado de derecho
* Lesionado el derecho a la participación política
* Un paso positivo pero insuficiente para superar la impunidad de los hechos de El Caracazo    
 
*
Propuestas y exigencias a los poderes públicos sobre los compromisos internacionales en materia de derechos humanos

ARTÍCULOS
* Son Derechos: “La CIDH y el ciudadano”
* Son Derechos: “Para celebrar la tolerancia”
* Susan George: "Las paradojas de los derechos humanos"
*
Joseph Stiglitz: "La responsabilidad empresarial en derechos humanos"  

DOCUMENTOS
*
"Aquí cabemos todos. Paz en movimiento-Paz en construcción"
* Comisión Interamericana de Derechos Humanos: "
Resolución Nº 1/03 Sobre Juzgamiento de Crímenes Internacionales"  

A efectos de este servicio informativo utilice: coyuntura@derechos.org.ve
Ediciones anteriores disponibles en nuestro sitio web: http://www.derechos.org.ve
Agradecemos mencionar la fuente cuando el contenido sea citado o difundido


CONTEXTO
Falleció Luis Anderson Secretario General de la CIOSL/ORIT

Provea acompaña en su dolor a los familiares y amigos de Luis Anderson, Secretario General de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres/Organización Regional Interamericana del Trabajo (CIOSL/ORIT), quien falleció el pasado sábado 15.11.03 en Caracas.
La larga trayectoria de lucha de Anderson, su compromiso con la causa de la justicia social y los derechos humanos de los/as trabajadores/as de América Latina y el mundo, son un ejemplo para seguir el camino de la dignidad y la democracia plena en todos nuestros países.
Sus restos fueron velados en la Funeraria Vallés de Caracas y el día 19.11.03 se trasladaron a su país, Panamá, donde se incineraron.

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CONTEXTO
Provea invita a suscribir declaración
"Aquí cabemos todos. Paz en movimiento-Paz en construcción"

Un grupo de personalidades provenientes de distintos quehaceres sociales, acompañados por una serie de redes y organizaciones sociales con posiciones políticas diversas, pero interesados/as en que el conflicto político que vive actualmente el país se resuelva pacíficamente, suscribieron un documento titulado "Aquí cabemos todos. Paz en movimiento-Paz en construcción".
Este pronunciamiento puede ser leído en la sección DOCUMENTOS y está abierto a la adhesión, bien sea colectiva o individual, a través del correo-e: conpaz@cantv.net.
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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Corte IDH: Estatus migratorio no condiciona goce de derechos laborares de los migrantes indocumentados

La red informativa de Human Strategies for Human Rights informó que la Corte IDH acaba de dar a conocer su Opinión Consultiva OC-18/03 relativa a la Condición Jurídica y Derechos de los Migrantes Indocumentados (Human Strategies for Human Rights, 26.10.03, info@hshr.org). Una Opinión Consultiva es un pedido enviado por un Estado miembro al sistema interamericano de protección de derechos humanos para la interpretación de uno o más artículos de un tratado o declaración. En este caso, la solicitud fue hecha por el Gobierno de México, que instó a la Corte IDH a responder sobre las siguientes cuestiones: ¿Los Estados pueden aplicar distintos tratamiento hacia individuos sobre la base de su estatus migratorio?; ¿Está legalmente permitido que los Estados americanos consideren el estatus migratorio como condición necesaria para garantizar los derechos? ¿La aplicación de esta consideración puede considerarse una violación de los principios de igualdad ante la ley y ante los instrumentos internacionales ratificados por estos Estado?
Las respuestas del máximo tribunal hemisférico a este respecto fueron resumidas por la fuente del siguiente modo:
1. Los Estados tienen la obligación de respetar y garantizar los derechos fundamentales. Con este propósito deben adoptar medidas positivas, evitar tomar iniciativas que limiten o conculquen un derecho fundamental, y suprimir las medidas y prácticas que restrinjan o vulneren un derecho fundamental;
2. La aplicación de cualquier tratamiento discriminatorio es incumplimiento del Estado de la obligación general de respetar y garantizar los derechos humanos y, por ende, ésta le genera responsabilidades internacionales;
3. El principio de igualdad y no discriminación posee un carácter fundamental para la salvaguardia de los derechos humanos tanto en el derecho internacional como en el interno;
4. El principio fundamental de igualdad y no discriminación forma parte del derecho internacional general, en cuanto es aplicable a todo Estado, independientemente de que sea parte o no en determinado tratado internacional. En la actual etapa de la evolución del derecho internacional, el principio fundamental de igualdad y no discriminación ha ingresado en el dominio del jus cogens;
5. El principio fundamental de igualdad y no discriminación, revestido de carácter imperativo, acarrea obligaciones erga omnes de protección que vinculan a todos los Estados y generan efectos con respecto a terceros, inclusive particulares;
6. La obligación general de respetar y garantizar los derechos humanos vincula a los Estados, independientemente de cualquier circunstancia o consideración, inclusive el estatus migratorio de las personas;
7. El derecho al debido proceso legal debe ser reconocido en el marco de las garantías mínimas que se deben brindar a todo migrante, independientemente de su estatus migratorio. El amplio alcance de la intangibilidad del debido proceso comprende todas las materias y todas las personas, sin discriminación alguna;
8. La calidad migratoria de una persona no puede constituir una justificación para privarla del goce y ejercicio de sus derechos humanos, entre ellos los de carácter laboral. Al asumir una relación de trabajo, el migrante adquiere derechos por ser trabajador que deben ser reconocidos y garantizados independientemente de su situación regular o irregular en el Estado de empleo. Estos derechos son consecuencia de la relación laboral;
9. El Estado tiene la obligación de respetar y garantizar los derechos humanos laborales de todos los trabajadores, independientemente de su condición de nacionales o extranjeros, y no tolerar situaciones de discriminación en perjuicio de éstos, en las relaciones laborales que se establezcan entre particulares (empleador-trabajador). El Estado no debe permitir que los empleadores privados violen los derechos de los trabajadores, ni que la relación contractual vulnere los estándares mínimos internacionales;
10.  Al ser titulares de los derechos laborales, los trabajadores deben contar con todos los medios adecuados para ejercerlos. Los trabajadores migrantes indocumentados poseen los mismos derechos laborales que corresponden a los demás trabajadores del Estado de empleo, y este último debe tomar todas las medidas necesarias para que así se reconozca y se cumpla en la práctica;
11. Los Estados no pueden subordinar o condicionar la observancia del principio de la igualdad ante la ley y la no discriminación a la consecución de los objetivos de sus políticas públicas, cualesquiera que sean éstas, incluidas las de carácter migratorio.
Para más detalles, la opinión consultiva puede ser revisada en toda su extensión en el sitio web: http://www.corteidh.or.cr/SERIE_A/Serie_a_18_esp.doc.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
OEA acogió debate sobre
proyecto de Declaración sobre Derechos de los Pueblos Indígenas

