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Una lectura de la realidad venezolana
desde los
derechos humanos |
Servicio
informativo No. 137
Del 17 al 29 de abril de 2004 |
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1988/2003:
Provea, 15 años por
los derechos sociales y contra la impunidad
EFEMÉRIDES DE DERECHOS HUMANOS EN MAYO
CONTEXTO
* Informe del PNUD: La democracia es con justicia social o
no es
INVITACIONES
A EVENTOS
*
Abiertas inscripciones para el V Seminario de Formación en
Derechos Económicos, Sociales y Culturales
DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
*
Provea condena doctrina regresiva para los derechos
humanos de reciente sentencia de la Sala Constitucional del
TSJ
* Pacientes crónicos vuelven a alzar su voz y autoridades se
excusan
* Indicadores del derecho a la salud y a la seguridad social
* Primer Mandatario venezolano escuchó alertas
de organizaciones que luchan contra comercialización nacional de transgénicos
* AN en deuda con reglamentación ambientalista sobre
problemática de los desechos sólidos
* Decreto de aumento salarial 2004: Se repiten violaciones a
la LOT
* Elementos para el debate sobre el derecho a
un salario suficiente
* Sector informal incluido en mediciones del PIB
DERECHOS CIVILES Y
POLÍTICOS
*
Provea ante la discriminación por orientación
política
* Federación Campesina de Venezuela denuncia más asesinatos de
líderes campesinos
* Apuntes para el debate sobre el Reglamento de Castigos
Disciplinarios Nº 6 aplicado en la FAN
* Apoye la campaña internacional contra
la discriminación de la comunidad GLBT
* La ONU votó a favor de la abolición definitiva de la pena de muerte
en el mundo
ARTÍCULOS
*
Son Derechos: “Derecho a un salario
suficiente”
* Son Derechos:
“¿Qué son derechos e
intereses difusos?”
NOVEDADES DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN TODOS LOS DERECHOS
PARA TODOS
*
"Situación
de los Derechos Humanos en el Estado Amazonas"
* "El Estado
frente a la protesta social, 1996-2002"
* "Lazos
visibles, senderos posibles. El impacto del Plan Colombia en
la región Andina: realidades y desafíos para la Unión
Europea"
* "Revista
Interamericana de Educación de Adultos. Nº 3"
* "Incidencia pública de las organizaciones
civiles en México"
DOCUMENTOS
*
Criterio de ACCSI
en relación con la sentencia de la Sala Constitucional del
TSJ, que declara no ha lugar Amparo
contra el MSDSD y el IVSS para la
dotación de los insumos a los hospitales
* Pidhdd: “La deuda externa y su
impacto en los derechos humanos”
* República Federativa de Brasil: Propuesta de resolución
sobre "Derechos humanos y orientación sexual"
Agradecemos mencionar la
fuente cuando el contenido sea citado o difundido |
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EFEMÉRIDES DE DERECHOS HUMANOS
EN MAYO
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01 Día Internacional de los Trabajadores
03 Día Mundial de la Libertad de Prensa
04 Día Internacional del Combatiente de Incendios
Forestales
08 Día de la Cruz Roja Internacional
08 Conmemoración de la Masacre de Yumare, Edo.
Yaracuy (1986)
11-17 Semana Nacional de los Derechos de la Niñez y
la Adolescencia
15 Día Internacional de la Familia
15 Día Internacional de la Objeción de Conciencia
22 Día Internacional de la Diversidad Biológica
28 Día Internacional de Acción por la Salud de la
Mujer
29 Día Nacional del Árbol
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CONTEXTO
Informe del PNUD: La democracia es con justicia social o
no es |
Este 21.04.04, en una ceremonia celebrada en Lima, Perú, el
Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)
presentó un informe titulado "La democracia en América
Latina. Hacia una Democracia de los Ciudadanos y
Ciudadanas", el cual consiste en un estudio que abarcó a 18
países de la región (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile,
Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala,
Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú,
República Dominicana, Uruguay y Venezuela), sobre los que
ofrece datos y análisis que ayudan a delinear y enmarcar la
discusión sobre el futuro de la democracia en la región. El
análisis que brinda este Informe es corroborado por una
investigación que incluye una encuesta realizada a 18.643
ciudadanos/as de estos países latinoamericanos y entrevistas
personales y confidenciales sobre el estado de las
democracias en la región a 231 líderes, entre ellos
presidentes y ex presidentes (Gobierno en Línea, 21.04.04,
http://www.gobiernoenlinea.ve/).
Según Mark Malloch, Administrador del PNUD, "el corazón del
problema es que si bien la democracia se ha extendido
ampliamente en América Latina, sus raíces no son profundas
(Gobierno en Línea, Ibíd.). Esta conclusión se apoya en los
resultados de una encuesta hecha en mayo de 2002, la cual
reveló que un 54,7% de los ciudadanos consultados dijo que
apoyaría a un gobierno autoritario si éste resuelve sus
problemas económicos y sólo 43% apoya la democracia (El
Nacional, 22.04.04,
http://www.el-nacional.com/Articulos/DetalleArticulo.asp?idSeccion=84&id=42615).
Agrega Malloch que las razones de esta situación "están en
el hecho de que, siendo la primera vez que la democracia se
convierte en la forma de poder generalizada en el
continente, subsisten problemas estructurales como la
desigualdad, el desempleo, la pobreza y una muy débil
estructura de factores indispensables para la
gobernabilidad: una prensa libre, una sólida protección a
los derechos humanos y un poder judicial independiente. Un
signo alentador estriba en que, pese a la crisis, los países
de la región no han buscado un regreso al autoritarismo. La
población, se advierte, está en capacidad de distinguir
entre la democracia como sistema de gobierno y el desempeño
de los gobernantes en particular"(El Universal, 22.04.04,
http://www.eluniversal.com/2004/04/22/22108A.shtml).
Afirmó Dante Caputo, coordinador del equipo investigador, que "la democracia en América Latina,
requiere convertirse hoy en una democracia para el
ciudadano, enfocada en los derechos sociales de calidad de
vida, salud, educación, acceso a la justicia, y otros. La
democracia electoral puede entrar en crisis si no resolvemos
los otros problemas que demanda la democracia'' (El
Nacional, Ibíd.). Explicó que "no hay malestar con la
democracia, pero hay malestar en la democracia [...] para
resolverlo es indispensable hacer uso del instrumento más
preciado que ella nos brinda: la libertad. Libertad para
discutir lo que molesta, lo que algunos preferirían que se
oculte. Libertad para decir que el rey está desnudo y tratar
de entender por qué. Libertad para saber por qué un sistema
que es casi un sinónimo de igualdad, convive con la
desigualdad más alta del planeta, para saber si lo que
discutimos es lo que precisamos discutir o lo que otros nos
han impuesto, para saber cuáles son nuestras urgencias y
prioridades" (Gobierno en Línea, Ibíd.).
A juicio de Provea, sería erróneo calificar estos
resultados como expresión de un sesgo autoritarismo en la cultura
política latinoamericana.
Para Provea la justicia social es
otra forma de hablar de democracia y no algo distinto a
ella. No existe una sin la otra, porque una democracia
formal con profundas inequidades no es una democracia real,
sino un modelo autoritario encubierto. La población, según
el análisis de este estudio del PNUD, lo que plantea es la
interdependencia y no jerarquización de todos los derechos
humanos: es tan importante satisfacer el derecho a la salud,
a la alimentación, a la no discriminación por origen étnico
o social, a la educación, a acceder a un empleo, a la
seguridad social o a la vivienda, como lo es satisfacer el
derecho a elegir y ser elegido representante de un
colectivo, expresar ideas u opiniones, acceder a un tribunal
independiente e imparcial con adecuadas garantías
judiciales. Tal como lo ha señalado Danilo Türk, Relator
para los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la
Organización de Naciones Unidas (ONU), para respetar,
proteger y cumplir estos derechos, es necesario un
Estado Fuerte, que intervenga en la vida colectiva
corrigiendo las inequidades. Este es un elemento central del
debate político continental frente a las amenazas que
representan los acuerdos de libre comercio impulsados por
los EEUU, que implican la constitucionalización del
debilitamiento del Estado en la región.
Según una fuente periodística, datos del informe señalan que
en 2003, América Latina tenía 225 millones de personas, un
43,9% del total de su población, cuyos ingresos se situaban
por debajo de la línea de pobreza. Esta situación, causada
por el crecimiento económico insuficiente, las profundas
desigualdades y acompañada por sistemas jurídicos y
servicios sociales ineficientes, han provocado el malestar
popular y socavado la confianza de los latinoamericanos en
la democracia electoral. (El Universal, Ibíd.). La sociedad
latinoamericana es la más desigual del mundo, se trata de un
fenómeno que ha persistido a lo largo de las últimas 3
décadas. El contexto de libertad política y libertad de
mercado no ha logrado el anhelado desarrollo económico. Todo
esto se traduce en una crisis política expresada por la baja
credibilidad de los partidos y la poca eficacia de los
gobiernos. Así, 64% de los latinoamericanos creen que los
gobernantes no cumplen sus promesas porque mienten para
ganar las elecciones (El Universal, Ibíd.).
El informe también desarrolló un sistema para medir aspectos
electorales como el derecho al voto y la transparencia. A
contracorriente del tránsito de regímenes militares a
democráticos experimentado en el Cono Sur y la
democratización en América Central luego de los conflictos
armados, el informe señala que los países andinos comenzaron
a enfrentar "serios problemas que los llevaron, incluso, a
poner en peligro sus regímenes políticos" (El Universal,
Ibíd.). En este sentido, toma nota de las nuevas modalidades
desarrolladas para desplazar del poder a los gobernantes a
través de "formas que no siguen estrictamente las reglas
constitucionales" (El Universal, Ibíd.) y cita como ejemplo
el golpe de Estado en Venezuela ocurrido en abril de 2002.
"Bajo el criterio de que las democracias se derrumban cuando
las fuerzas políticas autoritarias encuentran en la
ciudadanía apoyo o pasividad, el informe publica los
resultados de una encuesta realizada en mayo del 2002 sobre
las percepciones ciudadanas acerca de la democracia.
La misma arrojó que 57% de los entrevistados prefiere a la
democracia respecto de otro régimen, lo cual contrasta con
el 61% que asumía la misma actitud en 1996. Y asienta que
'esa preferencia no implica necesariamente un firme apoyo.
En efecto, muchas de las personas que dicen preferir la
democracia frente a otros regímenes tienen actitudes poco
democráticas en relación con cuestiones sociales. En el año
2002, 48,1% que decían preferir la democracia prefería
igualmente el desarrollo económico a la democracia y un
porcentaje semejante (44,9%), que decía preferir la
democracia, estaba dispuesto a apoyar un gobierno
autoritario si este resolvía los problemas económicos" (El
Universal, Ibíd.).
