Una lectura de la realidad venezolana
  desde los derechos humanos

Servicio informativo No. 137
Del 17 al 29 de abril de 2004


1988/2003: Provea, 15 años por los derechos sociales y contra la impunidad

EFEMÉRIDES DE DERECHOS HUMANOS EN MAYO

CONTEXTO

* Informe del PNUD: La democracia es con justicia social o no es


INVITACIONES A EVENTOS
* Abiertas inscripciones para el V Seminario de Formación en Derechos Económicos, Sociales y Culturales

DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 

*
Provea condena doctrina regresiva para los derechos humanos de reciente sentencia de la Sala Constitucional del TSJ
* Pacientes crónicos vuelven a alzar su voz y autoridades se excusan
* Indicadores del derecho a la salud y a la seguridad social
* Primer Mandatario venezolano escuchó alertas de organizaciones que luchan contra comercialización nacional de transgénicos
* AN en deuda con reglamentación ambientalista sobre problemática de los desechos sólidos
* Decreto de aumento salarial 2004: Se repiten violaciones a la LOT
* Elementos para el debate sobre el derecho a un salario suficiente
* Sector informal incluido en mediciones del PIB


DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
*
Provea ante la discriminación por orientación política
* Federación Campesina de Venezuela denuncia más asesinatos de líderes campesinos
* Apuntes para el debate sobre el Reglamento de Castigos Disciplinarios Nº 6 aplicado en la FAN
* Apoye la campaña internacional contra la discriminación de la comunidad GLBT
* La ONU votó a favor de la abolición definitiva de la pena de muerte en el mundo


ARTÍCULOS
*
Son Derechos: “Derecho a un salario suficiente”
* Son Derechos: “¿Qué son derechos e intereses difusos?”


NOVEDADES DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN TODOS LOS DERECHOS PARA TODOS
*
"Situación de los Derechos Humanos en el Estado Amazonas"
* "El Estado frente a la protesta social, 1996-2002"
* "Lazos visibles, senderos posibles. El impacto del Plan Colombia en la región Andina: realidades y desafíos para la Unión Europea"
* "Revista Interamericana de Educación de Adultos. Nº 3"
* "Incidencia pública de las organizaciones civiles en México"


DOCUMENTOS

*
Criterio de ACCSI en relación con la sentencia de la Sala Constitucional del TSJ, que declara no ha lugar Amparo contra el MSDSD y el IVSS para la dotación de los insumos a los hospitales
* Pidhdd: “La deuda externa y su impacto en los derechos humanos”
* República Federativa de Brasil: Propuesta de resolución sobre "Derechos humanos y orientación sexual"

Agradecemos mencionar la fuente cuando el contenido sea citado o difundido


EFEMÉRIDES DE DERECHOS HUMANOS EN MAYO  

01 Día Internacional de los Trabajadores
03 Día Mundial de la Libertad de Prensa
04 Día Internacional del Combatiente de Incendios Forestales
08 Día de la Cruz Roja Internacional
08 Conmemoración de la Masacre de Yumare, Edo. Yaracuy (1986)
11-17 Semana Nacional de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia
15 Día Internacional de la Familia
15 Día Internacional de la Objeción de Conciencia
22 Día Internacional de la Diversidad Biológica
28 Día Internacional de Acción por la Salud de la Mujer
29 Día Nacional del Árbol

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CONTEXTO
Informe del PNUD: La democracia es con justicia social o no es