Este 10.11.03, Luigi Einaudi, Secretario General Adjunto de la Organización de los Estados Americanos (OEA), inauguró la ronda de negociaciones para buscar consensos sobre el proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (Organización de los Estados Americanos, 11.11.03, http://www.oas.org/main/main.asp?sLang=S&sLink=http://www.oas.org/OASpage/ esp/ultimasnoticias/ultimasnoticias.asp), una tarea que se viene desarrollando desde el año 1997 con la participación de líderes de organizaciones y comunidades indígenas y de los representantes y técnicos de los Estados miembros.
La convocatoria fue hecha por el Grupo de Trabajo del Consejo Permanente de la OEA encargado de elaborar el proyecto de Declaración Americana, y contó con la participación de representantes de los pueblos indígenas de más de 20 Estados miembros. Durante los 3 días de debate, los delegados consideraron temas como la identidad cultural, los derechos organizativos y políticos y derechos laborales y de salud que forman parte de la Declaración Americana. El resultado de estas deliberaciones servirá de plataforma para la Sesión Especial que se realizará en febrero del 2004. (Organización de los Estados Americanos, 10.11.03, http://www.oas.org/main/main.asp?sLang=S&sLink=http://www.oas.org/OASpage/esp/
ultimasnoticias/ultimasnoticias.asp
)
Héctor Huertas, líder indígena del Pueblo Cuna de Panamá participante en las sesiones, subrayó la intención de los derechos reconocidos en este proyecto de Declaración: “ayudar a fomentar una nueva época en la relación actual entre los estados y los pueblo indígenas” (Ídem.).
Eduardo Ferrero, Embajador de Perú ante la OEA y Presidente del Grupo de Trabajo, aseguró que se adoptaron las medidas necesarias para asegurar la participación efectiva y continua de los representantes de los pueblos indígenas y la transparencia del proceso.
Cabe destacar que uno de los aspectos que más despertó controversias fue el relativo al reconocimiento del derecho a la autodeterminación de los pueblos indígenas. La sesión del 10.11.03, dedicada a este aspecto, culminó sin acuerdos cuando los representantes de los Estados miembros argumentaron que el texto debe consagrar el derecho a la libre determinación interna, mientras que los voceros de los pueblos indígenas mostraron su desacuerdo por la posibilidad de que el texto asiente limitaciones a este derecho. Una fuente que reseña lo acontecido señaló que "este derecho está contenido en tratados internacionales de Naciones Unidas, como la Carta de San Francisco, suscrita por los Estados americanos, pero la reticencia está relacionada con el temor de los Estados a que un reconocimiento específico de este derecho a los pueblos indígenas abra las puertas a movimientos independentistas". (El Universal, 11.11.03, http://www.eud.com/). Ante tal preocupación, Huertas respondió que la libre determinación no significa secesión o la independencia: "no negamos la ciudadanía [...] y estar acá significa que aceptamos el sistema interamericano. La libre determinación de los pueblos indígenas es un concepto de derechos humanos, no un concepto político" (Ídem.). Por su parte, Ferrero propuso dejar el controversial punto para el final del encuentro "si es que queda tiempo para discutirlo, o para el futuro" (Ídem.).
Al cierre de esta edición, aún se desconoce el borrador de este proyecto y si hubo acuerdos más concretos.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Consejo de Administración de la OIT efectúa su 288ª sesión

Entre el 06 y el 21.11.03 se llevó a cabo la 288° sesión del Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), con una agenda que incluyó temas como la dimensión social de la globalización, la libertad sindical en Belarús y el trabajo forzoso en Myanmar. Durante esta sesión el Consejo de Administración también discutió un nuevo repertorio de recomendaciones prácticas sobre la violencia en el sector de los servicios, la cooperación técnica en los territorios árabes ocupados, la agenda para las reuniones de 2005 y 2006 de la Conferencia Internacional del Trabajo y la revisión y discusión de posibles reformas en los órganos rectores de la OIT (Organización Internacional del Trabajo, 11.10.03, http://www.ilo.org/public/spanish/).
A este evento asistió como vocera del Estado venezolano María Cristina Iglesias, titular del Ministerio del Trabajo (Mintra), para concertar, entre otros aspectos, la fecha de arribo de la segunda misión de contacto directo de la OIT al país (El Nacional, 10.11.03, pág. A/9), un compromiso que había quedado pendiente luego de la primera visita de este tipo hecha en julio a solicitud del Consejo Administrativo de la OIT (ver edición N° 121 de este servicio informativo en http://www.derechos.org.ve).  
Vale recordar que en julio de este año se apersonó en el país la primera misión de contacto directo de la OIT con el objeto de "evaluar los acuerdos de asistencia técnica y preparar la venida de la delegación” (Ídem.). La delegación comprometió al Estado venezolano a recibir otra misión de contacto que esperaba ser puesta en agenda antes de la realización de esta sesión del Consejo Administrativo. Con este fin representantes de la OIT mantuvieron, a mediados de septiembre, una entrevista con la Ministra Iglesias, quien "no fijó fecha para la llegada al país de la misión de contacto directo y argumentó que prefería comunicarse primero con el director general de la organización sindical, Juan Somavia” (El Nacional, 11.10.03, pág. A/8).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Desde la perspectiva del sector salud OPS estudia violencia basada en el género

La Organización Panamericana de la Salud (OPS) presentó su nueva publicación titulada "La violencia contra la mujer: Responde el sector de la salud", en la cual se recoge el fruto de casi un decenio de experiencias de la OPS y sus aliados en el ámbito comunitario, nacional e internacional, en 10 países del continente americano (Organización Panamericana de la Salud, 10.11.03, http://publications.paho.org). En él se revelan los efectos de la violencia basada en el género sobre la salud de la mujer a lo largo de una década de investigaciones.
El libro incluye numerosas apreciaciones de trabajadores de salud, maestros escolares, policías y funcionarios judiciales, promotores de la causa femenina y otros líderes de la comunidad con respecto a la eficacia del enfoque del proyecto. Sin embargo, lo más revelador son las voces de las propias mujeres, que describen cómo viven la violencia y cuál ha sido la respuesta de la comunidad a sus necesidades.
Para mayor información, los interesados pueden visitar la página http://publications.paho.org.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Informe del BM sobre el SIDA señala que América Latina necesita más participación de la sociedad civil para combatir la epidemia

Este 18.11.03 el Banco Mundial (BM) presentó un amplio estudio sobre la situación del Virus de Inmunodefiniciencia Adquirida (VIH/SIDA) en los países de América Latina, titulado "VIH/SIDA en los países de América Latina: los retos del futuro", el cual presenta los resultados de una investigación en los 17 países que abarcan el subcontinente (Banco Mundial, 18.11.03, http://wbln0018.worldbank.org/LAC/LAC.nsf/ECADocByUnid2ndLanguage/
FD0E703BF8252A2885256DE1006BAE6A?Opendocument). El informe se basa en información proporcionada por gobiernos y expertos de la sociedad civil en el seguimiento y tratamiento del VIH/SIDA, así como en datos recabados por los sistemas nacionales de salud, organizaciones internacionales y estudios llevados a cabo en la región.
El informe, elaborado conjuntamente por Anabela Abreu, Isabel Noguer y Karen Cowgill, señala que si la epidemia no se mantiene bajo control, el VIH/SIDA continuará infligiendo un impacto costoso en los países de la región y someterá a los sistemas de salud a una presión muy aguda que causará significativas pérdidas económicas. Como resultado, el costo de invertir en acciones multisectoriales para reducir el costo y mitigar el riesgo de una epidemia de VIH/SIDA resulta significativamente menor que los costos en que habría que incurrir más adelante a causa de una epidemia a gran escala.
De acuerdo a este informe, en el ámbito regional la incidencia de VIH en la población de 15 a 49 años se ubica en el 0,5%. Aproximadamente 130.000 adultos y niños fueron infectados durante 2001 y 80.000 murieron. Pero la insuficiencia de reportes sobre la enfermedad es tan habitual que los investigadores calculan que América Latina probablemente tenga 30% más casos de SIDA y 40% más casos de VIH de los que constan en las estadísticas oficiales.
Según la fuente, una de las conclusiones claves de la investigación es que la sociedad civil, incluyendo las organizaciones no gubernamentales (ONG), deben movilizarse con más impulso ya que tienen vínculos más fuertes con los grupos de alto riesgo (población homosexual masculina, trabajadores/as sexuales, usuarios de drogas inyectables y personas con enfermedades de transmisión sexual y múltiples parejas).
Con respecto a las acciones ejecutadas por la institución, "hasta septiembre de 2003, el Banco había aprobado préstamos por más de 550 millones para ayudar a financiar la implementación de programas de prevención y control del VIH/SIDA en Argentina, Barbados, Brasil, El Salvador, Granada, Haití, Honduras, Jamaica, México, República Dominicana, San Kitts y Nevis, Trinidad y Tobago y Venezuela. El Banco se ha involucrado durante más tiempo en Brasil, donde la institución ha financiado tres grandes proyectos, y el centro de apoyo más importante es el Caribe, que sufre la mayor epidemia fuera del África al Sur del Sahara" (Ibíd.).
Para más información, puede consultar el sitio web de la institución, cuya dirección es: http://www.bancomundial.org.
 