El informe establece una clasificación para analizar el
fenómeno de las preferencias políticas: "no demócratas,
ambivalentes y demócratas", aunque aclara que "estos últimos
expresan a menudo actitudes contrarias a reglas básicas del
régimen que dicen apoyar" (El Universal, Ibíd.). Al
respecto, comenta el informe que "los demócratas fueron la
orientación más extendida entre los latinoamericanos, pero
no alcanzaron a formar una mayoría. Sumaron 43% en los 18
países de América Latina. Pero, para alcanzar el apoyo
mayoritario a la democracia se depende de los ambivalentes
(quienes expresan opiniones ambiguas y/o contradictorias)
con 30,5%. Mientras que los no demócratas (quienes expresan
opiniones contrarias a la democracia en todos los casos)
alcanzan 26,6%" (El Universal, Ibíd.).
En cuanto a la opinión de los líderes latinoamericanos
consultados, existe acuerdo en considerar que "nunca antes
hubo tanta democracia en América Latina ni estuvo tan
controlado el peligro del golpe de Estado, pero de todos
modos la democracia está expuesta a fragilidades como las
que derivan del bajo prestigio de los partidos y de la
llamada crisis de la sociedad política" (El Universal,
Ibíd.). Además, los líderes abogaron por una mayor
participación del ciudadano que vaya más allá del hecho
electoral y llegue a la definición de políticas.
Pese a que la intención del informe "no es evaluar los
gobiernos o los países ni elaborar alguna suerte de ranking
nacional de la democracia" (Gobierno en Línea, Ibíd.) la
investigación estableció una división entre países con mayor
y menor tradición democrática: en los primeros la tendencia
es a que la participación se realice a través de los
partidos, mientras que en los segundos se pregona la
necesidad de hacerlo mediante organizaciones no
gubernamentales e independientes (El Universal, Ibíd.).
Igualmente, los consultados consideran positivo el hecho de
que los gobiernos están más controlados que antes, porque
implica la presencia de una ciudadanía más atenta y decidida
a hacer valer sus derechos. También se advierte una tensión
entre los poderes institucionales y los fácticos. En ese
sentido, la opinión mayoritaria considera que los grupos
económicos, los medios de comunicación y el sector
financiero predominan sobre los poderes constitucionales,
factores extraterritoriales (por ejemplo, la Embajada de
EEUU), fuerzas de seguridad y partidos. Según esta
percepción, una quinta parte de los consultados atribuye a
las Fuerzas Armadas una gran influencia, aunque consideran
que han perdido peso debido a un proceso de
desinstitucionalización y a disputas internas que "han
minado el gran poder que tuvieron en el pasado" (El
Universal, Ibíd.).
El Informe puede ser consultado en el sitio web del PNUD:
http://www.pnud.org.ve/.
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INVITACIONES A EVENTOS
Abiertas inscripciones para el V Seminario de Formación en
Derechos Económicos, Sociales y Culturales |
Provea invita al público interesado a
participar en el V Seminario de Formación en Derechos
Económicos, Sociales y Culturales (DESC) denominado “Ante el
libre comercio, otra integración es posible”, el cual se
celebrará entre el 28.05.04 y el 02.06.04, en el Centro de
Estudios Latinoamericanos Rómulo Gallegos (Celarg), ubicado
en el municipio Chacao, Distrito Capital, Caracas.
Como es costumbre desde hace 5 años, Provea organiza la
realización de este evento a fin de fortalecer los aspectos
conceptuales y prácticos de la promoción y protección de los
DESC. Para esta edición, los organizadores suman esfuerzos
para analizar la incompatibilidad entre los principios que
sustentan los Tratados de Libre Comercio (TLC) - ya firmados
o por firmarse -, y los principios de los DESC.
Sobre este último aspecto, los organizadores consideran
importante destacar que el reconocimiento de los DESC como
derechos de igual categoría e importancia que los Derechos
Civiles y Políticos, implica entender que los Estados tienen
responsabilidades concretas con respecto al respeto,
protección y garantía de estos derechos. Esta conciencia
expansiva de los derechos humanos, puesta en manifiesto en
la existencia de una serie de tratados en el ámbito
normativo internacional y en
constituciones nacionales, se
enfrenta a un peligro proveniente de otra visión del mundo
basada en la liberalización del comercio y la inversión. En
ese sentido, este seminario pretende examinar los Tratados
de Libre Comercio (TLC) ya firmados y aquellos que están en
vías de suscribirse en América Latina, a la luz del marco
jurídico internacional en materia de derechos humanos.
En este seminario los participantes abordarán los aspectos
teóricos-conceptuales de los DESC; se dará cuenta de los
mecanismos nacionales de exigibilidad de los DESC; del marco
de protección de los DESC que brinda el Sistema de Naciones
Unidas y la Organización de Estados Americanos (OEA); de la
incompatibilidad observada entre los principios de los TLC y
la doctrina internacional de los DESC; del actual estado de
desarrollo de los TLC en algunos países del continente; del
impacto que sobre algunos derechos tiene o tendrá la
aprobación de los TLC; y, finalmente se explorarán las
iniciativas continentales a favor de una integración
fundamentada en los principios de derechos humanos.
El curso combinará una serie de estrategias a fin de
garantizar la diversidad pedagógica. Entre ellas,
conferencias magistrales, paneles de expertos, un foro
público, discusiones plenarias y talleres.
Se espera la participación de personas
provenientes de distintos sectores sociales interesadas en
los ejes temáticos del seminario. En especial, la
participación de representantes de organizaciones de
derechos humanos, organizaciones sociales, academia,
funcionarios del Estado, cooperativistas, pequeños
productores, etc. Además de la pertenencia a estos sectores,
para la selección definitiva de los/as participantes también
se tendrá en cuenta la equidad de género y geográfica. El
seminario cuenta con cupo para 60 participantes y el costo
de la inscripción es de 25.000 bolívares.
Como siempre, Provea dispone de un número limitado de ayudas
económicas, que será asignado de la siguiente forma:
• Para grupos de derechos humanos del interior: hospedaje y
traslado terrestre;
• Para otros sectores sociales del interior: solo hospedaje.
Para llenar la planilla de preinscripción haga click
aquí. El plazo de inscripción vence el 28.05.04.
Las personas seleccionadas
recibirán una confirmación a partir del 11.06.04.
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DERECHOS
ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Provea condena doctrina regresiva para los derechos
humanos de reciente sentencia de la Sala Constitucional del
TSJ |
El Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos
Humanos (Provea), condenó el pronunciamiento de la Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) hecho
el 20.04.04, mediante el cual desconoce la protección
jurisdiccional de los derechos sociales cuando estos
involucran intereses difusos y el Estado sea el garante de
tales derechos. Tal decisión del máximo tribunal se produjo
como respuesta a una acción de amparo interpuesta por la
Federación Médica Venezolana (FMV) contra el Ministerio de
Salud y Desarrollo Social (MSDS) y el Instituto Venezolano
de los Seguros Sociales (IVSS), en defensa de los derechos e
intereses de la sociedad generalmente usuaria de los
servicios de salud pública y particularmente, del gremio
médico, y por incumplir su obligación de dotar efectivamente
a los establecimientos hospitalarios y ambulatorios del país
de insumos y medicamentos.
En primer lugar, el pronunciamiento de la Sala
Constitucional reduce los derechos sociales a meras
aspiraciones, violando el artículo 26 de la Carta Magna que
reconoce a tales derechos como derechos humanos que gozan de
protección judicial, incluso mediante la acción del amparo
constitucional a favor de los intereses colectivos y
difusos. La sentencia contradice criterios de la propia Sala
en los cuales se había avanzado en la protección jurídica de
los derechos sociales tal como quedo establecido en la
conocida sentencia de los créditos indexados (caso Asodeviprilara vs. Superintendencia de Bancos, otras
instituciones financieras e Indecu, del 24.01.02).
En este sentido, Provea destaca que el control
jurisdiccional es determinante para avanzar hacia una justicia social
efectiva y la satisfacción de los
intereses generales de la población. Más aún cuando el
control político no logra ser efectivo en el cumplimiento de
los compromisos que la administración pública tiene en la
realización de prestaciones que procuren la protección de la
salud de la población y, principalmente, de las personas en
condición de debilidad jurídica; ni tampoco en la
satisfacción de los derechos sociales generadores de
intereses difusos.
En segundo lugar, el reciente pronunciamiento de la Sala
Constitucional se fundamenta en una doctrina jurídica ya
superada en el Sistema Internacional de Protección de los
Derechos Humanos, que divide los derechos en generaciones y
los clasifica en distintos niveles de importancia. Por el
contrario, actualmente dicho sistema se basa en el concepto
de interdependencia, indivisibilidad y no jerarquización de
los derechos humanos, ubicando en un mismo rango para la
garantía de la dignidad humana a los derechos civiles y
políticos y a los derechos económicos, sociales y
culturales. La jerarquización de los derechos que presupone
la reciente sentencia de la Sala Constitucional conlleva a
considerar que el Estado tiene más obligaciones en unos
derechos que en otros, lo que provoca la desprotección de
algunos de ellos contrariando el artículo 19 de la
Constitución que obliga al Estado a garantizar el goce y el
ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de
los derechos humanos.
En tercer lugar, la sentencia de la Sala refleja una
concepción neoliberal de los derechos sociales al plantear
que los derechos sociales “no están en la esfera subjetiva
del ciudadano”, es decir que estos derechos no son
inherentes a la persona humana. De este modo, se restringe
la obligación del Estado de satisfacerlos así como la
posibilidad que tienen los ciudadanos de exigirle que los
promueva, proteja y garantice. Esta concepción neoliberal se
contradice con los artículos 2 y 3 de la Constitución, en
los que se establece a Venezuela como un Estado democrático
y social de derecho y de justicia así como la
responsabilidad del Estado de garantizar los derechos
establecidos en el texto constitucional.
Finalmente, a Provea también le preocupa que la decisión
haya sido unánime y que los magistrados que expresaron una
opinión avanzada en ponencias anteriores, no hayan salvado
su voto.
Por todas estas razones, Provea considera que con esta
sentencia la Sala Constitucional, en vez de amparar los
derechos constitucionales, tal como lo exige su mandato,
vulnera su protección y deja a los ciudadanos en una
situación de indefensión frente a un Estado que ha
demostrado no ser lo suficientemente diligente en el
funcionamiento de la red pública de asistencia sanitaria
(Provea, 22.04.04,
http://www.derechos.org.ve).
No sólo Provea se ha posicionado formalmente ante este
pronunciamiento del TSJ, Acción Ciudadana Contra el SIDA (ACCSI),
también se manifestó contra el mismo. Invitamos a los
lectores a conocer la declaración de ACCSI en la sección
DOCUMENTOS de esta edición del servicio informativo.