Este 21.04.04, en una ceremonia celebrada en Lima, Perú, el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) presentó un informe titulado "La democracia en América Latina. Hacia una Democracia de los Ciudadanos y Ciudadanas", el cual consiste en un estudio que abarcó a 18 países de la región (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela), sobre los que ofrece datos y análisis que ayudan a delinear y enmarcar la discusión sobre el futuro de la democracia en la región. El análisis que brinda este Informe es corroborado por una investigación que incluye una encuesta realizada a 18.643 ciudadanos/as de estos países latinoamericanos y entrevistas personales y confidenciales sobre el estado de las democracias en la región a 231 líderes, entre ellos presidentes y ex presidentes (Gobierno en Línea, 21.04.04, http://www.gobiernoenlinea.ve/).
Según Mark Malloch, Administrador del PNUD, "el corazón del problema es que si bien la democracia se ha extendido ampliamente en América Latina, sus raíces no son profundas (Gobierno en Línea, Ibíd.). Esta conclusión se apoya en los resultados de una encuesta hecha en mayo de 2002, la cual reveló que un 54,7% de los ciudadanos consultados dijo que apoyaría a un gobierno autoritario si éste resuelve sus problemas económicos y sólo 43% apoya la democracia (El Nacional, 22.04.04, http://www.el-nacional.com/Articulos/DetalleArticulo.asp?idSeccion=84&id=42615).
Agrega Malloch que las razones de esta situación "están en el hecho de que, siendo la primera vez que la democracia se convierte en la forma de poder generalizada en el continente, subsisten problemas estructurales como la desigualdad, el desempleo, la pobreza y una muy débil estructura de factores indispensables para la gobernabilidad: una prensa libre, una sólida protección a los derechos humanos y un poder judicial independiente. Un signo alentador estriba en que, pese a la crisis, los países de la región no han buscado un regreso al autoritarismo. La población, se advierte, está en capacidad de distinguir entre la democracia como sistema de gobierno y el desempeño de los gobernantes en particular"(El Universal, 22.04.04, http://www.eluniversal.com/2004/04/22/22108A.shtml).
Afirmó Dante Caputo, coordinador del equipo investigador, que "la democracia en América Latina, requiere convertirse hoy en una democracia para el ciudadano, enfocada en los derechos sociales de calidad de vida, salud, educación, acceso a la justicia, y otros. La democracia electoral puede entrar en crisis si no resolvemos los otros problemas que demanda la democracia'' (El Nacional, Ibíd.). Explicó que "no hay malestar con la democracia, pero hay malestar en la democracia [...] para resolverlo es indispensable hacer uso del instrumento más preciado que ella nos brinda: la libertad. Libertad para discutir lo que molesta, lo que algunos preferirían que se oculte. Libertad para decir que el rey está desnudo y tratar de entender por qué. Libertad para saber por qué un sistema que es casi un sinónimo de igualdad, convive con la desigualdad más alta del planeta, para saber si lo que discutimos es lo que precisamos discutir o lo que otros nos han impuesto, para saber cuáles son nuestras urgencias y prioridades" (Gobierno en Línea, Ibíd.).
A juicio de Provea, sería  erróneo calificar estos resultados como expresión de un sesgo autoritarismo en la cultura política latinoamericana.
Para Provea la justicia social es otra forma de hablar de democracia y no algo distinto a ella. No existe una sin la otra, porque una democracia formal con profundas inequidades no es una democracia real, sino un modelo autoritario encubierto. La población, según el análisis de este estudio del PNUD, lo que plantea es la interdependencia y no jerarquización de todos los derechos humanos: es tan importante satisfacer el derecho a la salud, a la alimentación, a la no discriminación por origen étnico o social, a la educación, a acceder a un empleo, a la seguridad social o a la vivienda, como lo es satisfacer el derecho a elegir y ser elegido representante de un colectivo, expresar ideas u opiniones, acceder a un tribunal independiente e imparcial con adecuadas garantías judiciales. Tal como lo ha señalado Danilo Türk, Relator para los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de Naciones Unidas (ONU), para respetar, proteger y cumplir estos derechos, es necesario un Estado Fuerte, que intervenga en la vida colectiva corrigiendo las inequidades. Este es un elemento central del debate político continental frente a las amenazas que representan los acuerdos de libre comercio impulsados por los EEUU, que implican la constitucionalización del debilitamiento del Estado en la región.
Según una fuente periodística, datos del informe señalan que en 2003, América Latina tenía 225 millones de personas, un 43,9% del total de su población, cuyos ingresos se situaban por debajo de la línea de pobreza. Esta situación, causada por el crecimiento económico insuficiente, las profundas desigualdades y acompañada por sistemas jurídicos y servicios sociales ineficientes, han provocado el malestar popular y socavado la confianza de los latinoamericanos en la democracia electoral. (El Universal, Ibíd.). La sociedad latinoamericana es la más desigual del mundo, se trata de un fenómeno que ha persistido a lo largo de las últimas 3 décadas. El contexto de libertad política y libertad de mercado no ha logrado el anhelado desarrollo económico. Todo esto se traduce en una crisis política expresada por la baja credibilidad de los partidos y la poca eficacia de los gobiernos. Así, 64% de los latinoamericanos creen que los gobernantes no cumplen sus promesas porque mienten para ganar las elecciones (El Universal, Ibíd.).
El informe también desarrolló un sistema para medir aspectos electorales como el derecho al voto y la transparencia. A contracorriente del tránsito de regímenes militares a democráticos experimentado en el Cono Sur y la democratización en América Central luego de los conflictos armados, el informe señala que los países andinos comenzaron a enfrentar "serios problemas que los llevaron, incluso, a poner en peligro sus regímenes políticos" (El Universal, Ibíd.). En este sentido, toma nota de las nuevas modalidades desarrolladas para desplazar del poder a los gobernantes a través de "formas que no siguen estrictamente las reglas constitucionales" (El Universal, Ibíd.) y cita como ejemplo el golpe de Estado en Venezuela ocurrido en abril de 2002.
"Bajo el criterio de que las democracias se derrumban cuando las fuerzas políticas autoritarias encuentran en la ciudadanía apoyo o pasividad, el informe publica los resultados de una encuesta realizada en mayo del 2002 sobre las percepciones ciudadanas acerca de la democracia.
La misma arrojó que 57% de los entrevistados prefiere a la democracia respecto de otro régimen, lo cual contrasta con el 61% que asumía la misma actitud en 1996. Y asienta que 'esa preferencia no implica necesariamente un firme apoyo. En efecto, muchas de las personas que dicen preferir la democracia frente a otros regímenes tienen actitudes poco democráticas en relación con cuestiones sociales. En el año 2002, 48,1% que decían preferir la democracia prefería igualmente el desarrollo económico a la democracia y un porcentaje semejante (44,9%), que decía preferir la democracia, estaba dispuesto a apoyar un gobierno autoritario si este resolvía los problemas económicos" (El Universal, Ibíd.).
El informe establece una clasificación para analizar el fenómeno de las preferencias políticas: "no demócratas, ambivalentes y demócratas", aunque aclara que "estos últimos expresan a menudo actitudes contrarias a reglas básicas del régimen que dicen apoyar" (El Universal, Ibíd.). Al respecto, comenta el informe que "los demócratas fueron la orientación más extendida entre los latinoamericanos, pero no alcanzaron a formar una mayoría. Sumaron 43% en los 18 países de América Latina. Pero, para alcanzar el apoyo mayoritario a la democracia se depende de los ambivalentes (quienes expresan opiniones ambiguas y/o contradictorias) con 30,5%. Mientras que los no demócratas (quienes expresan opiniones contrarias a la democracia en todos los casos) alcanzan 26,6%" (El Universal, Ibíd.).
En cuanto a la opinión de los líderes latinoamericanos consultados, existe acuerdo en considerar que "nunca antes hubo tanta democracia en América Latina ni estuvo tan controlado el peligro del golpe de Estado, pero de todos modos la democracia está expuesta a fragilidades como las que derivan del bajo prestigio de los partidos y de la llamada crisis de la sociedad política" (El Universal, Ibíd.). Además, los líderes abogaron por una mayor participación del ciudadano que vaya más allá del hecho electoral y llegue a la definición de políticas.
Pese a que la intención del informe "no es evaluar los gobiernos o los países ni elaborar alguna suerte de ranking nacional de la democracia" (Gobierno en Línea, Ibíd.) la investigación estableció una división entre países con mayor y menor tradición democrática: en los primeros la tendencia es a que la participación se realice a través de los partidos, mientras que en los segundos se pregona la necesidad de hacerlo mediante organizaciones no gubernamentales e independientes (El Universal, Ibíd.).
Igualmente, los consultados consideran positivo el hecho de que los gobiernos están más controlados que antes, porque implica la presencia de una ciudadanía más atenta y decidida a hacer valer sus derechos. También se advierte una tensión entre los poderes institucionales y los fácticos. En ese sentido, la opinión mayoritaria considera que los grupos económicos, los medios de comunicación y el sector financiero predominan sobre los poderes constitucionales, factores extraterritoriales (por ejemplo, la Embajada de EEUU), fuerzas de seguridad y partidos. Según esta percepción, una quinta parte de los consultados atribuye a las Fuerzas Armadas una gran influencia, aunque consideran que han perdido peso debido a un proceso de desinstitucionalización y a disputas internas que "han minado el gran poder que tuvieron en el pasado" (El Universal, Ibíd.).
El Informe puede ser consultado en el sitio web del PNUD: http://www.pnud.org.ve/.