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Sistema público de salud colapsado y sin respuestas estatales efectivas

En la edición N° 119 de este servicio informativo Provea advirtió la preocupante situación que atravesaba el hospital Miguel Pérez Carreño, centro asistencial de Caracas adscrito al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) (consultar en http://www.derechos.org.ve). La falta de insumos y medicamentos, el deterioro de sus instalaciones y prácticas discriminatorias en la prestación de servicio contra pacientes de escasos recursos económicos fueron denuncias planteadas por un grupo de médicos  ante la organización en junio del año en curso.
A 4 meses de  haber expuesto ante las autoridades del IVSS y ante la directiva del centro asistencial estas denuncias, Provea no sólo desconoce respuesta oficial alguna sino que constata que la situación parece haber empeorado. El 13.11.03, una junta médica en la que participaron los jefes de todos los servicios ofrecieron una rueda de prensa en la que expusieron el estado del centro asistencial que, afirman, está técnicamente cerrado por la grave situación de la infraestructura y la falta de insumos que obliga a los pacientes a cubrir sus tratamientos (Diario 2001, 14.11.03, pág. 21). Por su parte, Bingen Amezaga, jefe de Cardiología del Hospital Pérez Carreño, denunció que las autoridades del Plan Bolívar 2000, que entre el 05 y 09.11.03 efectuaron una jornada de atención en el centro de salud, obligaron a los pacientes atendidos a firmar un acta mediante la cual exoneraban de toda responsabilidad al equipo médico quirúrgico y a la Fundación Proyecto País de cualquier daño o perjuicio que se presentara en las intervenciones efectuadas en dichas jornadas de atención (El Universal, 19.11.03, pág. 2/15).
A estos problemas se suma los que se presentan producto de la deuda del IVSS con los compromisos salariales de sus empleados, tales como "fideicomiso, uniformes, becas, aportes por estudio, los 5 días anuales de los años 2002 y 2003, el bono presidencial que aun no se les ha cancelado" (El Globo, 17.11.03, pág. 6). Esto motivó una protesta de los trabajadores del Pérez Carreño quienes obstaculizaron la autopista Francisco Fajardo en horas de la tarde de ese mismo día (Diario 2001, Op. cit.).
No obstante, el Ministerio de Salud y Desarrollo Social (MSDS) informa en su sitio web que "hará entrega directa a recursos económicos por 27 millardos de bolívares a los hospitales Miguel Pérez Carreño, Clínico Universitario, Hospital Militar, Domingo Luciani, y Pérez de León [...] El anuncio fue hecho por el Ministro de Salud y Desarrollo Social, Roger Capella, quien explicó que este proceso de entrega de recursos se extenderá durante los tres meses" (Ministerio de Salud y Desarrollo Social, 12.11.03, http://www.msds.gov.ve/msdsweb/Index.html). La fuente no da
a conocer la fecha de inicio del desembolso de este dinero ni otras medidas para paliar los problemas señalados por la junta médica del Pérez Carreño.
Una fuente periodística recuerda que el pasado 03.08.03, el Presidente de la República Hugo Chávez "ofreció 140 millardos de bolívares (Plan Vitrina) para el sector salud, especialmente para el hospital Miguel Pérez Carreño y Domingo Luciani, adscritos al IVSS, el Pérez de León de la Alcaldía de Sucre, el Clínico Universitario del MSDS y el Hospital Militar [...] Sin embargo, los galenos de estos centros de salud aseguran que nada han recibido" (El Universal, 12.11.03, http://www.eluniversal.com/2003/11/12/12293A.shtml).
La situación no se limita al Pérez Carreño y afecta a gran parte de los centros asistenciales del país y el derecho a la salud de los sectores populares. Puede reseñarse, por ejemplo, la denuncia de Juan Correia, presidente de la Sociedad Médica del Hospital Domingo Luciani, quien ha detectado el uso de anestésicos ilegales llevados por los pacientes de cirugía: "el Servicio de Anestesiología descubrió que los anestésicos no correspondían a la identificación que llevaba el rótulo, estaban vencidos o no pertenecían al producto entregado al anestesiólogo, como sucedió con un lote de ampollas de Atropina, que al enviarse al Instituto Nacional de Higiene, por las dudas que se tenían, arrojó el resultado esperado" (El Universal, Op. cit.). En vista de la situación, las autoridades médicas decidieron no admitir anestésicos que vinieran de los pacientes y se procedió a cerrar los pabellones y no aceptar más cirugías (ni de emergencia) hasta que esté solventado el problema. Lo mismo ocurre en el Servicio de Hematología del mismo centro asistencial: "Raiza García, oncohematóloga infantil, manifestó que hay limitaciones en cuanto a los medicamentos de quimioterapia para los niños que sufren de leucemia y linfomas [...] Tampoco tenemos los antibióticos necesarios para tratar las complicaciones infecciosas de los pacientes, no hay los reactivos para el funcionamiento de los laboratorios y Bacteriología no trabaja" (Ídem.).
El complejo hospitalario capitalino de El Algodonal, que comprende el Centro de Cirugía y Tisiología, el ambulatorio, el hospital Simón Bolívar, el Infantil Luisa Cáceres de Arismendi y el Gineco-obstreta Andrés Herrera Vega, también adolece la falta de insumos. En este centro asistencial los medicamentos y demás recursos para tratamientos pasaron a ser responsabilidad de los pacientes (Últimas Noticias, 12.11.03, pág. 3).
La escasez de materiales, además, pone en peligro de muerte a los pacientes con dolencias crónicas que requieren tratamientos regulares, tales como los que asisten a las unidades de diálisis a lo largo del país. María Inés Fernández, presidenta de la Asociación Venezolana de Trasplantes, afirma que hay más de 6.000 personas que requieren diálisis en todo el país y cuyo tratamiento, a cargo del IVSS, no está llegando efectiva ni regularmente (El Nacional, 15.11.03, pág. B/2). Ante sus denuncias, autoridades del IVSS respondieron el 14.11.03, mediante un comunicado, que "la morosidad y la evasión 'son las causas principales de las carencias financieras' que afectan a los centros de salud y a los tratamientos de los enfermos crónicos. El presidente Jesús Viloria recordó que las empresas públicas y privadas deben 2 billones de bolívares y el Ejecutivo 1 billón" (Ídem.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Pacientes crónicos y organizaciones de derechos humanos unen esfuerzos por el derecho a la salud

Con la finalidad de diseñar una estrategia común en defensa del derecho a la salud y, particularmente, del derecho de los pacientes crónicos se reunieron este 12.11.03,  las asociaciones de pacientes crónicos Una Mano al Paciente Esquizofrénico (Vencimos), Asociación Nacional para la Hemofilia (NNA), Asociación Civil de Fibrosis Quística (NNA), Asociación Civil por la Calidad de Vida de Niños, Niñas y Adolescentes en condición de VIH/SIDA (Cavinija), Fundafe, Asociación Nacional de Trasplantados, Amigos Trasplantados de Venezuela, Organización para el Fomento Educativo del VIH, Asociación de Pacientes con Leucemia junto con las organizaciones de derechos humanos Acción Ciudadana Contra el SIDA (ACCSI), Centros Comunitarios de Aprendizaje (Cecodap) y Provea, como representantes de la Comisión de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) del Foro por la Vida.
En esta reunión se acordaron iniciar un conjunto de acciones en el ámbito nacional e internacional orientadas a presionar al MSDS y al IVSS para que adopten con carácter urgente las medidas adecuadas para solventar la situación de falta de suministro de medicamentos para estos pacientes. Igualmente se acordó emprender acciones que aborden los problemas estructurales del sistema público de salud.
Las organizaciones decidieron, además, convocar una segunda reunión donde participarían otros factores interesados en afrontar la grave situación del sistema público venezolano.
Los interesados pueden comunicarse a través de los siguientes teléfonos: 0212 862 10 11 (Provea-Marino Alvarado);  0212 951 40 79 (Cecodap-Yolanda Prince); 0212 577 62 49 (Cavinija-Sandra Escalante); o por el correo-e: defensaprovea@derechos.org.ve.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
En mora derecho a la seguridad social de pensionados

El 14.11.03 se realizó el XII Encuentro Nacional de Miembros del Comité de Derechos Humanos de la Asociación de Pensionados venezolanos (El Carabobeño, 14.11.03, pág. A/5). Al evento no asistió Eudomar Tovar, viceministro de Finanzas, quien fue invitado con el fin de explicar la propuesta de Ejecutivo para la cancelación de la deuda que arrastra el Estado por concepto de homologación y retroactivo de las pensiones . Al respecto, Edgar Silva, Presidente del Comité de Defensa de los Derechos Humanos y Presidente de la Asociación de Pensionados, explica que el Estado adeuda a 620.000 pensionados un monto que alcanza los 700.000 millones de bolívares (El Universal, 15.11.03, pág. 1/14).
Silva indica que aún cuando la comisión de alto nivel, compuesta por el Ministerio de Finanzas (MF), la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre), el Comité de Pensionados y el IVSS, determinó el monto de la deuda e incluso la personalizó, el Ejecutivo no avanza en la propuesta de pago: "el MF planteó la posibilidad de cancelar una parte del monto adeudado en efectivo y el resto con bonos de la República, de hecho se llegó a emitir material educativo para que los ancianos conocieran las bondades de cobrar con papeles [Sin embargo] Desde 2002 no se ha vuelto a hablar de los bonos, es cierto que esto se discutió pero al final no llegó a tomarse la decisión" añadió Silva.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Sentencia del TSJ y violación al debido proceso por parte del INTI obstaculizan avance del derecho a la tierra