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DERECHOS ECONÓMICOS,
SOCIALES Y CULTURALES
Pacientes crónicos vuelven a alzar su voz y autoridades se
excusan |
En el contexto de una asamblea abierta convocada por la
Coalición de Organizaciones por el Derecho a la Salud y a la
Vida (Codevida), los representantes de las 7 organizaciones
que participan en ésta hicieron público un comunicado en el
que denuncian el empeoramiento de la situación vivida por
los pacientes crónicos en todo el país, a causa de la crisis
en el acceso a tratamientos y servicios médicos,
responsabilidad del Ministerio de Salud y Desarrollo Social
(MSDS) y del Ministerio del Trabajo (Mintra), despacho a
cargo del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS),
ente público a cargo de la dotación de medicamentos y del
tratamiento de pacientes crónicos adscritos a la seguridad
social.
En el documento se relata que, luego de 6 meses de diálogo
con las autoridades públicas a cargo de la salud, "las
excusas siguen siendo las mismas" (El Nacional, 23.04.04,
pág. B/16; ver edición Nº 132 de este servicio informativo
en
http://www.derechos.org.ve). Además, no sólo se acusa a
los entes públicos antes señalados "por la violación de los
derechos humanos de más de 30.000 ciudadanos" (El Nacional,
Ibíd.) sino que se cataloga como indiferente el
comportamiento de la Defensoría del Pueblo y de otros
poderes públicos ante esta problemática.
Al respecto, Asia Villegas, defensora especial de Salud de la Defensoría del Pueblo, precisó que su
despacho "continuará trabajando con las mesas de diálogo y
reuniones interinstitucionales con el fin de exhortar a
agilizar y garantizar la dotación de medicamentos" (Últimas
Noticias,23.04.04, pág. 3). Destacó la funcionaria que la
tardanza en la entrega de insumos médicos para los enfermos
crónicos se debe a lo engorroso que resultan los trámites en
el MSDS y el IVSS, por lo que han planteado la "adjudicación
directa de algunos renglones específicos de forma inmediata
para medicamentos desabastecidos y la solicitud de
financiamientos extraordinarios para el MSDS y el IVSS por
parte del gabinete económico" (Últimas Noticias, Ibíd.).
Esto implicaría la constitución de un fondo único que logre
integrar diferentes organismos estatales, incluyendo un ente
económico que acelere la dotación de los medicamentos
requeridos.
Por su lado, José Delgado, director general de Salud del
IVSS se excusó ante las acusaciones de Codevida arguyendo
que "los retrasos que puedan presentarse en la entrega
dependen de la disponibilidad del producto por parte de los
laboratorios", puesto que "desde el pasado mes de diciembre
se está comprando de contado lo que redunda en una reducción
de los costos, al tiempo que permite la adquisición de mayor
cantidad de medicinas, quedando por parte de las empresas la
entrega a tiempo" (El Universal, 23.04.04, pág. 1/2).
Específicamente acerca de este argumento, Feliciano Reyna,
vocero de la organización Acción Solidaria, integrante de
Codevida, comentó que la mala planificación en las compras
de medicamentos por parte de los entes públicos a cargo del
sistema de asistencia social incide en la crisis "porque
algunos laboratorios se toman de 6 a 8 semanas en hacer sus
entregas" (El Universal, Ibíd.)
Deisy Matos, coordinadora del Programa Nacional de VIH/SIDA
e Infecciones de Transmisión Sexual del MSDS, negó que la
denuncia de Codevida tuviera que ver con la gestión que su
despacho encabeza acerca de la situación de los pacientes
con VIH/SIDA. La funcionaria destacó que el MSDS "realizó
una compra hace 3 meses, vía emergencia, para atender a
todas las personas con esta enfermedad que estén registradas
tanto en el ministerio como en el IVSS" (El Universal,
25.04.04, pág. 2/24).
Mientras tanto, Roger Capella, titular del MSDS, calificó
como "muy circunstancial" (El Nacional, 24.04.04, pág. B/13)
la falta de medicamentos para pacientes crónicos y desvirtuó
las denuncias de Codevida aduciendo que "muchas veces hay
pacientes que, en su buena fe son utilizadas por los
mecanismos de manipulación de trasnacionales que se ven
afectadas porque cuando compramos el genérico lo conseguimos
a 10% del precio de la trasnacional" (El Nacional, Ibíd.).
Igualmente, instó a las organizaciones y a los pacientes "a
que acudan al ministerio para conversar los problemas y
buscar soluciones en vez de generar una alarma, porque
muchos pacientes pueden tener la sensación de que no existen
medicamentos en el país y esa no es la realidad" (El
Nacional, Ibíd.).
Ante esta situación, que una vez más es reseñada por este
medio, Provea considera necesario exhortar a las autoridades
sanitarias a que actúen en coherencia con lo contemplado en
los artículos 83 y 84 de la Constitución, en los cuales el
Estado asume la obligación de garantizar el tratamiento
oportuno y una rehabilitación de calidad. Esto implica que
el MSDS y el IVSS garanticen el suministro oportuno de
medicamentos e insumos suficientes a todas las personas,
particularmente a quienes estén afectados por enfermedades
crónicas. La falta de aplicación de estas medidas deteriora
irreversible y significativamente la salud y calidad de vida
de estas personas.
Lamentablemente, la impunidad que existe en el
funcionamiento irregular de los servicios públicos de
atención médica en el país, imputables a fallas
administrativas de los entes rectores y prestadores de estos
servicios, corre peligro de agravarse con el reciente
pronunciamiento de la Sala Constitucional del Tribunal
Supremo de Justicia (TSJ) que considera a los derechos
sociales difusos (entre ellos, el de la salud) como meras
aspiraciones o fines del Estado, desconociéndolos como
derechos judicialmente tutelados (ver nota
Provea condena doctrina regresiva para los derechos
humanos de reciente sentencia de la Sala Constitucional del
TSJ, en esta misma sección).
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DERECHOS ECONÓMICOS,
SOCIALES Y CULTURALES
Indicadores del derecho a la salud y a la seguridad social |
Según cifras del
Sistema de Indicadores Sociales de Venezuela (SISOV), ente
adscrito al Ministerio de Planificación, en el año 2003 el
gasto real por persona por concepto de Salud fue de 45.518
bolívares, un 11,7% menos que el alcanzado en el
año 2002, cuando estuvo en 51.588 bolívares (Sistema de
Indicadores Sociales de Venezuela, 27.04.04,
http://www.sisov.mpd.gov.ve/indicadores/salud/
gastopublicoensalud/sa05005/sa0500500000000/index.html).
Precisa una fuente periodística que aún cuando en 1999 el
Gobierno incrementó las erogaciones al sector salud, las
mismas no llegaron a estar en los niveles de 1997. Para ese
año el gasto real por persona era de 53.026 bolívares
mientras que el gasto público total en salud entre los años
1999 y 2002 registró tasas de crecimiento de entre 7 y 10%.
En 2003 el gasto en salud ocupó el 1,4% del Producto Interno
Bruto (PIB), un 0,2% menos que en 2002 .
Según la fuente periodística, el gasto público en salud se
ha visto afectado por los pagos de deuda: cifras del
Ministerio de Finanzas (MF) indican que "por el servicio de
deuda interna y externa se erogaron 12,3 billones de
bolívares, ello fue 4 veces más que la inversión en
salud, que terminó en 2 billones de bolívares. Analistas
expresan que el gasto en salud no ha sido proporcional con
el gasto total debido al peso que tiene la deuda. En el
presupuesto de 2003 la carga de la deuda fue 32%" (El
Universal, 20.04.04,
http://www.eluniversal.com/2004/04/20/20115A.shtml) .
Los datos del SISOV indican también que para el año 2003 el
gasto público real por habitante en seguridad social fue de
105.576 bolívares, un 19,3% más en relación con el año 2002,
cuando estuvo por el orden de los 88.470 bolívares (Sistema
de Indicadores Sociales de Venezuela, 27.04.04,
http://www.sisov.mpd.gov.ve/indicadores/seguridadsocial/gastopublicoenseguridadsocial/
ss01015/ss0101500000000/index.html). Este indicador
abarca a los beneficiarios del Instituto Venezolano de los
Seguros Sociales (IVSS) y a los de los regímenes especiales
del sector público. En el caso del Seguro Social, el
presupuesto del pasado año para las pensiones se incrementó
debido al ajuste del 30% que decretó el Ejecutivo (El
Universal, Ibíd.).
Precisó la fuente periodística que en 2003 el gasto total
fue de 4,5 billones de bolívares y que, aunque fue mayor que
en 2002, su peso fue bajo dado el tamaño del servicio de la
deuda interna y la externa(El Universal, Ibíd.).
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DERECHOS
ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Primer Mandatario venezolano escuchó alertas de
organizaciones que luchan contra comercialización nacional de transgénicos |
Informa la Red de Acción en Alternativas al Uso de
Agrotóxicos de Venezuela (RAPAL-VE) que el pasado 13.04.04,
en el marco del “Encuentro para la Solidaridad con la
Revolución Bolivariana” , realizado en Caracas, la
organización internacional Vía Campesina entregó al
Presidente Hugo Chávez, asistente al evento, una carta en la
que le solicitó anular cualquier acuerdo que tenga el Estado
venezolano para la producción y la comercialización de
transgénicos u Organismos Modificados Genéticamente (OGM).
En ese contexto, el Primer Mandatario "se comprometió a
anular esos contratos" (Red de Acción en Alternativas al Uso
de Agrotóxicos de Venezuela, 23.04.04, correo electrónico),
una promesa que, según la fuente, fue confirmada en la
edición Nº 189 de su programa radial televisado “Alo
Presidente”, cuando se refirió al hecho de que "en
Venezuela [...] estamos poniendo la barrera respectiva a
nivel nacional a los transgénicos, que le hacen mucho daño a
la agricultura y sobre todo a la soberanía de nuestros
pueblos" (Aló presidente Nº 189, 18.04.04).
La RAPAL-VE destacó que la carta de Vía Campesina entregada
a Chávez, expresaba la preocupación sentida ante
informaciones que aseguraban la existencia de un "acuerdo
con Brasil para la siembra de soya transgénica de la empresa
Transnacional Norteamericana Monsanto (soya transgénica
Round-up-Monsanto) que pretende ser sembrada en la Mesa de
Guanipa, Edo. Anzoáteguí” (Red de Acción en Alternativas al
Uso de Agrotóxicos de Venezuela, Ibíd.). En dicha misiva,
Rafael Alegría, secretario Operativo Internacional de Vía
Campesina, denunciaba que "el proyecto pretendía llegar a
una extensión de 100.000 hectáreas en el 2006 y entre los
que impulsan el proyecto con varios millardos de bolívares
se encuentra El Fondo Nacional para el Financiamiento de las
Zonas Especiales de Desarrollo Sustentable” (Red de Acción
en Alternativas al Uso de Agrotóxicos de Venezuela, Ibíd.).