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INVITACIONES A EVENTOS
Abiertas inscripciones para el V Seminario de Formación en Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Provea invita al público interesado a participar en el V Seminario de Formación en Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) denominado “Ante el libre comercio, otra integración es posible”, el cual se celebrará entre el 28.05.04 y el 02.06.04, en el Centro de Estudios Latinoamericanos Rómulo Gallegos (Celarg), ubicado en el municipio Chacao, Distrito Capital, Caracas.
Como es costumbre desde hace 5 años, Provea organiza la realización de este evento a fin de fortalecer los aspectos conceptuales y prácticos de la promoción y protección de los DESC. Para esta edición, los organizadores suman esfuerzos para analizar la incompatibilidad entre los principios que sustentan los Tratados de Libre Comercio (TLC) - ya firmados o por firmarse -, y los principios de los DESC.
Sobre este último aspecto, los organizadores consideran importante destacar que el reconocimiento de los DESC como derechos de igual categoría e importancia que los Derechos Civiles y Políticos, implica entender que los Estados tienen responsabilidades concretas con respecto al respeto, protección y garantía de estos derechos. Esta conciencia expansiva de los derechos humanos, puesta en manifiesto en la existencia de una serie de tratados en el ámbito normativo internacional y en  constituciones nacionales, se enfrenta a un peligro proveniente de otra visión del mundo basada en la liberalización del comercio y la inversión. En ese sentido, este seminario pretende examinar los Tratados de Libre Comercio (TLC) ya firmados y aquellos que están en vías de suscribirse en América Latina, a la luz del marco jurídico internacional en materia de derechos humanos.
En este seminario los participantes abordarán los aspectos teóricos-conceptuales de los DESC; se dará cuenta de los mecanismos nacionales de exigibilidad de los DESC; del marco de protección de los DESC que brinda el Sistema de Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos (OEA); de la incompatibilidad observada entre los principios de los TLC y la doctrina internacional de los DESC; del actual estado de desarrollo de los TLC en algunos países del continente; del impacto que sobre algunos derechos tiene o tendrá la aprobación de los TLC; y, finalmente se explorarán las iniciativas continentales a favor de una integración fundamentada en los principios de derechos humanos.
El curso combinará una serie de estrategias a fin de garantizar la diversidad pedagógica. Entre ellas, conferencias magistrales, paneles de expertos, un foro público, discusiones plenarias y talleres.
Se espera la participación de personas provenientes de distintos sectores sociales interesadas en los ejes temáticos del seminario. En especial, la participación de representantes de organizaciones de derechos humanos, organizaciones sociales, academia, funcionarios del Estado, cooperativistas, pequeños productores, etc. Además de la pertenencia a estos sectores, para la selección definitiva de los/as participantes también se tendrá en cuenta la equidad de género y geográfica. El seminario cuenta con cupo para 60 participantes y el costo de la inscripción es de 25.000 bolívares.
Como siempre, Provea dispone de un número limitado de ayudas económicas, que será asignado de la siguiente forma:
• Para grupos de derechos humanos del interior: hospedaje y traslado terrestre;
• Para otros sectores sociales del interior: solo hospedaje.
Para llenar la planilla de preinscripción haga click aquí. El plazo de inscripción vence el 28.05.04. Las personas seleccionadas recibirán una confirmación a partir del 11.06.04.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Provea condena doctrina regresiva para los derechos humanos de reciente sentencia de la Sala Constitucional del TSJ

El Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea), condenó el pronunciamiento de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) hecho el 20.04.04, mediante el cual desconoce la protección jurisdiccional de los derechos sociales cuando estos involucran intereses difusos y el Estado sea el garante de tales derechos. Tal decisión del máximo tribunal se produjo como respuesta a una acción de amparo interpuesta por la Federación Médica Venezolana (FMV) contra el Ministerio de Salud y Desarrollo Social (MSDS) y el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), en defensa de los derechos e intereses de la sociedad generalmente usuaria de los servicios de salud pública y particularmente, del gremio médico, y por incumplir su obligación de dotar efectivamente a los establecimientos hospitalarios y ambulatorios del país de insumos y medicamentos.
En primer lugar, el pronunciamiento de la Sala Constitucional reduce los derechos sociales a meras aspiraciones, violando el artículo 26 de la Carta Magna que reconoce a tales derechos como derechos humanos que gozan de protección judicial, incluso mediante la acción del amparo constitucional a favor de los intereses colectivos y difusos. La sentencia contradice criterios de la propia Sala en los cuales se había avanzado en la protección jurídica de los derechos sociales tal como quedo establecido en la conocida sentencia de los créditos indexados (caso Asodeviprilara vs. Superintendencia de Bancos, otras instituciones financieras e Indecu, del 24.01.02).
En este sentido, Provea destaca que el control jurisdiccional es determinante para avanzar hacia una  justicia social efectiva y la satisfacción de los intereses generales de la población. Más aún cuando el control político no logra ser efectivo en el cumplimiento de los compromisos que la administración pública tiene en la realización de prestaciones que procuren la protección de la salud de la población y, principalmente, de las personas en condición de debilidad jurídica; ni tampoco en la satisfacción de los derechos sociales generadores de intereses difusos.
En segundo lugar, el reciente pronunciamiento de la Sala Constitucional se fundamenta en una doctrina jurídica ya superada en el Sistema Internacional de Protección de los Derechos Humanos, que divide los derechos en generaciones y los clasifica en distintos niveles de importancia. Por el contrario, actualmente dicho sistema se basa en el concepto de interdependencia, indivisibilidad y no jerarquización de los derechos humanos, ubicando en un mismo rango para la garantía de la dignidad humana a los derechos civiles y políticos y a los derechos económicos, sociales y culturales. La jerarquización de los derechos que presupone la reciente sentencia de la Sala Constitucional conlleva a considerar que el Estado tiene más obligaciones en unos derechos que en otros, lo que provoca la desprotección de algunos de ellos contrariando el artículo 19 de la Constitución que obliga al Estado a garantizar el goce y el ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos.
En tercer lugar, la sentencia de la Sala refleja una concepción neoliberal de los derechos sociales al plantear que los derechos sociales “no están en la esfera subjetiva del ciudadano”, es decir que estos derechos no son inherentes a la persona humana. De este modo, se restringe la obligación del Estado de satisfacerlos así como la posibilidad que tienen los ciudadanos de exigirle que los promueva, proteja y garantice. Esta concepción neoliberal se contradice con los artículos 2 y 3 de la Constitución, en los que se establece a Venezuela como un Estado democrático y social de derecho y de justicia así como la responsabilidad del Estado de garantizar los derechos establecidos en el texto constitucional.
Finalmente, a Provea también le preocupa que la decisión haya sido unánime y que los magistrados que expresaron una opinión avanzada en ponencias anteriores, no hayan salvado su voto.
Por todas estas razones, Provea considera que con esta sentencia la Sala Constitucional, en vez de amparar los derechos constitucionales, tal como lo exige su mandato, vulnera su protección y deja a los ciudadanos en una situación de indefensión frente a un Estado que ha demostrado no ser lo suficientemente diligente en el funcionamiento de la red pública de asistencia sanitaria (Provea, 22.04.04, http://www.derechos.org.ve).
No sólo Provea se ha posicionado formalmente ante este pronunciamiento del TSJ, Acción Ciudadana Contra el SIDA (ACCSI), también se manifestó contra el mismo. Invitamos a los lectores a conocer la declaración de ACCSI en la sección DOCUMENTOS de esta edición del servicio informativo. 


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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Pacientes crónicos vuelven a alzar su voz y autoridades se excusan