Ricaurte Leonett, presidente del Instituto Nacional de Tierras (INTI), solicitó este 10.11.03 a la Sala Constitucional, una aclaratoria sobre la sentencia que 5 días antes había dado a conocer el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), mediante la cual ordenaba al órgano que dirige y al Comando de la Guarnición de la Fuerza Armada Nacional (FAN) del Edo. Barinas, entregar las tierras del Fundo Santa Rita a la Agropecuaria Doble R. C. A. y Agropecuaria Peñitas C. A. y proceder al desalojo inmediato de los beneficiarios de las cartas agrarias que desde el 09.02.03, gozan de la adjudicación de tierras ejecutada por el INTI (El Universal, 11.1.03, pág. 1/6).
La Agropecuaria Doble R. C. A. y Agropecuaria Peñitas C. A., presuntos propietarios del fundo en cuestión, interpusieron una acción de amparo ante el TSJ alegando que el INTI violó los procedimientos establecidos en la Ley de Tierra y Desarrollo Agrario, particularmente los referentes al derecho a la defensa y al debido proceso.  
En su fallo, la Sala advierte que, de acuerdo al Decreto con Fuerza Ley de Tierra y Desarrollo Agrario, existen vicios en el procedimiento de otorgamiento de las cartas agrarias. En ese sentido, el fallo señaló la falta de notificación a los presuntos propietarios u ocupantes "tanto de la iniciación del procedimiento administrativo como de la decisión final adoptada que dio lugar al otorgamiento de una carta agraria sobre las tierras mencionadas a los integrantes de la cooperativa en cuestión y, por ende, a la actuación material practicada por dicho instituto con el apoyo de efectivos militares” (Tribunal Supremo de Justicia, 10.11.03, http://www.tsj.gov.ve/informacion/notasprensa/notasdeprensa.asp?codigo=792).
Leonett explicó que las tierras a las que hace referencia el fallo del TSJ "son ejidos públicos que habrían sido tomados por productores privados que mantenían los terrenos ociosos" y actualmente permanecen "ocupadas por más de 1000 familias campesinas" (Globovisión, 10.11.03, http://www.globovision.com/nacionales/2003.11/10/inti/index.php). Añadió que "Rogelio Peña Aly se autoproclamó dueño del terreno sin mostrar documento alguno que así lo sustente" (El Universal, Op. cit.)  y que "no podemos sacar a nadie que esté cultivando" (Globovisión, Op. cit.).
Antes de evaluar esta sentencia del máximo tribunal nacional, hay que advertir que uno de los principales problemas del tema de la tierra en el campo venezolano, es la ausencia de un catastro que establezca con exactitud los límites entre las tierras privadas y públicas. Este hecho genera una situación permanente de inseguridad jurídica y es una fuente diaria de conflicto entre los presuntos propietarios privados y el Estado. Por otra parte, la resolución del INTI que ordena el otorgamiento de cartas agrarias establece que las mismas sólo se adjudicarán en tierras públicas.
En este orden de ideas, llama la atención que la decisión del TSJ ordene el desalojo de los campesinos beneficiados con la medida del INTI, a sabiendas del conflicto sobre la propiedad de la tierra todavía no resuelto por un órgano judicial competente. Además, la propia resolución sobre cartas agrarias prohíbe el desalojo de los beneficiarios de las cartas agrarias.
Lo adecuado hubiera sido que la sentencia del TSJ ordenara la prohibición de nuevas adjudicaciones sobre las tierras del Fundo Santa Rita y exigiera al INTI reiniciar el procedimiento de otorgamiento de cartas agrarias respetando el debido proceso. Sin estar judicialmente definido lo referente a la propiedad de dichas tierras, no es aceptable en términos de derechos humanos que los perjudicados en este caso fueran los campesinos.
En este sentido, preocupa que el fallo de la Sala Constitucional no considere las indemnizaciones a los campesinos por sus bienhechurías contradiciendo una sentencia de diciembre de 2002 de la misma Sala del TSJ, que anulaba 2 artículos de la Ley de Tierras y establecía que aun cuando los ocupantes de una tierra hayan actuado de manera no legal, los mismos tienen derecho al pago de sus bienhechurías. tomando en cuenta que la ocupación se realizó de manera legal y bajo supervisión y autorización del INTI, la contradicción en la que devino la Sala resulta más penosa.
Provea considera que tanto la violación del debido proceso por parte del INTI como la confusa e incongruente decisión del máximo tribunal, no le hacen ningún bien al justo proceso de distribución de tierras que debe continuarse realizando en el país.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Indicadores sociales del derecho a la alimentación

Según el Banco Central de Venezuela (BCV) el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Área Metropolitana de Caracas registró en el mes de octubre un aumento de 1,5%, igual a la variación promedio de los 4 meses precedentes. Con este resultado, el crecimiento acumulado del IPC en lo que va del presente año se ubicó en 22,5%, por debajo del reportado en igual lapso de 2002, cuando estuvo en 27,8%. Respecto al mes de septiembre (1,4%), la variación del IPC en octubre apenas fue de 0,1%  y se originó en los incrementos promedios de precios que siguieron mostrando tanto los bienes y servicios que se rigen por el libre mercado (1,8%), como los rubros sometidos a control y regulación de precios (1,2%). Con la variación del mes de octubre, el crecimiento anualizado del IPC correspondiente al período Octubre 2003/Octubre 2002 se sitúa en 25,7%, mostrando un comportamiento descendente, incluso menor al del mismo lapso 2002/2001, cuando alcanzó 29,9% (Banco Central de Venezuela, 10.11.03, http://www.bcv.org.ve/c4/notasprensa.asp?Codigo=2738&Operacion=2&Sec=False).
Por otro lado, el Centro de Documentación y Análisis de los Trabajadores (CENDA) informó que para octubre de 2003, la Canasta Básica Alimentaria (CBA) se ubicó en 419.114 bolívares (Globovisión,12.11.03, http://www.globovision.com/economia/2003.11/11/cenda/index.php).
Oscar Meza, director del CENDA recordó que para diciembre del año pasado este indicador alcanzaba un monto de 348.440 bolívares, lo cual significa un incremento de 23% aproximadamente.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Situación epidemiológica nacional

El reporte epidemiológico semanal del Ministerio de Salud y Desarrollo Social (MSDS) Alerta Epidemiológica, en su edición N° 44 (MSDS, 18.11.03, http://www.msds.gov.ve/msdsweb/Index.html), correspondiente a la semana comprendida entre el 29.10.03 y el 01.11.03, notifica que la malaria disminuyó un 31,3% (589 casos reportados) con respecto a la cifra de la semana 43 (858 casos). De esta misma enfermedad se registró un acumulado de 25.251 casos hasta la semana 44, es decir, un 3,5% menos que los registrados en el año 2002 en ese mismo lapso (26.188 casos).
Con respecto al dengue, en la semana 44, Alerta documenta 850 casos, un 4,1% menos que los reportados en la semana N° 43 (887). El acumulado hasta la semana 44 es de 19.585 casos de dengue en el territorio nacional, es decir, un 41,8% menos que los casos acumulados en el año 2002 para ese lapso (33.688). 
En cuanto al indicador Mortalidad Infantil, Alerta reseña un número de 108 defunciones registradas en la semana 44, es decir, un 42,1% más que las defunciones reportadas en la semana 43 (76). El total de defunciones infantiles acumuladas este año hasta la semana 44 es de 4.814, un 11,9% más que el reseñado en ese mismo lapso del año 2002 (4.301).
La Mortalidad Materna, para esta edición de Alerta, reportó 6 defunciones, es decir, un 25% más que las reportadas en la semana 43 (8) . Para la semana 44 el acumulado reporta 226 defunciones, un 4,2% menos que el número registrado en ese mismo lapso del año 2002 (236).
Con respecto a la situación epidemiológica relativa a la fiebre amarilla, Alerta señala que hasta la semana 45, se confirman 43 casos de contagio, mientras que en la semana 44 se confirmaron 3 nuevos casos correspondientes a semanas anteriores (2 de la semana 33 y 1 de la semana 39). Para la semana 44 se descartaron 315 casos, se confirmaron 43 casos y se recuperaron 23 personas y han fallecido, hasta esa fecha, 20 personas.
Alerta reseña que, hasta la semana 44, se han vacunado 582.925 personas en los municipios de alto riesgo con casos (Edos. Táchira, Portuguesa y Zulia); 832.130 en los municipios de alto riesgo sin casos (Amazonas, Apure, Barinas, Bolívar, Mérida, Táchira, Zulia); 1.059.522 en los municipios de bajo riesgo; y, 904.465 personas en los municipios de mediano riesgo.