Alegría le recordó a Chávez que "importantes redes y
movimientos sociales libran una dura lucha contra los OGM
por considerar que estos no solamente son dañinos para la
salud de los pueblos sino que pretenden controlar la
biodiversidad, desarticular las economías campesinas
indígenas y apoderarse del conocimiento humano. Todo esto
bajo el control de algunas multinacionales norteamericanas y
europeas” (Red de Acción en Alternativas al Uso de
Agrotóxicos de Venezuela, Ibíd.).
Además, advertía Vía Campesina en su carta que "un acuerdo
de tal naturaleza desnaturaliza y pone en entredicho los
postulados de emancipación y rescate de la diversidad
cultural y productiva de los campesinos e indígenas
venezolanos. La soberanía alimentaria es el camino y no la
producción y comercialización de OGM" (Red de Acción en
Alternativas al Uso de Agrotóxicos de Venezuela, Ibíd.)
Por su parte, RAPAL-VE calificó la disposición del Primer
Mandatario a encarar la problemática de los OGM como "un
gran avance en la lucha contra la imposición de transgénicos
de parte de las corporaciones transnacionales, en
particular, Monsanto" (Red de Acción en Alternativas al Uso
de Agrotóxicos de Venezuela, Ibíd.). Sin embargo, recordó
que el gobierno venezolano no sólo ha hecho contratos con
Brasil: "en un acuerdo reciente con Argentina, el segundo
productor de soya transgénica en el mundo, se propone
intercambiar petróleo por productos agrícolas que incluyen
la soya que sería transgénica. Se sospecha que en el
proyecto 'Algodón' que recientemente impulsa el Ministerio
de Agricultura y Tierra, haya intenciones de utilizar
semillas transgénicas de Monsanto que, según fuentes
confiables, ha realizado ensayos ilegales en el país con
algodón transgénico. Maíz y soya provenientes de los Estados
Unidos también son transgénicos. Además, desde hace 2 años
yacen denuncias en la Fiscalía General de la República sobre
la comercialización en el país de soya transgénica, 'carne'
y 'leche' de soya transgénicas y maíz transgénico. Por
tanto, se tiene que ir más lejos y debe plasmarse esta
decisión en un decreto presidencial que prohíba la
liberación al ambiente, la importación, la producción y la
comercialización de los organismos modificados genéticamente
y sus productos. Por otro lado, se debe promover la
agricultura tropical auténticamente sustentable" (Red de
Acción en Alternativas al Uso de Agrotóxicos de Venezuela,
Ibíd.).
Lorna Haynes, coordinadora de RAPAL-VE recuerda a una fuente
periodística que desde hace 4 años "venimos exigiendo al
Ministerio del Ambiente una prohibición sobre OMG para que
Venezuela sea libre de transgénicos [...] denunciamos a la
ministra del Ambiente irregularidade gravísimas en la
conformación de la Comisión Nacional de Bioseguridad y la
ministra enseguida canceló su juramentación" (El Nacional,
27.04.04, pág. B/10).
Finalmente Haynes mostró su satisfacción por la aseveración
presidencial e insistió en que todo lo que se haga en la
lucha contra los OGM "es vital para la soberanía de la
Nación y para defender el derecho de las generaciones
actuales y futuras a una alimentación y agricultura no
transgénicas" (El Nacional, Ibíd.).
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DERECHOS
ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
AN en deuda con reglamentación ambientalista sobre
problemática de los desechos sólidos |
Según Orlando Rivero, diputado del Movimiento Quinta República
(MVR) presidente de la Subcomisión de Ambiente de la AN, en
2 meses podría aprobarse en 2º discusión la Ley Orgánica
para la Disposición Final de Desechos Sólidos, que pasará a
ser el marco legal para manejar la disposición de la basura,
calificada a través de estudios recientes como el principal
problema ambiental del país.
El legislador indicó que el documento se encuentra en el
punto 14 de la agenda parlamentaria para ser discutido en un
plazo no mayor de dos meses: "estamos solicitando una
revisión especial y muy rápida para hacer un aporte que
salió de la Asociación Nacional de Mancomunidades, el cual
se basa en la creación de un fondo de inversiones exclusivo
para la materia de proyectos, saneamientos y clausura de
vertederos [...]con la idea de darle un tratamiento de
Estado a la situación, debido a que el pasivo es tan grande
que las municipalidades no tienen la capacidad de resolver
de manera eficiente el problema".(Panorama, 23.04.04).
Por su parte, Diego Díaz, presidente de la organización
ambientalista Vitalis, considera que " su aprobación es
trascendental para marcar estrategias orientadas a organizar
la disposición de la basura" (Panorama, 23.04.04). Aunque
existen ordenanzas y reglamentos, Díaz destacó que "este
sería el primero con rango de ley en ser aprobado.
Investigaciones recientes señalan que en Venezuela se
requieren unos 200 rellenos sanitarios y apenas uno de los
instalados cumple con los requerimientos.
En palabras de Liduvina Valderrama, especialista en
ecoeficiencia y gestión ambiental responsable 'la basura ha
resultado ser el principal problema en los últimos tres
años, por lo que resulta urgente la aplicación de una
política de Estado que regule el manejo y aprovechamiento de
los desechos'.
María Elisa Febres, especialista en derecho y desarrollo
sustentable, indicó que la legislación ambiental del país es
muy amplia, no obstante, la aplicación no es tan eficiente:
'El derecho que tenemos a un ambiente sano está consagrado
como un derecho humano. Iniciativas jurídicas no faltan,
pero su aplicación debe ser menos débil' (Panorama,
23.04.04).
Cabe señalar que en el área metropolitana de Caracas se
generan unas 4.500 toneladas de basura diarias, mientras que
en Venezuela la suma asciende a 18.600 toneladas diarias.
Cada persona produce una media de un kilogramo de desechos
por día. Un 43, 3% de los desperdicios se generan de las
actividades domésticas, mientras que 23,5% se deriva de los
comercios y empresas. Otro 10,4% corresponde a los mercados
públicos, 10,6% a los parques y jardines y 1% del porcentaje
sale de los hospitales.
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DERECHOS ECONÓMICOS,
SOCIALES Y CULTURALES
Decreto de aumento salarial 2004: Se repiten violaciones a
la LOT |
Falta poco tiempo para que se cumpla el lapso que, por
mandato constitucional, tienen el Estado para dar a conocer
a los/as trabajadores/as
el incremento del salario mínimo mensual que, en
vísperas del 1º de mayo acostumbra a decretar el Ejecutivo Nacional.
Lamentablemente, también se espera que la materialización de
esta medida represente otra nueva ocasión en la que el Ejecutivo
Nacional ignora lo estipulado en el artículo 167 de la Ley
Orgánica del Trabajo (LOT), que ordena al Ministerio del
Trabajo (Mintra) “solicitar la opinión de las organizaciones
de patronos y de trabajadores de la industria o rama
correspondiente”, antes de “decidir el nombramiento de una
Comisión de salarios mínimos”, así como también lo
contemplado en los artículos 168, 169 y 170, que explican el
procedimiento para la conformación de dichas comisiones (ver
ediciones Nº 75, 91 y 116 de este servicio informativo en
http://www.derechos.org.ve).
Respecto al monto del aumento esperado, sólo se ha pronunciado la
Comisión de Desarrollo Social de la Asamblea Nacional (AN),
la cual informó que esperaba reunirse esta semana para
comenzar a "estudiar el nuevo aumento del salario mínimo
nacional de los/as trabajadores/as del sector público y
privado, el cual sería presentado como una propuesta al
Ejecutivo con motivo del Día Internacional del Trabajador" (Globovisión,
20.04.04,
http://www.globovision.com/economia/2004.04/20/salario/index.php).
Por el sector
sindical, la Confederación de Trabajadores de Venezuela
(CTV) ha anunciado que su aspiración es a un aumento
salarial por encima del 27%, en correspondencia a la tasa
inflacionaria del año 2003, mientras que la Unión Nacional
de Trabajadores (UNT) ha propuesto un 30% (Globovisión,
18.04.04,
http://www.globovision.com/economia/2004.04/18/salariominimo/index.php).
Además, Provea espera que, al menos, no se repita en esta ocasión
otro de los vicios arrastrados por los últimos 3 decretos
presidenciales de aumento salarial, relativo a la exclusión
de los/as trabajadores/as domésticos/as del aumento salarial
(ver edición Nº 120 de este servicio informativo en
http://www.derechos.org.ve). En este sentido, Provea
condena la mora jurídica a la que la Sala Político
Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia ha dejado
caer el recurso de nulidad del artículo 10 del decreto de
aumento salarial del año 2003 Nº 2387, introducido por
Provea el 02.07.03. Cabe recordar que Provea impugnó ante
dicha Sala del máximo tribunal este decreto por
excluir a las/os trabajadoras/es domésticas/os (choferes
particulares, camareros/as, cocineros/as, jardineros/as,
niñeros/as, lavanderos/as y oficios afines) de la aplicación
de un aumento del salario mínimo obligatorio general,
vigente desde el 01.07.03. Aún cuando el Juzgado de
Sustanciación de la Sala Político Administrativa del TSJ,
informó el 18.08.03 la admisión del recurso de nulidad
interpuesto por Provea (ver edición Nº 124 de este servicio
informativo en
http://www.derechos.org.ve), se desconoce el estado
actual del proceso jurídico así como también si el Juzgado
de Sustanciación de la Sala Político Administrativa llevó a
cabo las diligencias subsiguientes a
la admisión (remisión al Fiscal General de la República, a
la Procuradora General de la República y a la Dirección
General del Despacho de la Presidencia, de las copias
certificadas del recurso de Provea
por parte).
De modo que la falta de un pronunciamiento del TSJ acerca de
este caso ha dejado impune el daño causado a los/as
trabajadores/as domésticos/as, a lo largo de la vigencia del
decreto salarial impugnado.
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DERECHOS ECONÓMICOS,
SOCIALES Y CULTURALES
Elementos para el debate sobre el derecho a un salario
suficiente |
A la expectativa de la promulgación del nuevo decreto de
aumento salarial, distintas mediciones y estadísticas realizadas por encuestadoras y firmas privadas
ayudan a calcular qué monto se ajustaría al concepto de
"salario suficiente establecido en el artículo 91 de la
Constitución.
Por ejemplo, de acuerdo con cifras del Instituto de Estudios
Superiores Administrativos (IESA), sólo un 20% de los/as
trabajadores/as se encuentra dentro del grupo de
trabajadores con salario mínimo y un 42% percibe un salario
por debajo del monto actualmente vigente del salario mínimo
mensual (247.104 bolívares) (Globovisión, 18.04.04,
http://www.globovision.com/economia/2004.04/18/salariominimo/index.php).