En el contexto de una asamblea abierta convocada por la Coalición de Organizaciones por el Derecho a la Salud y a la Vida (Codevida), los representantes de las 7 organizaciones que participan en ésta hicieron público un comunicado en el que denuncian el empeoramiento de la situación vivida por los pacientes crónicos en todo el país, a causa de la crisis en el acceso a tratamientos y servicios médicos, responsabilidad del Ministerio de Salud y Desarrollo Social (MSDS) y del Ministerio del Trabajo (Mintra), despacho a cargo del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), ente público a cargo de la dotación de medicamentos y del tratamiento de pacientes crónicos adscritos a la seguridad  social.
En el documento se relata que, luego de 6 meses de diálogo con las autoridades públicas a cargo de la salud, "las excusas siguen siendo las mismas" (El Nacional, 23.04.04, pág. B/16; ver edición Nº 132 de este servicio informativo en http://www.derechos.org.ve). Además, no sólo se acusa a los entes públicos antes señalados "por la violación de los derechos humanos de más de 30.000 ciudadanos" (El Nacional, Ibíd.) sino que se cataloga como indiferente el comportamiento de la Defensoría del Pueblo y de otros poderes públicos ante esta problemática.
Al respecto, Asia Villegas, defensora especial de Salud de la Defensoría del Pueblo, precisó que su despacho "continuará trabajando con las mesas de diálogo y reuniones interinstitucionales con el fin de exhortar a agilizar y garantizar la dotación de medicamentos" (Últimas Noticias,23.04.04, pág. 3). Destacó la funcionaria que la tardanza en la entrega de insumos médicos para los enfermos crónicos se debe a lo engorroso que resultan los trámites en el MSDS y el IVSS, por lo que han planteado la "adjudicación directa de algunos renglones específicos de forma inmediata para medicamentos desabastecidos y la solicitud de financiamientos extraordinarios para el MSDS y el IVSS por parte del gabinete económico" (Últimas Noticias, Ibíd.). Esto implicaría la constitución de un fondo único que logre integrar diferentes organismos estatales, incluyendo un ente económico que acelere la dotación de los medicamentos requeridos.
Por su lado, José Delgado, director general de Salud del IVSS se excusó ante las acusaciones de Codevida arguyendo que "los retrasos que puedan presentarse en la entrega dependen de la disponibilidad del producto por parte de los laboratorios", puesto que "desde el pasado mes de diciembre se está comprando de contado lo que redunda en una reducción de los costos, al tiempo que permite la adquisición de mayor cantidad de medicinas, quedando por parte de las empresas la entrega a tiempo" (El Universal, 23.04.04, pág. 1/2). Específicamente acerca de este argumento, Feliciano Reyna, vocero de la organización Acción Solidaria, integrante de Codevida, comentó que la mala planificación en las compras de medicamentos por parte de los entes públicos a cargo del sistema de asistencia social incide en la crisis "porque algunos laboratorios se toman de 6 a 8 semanas en hacer sus entregas" (El Universal, Ibíd.)
Deisy Matos, coordinadora del Programa Nacional de VIH/SIDA e Infecciones de Transmisión Sexual del MSDS, negó que la denuncia de Codevida tuviera que ver con la gestión que su despacho encabeza acerca de la situación de los pacientes con VIH/SIDA. La funcionaria destacó que el MSDS "realizó una compra hace 3 meses, vía emergencia, para atender a todas las personas con esta enfermedad que estén registradas tanto en el ministerio como en el IVSS" (El Universal, 25.04.04, pág. 2/24).
Mientras tanto, Roger Capella, titular del MSDS, calificó como "muy circunstancial" (El Nacional, 24.04.04, pág. B/13) la falta de medicamentos para pacientes crónicos y desvirtuó las denuncias de Codevida aduciendo que "muchas veces hay pacientes que, en su buena fe son utilizadas por los mecanismos de manipulación de trasnacionales que se ven afectadas porque cuando compramos el genérico lo conseguimos a 10% del precio de la trasnacional" (El Nacional, Ibíd.). Igualmente, instó a las organizaciones y a los pacientes "a que acudan al ministerio para conversar los problemas y buscar soluciones en vez de generar una alarma, porque muchos pacientes pueden tener la sensación de que no existen medicamentos en el país y esa no es la realidad" (El Nacional, Ibíd.).
Ante esta situación, que una vez más es reseñada por este medio, Provea considera necesario exhortar a las autoridades sanitarias a que actúen en coherencia con lo contemplado en los artículos 83 y 84 de la Constitución, en los cuales el Estado asume la obligación de garantizar el tratamiento oportuno y una rehabilitación de calidad. Esto implica que el MSDS y el IVSS garanticen el suministro oportuno de medicamentos e insumos suficientes a todas las personas, particularmente a quienes estén afectados por enfermedades crónicas. La falta de aplicación de estas medidas deteriora irreversible y significativamente la salud y calidad de vida de estas personas.
Lamentablemente, la impunidad que existe en el funcionamiento irregular de los servicios públicos de   atención médica en el país, imputables a fallas administrativas de los entes rectores y prestadores de estos servicios, corre peligro de agravarse con el reciente pronunciamiento de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que considera a los derechos sociales difusos (entre ellos, el de la salud) como meras aspiraciones o fines del Estado, desconociéndolos como derechos judicialmente tutelados (ver nota
Provea condena doctrina regresiva para los derechos humanos de reciente sentencia de la Sala Constitucional del TSJ, en esta misma sección).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Indicadores del derecho a la salud y a la seguridad social

Según cifras del Sistema de Indicadores Sociales de Venezuela (SISOV), ente adscrito al Ministerio de Planificación, en el año 2003 el gasto real por persona por concepto de Salud fue de 45.518 bolívares,  un 11,7% menos que el alcanzado en  el año 2002, cuando estuvo en 51.588 bolívares (Sistema de Indicadores Sociales de Venezuela, 27.04.04, http://www.sisov.mpd.gov.ve/indicadores/salud/
gastopublicoensalud/sa05005/sa0500500000000/index.html).
Precisa una fuente periodística que aún cuando en 1999 el Gobierno incrementó las erogaciones al sector salud, las mismas no llegaron a estar en los niveles de 1997. Para ese año el gasto real por persona era de 53.026 bolívares mientras que el gasto público total en salud entre los años 1999 y 2002 registró tasas de crecimiento de entre 7 y 10%. En 2003 el gasto en salud ocupó el 1,4% del Producto Interno Bruto (PIB), un 0,2% menos que en 2002 .
Según la fuente periodística, el gasto público en salud se ha visto afectado por los pagos de deuda: cifras del Ministerio de Finanzas (MF) indican que "por el servicio de deuda interna y externa se erogaron 12,3 billones de bolívares, ello fue 4  veces más que la inversión en salud, que terminó en 2 billones de bolívares. Analistas expresan que el gasto en salud no ha sido proporcional con el gasto total debido al peso que tiene la deuda. En el presupuesto de 2003 la carga de la deuda fue 32%" (El Universal, 20.04.04, http://www.eluniversal.com/2004/04/20/20115A.shtml) .
Los datos del SISOV indican también que para el año 2003 el gasto público real por habitante en seguridad social fue de 105.576 bolívares, un 19,3% más en relación con el año 2002, cuando estuvo por el orden de los 88.470 bolívares (Sistema de Indicadores Sociales de Venezuela, 27.04.04, http://www.sisov.mpd.gov.ve/indicadores/seguridadsocial/gastopublicoenseguridadsocial/
ss01015/ss0101500000000/index.html). Este indicador abarca a los beneficiarios del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) y a los de los regímenes especiales del sector público. En el caso del Seguro Social, el presupuesto del pasado año para las pensiones se incrementó debido al ajuste del 30% que decretó el Ejecutivo (El Universal, Ibíd.).
Precisó la fuente periodística que en 2003 el gasto total fue de 4,5 billones de bolívares y que, aunque fue mayor que en 2002, su peso fue bajo dado el tamaño del servicio de la deuda interna y la externa(El Universal, Ibíd.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Primer Mandatario venezolano escuchó alertas de organizaciones que luchan contra comercialización nacional de transgénicos