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Foro por la Vida
se pronuncia ante el proceso de recolección
de firmas

Este 20.11.03, el Foro por la Vida, coalición de organizaciones venezolanas de derechos humanos, emitió un comunicado en ocasión de las próximas jornadas de recolección de firmas que podrían activar diversos referenda revocatorios, a través del cual formula las siguientes observaciones y exigencias a los poderes públicos:
Sobre la situación general del país:
- El Foro por la Vida celebra la disposición de las partes a recurrir a la consulta popular para conocer hacia dónde quiere el país encaminar su desarrollo. El que este proceso permita la institucionalización de un nuevo mecanismo de participación política, largamente aspirado por la población venezolana, propuesto por el movimiento de derechos humanos en 1999 y consagrado en la nueva Constitución, constituye en sí mismo un factor relevante de consolidación de la cultura democrática del país;
- La consulta popular puede ayudar a reducir los niveles de confrontación y de violencia, siempre que se realice en un ambiente propicio y con un espíritu democrático por parte de los diferentes actores que compiten. Si, por el contrario, las partes insisten en utilizar la consulta popular como un mecanismo de confrontación para eliminar al contrario y no ponen en práctica estrategias de convivencia posterior con los que piensan distinto, dicha consulta puede ser un nuevo coadyuvante de la violencia y hasta contraproducente para los fines de una administración democrática del conflicto;
- Igualmente, conviene tener presente que los principales problemas del país, tales como la pobreza y las profundas inequidades sociales, los déficit de los partidos y organizaciones políticas para facilitar mediaciones democráticas entre diversos conflictos e intereses, la debilidad institucional del Estado para garantizar los derechos de la población y la polarización social y política, están vinculados a crisis estructurales, que implican, para enfrentarlas, algún tipo de acuerdo nacional, sin exclusiones sociales o políticas de ningún tipo, y un compromiso de las partes para cumplirlo. Ello requiere, una voluntad de concertación sobre estos y otros temas estructurales que inciden sobre los derechos humanos, más allá de los resultados de la consulta popular. La salida a la crisis del país entonces no es sólo electoral e implica madurez democrática de los principales actores políticos;
En relación con el proceso de recolección de firmas:
- La extrema desconfianza, polarización y falta de acuerdo sobre reglas de juego entre las partes, ha propiciado una indebida presencia del Estado, en la instrumentación y desarrollo del derecho a activar procesos revocatorios. En cualquier otra circunstancia, una recolección de firmas que exprese la posición ciudadana sobre determinado tema de carácter nacional o local, constituye un acto de la sociedad frente al Estado sin que éste deba intervenir, excepto a través de la reglamentación del derecho y la verificación de la idoneidad de las rúbricas. En el caso de la activación del proceso refrendario que se avecina, el Estado, a través del Poder Electoral, está participando mucho más allá de lo adecuado para dar cumplimiento al derecho, tanto en el proceso de la recolección de firmas como en la publicación de la base de datos de las personas que firmen;
- Si bien en cualquier acto de esta naturaleza el carácter de las firmas es público, ya que no son, ni en este ni en otro caso, equivalentes a un voto, y por lo tanto no deben ser secretas, en este contexto de confrontación, la publicidad de las firmas puede afectar, de hecho, otros derechos de las personas que decidan respaldar una u otra opción o abstenerse de hacerlo. Por tal razón, el Estado está obligado a adoptar de inmediato medidas preventivas de protección, en particular, de los derechos al empleo, la seguridad ciudadana y la no discriminación;
- Otro elemento preocupante, dada la polarización y territorialización del conflicto venezolano, es la recolección de firmas prevista de modo itinerante. Ello podría ocasionar brotes de violencia, tanto en el caso de que el “itinerante” de un bando político se encuentre con alguien que no quiera firmar (lo cual “marcara” públicamente a esta persona pudiendo acarrearle consecuencias de diverso orden, desde crearle un ambiente hostil en su comunidad de referencia, hasta hacerle vulnerable a la violencia), así como en el caso de que un “itinerante”, en el cumplimiento de su mandato, pueda ser víctima de la intolerancia del bando contrario al que representa. Frente a esta posibilidad, el estado, también está en la obligación de adoptar medidas de protección, antes y durante la realización del proceso;
- El Foro por la Vida condena los comunicados de 2 organizaciones que han incitando recientemente a la violencia. Tanto los reiterados llamados del denominado “Bloque Democrático” que desconocen la naturaleza del acto de recolección de firmas, considerando a estas como equivalentes a un voto y desconociendo la autoridad del CNE en aras de propiciar una ruptura del hilo constitucional, como el llamado de un grupo armado denominado “Nestor Zerpa Cartolini”, el cual amenazó con utilizar la violencia;
En atención a lo anterior, hacemos un llamado urgente a los Poderes Públicos y a la ciudadanía en general:
- Exigimos a la Fiscalía General de la República, a la Defensoría del Pueblo, al Poder Ejecutivo y al Consejo Nacional Electoral tomar todas las medidas pertinentes que garanticen sin riesgos de ninguna especie, el ejercicio de los derechos humanos de toda la ciudadanía, tanto de los que firmen en alguna jornada como los que se abstengan de hacerlo, así como a los activistas que de uno u otro sector participen como “itinerantes” en el proceso de recolección de firmas, a los fines de evitar la discriminación y la vulnerabilidad a la violencia por causa de la expresión de opciones políticas;
- Hacemos un llamado a las partes en conflicto a establecer y hacer públicas reglas claras antes de las jornadas, de manera de conocer previamente los cronogramas establecidos por ambos sectores para la entrega de las firmas respectivas ante el Consejo Nacional Electoral, a los fines de reducir la incertidumbre entre la ciudadanía y evitar brotes de violencia; asimismo hacemos un llamado a establecer compromisos entre las partes para que esperen hasta que el CNE oficialice el número de firmas recolectadas en cada evento. En caso de que sean suficientes, independientemente de su cantidad, hay que esperar a que se realice el referéndum respectivo para ver si en dicho acto se producen o no los votos necesarios para revocar el mandato del funcionario sometido a consulta. Reiteramos que ni en este ni en ningún caso, las firmas son votos y por eso no pueden prestarse a manipulaciones de ninguna índole;
- Exigimos a la Fuerza Armada Nacional u otras cuerpos de seguridad que no intervenga en los asuntos políticos y se mantenga al margen de las controversias entre las partes interesadas, antes durante y después del proceso de recolección de firmas; así como a los diferentes actores de la vida nacional a no solicitarle a estas instituciones, pronunciarse en eventos de carácter estrictamente político;
- Finalmente, hacemos un llamado a la población, a ejercer este novel derecho, del modo en que lo considere más adecuado, en un marco de respeto y tolerancia por los otros, pues con ello, estarán fortaleciendo la democracia.
Por el Foro por la Vida: Acción Ciudadana Contra el Sida (ACCSI);
Asociación de Mujeres por el Bienestar y la Asistencia Recíproca (Ambar); Cátedra de la Paz y Derechos Humanos " Monseñor Oscar Arnulfo Romero" de Mérida; Centros Comunitarios de Aprendizaje (Cecodap); Centro para la Paz de la Universidad Central de Venezuela; Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Andrés Bello; Colectivo de Asistencia y Servicio Integral a los Trabajadores/as (Aportes); Comisión Justicia y Paz del Secretariado Conjunto de Religiosas y Religiosos de Venezuela (Secorve); Fundación de Derechos Humanos del Estado Anzoátegui; Oficina Diocesana de Derechos Humanos de la Diócesis de Ciudad Guayana “Humana Dignitas”; Oficina de Derechos Humanos del Vicariato Apostólico de Puerto Ayacucho;
Provea; Red de Apoyo por la Justicia y la Paz; Servicio Jesuita para Refugiados; Vicaría Episcopal de Derechos Humanos de la Arquidiócesis de Caracas (Foro por la Vida, 20.11.03, foroporlavida@derechos.org.ve).