Vale recordar que el Instituto Nacional de Estadísticas
(INE), calculó la Canasta Alimentaria Normativa (CAN) para
el mes de febrero en 303.813,96 bolívares y que el Centro de
Documentación y Análisis Social (Cendas) de la Federación
Venezolana de Maestros, señaló que para el mes de marzo el
costo de la Canasta Alimentaria (CA) alcanzó los 467.418,
bolívares mientras que la Canasta Básica Familiar (CBF), que
comprende a la CA y a los gastos en bienes y servicios
esenciales, alcanzó en marzo el 1.339.044 bolívares. Lo que
revela que la capacidad adquisitiva de una familia promedio
de 5 integrantes donde 2 de ellos/as perciban salario
mínimo, se coloca en menos del 50% de la Cansta Básica
Familiar (ver edición Nº 136
de este servicio informativo en
http://www.derechos.org.ve).
El mismo IESA advierte que "entre 1978 y el 2003 el ingreso
real del trabajador cayó en 70%, siendo el periodo más
severo entre 1984 y 1990 cuando sufrió un bajón de 54%" (Globovisión,
Ibíd.). También Datanálisis expone su examen sobre los
indicadores socioeconómicos. Afirma la firma encuestadora
privada que "en estos momentos la capacidad de compra del salario mínimo
se redujo 16% en comparación con abril del año pasado y un
38% desde 1998. Pero
la crisis en los ingresos familiares se agudiza si se toma
en cuenta que desde el año 1998 el salario mínimo ha sufrido
una pérdida acumulada de capacidad de compra de 38%" (El
Universal,26.04.04,
http://www.eluniversal.com/2004/04/26/26102A.shtml).
Datanálisis señala que la clase E representa al 38% de la población y
que el ingreso
promedio de una familia que vive en este estrato es de
315.000 bolívares, tomando en cuenta que en promedio
trabajan 1,6 personas en el hogar. Estos ingresos no son suficientes nisiquiera
para adquirir la CAN, en la
que se cuentan los requerimientos mínimos nutricionales
para una familia de 4,6 personas. Según Datanálisis, para el
mes de abril
el costo de la CAN será de 365.000 bolívares, es decir, que
el ingreso de una familia de clase E con respecto a este
indicador tiene un
déficit de 15,8%. Por otro lado, para que un hogar de clase
E pueda cubrir el costo de la canasta básica, los ingresos
de estas familias tendrían que incrementarse un 290%, según
la firma encuestadora.
En el caso de las familia de estrato D, que representan al
43% de la población, sus
ingresos promedios, calculados en 695.000 bolívares
mensuales, son suficientes para adquirir la CAN, "pero sería necesario aumentar
un 30% sus
ganancias para que pudieran comprar la cesta básica cuyo
costo es de 902.000 bolívares" (El Universal, Ibíd.).
Datanálisis considera que "la conjunción de elementos como
una tasa de desempleo de 18,5% para abril [según cifras
privadas], una economía
informal que arropa al 55% de los trabajadores, una reciente
devaluación de 20% y una inflación en el año 2003 de 27,1%,
han hecho que los aumentos salariales aprobados el pasado
año, se hayan diluido rápidamente" (El Universal, Ibíd.).
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DERECHOS
ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Sector informal incluido en mediciones del PIB |
Con el fin de "adaptar sus sistemas de medición a la nueva
realidad económica venezolana, que se comenzó a reflejar
desde la década de los años 90 -y que se agravó con las
crisis financieras y los fuertes rebotes inflacionarios de
1995 y 1996-" (El Nacional, 25.04.04, pág. A/20), el Banco
Central de Venezuela (BCV) consideró necesario realizar el cálculo
de la
actividad económica que realizan aquellos trabajadores que
se desempeñan en el sector informal. De modo que en sus evaluaciones
macroeconómicas añadirá aquel sector de la población en edad
económicamente activa que se desenvuelve en la informalidad
laboral. Partiendo de este nuevo indicador, y a través de las encuestas de
hogares, el BCV ha determinado que 52% de quienes se desempeñan en sociedades no constituidas
(que incluyen a profesionales que ofrecen sus servicios
de forma independiente, así como a los/as
vendedores/as o prestadores/as de servicios que laboran en la
calle, es decir, aquellos que trabajan en el sector
informal), contribuyen con un 14,9%
del Producto Interno Bruto (PIB).
El peso de la contribución en el PIB del sector informal es
significativo cuando se comprende que el sector comercio contribuye con
un 3,2%
del PIB y la industria manufacturera apenas con un 1,7%,
según cifras del ente emisor (El Nacional, Ibíd.).
Pedro Emilio Coll, integrante del Programa de Actualización de las
Estimaciones Macroeconómicas del BCV agregó que "para tener
una idea de la magnitud del desarrollo de las actividades
económicas de las empresas no constituidas, el aporte del
sector agrícola en términos generales es de 5%, mientras que
el sector construcción contribuye con 7% [...] Además hemos
logrado ser más precisos al medir la contribución del sector
petrolero, porque mejoró la información a partir de la
apertura petrolera de 1995. Para 1997 no aportaba 20,2% del
producto interno bruto, como se divulgó, sino 18,7% [...] En
el sector manufacturero, como en otros sectores, era
necesario actualizar las estructuras de producción (sacar
las empresas que desaparecieron e incorporar nuevas) y al
hacerlo en nuestra nueva medición se redujo en 2% su aporte
al PIB" (El Nacional, Ibíd.)
En el BCV determinaron, además, que dentro de todas las categorías
contenidas en las sociedades no constituidas, quienes más
aportan son los vendedores que producen bienes; es decir,
los artesanos. "Pero la contribución más importante del
sector informal es en términos de empleo. Al
determinar el valor agregado que se produce con la venta de
sus bienes y servicios, tomando en cuenta los costos en que
incurren y el ingreso que les queda, que resulta ser el
excedente de explotación" (El Nacional, Ibíd.)
Finalmente, es necesario recordar que cifras del Instituto Nacional de Estadística
(INE) revelaron que para el 1er trimestre de 2002 los trabajadores informales
representaban el 49,6% de la fuerza de trabajo, pero en un año
(segundo trimestre de 2003, que es el último indicador
disponible en el INE) este porcentaje aumentó a 52,8% (ver
http://www.ine.gov.ve/ine/hogares/semestral/
ResumenEjecutivo0402S2003.htm o
edición Nº
136 de este servicio informativo en
http://www.derechos.org.ve).
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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Provea ante la discriminación por orientación política |
A la luz del inicio de los procesos de recolección de firmas
para los distintos referenda revocatorios, el Foro
por la Vida señaló en un comunicado (Provea, 19.11.03,
http://www.derechos.org.ve) que, dada la naturaleza
pública de las firmas, era posible que el uso publicitario
de las mismas -en el actual contexto de confrontación y
polarización política- atentara contra los derechos de
quienes decidieron respaldar una u otra opción o que se
abstuvieron de hacerlo.
Desde entonces, múltiples y variados han sido, en efecto,
los hechos que han provocado, o querido provocar,
violaciones a otros derechos humanos de estos ciudadanos.
En ese sentido, Provea le exige a los poderes públicos que
ante la reciente publicación de estas firmas por parte de
algunos medios de información masiva, que incluyen los
cargos de los/as trabajadores/as firmantes, el peso que
juegan en la administración pública y titulares y/o mensajes
emplazando a las autoridades de la administración pública a
despedir a estas personas de sus puestos de trabajo,
arguyendo su posición política (Las Verdades de Miguel,
22.04.04, pág. 10); se abstengan de adoptar medidas que
impliquen la vulneración del derecho a la no discriminación
por orientación política, así como también, que ejecuten
acciones preventivas contra posibles violaciones a los
derechos humanos de quienes participaron en la recolección
de firmas de los referenda revocatorios.
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DERECHOS
CIVILES Y POLÍTICOS
Federación Campesina de Venezuela denuncia más asesinatos de
líderes campesinos |
Miguel Ulises Moreno, presidente de la Federación Campesina
de Venezuela, denunció en rueda de prensa que han
asesinado a 120 dirigentes campesinos en todo el país.
Las últimas 3 víctimas aparecieron asesinadas en Guanarito,
Edo. Portuguesa, "2 semanas después que el Instituto
Nacional de Tierras (INTI), entregó un fundo a varios
campesinos en el municipio Baralt, Edo. Zulia" (Aporrea,
28.04.04,
http://www.aporrea.org/dameverbo.php?docid=16109),
Los líderess asesinados respondían a los nombres de José
Israel RODRÍGUEZ (33), Leonel José RODRÍGUEZ (17) y Juan
Bautista LIMA (31) y fueron hallados con 4 tiros en la
cabeza cada uno.
Explicó Moreno que el sector en que aparecieron las víctimas
es una "zona de conflicto por dotación de tierras, donde el
Estado venezolano está promoviendo a través del INTI el
otorgamiento de las cartas agrarias" (Aporrea, Ibíd.)
Agregó Moreno que los campesinos están siendo vilmente
asesinados en actos de sicariato por recibir tierras por
parte del Estado venezolano: "Nosotros presumimos que
algunos de estos asesinatos los están cometiendo 'tierra-cogientes'
que han acaparado grandes cantidades de tierras" (Aporrea,
Ibíd.).
Recientemente
Ricaurte Leonett, presidente
del INTI, explicó que este organismo constituyó una Unidad
de Defensa de los Campesinos, con la que espera atacar la
acción del sicariato, así como garantizar la defensa
jurídica de los proceso abiertos por la entrega de Cartas
Agrarias a favor del campesinado (ver
edición Nº 136 de este servicio informativo en
http://www.derechos.org.ve).
Moreno recordó que "hace mes y medio nos asesinaron a otros
2 líderes campesinos : Gerardo DÁVILA y Pedro DORIA (padre), a ellos
los mataron los paramilitares colombianos, nosotros creemos
que ellos tienen complicidad interna con venezolanos, porque
ellos no pueden transitar libremente si alguien no les
facilita el apoyo logístico para que tengan donde
resguardarse y cómo trasladarse" (Aporrea, Ibíd.). Destacó
también que hace 1 semana asesinaron a Jacinto MENDOZA
frente a la Federación Campesina del Edo. Portuguesa: "las
investigaciones aún no han culminado pero personas
vinculadas a los trabajadores del campo indican que en esta
oportunidad fueron algunos terratenientes descontentos"
(Aporrea, Ibíd.).
Moreno precisó que "le están solicitando a las autoridades
competentes que nombren una comisión especial para que
investiguen en profundidad todos estos asesinatos y se
llegue a esclarecer cada uno de ellos" (Aporrea, Ibíd.).
Finalmente, Moreno solicitó a la fiscal superior del Edo.
Portuguesa, "que de una vez por toda se pronuncie sobre
todos estos casos que han afectado a tantas familias
campesinas y aún no han sido resueltos" (Ibíd.).