Informa la Red de Acción en Alternativas al Uso de Agrotóxicos de Venezuela (RAPAL-VE) que el pasado 13.04.04, en el marco del “Encuentro para la Solidaridad con la Revolución Bolivariana” , realizado en Caracas, la organización internacional Vía Campesina entregó  al Presidente Hugo Chávez, asistente al evento, una carta en la que le solicitó anular cualquier acuerdo que tenga el Estado venezolano para la producción y la comercialización de transgénicos u Organismos Modificados Genéticamente (OGM). En ese contexto, el Primer Mandatario "se comprometió a anular esos contratos" (Red de Acción en Alternativas al Uso de Agrotóxicos de Venezuela, 23.04.04, correo electrónico), una promesa que, según la fuente, fue confirmada en la edición Nº 189 de su programa radial televisado “Alo Presidente”,  cuando se refirió al hecho de que "en Venezuela [...] estamos poniendo la barrera respectiva a nivel nacional a los transgénicos, que le hacen mucho daño a la agricultura y sobre todo a la soberanía de nuestros pueblos" (Aló presidente Nº 189, 18.04.04).
La RAPAL-VE destacó que la carta de Vía Campesina entregada a Chávez, expresaba la preocupación sentida ante informaciones que aseguraban la existencia de un "acuerdo con Brasil para la siembra de soya transgénica de la empresa Transnacional Norteamericana Monsanto (soya transgénica Round-up-Monsanto) que pretende ser sembrada en la Mesa de Guanipa, Edo. Anzoáteguí” (Red de Acción en Alternativas al Uso de Agrotóxicos de Venezuela, Ibíd.). En dicha misiva, Rafael Alegría, secretario Operativo Internacional de Vía Campesina, denunciaba que "el proyecto pretendía llegar a una extensión de 100.000 hectáreas en el 2006 y entre los que impulsan el proyecto con varios millardos de bolívares se encuentra El Fondo Nacional para el Financiamiento de las Zonas Especiales de Desarrollo Sustentable” (Red de Acción en Alternativas al Uso de Agrotóxicos de Venezuela, Ibíd.).
Alegría le recordó a Chávez que "importantes redes y movimientos sociales libran una dura lucha contra los OGM por considerar que estos no solamente son dañinos para la salud de los pueblos sino que pretenden controlar la biodiversidad, desarticular las economías campesinas indígenas y apoderarse del conocimiento humano. Todo esto bajo el control de algunas multinacionales norteamericanas y europeas” (Red de Acción en Alternativas al Uso de Agrotóxicos de Venezuela, Ibíd.).
Además, advertía Vía Campesina en su carta que "un acuerdo de tal naturaleza desnaturaliza y pone en entredicho los postulados de emancipación y rescate de la diversidad cultural y productiva de los campesinos e indígenas venezolanos. La soberanía alimentaria es el camino y no la producción y comercialización de OGM" (Red de Acción en Alternativas al Uso de Agrotóxicos de Venezuela, Ibíd.)
Por su parte, RAPAL-VE calificó la disposición del Primer Mandatario a encarar la problemática de los OGM como "un gran avance en la lucha contra la imposición de transgénicos de parte de las corporaciones transnacionales, en particular, Monsanto" (Red de Acción en Alternativas al Uso de Agrotóxicos de Venezuela, Ibíd.). Sin embargo, recordó que el gobierno venezolano no sólo ha hecho contratos con Brasil: "en un acuerdo reciente con Argentina, el segundo productor de soya transgénica en el mundo, se propone intercambiar petróleo por productos agrícolas que incluyen la soya que sería transgénica. Se sospecha que en el proyecto 'Algodón' que recientemente impulsa el Ministerio de Agricultura y Tierra, haya intenciones de utilizar semillas transgénicas de Monsanto que, según fuentes confiables, ha realizado ensayos ilegales en el país con algodón transgénico. Maíz y soya provenientes de los Estados Unidos también son transgénicos. Además, desde hace 2 años yacen denuncias en la Fiscalía General de la República sobre la comercialización en el país de soya transgénica, 'carne' y 'leche' de soya transgénicas y maíz transgénico. Por tanto, se tiene que ir más lejos y debe plasmarse esta decisión en un decreto presidencial que prohíba la liberación al ambiente, la importación, la producción y la comercialización de los organismos modificados genéticamente y sus productos. Por otro lado, se debe promover la agricultura tropical auténticamente sustentable" (Red de Acción en Alternativas al Uso de Agrotóxicos de Venezuela, Ibíd.).
Lorna Haynes, coordinadora de RAPAL-VE recuerda a una fuente periodística que desde hace 4 años "venimos exigiendo al Ministerio del Ambiente una prohibición sobre OMG para que Venezuela sea libre de transgénicos [...] denunciamos a la ministra del Ambiente irregularidade gravísimas en la conformación de la Comisión Nacional de Bioseguridad y la ministra enseguida canceló su juramentación" (El Nacional, 27.04.04, pág. B/10).
Finalmente Haynes mostró su satisfacción por la aseveración presidencial e insistió en que todo lo que se haga en la lucha contra los OGM "es vital para la soberanía de la Nación y para defender el derecho de las generaciones actuales  y futuras a una alimentación y agricultura no transgénicas" (El Nacional, Ibíd.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
AN en deuda con reglamentación ambientalista sobre problemática de los desechos sólidos

Según Orlando Rivero, diputado del Movimiento Quinta República (MVR) presidente de la Subcomisión de Ambiente de la AN, en 2 meses podría aprobarse en 2º discusión la Ley Orgánica para la Disposición Final de Desechos Sólidos, que pasará a ser el marco legal para manejar la disposición de la basura, calificada a través de estudios recientes como el principal problema ambiental del país.
El legislador indicó que el documento se encuentra en el punto 14 de la agenda parlamentaria para ser discutido en un plazo no mayor de dos meses: "estamos solicitando una revisión especial y muy rápida para hacer un aporte que salió de la Asociación Nacional de Mancomunidades, el cual se basa en la creación de un fondo de inversiones exclusivo para la materia de proyectos, saneamientos y clausura de vertederos [...]con la idea de darle un tratamiento de Estado a la situación, debido a que el pasivo es tan grande que las municipalidades no tienen la capacidad de resolver de manera eficiente el problema".(Panorama, 23.04.04).
Por su parte, Diego Díaz, presidente de la organización ambientalista Vitalis, considera que " su aprobación es trascendental para marcar estrategias orientadas a organizar la disposición de la basura" (Panorama, 23.04.04). Aunque existen ordenanzas y reglamentos, Díaz destacó que "este sería el primero con rango de ley en ser aprobado. Investigaciones recientes señalan que en Venezuela se requieren unos 200 rellenos sanitarios y apenas uno de los instalados cumple con los requerimientos.
En palabras de Liduvina Valderrama, especialista en ecoeficiencia y gestión ambiental responsable 'la basura ha resultado ser el principal problema en los últimos tres años, por lo que resulta urgente la aplicación de una política de Estado que regule el manejo y aprovechamiento de los desechos'.
María Elisa Febres, especialista en derecho y desarrollo sustentable, indicó que la legislación ambiental del país es muy amplia, no obstante, la aplicación no es tan eficiente: 'El derecho que tenemos a un ambiente sano está consagrado como un derecho humano. Iniciativas jurídicas no faltan, pero su aplicación debe ser menos débil' (Panorama, 23.04.04).
Cabe señalar que en el área metropolitana de Caracas se generan unas 4.500 toneladas de basura diarias, mientras que en Venezuela la suma asciende a 18.600 toneladas diarias. Cada persona produce una media de un kilogramo de desechos por día. Un 43, 3% de los desperdicios se generan de las actividades domésticas, mientras que 23,5% se deriva de los comercios y empresas. Otro 10,4% corresponde a los mercados públicos, 10,6% a los parques y jardines y 1% del porcentaje sale de los hospitales.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Decreto de aumento salarial 2004: Se repiten violaciones a la LOT