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Invitación a la presentación del libro “Asilo y Refugiados en las Fronteras de Colombia”

La organización internacional Consejería en Proyectos (CPS) y Provea invitan al público interesado a la presentación del libro “Asilo y Refugiados en las Fronteras de Colombia”, que se realizará el próximo 25.11.03, a las 5:30 PM, en la Sala C ubicada en el piso 6 del Centro de Estudios Latinoamericanos Rómulo Gallegos (Celarg), ubicado en la avenida Luis Roche de Altamira, Caracas.
El libro es resultado de una investigación que presenta la situación actual del derecho al asilo y refugio en los países de la región andina y el marco jurídico vigente en cada uno de estos.
Según queda expresado en el texto, “cientos de mujeres, hombres, niñas y niños, día tras día, huyen de la violencia que el conflicto armado deja en Colombia. Son colombianas y colombianos que se asientan en alguno de los países vecinos, cerca de las fronteras, en busca de protección para sus vidas [...] A medida que se ha intensificado el conflicto armado de Colombia, el desplazamiento forzado ha afectado las diferentes zonas dentro de Colombia así como los países fronterizos. Entre los países vecinos, Ecuador, Panamá y Venezuela han sido, especialmente desde los años 90, los más afectados por distintos problemas relacionados con el conflicto armado colombiano [...] Para garantizar una efectiva aplicación de las normas nacionales e internacionales en materia de refugio, es fundamental que se realice una amplia y constante labor de sensibilización sobre el derecho humano al asilo y refugio, dirigida tanto a las autoridades, en sus distintos niveles y poderes públicos, como a la población”.
La presentación del libro estará a cargo de Ricardo Soberón (Capítulo Colombia del CPS) y Marino Alvarado de Provea. El acceso es libre (Provea, 20.11.03, provea@derechos.org.ve).

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Recientes acciones de la justicia venezolana contra la impunidad en el caso de las explosiones de las sedes diplomáticas de febrero de 2003

Deyanira Ortiz, juez del Tribunal 11° de Control de Caracas, dictó órdenes de detención contra el general de brigada (GN) Felipe Rodríguez, alias "El Cuervo", y los tenientes Germán Valera y José Colina, quienes forman parte del grupo de militares disidentes que se apostaron en la Plaza Francia de Altamira desde el 28.10.02 (Globovisión, 18.11.03, http://www.globovision.com/nacionales/2003.11/18/explosivos/index.php). La medida de captura es emitida luego de haber sido señalados en los testimonios brindados por 2 de los detenidos en las investigaciones adelantadas por la Dirección de Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP) y el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) sobre la colocación de artefactos explosivos en las sedes diplomáticas de España y Colombia sucedidas en febrero de este año.
Danilo Anderson, fiscal 4° Nacional, informó que el 14.11.03, el MP solicitó la aprehensión de los 3 presuntos implicados luego de obtener la declaración de Silvio Mérida, ex escolta del general Rodríguez, en la que "señaló con lujo de detalles toda la planificación de la colocación de los explosivos en dichas embajadas" (Ídem.). Anderson explicó que la versión de Mérida "avala las declaraciones previas de Luis Gregorio Chacín (alias "Armadillo") otro de los detenidos por los atentados terroristas, quien testificó también en el caso de los homicidios de los soldados de la Plaza Altamira, Félix Pinto, Ángel Salas y Darwin Argüello" (Tal Cual, 14.11.03, pág. 2). Precisamente por este caso fue apresado Mérida quien fue señalado por testigos como participante en el hecho y reconocido por una de las víctimas sobrevivientes (El Nacional, 11.11.03, pág. B/17).
Entre los delitos que el MP les imputará a los implicados está agavillamiento, lesiones personales en perjuicio de los 3 ciudadanos que resultaron heridos por el estallido de las bombas, daños a la propiedad, intimidación pública y conspiración (El Nacional, 19.11.03, pág. B/24). Rodríguez, Colina y Valera se encuentran actualmente prófugos de la justicia.
En otro orden de ideas, Provea considera preocupante las denuncias efectuadas por Guillermo Heredia y Rigoberto Quintero, abogados de Mérida, relativas a recientes amenazas recibidas por la familia del detenido luego de haber rendido las declaraciones que motivaron la acción del MP (El Nacional, 11.11.03, Op. cit.) e insta a los órganos responsables prestar atención a las mismas y salvaguardar las garantías constitucionales a las cuales tiene derecho Mérida, quien permanece a las órdenes de la justicia desde el 07.11.03. Igualmente, Provea emplaza a los organismos policiales que mantienen detenido a Mérida, observar el debido proceso y considerar las condiciones de detención de Mérida, tanto más cuando se conoce que el mismo adolece de ataques crónicos de epilepsia
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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Rechazo y condena a tesis del Bloque Democrático por
desconocer Estado de derecho

El 10.11.03, el directorio ampliado del Bloque Democrático (BD), coalición de organizaciones y asociaciones civiles de la oposición deslindadas de la Coordinadora Democrática (CD), publicó un remitido en un diario de circulación nacional (El Nacional, 10.11.03, pág. A/13) titulado: ¡Chávez sólo hasta el 2003! El Reafirmazo es el revocatorio. En el mismo plantea la legitimidad de las firmas entregadas al CNE el 20.08.03 por sectores de la oposición, a pesar de haber sido invalidadas el 12.09.03 por los rectores del ente comicial. Con este argumento, el BD asegura que la nueva jornada de recolección de firmas que busca activar el referendum revocatorio presidencial, programada por el CNE entre el 28.11.03 y el 01.12.03, posee un carácter de revocatorio y no representa una repetición del proceso adelantado por los sectores de la oposición en febrero de este año, cuando se recolectaron las firmas para solicitar el referendum. El BD considera así que la firma tiene carácter de voto y que, por ello, si el Reafirmazo recoge más del porcentaje de firmas requerido para solicitar el revocatorio (20% del universo votante, es decir, 3.800.000 electores) "no es necesario esperar a los resultados oficiales del CNE para declarar el triunfo del plebiscito y comenzar la desobediencia civil democrática, generalizada y activa, la cual concluirá con la salida constitucional del Régimen" (Ídem.). Además, el BD invoca a los artículos 333 y 350 de la Constitución para asignarle al nuevo proceso de recabación de firmas, conocido como el Reafirmazo, un "principio activo de la desobediencia civil" (Ídem.) que expondría al Gobierno Nacional a su salida mediante la desobediencia civil.
El mismo 10.11.03, el CNE se pronunció mediante la Resolución N° 031110-776, deplorando y rechazando las afirmaciones expuestas por el BD en su remitido por considerarlas "una deliberada tergiversación del sentido genuino del derecho constitucional al referendo revocatorio" (Consejo Nacional Electoral, 12.11.03, http://www.cne.gov.ve/notideta.asp?id=171). Además, consideró que las ideas planteadas por el BD "encierran la intención de frustrar las vías institucionales para que los ciudadanos venezolanos resuelvan sus diferencias, civilizadamente y con apego a la institucionalidad constitucional y democrática y suponen, por estas mismas razones, una vía encubierta para favorecer o legitimar fórmulas insurreccionales o de ruptura del hilo constitucional" (Ídem.).
El 11.11.03, representantes del Gobierno Nacional solicitaron un pronunciamiento de los representantes del Centro Carter y del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), en torno al llamado a desobediencia civil hecho por el BD. Igualmente, solicitaron a la CD que se deslinde de la conducta asumida por este BD (Agencia Venpres, 12.11.03, http://www.venpres.gov.ve/poli/poli1.htm#Piden). El exhorto de los voceros gubernamentales fue atendido por el Centro Carter que deploró "toda manifestación dirigida a tergiversar el sentido de las diferentes etapas del proceso referendario establecido en las normas  o a desconocer la excluyente autoridad del CNE para conducir el proceso y promulgar los resultados de los mismos" (El Nacional, 13.11.03, A/6).
También en la Asamblea Nacional (AN) se desplegaron acciones en rechazo al remitido del BD. La plenaria del 11.11.03 aprobó los planteamientos de Iris Varela, diputada del Movimiento Quinta República (MVR) por el Edo. Táchira, quien propuso que el parlamento condene y rechace el remitido de la organización, exhorte al MP a iniciar una investigación y a ordenar la detención de los firmantes del comunicado (Asamblea Nacional, 12.11.03, http://www.asambleanacional.gov.ve/ns2/noticia.asp?numn=4712). En este sentido, el MP informó que el 14.08.03 ya había abierto una averiguación penal contra el BD en respuesta a una denuncia presentada por Luis Velázquez, diputado del MVR, por otros pronunciamientos de esta coalición política publicados en julio de este año que incitaban igualmente a la desobediencia civil. Aclaró Isaías Rodríguez, Fiscal General de la República, que al expediente abierto al BD se añadirá este nuevo elemento (El Nacional, 13.11.03, Op. cit.). La investigación es conducida por las fiscalías 6° con competencia nacional y 58° de Caracas, donde se investigan la presunta comisión de delitos contra la independencia y la seguridad de la nación (Ídem.). 
También
el Foro por la Vida, coalición venezolana de organizaciones de derechos humanos, condenó el remitido del BD en un comunicado dirigido a la opinión pública el 20.11.03 y que puede ser consultado en esta misma sección. En su pronunciamiento, el Foro por la Vida también rechazó el llamado hecho por un grupo armado autodenominado “Nestor Zerpa Cartolini”, que amenazó con usar la violencia contra el proceso de recolección de firmas propuesto por los sectores de la oposición para convocar al revocatorio presidencial.
Sin embargo, a pesar de las muestras de rechazo manifestadas contra el pronunciamiento del BD, la coalición política publicó otro comunicado el 13.11.03 en la prensa nacional bajo una tónica similar al del 10.11.03, insistiendo en su llamado a la desobediencia civil y en el carácter plebiscitario del Reafirmazo (El Nacional, 13.11.03, http://www.el-nacional.com/#).