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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Apuntes para el debate sobre el Reglamento de Castigos
Disciplinarios Nº 6 aplicado en la FAN |
Los recientes señalamientos dirigidos contra la aplicación del
Reglamento de Castigos Disciplinarios Nº 6 al interior de la
Fuerza Armada Nacional (FAN) dan cuenta, entre otros
aspectos, de la naturaleza extemporánea de
dicho instrumento disciplinario. Una fuente recuerda que el
mismo se encuentra vigente desde el 31.01.49, fecha en que
la Junta Militar de Gobierno la aprobó con la firma de
Marcos Pérez Jiménez (Últimas Noticias, 18.04.04, pág. 29).
El general retirado Enrique Prieto Silva subraya que "ese no
es un reglamento, porque fue promulgado en el mandato de
Marcos Pérez Jiménez y todo lo que salió de allí eran
decretos-leyes. Ese instrumento no fue modificado por la
Asamblea Nacional (AN), a la que le correspondía, en cambio,
sí lo hizo el Ejecutivo, y fue publicado luego como
reglamento. Es el único que existe y por el cual se rige la
autoridad militar" (El Nacional, 16.04.04, pág. A/4).
El reglamento contiene 200 artículos, en los que se
"especifican los tipos de falta (leve, mediana o grave), los
justificativos, agravantes o atenuantes de una falta, la
amplitud del castigo [...] y los tipos de castigos
disciplinario. Las reprimendas van desde amonestaciones,
advertencias, presentaciones, servicios especiales, arresto
en 4 modalidades: simple, en cuadra, severo y en fortaleza;
represión privada o pública, hasta la suspensión o anulación
de jerarquía y el destino a una compañía disciplinaria"
(Últimas Noticias, Ibíd.). "En el Nº 155 se define el
arresto severo [...] El castigado con esa medida no puede
salir de la sala disciplinaria -donde no puede leer, fumar
ni tener útiles de escritura- salvo por 'necesidades
fisiológicas o por medida higiénica'. Si sale, debe hacerlo
bajo vigilancia" (El Nacional, 18.04.04, pág. A/6).
Uno de los aspectos más señalados en las fuentes
periodísticas acerca de este reglamento es que colide con el
artículo 44 de la Constitución, en el que se expresa que
ninguna persona puede ser detenida o arrestada sin que medie
una orden judicial: A este respecto, Ángel Bellorín, coronel
activo del Ejército y abogado, señala que "es
ilegítima la privación de libertad sin la orden de un fiscal
o un juez para un militar porque cometió una falta que ni
siquiera es un delito [...] En el caso de que se comprueba
la comisión de un delito eso debería determinarlo un
tribunal y la justicia castrense debe proceder a la
reclusión de ese militar en un lugar especial para ello"
(Últimas Noticias, Ibíd.).
Por su parte, Alfredo Ruiz, Coordinador General de la Red de
Apoyo por la Justicia y la Paz, destacó que esta
organización ha recibido no pocos casos de efectivos
militares a quienes se les aplicó este reglamento, "en
especial, los abusos se presentan en los rangos menores,
entre soldados y reclutas. El problema radica en la
impunidad y en la falta de transparencia de la justicia
castrense. La justicia militar no debe ser secreta. Cuando
se apruebe la nueva Ley Orgánica de la Fuerza Armada
Nacional (LOFAN) debe reflejarse un cambio de paradigma que
implica que todo lo militar no debe ser secreto" (Últimas
Noticias, 25.04.04, pág. 30).
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DERECHOS
CIVILES Y POLÍTICOS
Apoye la campaña internacional contra
la discriminación de la comunidad GLBT |
Según informó la Asociación Internacional de Lesbianas y Gay (ILGA),
en el marco de
su 60º sesión anual realizada en Ginebra entre el 15.03.04 y
el 23.04.04, la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas
(CDHNU) decidió diferir la
resolución sobre Orientación Sexual y Derechos Humanos para la próxima sesión del año 2005.
Como se recordará dicha resolución fue presentada
por Brasil en la sesión del año 2003 (ver edición Nº 115 de
este servicio informativo en
http://www.derechos.org.ve), en la cual su discusión fue postergada.
"Si hubiese sido votada, habría sido la primera
resolución de las Naciones Unidas en mencionar y condenar la
discriminación por orientación sexual argumentándola como
violación a los derechos humanos", señala la fuente
(ILGA Internacional Lesbian and Gay Association, 20.04.04,
http://www.ilga.org/news_results.asp?LanguageID=2&FileID=39&FileCategory=21&ZoneID=21).
El embajador Mike Smith, quien presidió esta 60º sesión,
señaló que no hubo objeción ni oposición al requerimiento de
Brasil realizado el 31.03.04 para consultar dicha resolución.
"Sin embargo, no se realizó ninguna votación y no hubo
discusiones. La mayor preocupación consistía que en caso de
votación, la resolución hubiera sido derrotada o
completamente retirada de la agenda de las Naciones Unidas"
(ILGA Internacional Lesbian and Gay Association, 20.04.04,
Ibíd.).
"Por primera vez en la historia, la mayor coalición de
activistas Gays, Lesbianas, Bisexuales y Transexuales (GLBT) patrocinada por ILGA y otras organizaciones
internacionales se presentó en las Naciones Unidas para
dialogar con las delegaciones nacionales y asegurar que las
voces de esta comunidad sean escuchadas. Esta postergación da a los activistas GLBT otro año para
prepararse y luchar a fondo contra las fuerzas que se oponen
a la resolución.
La petición de ILGA, que pudo reunir más de 45.000 firmas
en apoyo a la resolución, permanecerá
abierta hasta la próxima sesión en el año 2005. Para sumarse
a esta iniciativa puede enviar por correo electrónico y/o
fax, el siguiente modelo de carta al Ministerio de
Relaciones Exteriores de su país en la que se solicita al
gobierno nacional votar a favor de la Resolución:
“De nuestra consideración:
La Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,
reunida en su 59ma sesión en Ginebra votará una resolución
sobre "Derechos Humanos y Orientación Sexual", que ha sido
presentada por Brasil. La Resolución apunta a reconocer la
existencia de la discriminación fundada en la orientación
sexual y proteger a las personas afectadas por ella.
Quisiéramos ver a nuestro país entre aquellos que votarán a
favor de la Resolución. Al hacerlo, estaremos
posicionándonos entre quienes adhieren a los valores que
forman la base misma de la legislación internacional en
derechos humanos: la dignidad y la justicia para
todas las personas, sin discriminación alguna.
Estaremos siguiendo las alternativas de la votación en
Ginebra. Esperamos que la misma nos brinde la posibilidad de
sentir orgullo de nuestro país.
Cordialmente,
(Nombre, organización, dirección)” (edición Nº 115 de este
servicio informativo)
En este sentido,
ILGA pidió oficialmente, este 16.04.04, al Grupo Latinoamericano y de
El Caribe
de las Naciones Unidas (Grulac) el co-patrocinio de la resolución
brasileña.
ILGA destacó como un paso a favor de esta iniciativa el paso
dado por Sergio Cerda, Ministro de Exteriores de Argentina que encabeza
su delegación nacional
en la Organización de Naciones Unidas (ONU), de invitar a
los activistas GLBT a exponer sus preocupaciones por las
violaciones de los derechos humanos basados en la
orientación sexual y la identidad de género
(ILGA Internacional Lesbian and Gay Association, 20.04.04,
Ibíd.).
Provea no sólo se suscribe a la movilización iniciada por
ILGA en el ámbito internacional a favor del derecho de las
personas GLBT, sino que invita a los movimientos sociales y de los
derechos humanos a sumarse a esta campaña. Para más
información acerca de esta resolución, la puede consultar en la sección DOCUMENTOS de este servicio informativo.
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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
La ONU votó a favor de la abolición definitiva de la pena de muerte
en el mundo |
En el marco de su 60º
sesión anual realizada en Ginebra entre el el 15.03.04 y el
23.04.04, la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas
(CDHNU) pidió la abolición definitiva de la pena de
muerte, aprobando una resolución de la Unión Europea (UE)
por amplia mayoría (28 votos en favor, 20 en contra, entre
los que se cuentan Estados Unidos, China, Arabia Saudita,
Nigeria e India, y 5
abstenciones)
(El Nacional, 21.04.04,
http://www.el-nacional.com/#).
La resolución exige que todos los estados en los que está en
vigor la pena de muerte la deroguen definitivamente y apliquen una moratoria de las ejecuciones.
Además reclama
que se limite progresivamente el número de infracciones
sancionadas con la pena capital.
El texto ruega a los estados que recibieron una demanda de
extradición de una persona condenada a muerte, que se
reserven el derecho de rechazarla si no obtienen garantías
de que no se aplicará la pena capital.
La resolución también pide que se inaplique la pena de muerte en
los casos de menores de 18 años y de enfermos mentales.
La fuente, finalmente, cita cifras de Amnistía Internacional en las
que se contabiliza un total de 1.146 penas
de muertes aplicadas durante el año 2003, un 84% de éstas fueron
registradas en China (al menos 726), Estados Unidos
(65) y Vietnam (64). Actualmente, 78 países autorizan la
pena capital en el mundo
(El Nacional, 21.04.04,
http://www.el-nacional.com/#).
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ARTÍCULOS
Son Derechos:
“Derecho a un salario
suficiente” |
”¿Qué tipo de obligación tiene el Estado con el salario mínimo
mensual?
En su artículo 91, la Constitución consagra el derecho a un
salario suficiente. Se define como tal al salario que
permite a los/as trabajadores/as y a sus familias cubrir sus
necesidades básicas y vivir con dignidad.
Por ello, cada año el Estado ajusta los salarios para
proteger el poder adquisitivo de los impactos de la
devaluación y de la inflación. Van 2 años que esto se hace
sin la conformación de la Comisión Tripartita. Y hasta
ahora, la demora en la convocatoria hace temer por la
violación, nuevamente, del artículo 167 de la Ley Orgánica
del Trabajo, que exige la participación del Ejecutivo, la
organización sindical más representativa y al principal
gremio de empleadores.
Para el nuevo aumento contemplado para este año, debe
tomarse en cuenta que actualmente el valor de la Canasta
Alimentaria (costo de los alimentos que cubren los
requerimientos nutricionales) y el de la Canasta Básica
(costo de los alimentos más los recursos para satisfacer
otras necesidades básicas), están por encima del salario
mínimo vigente. Además, el nuevo decreto de aumento deberá
incluir a los/as trabajadores/as domésticos/as, que han sido
excluidos de este beneficio desde hace 4 años" (Provea,
16.04.04,
son@derechos.org.ve).
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ARTÍCULOS
Son Derechos:
“¿Qué son derechos e
intereses difusos?” |
“Son aquellos que generan obligaciones al Estado para con la
sociedad y cuya satisfacción, protección y respeto debe
amparar.