Falta poco tiempo para que se cumpla el lapso que, por mandato constitucional, tienen el Estado para dar a conocer a los/as trabajadores/as el incremento del salario mínimo mensual que, en vísperas del 1º de mayo acostumbra a decretar el Ejecutivo Nacional. Lamentablemente, también se espera que la materialización de esta medida represente otra nueva ocasión en la que el Ejecutivo Nacional ignora lo estipulado en el artículo 167 de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT), que ordena al Ministerio del Trabajo (Mintra) “solicitar la opinión de las organizaciones de patronos y de trabajadores de la industria o rama correspondiente”, antes de “decidir el nombramiento de una Comisión de salarios mínimos”, así como también lo contemplado en los artículos 168, 169 y 170, que explican el procedimiento para la conformación de dichas comisiones (ver ediciones Nº 75, 91 y 116 de este servicio informativo en http://www.derechos.org.ve).
Respecto al monto del aumento esperado, sólo se ha pronunciado la Comisión de Desarrollo Social de la Asamblea Nacional (AN), la cual informó que esperaba reunirse esta semana para comenzar a "estudiar el nuevo aumento del salario mínimo nacional de los/as trabajadores/as del sector público y privado, el cual sería presentado como una propuesta al Ejecutivo con motivo del Día Internacional del Trabajador" (Globovisión, 20.04.04, http://www.globovision.com/economia/2004.04/20/salario/index.php).
Por el sector sindical, la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV) ha anunciado que su aspiración es a un aumento salarial por encima del 27%, en correspondencia a la tasa inflacionaria del año 2003, mientras que la Unión Nacional de Trabajadores (UNT) ha propuesto un 30% (Globovisión, 18.04.04, http://www.globovision.com/economia/2004.04/18/salariominimo/index.php).
Además, Provea espera que, al menos, no se repita en esta ocasión otro de los vicios arrastrados por los últimos 3 decretos presidenciales de aumento salarial, relativo a la exclusión de los/as trabajadores/as domésticos/as del aumento salarial (ver edición Nº 120 de este servicio informativo en http://www.derechos.org.ve). En este sentido, Provea condena la mora jurídica a la que la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia ha dejado caer el recurso de nulidad del artículo 10 del decreto de aumento salarial del año 2003 Nº 2387, introducido por Provea el 02.07.03. Cabe recordar que Provea impugnó ante dicha Sala del máximo tribunal este decreto por excluir a las/os trabajadoras/es domésticas/os (choferes particulares, camareros/as, cocineros/as, jardineros/as, niñeros/as, lavanderos/as y oficios afines) de la aplicación de un aumento del salario mínimo obligatorio general, vigente desde el 01.07.03. Aún cuando el Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa del TSJ, informó el 18.08.03 la admisión del recurso de nulidad interpuesto por Provea (ver edición Nº 124 de este servicio informativo en http://www.derechos.org.ve), se desconoce el estado actual del proceso jurídico así como también si el Juzgado de Sustanciación de la Sala Político Administrativa llevó a cabo las diligencias subsiguientes a
la admisión (remisión al Fiscal General de la República, a la Procuradora General de la República y a la Dirección General del Despacho de la Presidencia, de las copias certificadas del recurso de Provea por parte). De modo que la falta de un pronunciamiento del TSJ acerca de este caso ha dejado impune el daño causado a los/as trabajadores/as domésticos/as, a lo largo de la vigencia del decreto salarial impugnado.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Elementos para el debate sobre el derecho a un salario suficiente

A la expectativa de la promulgación del nuevo decreto de aumento salarial, distintas mediciones y estadísticas realizadas por encuestadoras y firmas privadas ayudan a calcular qué monto se ajustaría al concepto de "salario suficiente establecido en el artículo 91 de la Constitución.
Por ejemplo, de acuerdo con cifras del Instituto de Estudios Superiores Administrativos (IESA), sólo un 20% de los/as trabajadores/as se encuentra dentro del grupo de trabajadores con salario mínimo y un 42% percibe un salario por debajo del monto actualmente vigente del salario mínimo mensual (247.104 bolívares) (Globovisión, 18.04.04, http://www.globovision.com/economia/2004.04/18/salariominimo/index.php).
Vale recordar que el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), calculó la Canasta Alimentaria Normativa (CAN) para el mes de febrero en 303.813,96 bolívares y que el Centro de Documentación y Análisis Social (Cendas) de la Federación Venezolana de Maestros, señaló que para el mes de marzo el costo de la Canasta Alimentaria (CA) alcanzó los 467.418, bolívares mientras que la Canasta Básica Familiar (CBF), que comprende a la CA y a los gastos en bienes y servicios esenciales, alcanzó en marzo el 1.339.044 bolívares. Lo que revela que la capacidad adquisitiva de una familia promedio de 5 integrantes donde 2 de ellos/as perciban salario mínimo, se coloca en menos del 50% de la Cansta Básica Familiar (ver edición Nº 136 de este servicio informativo en http://www.derechos.org.ve).
El mismo IESA advierte que "entre 1978 y el 2003 el ingreso real del trabajador cayó en 70%, siendo el periodo más severo entre 1984 y 1990 cuando sufrió un bajón de 54%" (Globovisión, Ibíd.). También Datanálisis expone su examen sobre los indicadores socioeconómicos. Afirma la firma encuestadora privada que "en estos momentos la capacidad de compra del salario mínimo se redujo 16% en comparación con abril del año pasado y un 38% desde 1998. Pero la crisis en los ingresos familiares se agudiza si se toma en cuenta que desde el año 1998 el salario mínimo ha sufrido una pérdida acumulada de capacidad de compra de 38%" (El Universal,26.04.04, http://www.eluniversal.com/2004/04/26/26102A.shtml).
Datanálisis señala que la clase E representa al 38% de la población y que el ingreso promedio de una familia que vive en este estrato es de 315.000 bolívares, tomando en cuenta que en promedio trabajan 1,6 personas en el hogar. Estos ingresos no son suficientes nisiquiera para adquirir la CAN, en la que se cuentan los requerimientos mínimos nutricionales para una familia de 4,6 personas. Según Datanálisis, para el mes de abril el costo de la CAN será de 365.000 bolívares, es decir, que el ingreso de una familia de clase E con respecto a este indicador tiene un déficit de 15,8%. Por otro lado, para que un hogar de clase E pueda cubrir el costo de la canasta básica, los ingresos de estas familias tendrían que incrementarse un 290%, según la firma encuestadora.
En el caso de las familia de estrato D, que representan al 43% de la población, sus ingresos promedios, calculados en 695.000 bolívares mensuales, son suficientes para adquirir la CAN, "pero sería necesario aumentar un 30% sus ganancias para que pudieran comprar la cesta básica cuyo costo es de 902.000 bolívares" (El Universal, Ibíd.).
Datanálisis considera que "la conjunción de elementos como una tasa de desempleo de 18,5% para abril [según cifras privadas], una economía informal que arropa al 55% de los trabajadores, una reciente devaluación de 20% y una inflación en el año 2003 de 27,1%, han hecho que los aumentos salariales aprobados el pasado año, se hayan diluido rápidamente" (El Universal, Ibíd.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Sector informal incluido en mediciones del PIB