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Lesionado el derecho a la participación política

William Salazar y Luis Sosa, empleados de la Alcaldía del Municipio Libertador, en representación de 70 trabajadores del departamento de Control Interno denunciaron ante Provea las presuntas presiones ejercidas contra ellos para que participen en la recolección de firmas de solicitud de revocatorio a parlamentarios del Distrito Capital, que se realizará entre el 21 y 23 de noviembre, y prohibiéndoles (a riesgo de despido) participar en la recolección de firmas para solicitar el revocatorio del Presidente de la República. 
Según los denunciantes Jairo Rafael Enrique Montoya, jefe del departamento en el que este grupo labora, presuntamente los coacciona amenazándolos con el despido inmediato si no acatan su orden con respecto a su participación en estos procesos de participación ciudadana. Los denunciantes aseguran contar con grabaciones de audio que confirman sus denuncias.
Es de resaltar que Provea puso inmediatamente en conocimiento de dicha situación al Consejo Nacional Electoral (CNE) solicitándole que adelantara las investigaciones correspondientes. Provea, además, dirigió un comunicado al funcionario denunciado advirtiéndole que tal actitud era contraria a la Ley Orgánica de la Administración Pública y a la Ley del Estatuto de Función Pública, la cual contempla responsabilidades de naturaleza administrativa para casos de este tipo (Provea, 17.11.03).
Esta no es la única violación o amenaza contra el derecho a elegir y a participa que se conoce en vísperas de los procesos de recolección de firmas previstos para los próximos días. Para Provea resulta preocupante la medida adoptada por Germán Mundaraín, Defensor del Pueblo, de prohibirle a los defensores delegados de los Edos. e incluso a los directores generales de dicho ente (El Universal, 11.11.03, 1/5), participar en el proceso democrático previsto en los siguientes días constituyendo una violación al derecho a participar en los asuntos políticos consagrado en los artículos 62, 63 y 64 de la Constitución que, paradójicamente, la Defensoría debería garantizar sin distingos de tipo alguno.
Lamentablemente el CNE también se sumó a los entes públicos que con su actuación violan estos derechos. Nos referimos a la decisión tomada por el ente comicial el 14.11.03 en la que negó el derecho de participación política a los venezolanos con condiciones de votar residenciados en el exterior para la jornada de recolección de firmas para los revocatorios (Consejo Nacional Electoral, 19.11.03, http://www.cne.gov.ve/notideta.asp?id=176) a razón de las dificultades logísticas que encierra la supervisión adecuada del proceso en el exterior (Diario Tal Cual, 17.11.03, pág. 1) y al poco significativo número de ciudadanos venezolanos votantes que residen en otros países (Diario 2001, 13.11.03, pág. 8).
Ante esta medida, la Asociación Civil Todos por Venezuela informó que solicitará un amparo constitucional  a favor de los votantes venezolanos que se encuentran en el extranjero (Últimas Noticias, 16.11.03, pág. 7). También la Red de Veedores rechazó la decisión del CNE y recomendó a los afectados que "recojan las firmas con los datos establecidos en las normas del CNE, en  presencia de un notario o testigo calificado, las envíen al CNE y entreguen una copia al Embajador o Cónsul para que esta la remita a las autoridades electorales" (Diario 2001, 17.11.03, pág. 3).
Provea considera que esta decisión del ente comicial atenta contra el derecho del cual el organismo es garante y que supedita el principio de igualdad ante la ley al componente numérico de manera inconstitucional e injustificada. 

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Un paso positivo pero insuficiente para superar la impunidad de los hechos de El Caracazo

Fuentes periodísticas reseñan la decisión del Gobierno Nacional de aprobar un crédito de 8.918 millones de bolívares (5,57 millones de dólares) para la indemnización de los familiares de las víctimas de los sucesos ocurridos el 27 de  febrero y marzo de 1989, conocidos como "El Caracazo'' (El Nacional, 12.11.03, http://www.el-nacional.com/#).
Roy Chaderton, titular del Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE) declaró que el Consejo de Ministros autorizó un crédito adicional para dar cumplimiento a la sentencia que emitió la Corte IDH en noviembre de 1999 que ordenó al Estado venezolano, entre otras cosas, indemnizar a 44 víctimas que habían elevado su caso ante instancias del sistema interamericano. Agregó Chaderton que "si bien no se ha podido hacer justicia en materia de 'El Caracazo', al menos el Estado venezolano a través del Gobierno Nacional cumple con la obligación de proveer los fondos para indemnizar a los familiares y también a las organizaciones de derechos humanos que se crearon entonces para procurar justicia' (Ídem.).
Consultada por los medios de comunicación, Liliana Ortega, directora Ejecutiva del Comité de Familiares de Víctimas del 27 de Febrero y Marzo de 1989 (Cofavic), expresó "que cualquier acción que emprenda el gobierno para dar justicia a los afectados de esos sucesos es positiva" (Ídem.).
Asimismo, la posición oficial de la organización se presentó sistematizada en un comunicado emitido el 14.11.03, a través del cual
aprecia la acción estatal "como un gesto importante de reconducción de la actuación política y jurídica del Estado venezolano ante las instancias interamericanas" (Cofavic, 14.11.03, cmendoza@cofavic.org.ve). No obstante, considera que "las acciones indemnizatorias son sólo una parte de las reparaciones a las que tienen derecho y que la justicia y la verdad no son negociables bajo ninguna circunstancia. El Estado venezolano, como lo establece la sentencia de la Corte Interamericana, tiene que cumplir con su principal responsabilidad, la cual no es otra sino investigar los hechos de manera independiente y exhaustiva, establecer responsabilidades penales, civiles y administrativas y castigar a los responsables materiales e intelectuales de estas violaciones a los derechos a la vida, la integridad persona y al debido proceso. De manera especial deben ser investigados imparcialmente quienes desde las instancias judiciales y desde el Ministerio Público han permitido que estos gravísimos crímenes contra los derechos humanos permanezcan absolutamente impunes, tal y como lo expresa contundentemente la sentencia de reparaciones dictada por al Honorable Corte Interamericana en fecha 29 de agosto de 2002" (Ídem.).
 