El derecho a la salud es uno de ellos y es catalogado por la
Constitución como un derecho social fundamental. Con base a
esta definición cualquier ciudadano/a puede exigirle al
Ministerio de Salud o al Seguro Social, que garanticen una
atención de salud adecuada y oportuna.
Cuando el Estado no es capaz de cumplir este compromiso, la
Constitución facilita 2 vías para defenderlos: 1) la
administrativa, exigiendo ante los entes de la
administración pública nacional, estadal y municipal; y, 2)
la jurisdiccional, presentando demandas ante los tribunales.
Precisamente, esta última fue negada por una decisión de la
Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, del
20.04.04. En la misma se ignora el carácter fundamental que
la Constitución le otorga a estos derechos, considerándolos
como simples aspiraciones o principios rectores de la
política social estatal. De este modo se le impide a los/as
ciudadanos/as defender judicialmente estos derechos.
Por esta razón, las organizaciones sociales y a los/as
ciudadanos/as debemos rechazar esta interpretación regresiva
de los derechos e intereses difusos" (Provea, 23.04.04,
son@derechos.org.ve).
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NOVEDADES DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN TODOS LOS DERECHOS
PARA TODOS
"Situación
de los Derechos Humanos en el Estado Amazonas" |
Autor: Oficina de Derechos Humanos del Vicariato
Apostólico de Puerto Ayacucho
Año: 2003
Sinopsis: "La Oficina de Derechos Humanos este año
retoma su publicación anual dedicada a la situación de los
derechos humanos en el Estado Amazonas. El informe comprende
el período Julio 2002 – Julio 2003. Observamos como la
población sufre por la carencia de respuestas en cuanto a
situaciones graves, como consecuencias de la minería ilegal,
falta de servicios de salud, escasas oportunidades de
educación básica y de educación superior en las comunidades,
el deterioro del ambiente por la contaminación de aguas,
suelo y aire" (centrodocumentacion@derechos.org.ve).
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NOVEDADES DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN TODOS LOS DERECHOS
PARA TODOS
"El Estado
frente a la protesta social, 1996-2002" |
Autor: Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
Año: 2003
Sinopsis: "Junto con el crecimiento sostenido del
desempleo y la pobreza, se multiplicaron la las
organizaciones de desocupados que adoptaron distintas formas
de reclamo y movilización. Los sucesivos gobiernos, lejos de
adoptar políticas que permitan revertir la situación,
profundizaron la exclusión y apilaron la emergencia con
planes de asistencia social que se consolidaron como la
moneda de cambio para controlar el descontento y
desarticular temporalmente las protestas. Desde 1996 la
criminalización judicial de las protesta social se ha
concretado en miles de procesos penales al margen del
derecho, con la única finalidad de de controlar ilícitamente
la acción política en el campo popular" (centrodocumentacion@derechos.org.ve).
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NOVEDADES DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN TODOS LOS DERECHOS
PARA TODOS
"Lazos
visibles, senderos posibles. El impacto del Plan Colombia en
la región Andina: realidades y desafíos para la Unión
Europea" |
Autor: Lourdes Castro García
Año: 2003
Sinopsis: "La conciencia de integración Andina es
ajena de los ciudadanos de la región. Tampoco el sector
empresarial, dominado por los mercados financieros
internacionales, tiene una conciencia orientada hacia el
desarrollo regional. El estudio también se asoma a los
acuerdos de libre comercio y otorga un especial interés al
Área de Libre Comercio (ALCA)" (centrodocumentacion@derechos.org.ve).
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NOVEDADES DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN TODOS LOS DERECHOS
PARA TODOS
"Revista
Interamericana de Educación de Adultos. Nº 3" |
Autor: Centro de Cooperación de Regional para la
Educación de Adultos en América Latina y El Caribe (CREFAL)
Año: 2003
Sinopsis: "Modelo de evaluación socioeducativa basada
en la interpretación de la experiencia subjetiva de
educadores y educadoras de jóvenes y adultos; La acción de
la UNESCO, en América Latina y El Caribe, a favor de la
educación de jóvenes y adultos" (centrodocumentacion@derechos.org.ve).
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NOVEDADES DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN TODOS LOS DERECHOS
PARA TODOS
"Incidencia pública de las organizaciones civiles en México" |
Autor: Consejo de Educación de Adultos de América
Latina (CEAAL)
Año: 2002
Sinopsis: "En la imaginación social de muchas y
muchos mexicanos el año 2000 representa un triunfo del
movimiento ciudadano empeñado en avanzar hacia una sociedad
más democrática e incluyente. Después de cuatro décadas de
movimientos sociales que fueron construyendo ciudadanía y
haciendo exigibles los derechos humanos, el cambio de
partido en el gobierno, como fruto del respeto al voto,
marca un momento para avanzar tanto en la democracia
política a nivel de todo el país como para dirigir los
esfuerzos sociales hacia una mejor distribución de la
riqueza y el bienestar"
centrodocumentacion@derechos.org.ve).
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DOCUMENTOS
Criterio de ACCSI
en relación con la sentencia de la Sala Constitucional del
TSJ, que declara no ha lugar Amparo
contra el MSDSD y el IVSS para la
dotación de los insumos a los hospitales |
"En atención a la nota de prensa aparecida en la página web
del TSJ y la noticia recogida en algunos medios de
comunicación, referida a la decisión adoptada por la Sala
Constitucional del Máximo Tribunal, mediante la cual se
declara no ha lugar recurso de amparo intentado por la
Federación Médica Venezolana, en contra de la entonces
Ministra de Salud y el presidente del IVSS, por conducta
omisiva en perjuicio de los intereses y derechos difusos de
la ciudadanía y en particular del gremio médico, se hacen
las siguientes consideraciones.
Se diferencia acerca de la competencia del Estado no sólo
como ente político territorial, sino como una unidad
política a la cual los ciudadanos mediante pacto social le
otorgaron ciertas potestades. De igual manera se pronuncia
acerca de las diferencias existentes entre derechos sociales
o de tercera generación, señalándose que los mismos se
encuentran en el orden de constitutivos de principios
orientadores y que por lo tanto no están en la esfera
subjetiva del ciudadano, razón por la cual a criterio de la
Sala, no es posible la exigencia del cumplimiento de esta
categoría de derechos vía amparo, indicándose que su única
forma de control es a través del control político, es decir
mediante el sufragio.
No se acompaña el criterio que exclusivamente el control
pueda realizarse mediante la vía política, manifestada a
través del sufragio, ya que el mismo texto constitucional
del año 1999, incorpora de forma transversal la
participación ciudadana de diversas formas, dentro de las
cuales el sufragio es una de ellas, pero se extiende además
al control de la gestión publica, a través de asambleas de
ciudadanos. Por otra parte, pareciera entenderse que los
únicos funcionarios responsables son aquellos que fueron
elegidos, y que pudieren eventualmente ser objeto de la
sanción política, pero obvia la responsabilidad de aquellos
que no son elegidos o escogidos por medio del sufragio, como
es el caso del Ministro(a) de salud y Presidente(a) del IVSS,
en este caso. Adicionalmente existen responsabilidades
derivadas de la aprobación presupuestaria, asignación y
transferencia de recursos, que nada tienen que ver con su
empleo dentro del contexto de la descentralización de la
salud, siendo de exclusiva competencia del nivel central,
ello sin obviar que dentro de la conflictividad política que
afecta al país, eventualmente las efectivas transferencias
de recursos se ven afectadas por esta situación. En cuanto a
la participación de la sociedad civil organizada, esta es no
es tomada en cuenta, ya que se obstaculiza o niega su
participación en la toma de decisiones como en todo el
proceso desde el diseño hasta su ejecución de las políticas
sanitarias.
Sin perjuicio de lo antes señalado, la finalidad por la cual
se acude a un centro de salud, no es buscar responsables,
sino la prevención y/o restitución de la salud, como derecho
humano fundamental que forma parte del derecho a la vida,
por lo cual lejos de resolver la grave crisis de salud que
afecta a todos los ciudadanos(as) del país, la decisión
pareciera abogar a favor de proteger las responsabilidades
administrativas, sin suministrar respuesta efectiva a favor
de un hecho por demás conocido, como es la crisis
hospitalaria que mantiene en terapia intensiva a la
población, en especial la de menores recursos. Aunado a
ello, y en relación con las responsabilidades
descentralizadas que eventualmente pudieren estar
involucradas dentro de este contexto de salud, cabe
preguntarse donde queda la responsabilidad del Estado en
aquellos centros no descentralizados, y en definitiva, la
responsabilidad ineludible del estado como ente rector del
sistema nacional de salud. La actual situación que
atraviesan los centros de salud descentralizados son las
mismas que aquellos que no lo están.
La exhortación que se realiza para la realización de
reuniones por parte de representantes de la Defensoría del
Pueblo con las autoridades del MSDS y del IVSS conjuntamente
con las instancias estadales y municipales, pareciera no ser
otra cosa que una estrategia distraccionista que la
experiencia anterior ha demostrado su ineficacia, pero que
excluye la participación ciudadana y comunitaria en estas
deliberaciones.