Con el fin de "adaptar sus sistemas de medición a la nueva realidad económica venezolana, que se comenzó a reflejar desde la década de los años 90 -y que se agravó con las crisis financieras y los fuertes rebotes inflacionarios de 1995 y 1996-" (El Nacional, 25.04.04, pág. A/20), el Banco Central de Venezuela (BCV) consideró necesario realizar el cálculo de la actividad económica que realizan aquellos trabajadores que se desempeñan en el sector informal. De modo que en sus evaluaciones macroeconómicas añadirá aquel sector de la población en edad económicamente activa que se desenvuelve en la informalidad laboral. Partiendo de este nuevo indicador, y a través de las encuestas de hogares, el BCV ha determinado que 52% de quienes se desempeñan en sociedades no constituidas (que incluyen a profesionales que ofrecen sus servicios de forma independiente, así como a los/as vendedores/as o prestadores/as de servicios que laboran en la calle, es decir, aquellos que trabajan en el sector informal), contribuyen con un 14,9% del Producto Interno Bruto (PIB).
El peso de la contribución en el PIB del sector informal es significativo cuando se comprende que el sector comercio contribuye con un 3,2% del PIB y la industria manufacturera apenas con un 1,7%, según cifras del ente emisor (El Nacional, Ibíd.).
Pedro Emilio Coll, integrante del Programa de Actualización de las Estimaciones Macroeconómicas del BCV agregó que "para tener una idea de la magnitud del desarrollo de las actividades económicas de las empresas no constituidas, el aporte del sector agrícola en términos generales es de 5%, mientras que el sector construcción contribuye con 7% [...] Además hemos logrado ser más precisos al medir la contribución del sector petrolero, porque mejoró la información a partir de la apertura petrolera de 1995. Para 1997 no aportaba 20,2% del producto interno bruto, como se divulgó, sino 18,7% [...] En el sector manufacturero, como en otros sectores, era necesario actualizar las estructuras de producción (sacar las empresas que desaparecieron e incorporar nuevas) y al hacerlo en nuestra nueva medición se redujo en 2% su aporte al PIB" (El Nacional, Ibíd.)
En el BCV determinaron, además, que dentro de todas las categorías contenidas en las sociedades no constituidas, quienes más aportan son los vendedores que producen bienes; es decir, los artesanos. "Pero la contribución más importante del sector informal es en términos de empleo. Al  determinar el valor agregado que se produce con la venta de sus bienes y servicios, tomando en cuenta los costos en que incurren y el ingreso que les queda, que resulta ser el excedente de explotación" (El Nacional, Ibíd.)
Finalmente, es necesario recordar que cifras del Instituto Nacional de Estadística (INE) revelaron que para el 1er trimestre de 2002 los trabajadores informales representaban el 49,6% de la fuerza de trabajo, pero en un año (segundo trimestre de 2003, que es el último indicador disponible en el INE) este porcentaje aumentó a 52,8% (ver
http://www.ine.gov.ve/ine/hogares/semestral/
ResumenEjecutivo0402S2003.htm o
edición Nº 136 de este servicio informativo en http://www.derechos.org.ve).

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Provea ante la discriminación por orientación política

A la luz del inicio de los procesos de recolección de firmas para los distintos referenda revocatorios, el Foro por la Vida señaló en un comunicado (Provea, 19.11.03, http://www.derechos.org.ve) que, dada la naturaleza pública de las firmas, era posible que el uso publicitario de las mismas -en el actual contexto de confrontación y polarización política- atentara contra los derechos de quienes decidieron respaldar una u otra opción o que se abstuvieron de hacerlo.
Desde entonces, múltiples y variados han sido, en efecto, los hechos que han provocado, o querido provocar, violaciones a otros derechos humanos de estos ciudadanos. 
En ese sentido, Provea le exige a los poderes públicos que ante la reciente publicación de estas firmas por parte de algunos medios de información masiva, que incluyen los cargos de los/as trabajadores/as firmantes, el peso que juegan en la administración pública y titulares y/o mensajes emplazando a las autoridades de la administración pública a despedir a estas personas de sus puestos de trabajo, arguyendo su posición política (Las Verdades de Miguel, 22.04.04, pág. 10); se abstengan de adoptar medidas que impliquen la vulneración del derecho a la no discriminación por orientación política, así como también, que ejecuten acciones preventivas contra posibles violaciones a los derechos humanos de quienes participaron en la recolección de firmas de los referenda revocatorios.

 

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Federación Campesina de Venezuela denuncia más asesinatos de líderes campesinos

Miguel Ulises Moreno, presidente de la Federación Campesina de Venezuela,  denunció en rueda de prensa que han asesinado a 120 dirigentes campesinos en todo el país.
Las últimas 3 víctimas aparecieron asesinadas en Guanarito, Edo. Portuguesa, "2 semanas después que el Instituto Nacional de Tierras (INTI), entregó un fundo a varios campesinos en el municipio Baralt, Edo. Zulia" (Aporrea, 28.04.04, http://www.aporrea.org/dameverbo.php?docid=16109),  Los líderess asesinados respondían a los nombres de José Israel RODRÍGUEZ (33), Leonel José RODRÍGUEZ (17) y Juan Bautista LIMA (31) y fueron hallados con 4 tiros en la cabeza cada uno.
Explicó Moreno que el sector en que aparecieron las víctimas es una "zona de conflicto por dotación de tierras, donde el Estado venezolano está promoviendo a través del INTI el otorgamiento de las cartas agrarias" (Aporrea, Ibíd.)
Agregó Moreno que los campesinos están siendo vilmente asesinados en actos de sicariato por recibir tierras por parte del Estado venezolano: "Nosotros presumimos que algunos de estos asesinatos los están cometiendo 'tierra-cogientes' que han acaparado grandes cantidades de tierras" (Aporrea, Ibíd.).
Recientemente
Ricaurte Leonett, presidente del INTI, explicó que este organismo constituyó una Unidad de Defensa de los Campesinos, con la que espera atacar la acción del sicariato, así como garantizar la defensa jurídica de los proceso abiertos por la entrega de Cartas Agrarias a favor del campesinado (ver edición Nº 136 de este servicio informativo en http://www.derechos.org.ve).
Moreno recordó que "hace mes y medio nos asesinaron a otros 2 líderes campesinos : Gerardo DÁVILA y Pedro DORIA (padre), a ellos los mataron los paramilitares colombianos, nosotros creemos que ellos tienen complicidad interna con venezolanos, porque ellos no pueden transitar libremente si alguien no les facilita el apoyo logístico para que tengan donde resguardarse y cómo trasladarse" (Aporrea, Ibíd.). Destacó también que hace 1 semana asesinaron a Jacinto MENDOZA frente a la Federación Campesina del Edo. Portuguesa: "las investigaciones aún no han culminado pero personas vinculadas a los trabajadores del campo indican que en esta oportunidad fueron algunos terratenientes descontentos" (Aporrea, Ibíd.).
Moreno precisó que "le están solicitando a las autoridades competentes que nombren una comisión especial para que investiguen en profundidad todos estos asesinatos y se llegue a esclarecer cada uno de ellos" (Aporrea, Ibíd.).
Finalmente, Moreno solicitó a la fiscal superior del Edo. Portuguesa, "que de una vez por toda se pronuncie sobre todos estos casos que han afectado a tantas familias campesinas y aún no han sido resueltos" (Ibíd.).