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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Propuestas y exigencias a los poderes públicos sobre los compromisos internacionales en materia de derechos humanos

* Ratificar los siguientes instrumentos internacionales:
- Del Sistema Universal: el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Adoptado por la Asamblea General de la ONU el 18.12.02, con la aprobación de Venezuela; la Convención Internacional para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migrantes y sus Familias en vigor desde el 01.07.03; Convenio 159 Sobre la Readaptación Profesional y el Empleo (Personas Inválidas) (1983); el Convenio 182 de la OIT sobre la Erradicación de las Peores Formas de Trabajo Infantil (2000); y, el Convenio 183 Sobre la Protección de la Maternidad (2000);
- Del Sistema Interamericano: la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad. Suscrita por Venezuela el 06.08.99; y, el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador). Suscrito por Venezuela el 27.01.89.
* Cumplir y respetar los convenios internacionales de la OIT.
* Ejecutar de manera expedita las sentencias de los tribunales internacionales y los dictámenes de las instancias cuasijurisdiccionales de carácter internacional, y promulgar una ley nacional que reglamente este procedimiento, según lo previsto en el artículo 31 de la Constitución.
* Difundir ampliamente los informes del Estado a los Comités de las Naciones Unidas y discutir sus contenidos, antes y después de las sesiones de estudio fijadas por los Comités. Dichos informes deben ser presentados de manera oportuna, mejorando además su proceso de elaboración, sus contenidos, y la composición y calidad de las misiones oficiales que los sustentan, en desarrollo de los parámetros internacionales.
* Atender y aprovechar las recomendaciones y observaciones hechas por los Comités de las Naciones Unidas, sobre los informes del Estado presentados ante dichas instancias, para la adecuación de su infraestructura y de su sistema de protección de derechos humanos.
* Difundir ampliamente los instrumentos internacionales de derechos humanos, así como las decisiones sobre Venezuela adoptadas por instancias internacionales, así como educar a los agentes del Estado en el respeto y observancia de los mismos.
Informar a la opinión pública, nacional e internacional, de las medidas implementadas por el Estado venezolano para dar cumplimiento a las recomendaciones, formuladas a Venezuela por el Comité de Derecho Humanos de la ONU el 06.03.01.
* Adecuar las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia en materia de derechos humanos, para que respeten y garanticen el derecho al amparo internacional y, en general, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos
(Provea, http://www.derechos.org.ve).

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ARTÍCULOS
Son Derechos: “
La CIDH y el ciudadano”

"Según la Constitución toda violación a los derechos humanos debe investigarse y sancionarse. De la misma manera, todo ciudadano tiene el derecho a ser indemnizado cuando se violen sus derechos humanos. Pero resulta, que con frecuencia, esas investigaciones no se realizan o se inician y no culminan y por lo tanto no se hace justicia. Ante la ineficacia de los organismos nacionales, la Constitución en su artículo 31 permite que los ciudadanos acudan a las instancias internacionales de protección. Por lo tanto, cuando una persona acude a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, simplemente está ejerciendo un derecho constitucional.
La Comisión, una vez que analiza la denuncia y conoce los alegatos de defensa del Estado, si considera que ocurrió una violación a los derechos humanos, le recomienda al Estado que adopte determinadas medidas: para investigar, para sancionar, para indemnizar a los afectados.
En otras oportunidades la Comisión es la única esperanza que tiene un ciudadano para evitar que se le viole un derecho o se agrave la violación. Es el caso, cuando se solicitan medidas cautelares donde la Comisión actúa con rapidez.
La Comisión juega un papel importante en la protección de los ciudadanos, por ello debemos oponernos a que se le descalifique o a que no se cumplan sus recomendaciones. Tan importante es, que los constituyentes del año 1999, aprobaron ese artículo 31 y es lamentable, que hoy, algunos de ellos, nieguen la labor de protección de este órgano internacional" (Provea, 31.10.03, son@derechos.org.ve

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ARTÍCULOS
Son Derechos:
“Para celebrar la tolerancia”

"En 1996 la Asamblea General de la ONU invitó a sus Estados miembros a celebrar cada 16 de noviembre el Día Internacional para la Tolerancia.
La tolerancia es el respeto a la diversidad cultural, étnica, religiosa y sexual. No significa tolerar la injusticia social ni renunciar a las convicciones personales, por el contrario, es el respeto al derecho de toda persona a tener sus propias convicciones y aceptar la de los demás. Tampoco debe confundirse con la pasividad, la complacencia o la indiferencia. La tolerancia es, más bien, un compromiso activo en la defensa de la realización de los derechos humanos y el fortalecimiento de la democracia.
En su Declaración de Principios para la Tolerancia, la Unesco señala que “la tolerancia exige justicia e imparcialidad en la legislación, en la aplicación de la ley y en el ejercicio de los poderes judicial y administrativo. Exige también que toda persona pueda disfrutar de oportunidades económicas y sociales sin ninguna discriminación. La exclusión y la marginación pueden conducir a la frustración, la hostilidad y el fanatismo”.
En la actual coyuntura política venezolana es necesario rescatar estos valores y reivindicar que siempre es posible administrar democráticamente los conflictos"
(Provea, 14.11.03, son@derechos.org.ve).

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ARTÍCULOS
Susan George: "Las paradojas de los derechos
humanos"

El que sigue es un artículo escrito por Susan George, autora del Informe Lugano y vicepresidenta de Attac-Francia, que por su tratamiento del tema de los derechos humanos, consideramos relevante ofrecer a nuestros lectores.
"Las instituciones nacionales e internacionales tienen capacidad para satisfacer las necesidades básicas de cada una de las personas de la Tierra, pero se niegan a hacerlo
En lo que concierne a los derechos humanos, hoy en día vivimos inmersos en el centro de una paradoja. La primera paradoja es que mientras la definición y declaración de derechos humanos existe sólo a nivel internacional, su defensa sólo puede ocurrir a nivel nacional. A pesar de la interpretación de que la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) abarca todos los derechos, Naciones Unidas, en los pactos de 1966, define dos categorías distintivas: derechos civiles y políticos y derechos económicos, sociales y culturales (DESC). Sin embargo, la ONU no está en posición de defender estos derechos. Hasta ahora, sólo los estados soberanos, individualmente, pueden hacerlo.
Los estados garantizan - o no - las libertades democráticas y el Estado de derecho (derechos civiles y políticos). Sólo ellos pueden asegurar los derechos económicos, sociales y culturales, por ejemplo proveyendo educación universal y asistencia sanitaria sin tener en cuenta la capacidad de pago, o mediante asignaciones y compensaciones a los ancianos, los parados o los inválidos. Los ciudadanos pagan impuestos para que el Estado pueda cumplir con sus obligaciones en cuanto a los derechos humanos, una función mejor conocida como redistribución.
La segunda paradoja es que las peores violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales son cometidas - sin importar que quienes las cometen estén preparados para reconocer este hecho -, por las instituciones internacionales, algunas de las cuales incluso están ligadas tenuemente a Naciones Unidas. En los últimos 20 años años, los así llamados ajustes estructurales, más certeramente designados como programas de austeridad, diseñados por el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial, han causado numerosos estragos en numerosos países. Dichos programas de austeridad, al forzar a países endeudados a reducir el gasto público y orientar sus economías hacia las exportaciones, para ganar las divisas necesarias para cumplir con el servicio de la deuda, han sido responsables de la generación perdida en el Sur. Millones de personas han sido privadas de educación y atención médica, mientras los presupuestos estatales han sido recortados.
Es más, el FMI insiste en la libertad total de los movimientos de capitales, lo que ha llevado a una masiva crisis financiera detrás de la otra. En México, 28.000 pequeños negocios quebraron como resultado de la crisis; en Tailandia y Corea hubo lo que se denominó suicidios FMI; en Indonesia, 30.000 empleados bancarios perdieron sus empleos en una sola semana; en Rusia, la pobreza ha alcanzado ahora a 60 millones de personas y la esperanza de vida de los hombres ha caído en siete años en una década; en Argentina, que llevó adelante las instrucciones del FMI al pie de la letra, una gran proporción de sus ciudadanos de este país ha quedado prácticamente en la calle.
¿Y qué decir del derecho a estar vivo? Casi todo el mundo sabe que el hambre todavía es predominante en el mundo. Según el director general de la Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), llevará 150 años erradicarla. Mientras tanto, el África Subsahariana paga más de 20.000 dólares por minuto a sus acreedores en servicios de la deuda. Se podría proveer bastante comida y agua limpia, sin mencionar escuelas y clínicas, con 20.000 dólares por minuto, pero parece que las necesidades de las ricas naciones acreedoras de recibir estos pagos - marginales para ellos aunque cruciales para los africanos -, son más importantes.
La tercera paradoja es que, quizá por primera vez en la historia, el mundo es lo suficientemente rico para garantizar los derechos económicos, sociales y culturales de cada persona en la Tierra, aunque poderosas instituciones nacionales e internacionales se niegan a hacerlo.
La ayuda oficial al desarrollo no sólo ha caído desde el fin de la guerra fría, sino que las naciones más ricas son usualmente las que menos contribuyen. Mientras que hace 30 años la ONU marcó la meta de ayuda al desarrollo en el 0,7% del PIB, Estados Unidos sólo contribuye con el 0,1% de su producto bruto (PIB). Si todos los países ricos cumplieran con la meta de la ONU, tendríamos 150.000 millones de dólares en ayuda oficial - no la miseria de 52.000 millones de dólares en contribuciones que se hizo el año pasado -. Ni siquiera los 150.000 millones llegarían a cubrir las transferencias netas desde los países pobres a los países ricos, que, en