Este tipo de decisiones, no permiten que nuestra población
vea llenos los anaqueles de los medicamentos que sus hijos e
hijas, padres y hermanos requieren, porque con exquisiteces
jurídicas no se salva la vida de un paciente. El último
responsable entonces será el ciudadano(a), por haber
realizado una errónea escogencia de su autoridad dentro de
su región" (Acción Ciudadana Contra el SIDA, 22.04.04,
vcroquer@accsi.org.ve)
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DOCUMENTOS
Pidhdd:
“La deuda externa y su
impacto en los derechos humanos”
|
"Los asistentes al Seminario internacional 'La Deuda Externa y
su impacto en los Derechos Humanos', en el marco de la
campaña 'El Impacto de la deuda externa en el Desarrollo
Humano en el Perú' impulsada por la Plataforma
Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo
(Pidhdd) - Capítulo Perú; conjuntamente con la Red Jubileo
Perú y la Mesa Deuda y Desarrollo, contando con la
participación de representantes de los capítulos de la
Pidhdd de Bolivia, Ecuador y Argentina; de las Redes Jubileo
de Ecuador y Bolivia; y expertos internacionales de los
mencionados países, bien como con la presencia del Profesor
Fantu Cheru, de la American University de Washington D.C.,
Ex Experto Independiente de la Comisión de Derechos Humanos
de Naciones Unidas sobre los efectos de las políticas de
ajuste estructural en el goce de los derechos económicos,
sociales y culturales y con la presencia de más de 200
líderes sociales, señalamos:
- Reconociendo la importancia de analizar la situación de la
deuda externa en la Región Andina y en el Mercosur, con el
propósito de medir su impacto en el desarrollo humano y en
el cumplimiento efectivo de las obligaciones derivadas del
Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y
Culturales; la formulación de propuestas de desarrollo
encaminadas a solucionar el problema de la deuda externa, e
incorporar el debate de este tema en las agendas públicas de
nuestros países, así como promover acciones y gestiones
ciudadanas orientadas a enfrentar esta dura realidad;
- Conscientes de que la deuda externa es un problema global
que afecta a todos los países en desarrollo por igual,
limitando sus posibilidades de crecimiento y con una
incidencia que limita la realización de los derechos
consagrados en el Pacto Internacional de los derechos
económicos, sociales y culturales, y cuyas secuelas se
expresan en el deterioro de la calidad de vida de sus
pobladores;
- Comprendiendo que este problema se ha convertido en un
'círculo vicioso' para las economías de nuestros países,
haciendo que cada vez se destine un mayor porcentaje de
nuestros recursos fiscales para el pago de las obligaciones
derivadas del endeudamiento externo;
- Reiterando que los efectos de la deuda externa en términos
económicos y, sobre todo, para la realización de los
derechos económicos, sociales y culturales de nuestras
poblaciones son graves, por cuanto los recursos que se
utilizan para pagar el principal y los servicios de la
misma, trae como consecuencia la imposibilidad de invertir
en los programas sociales tendientes a cumplir con la
realización de los derechos humanos, dando lugar a
situaciones de frecuentes violaciones de estos derechos,
afectando la dignidad de la personas y, con mayor
incidencia, en aquellas de menos recursos por ser las más
vulnerables de nuestras sociedades;
- Remarcando que el problema de la deuda externa es
sistémico y está ligado a los ciclos económicos globales;
siendo que actualmente se manifiesta en las emisiones de
bonos, principalmente globales, que la hacen más onerosa,
incentivando así la adquisición de nueva deuda que es
utilizada para seguir pagando la anterior, financiar el
déficit fiscal, el gasto corriente, entre otros;
- Recalcando que la problemática de la deuda externa se
combina con nuevas prácticas de endeudamiento interno, que
igualmente comprometen recursos públicos e in viabilizan el
cumplimiento de los derechos económicos, sociales y
culturales de los pueblos;
- Preocupados porque el Banco mundial ha perdido el sentido
original para el cual fue creado, ya que su postura actual
es más conservadora, aplicadora de los programas de ajuste
estructural y no responde a las demandas de los países
miembros, sino a intereses particulares de los bloques
económicos más poderosos;
- Considerando la necesidad de iniciar procesos judiciales
en tribunales nacionales e internacionales a efectos de
obtener sentencias que impliquen a las autoridades públicas
responsables de actos de corrupción en el manejo de
negociaciones relacionadas con el endeudamiento externo de
nuestros países, individualizar a los responsables y que
califiquen dichas deudas como 'corruptas' y no generadoras
de obligaciones a luz del derecho internacional;
- Concientes de que los gobiernos vienen adoptando prácticas
que apuntan a maximizar el valor presente de la deuda
externa en dirección contraría al legítimo interés de los
pueblos de gozar de sus derechos humanos, merced a prácticas
que institucionalizan procesos de negociaciones basadas en
'modelos de corrupción', como se evidencian en varias de las
negociaciones realizadas en las últimas décadas por los
gobiernos de la región;
- Reconociendo que en muchos casos la deuda externa es
utilizada como instrumento político por los gobernantes
frente a presiones económicas externas e internas;
- Recordando que la repercusión interna de todo este
fenómeno en nuestros países tiene como denominador común el
permanente circulo vicioso de nuevos endeudamientos,
constante que es alimentada por los grupos de poder
económico como formas de resistencia a procesos de
auténticas reformas tributarias en las que primen los
principios de equidad y progresividad en las acotaciones
tributarias;
PROPONEMOS:
- Reconocer que el problema de la deuda externa es un
problema político y por ello es necesario desarrollar una
estrategia política;
- Seguir alentando una ciudadanía activa y vigilante en
materia de deuda externa, desendeudamiento, lucha contra la
pobreza, respeto a los derechos humanos y por el desarrollo
sostenible. Para ello, se deben alentar los procesos de
vigilancia, prevención y cuestionamiento de la deuda;
plantear topes al endeudamiento en los que se respeten los
derechos económicos, sociales, culturales y el desarrollo de
los pueblos de la región, y que los recursos del
desendeudamiento sean aplicados a la satisfacción y
realización de todos los derechos humanos reconocidos en los
tratados internacionales que ponen como prioridad la
reducción de la pobreza y la promoción del desarrollo
integral;
- Aportar a la construcción de nuevos indicadores que midan
la sostenibilidad de las deudas externas, insistiendo por el
análisis de factibilidad real de los proyectos de
financiamiento. Evaluando si dichos proyectos podrán
efectivamente generar desarrollo y no sólo represente un
peso más a las economías de los pueblos;
- Rescatar la experiencia argentina y sus grandes esfuerzos
por gestionar su economía fuera de los parámetros del
programa de ajuste del FMI; así como, ver la vinculación de
estrategias al respecto con Brasil para promover una
estrategia continental frente al problema de la deuda
externa, la cual debe ser apoyada por el conjunto de
nuestros países;
- Diferenciar las deudas ilegítimas de las legítimas, a
través de procesos transparentes, que cuenten con la
participación de la sociedad civil. Además de impulsar la
judicialización de las deudas ilícitas, ilegítimas y odiosas
en vistas a su anulación y sanción a los responsables;
- Proponer a la Corte Interamericana de Derechos Humanos un
pronunciamiento sobre la base de una solicitud de opinión
consultiva, formulada por alguna de nuestras cancillerías,
sobre los efectos de las políticas de ajuste y el pago de la
deuda externa en el goce efectivo de los derechos humanos de
nuestros pueblos;
- Desarrollar nuevas políticas económicas y financieras, que
incluyan nuevas alternativas y nuevas instancias
internacionales, tales como la creación de: (a) Un Banco
Central Mundial que tenga autonomía en la toma de decisiones
en materia de política monetaria mundial el mismo que esté
supeditado a un sistema de gobierno democrático y equitativo
por parte de los países; (b) Una Superintendencia Mundial de
Bancos, una de cuyas tareas sería la de levantar el secreto
bancario a nivel mundial, además de asegurar que los límites
de crédito se encuentren dentro de parámetros
internacionales justos; y (c) un código financiero
internacional;
- Vigilar que la deuda privada no se transforme en deuda
pública y poner un límite al pago del servicio de la deuda
externa de acuerdo con nuevos indicadores económicos y
sociales de sostenibilidad de la deuda externa. Para ello,
es importante impulsar referendums en nuestros países para
lograr incluir los topes de pago de la deuda en nuestras
constituciones;
- Continuar con la labor de incidencia política de manera
articulada entre los países de la región, orientada a un
proceso de arbitraje justo y transparente de las deudas
externas soberanas; mientras se establezca el mencionado
código financiero internacional que regule los arbitrajes
internacionales en esta materia;
- Desarrollar una estrategia regional con enfoque en los
derechos humanos, donde jueguen un papel importante los
organismos promotores y defensores de los derechos humanos.
Articular las propuestas, por el desendeudamiento de los
movimientos de la sociedad civil del norte y sur del
continente;
- Enfocar estas propuestas dentro de la construcción de un
nuevo orden económico mundial, con la característica de que
los países tengan una representación justa en la toma de
decisiones, entre otras, respecto de las agencias
multilaterales de finanzas y comercio, que se encuentren
dentro de la competencia del Consejo Económico y Social
dependiente de la Asamblea General de las Naciones Unidas,
de conformidad con los artículos 57, 58, 60 y 63 de la Carta
de las Naciones Unidas.
Lima, 12 de marzo del 2004" (Plataforma Peruana de Derechos
Humanos, Democracia y Desarrollo, 21.04.04,
ppdhdd@cedal.org.pe).
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DOCUMENTOS
República Federativa de Brasil: Propuesta de resolución
sobre "Derechos humanos y orientación sexual" |
“La Comisión de Derechos Humanos,
Reafirmando lo establecido en la Declaración Universal de
Derechos Humanos, el Pacto Internacional sobre Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional
sobre Derechos Civiles y Políticos, la Convención para la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la
Convención para la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación Contra las Mujeres, la Convención Contra la
Tortura y Otros Castigos o Penas Crueles, Inhumanas o
Degradantes, y la Convención sobre los Derechos del Niño,
- Recordando que el reconocimiento de la dignidad inherente
y de la igualdad en cuanto a derechos inalienables para
todos los miembros de la familia humana es la base de la
libertad, la justicia y la paz mundial.
- Reafirmando que la Declaración Universal de Derechos
Humanos sostiene el principio fundamental de la
inadmisibilidad de la discriminación y proclama que todos
los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y
derechos, y que toda persona tiene todos los
derechos y libertades en ella consagrados sin distinción
alguna.
- Afirmando que la educación en derechos humanos es
fundamental para cambiar actitudes y conductas y promover el
respeto por la diversidad en la sociedad.
1. Expresa su profunda preocupación por la ocurrencia, en el
mundo entero, de violaciones a los derechos humanos de las
personas, fundadas en su orientación sexual.
2. Subraya que los derechos humanos y libertades
fundamentales son derecho de nacimiento de todos los seres
humanos, que la naturaleza universal de esos derechos y
libertades está más allá de todo cuestionamiento y que la
orientación sexual no debe de ninguna manera invocarse para
impedir el disfrute de tales derechos y libertades.
3. Llama a todos los Estados a promover y proteger los
derechos humanos de todas las personas, cualquiera sea su
orientación sexual.
4. Observa la atención dedicada a las violaciones a los
derechos humanos fundadas en la orientación sexuales por
parte de los mecanismos especiales en sus informes ante la
CDH, así como por parte de los organismos encargados de
monitorear el cumplimiento de los
tratados, y alienta a todos los mecanismos especiales de la
CDH para que, dentro del marco de sus respectivos mandatos,
presten la debida atención al tema.
5. Requiere que el Alto Comisionado para los Derechos
Humanos preste la debida atención a las violaciones a los
derechos humanos fundadas en la orientación sexual.
6. Decide continuar considerando esta cuestión en su sesión
septuagésima, bajo el mismo punto de agenda” (Centro
Internacional de Investigación sobre Minorías Sexuales,
24.04.03,
iglhrc@iglhrc.org).
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El Programa
Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) es
una organización no gubernamental especializada en la defensa
y promoción de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales
(DESC), que tiene como fin la plena realización de los
derechos humanos y el respeto al Estado de Derecho, en el
marco de una sociedad democrática y participativa. Toda acción
que Provea lleva a cabo busca beneficiar a las víctimas o
potenciales víctimas a las que el Estado no les garantiza o
les viola sus derechos humanos, propiciando su protagonismo y
la concientización de sus derechos.
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Tienda Honda a Puente Trinidad, edificio Centro Plaza Las
Mer | | | |