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Apuntes para el debate sobre el Reglamento de Castigos Disciplinarios Nº 6 aplicado en la FAN

Los recientes señalamientos dirigidos contra la aplicación del Reglamento de Castigos Disciplinarios Nº 6 al interior de la Fuerza Armada Nacional (FAN) dan cuenta, entre otros aspectos, de la naturaleza extemporánea de dicho instrumento disciplinario. Una fuente recuerda que el mismo se encuentra vigente desde el 31.01.49, fecha en que la Junta Militar de Gobierno la aprobó con la firma de Marcos Pérez Jiménez (Últimas Noticias, 18.04.04, pág. 29). El general retirado Enrique Prieto Silva subraya que "ese no es un reglamento, porque fue promulgado en el mandato de Marcos Pérez Jiménez y todo lo que salió de allí eran decretos-leyes. Ese instrumento no fue modificado por la Asamblea Nacional (AN), a la que le correspondía, en cambio, sí lo hizo el Ejecutivo, y fue publicado luego como reglamento. Es el único que existe y por el cual se rige la autoridad militar" (El Nacional, 16.04.04, pág. A/4).
El reglamento contiene 200 artículos, en los que se "especifican los tipos de falta (leve, mediana o grave), los justificativos, agravantes o atenuantes de una falta, la amplitud del castigo [...] y los tipos de castigos disciplinario. Las reprimendas van desde amonestaciones, advertencias, presentaciones, servicios especiales, arresto en 4 modalidades: simple, en cuadra, severo y en fortaleza; represión privada o pública, hasta la suspensión o anulación de jerarquía y el destino a una compañía disciplinaria" (Últimas Noticias, Ibíd.).  "En el Nº 155 se define el arresto severo [...] El castigado con esa medida no puede salir de la sala disciplinaria -donde no puede leer, fumar ni tener útiles de escritura- salvo por 'necesidades fisiológicas o por medida higiénica'. Si sale, debe hacerlo bajo vigilancia" (El Nacional, 18.04.04, pág. A/6). 
Uno de los aspectos más señalados en las fuentes periodísticas acerca de este reglamento es que colide con el artículo 44 de la Constitución, en el que se expresa que ninguna persona puede ser detenida o arrestada sin que medie una orden judicial: A este respecto, Ángel Bellorín, coronel activo del  Ejército y abogado, señala que "es ilegítima la privación de libertad sin la orden de un fiscal o un juez para un militar porque cometió una falta que ni siquiera es un delito [...] En el caso de que se comprueba la comisión de un delito eso debería determinarlo un tribunal y la justicia castrense debe proceder a la reclusión de ese militar en un lugar especial para ello" (Últimas Noticias, Ibíd.).
Por su parte, Alfredo Ruiz, Coordinador General de la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz, destacó que esta organización ha recibido no pocos casos de efectivos militares a quienes se les aplicó este reglamento, "en especial, los abusos se presentan en los rangos menores, entre soldados y reclutas. El problema radica en la impunidad y en la falta de transparencia de la justicia castrense. La justicia militar no debe ser secreta. Cuando se apruebe la nueva Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional (LOFAN) debe reflejarse un cambio de paradigma que implica que todo lo militar no debe ser secreto" (Últimas Noticias, 25.04.04, pág. 30).

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Apoye la campaña internacional contra la discriminación de la comunidad GLBT

Según informó la Asociación Internacional de Lesbianas y Gay (ILGA),
en el marco de su 60º sesión anual realizada en Ginebra entre el 15.03.04 y el 23.04.04, la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDHNU) decidió diferir la resolución sobre  Orientación Sexual y Derechos Humanos para la próxima sesión del año 2005.
Como se recordará dicha resolución fue presentada por Brasil en la sesión del año 2003 (ver edición Nº 115 de este servicio informativo en http://www.derechos.org.ve), en la cual su discusión fue postergada. "Si hubiese sido votada, habría sido la primera resolución de las Naciones Unidas en mencionar y condenar la discriminación por orientación sexual argumentándola como violación a los derechos humanos", señala la fuente (ILGA Internacional Lesbian and Gay Association, 20.04.04, http://www.ilga.org/news_results.asp?LanguageID=2&FileID=39&FileCategory=21&ZoneID=21).
El embajador Mike Smith, quien presidió esta 60º sesión, señaló que no hubo objeción ni oposición al requerimiento de Brasil realizado el 31.03.04 para consultar dicha resolución. "Sin embargo, no se realizó ninguna votación y no hubo discusiones. La mayor preocupación consistía que en caso de votación, la resolución hubiera sido derrotada o completamente retirada de la agenda de las Naciones Unidas" (ILGA Internacional Lesbian and Gay Association, 20.04.04, Ibíd.).
"Por primera vez en la historia, la mayor coalición de activistas Gays, Lesbianas, Bisexuales y Transexuales (GLBT) patrocinada por ILGA y otras organizaciones internacionales se presentó en las Naciones Unidas para dialogar con las delegaciones nacionales y asegurar que las voces de esta comunidad sean escuchadas. Esta postergación da a los activistas GLBT otro año para prepararse y luchar a fondo contra las fuerzas que se oponen a la resolución.
La petición de ILGA, que pudo reunir más de 45.000 firmas en apoyo a la resolución, permanecerá abierta hasta la próxima sesión en el año 2005. Para sumarse a esta iniciativa puede enviar por correo electrónico y/o fax, el siguiente modelo de carta al Ministerio de Relaciones Exteriores de su país en la que se solicita al gobierno nacional votar a favor de la Resolución:
“De nuestra consideración:
La Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, reunida en su 59ma sesión en Ginebra votará una resolución sobre "Derechos Humanos y Orientación Sexual", que ha sido presentada por Brasil. La Resolución apunta a reconocer la existencia de la discriminación fundada en la orientación sexual y proteger a las personas afectadas por ella.
Quisiéramos ver a nuestro país entre aquellos que votarán a favor de la Resolución. Al hacerlo, estaremos posicionándonos entre quienes adhieren a los valores que forman la base misma de la legislación internacional en derechos humanos: la dignidad y la justicia para
todas las personas, sin discriminación alguna.
Estaremos siguiendo las alternativas de la votación en Ginebra. Esperamos que la misma nos brinde la posibilidad de sentir orgullo de nuestro país.
Cordialmente,
(Nombre, organización, dirección)” (edición Nº 115 de este servicio informativo)
En este sentido, ILGA pidió oficialmente, este 16.04.04, al Grupo Latinoamericano y de El Caribe de las Naciones Unidas (Grulac) el co-patrocinio de la resolución brasileña.
ILGA destacó como un paso a favor de esta iniciativa el paso dado por Sergio Cerda, Ministro de Exteriores de Argentina que encabeza su delegación nacional en la Organización de Naciones Unidas (ONU), de invitar a los activistas GLBT a exponer sus preocupaciones por las violaciones de los derechos humanos basados en la orientación sexual y la identidad de género (ILGA Internacional Lesbian and Gay Association, 20.04.04, Ibíd.).
Provea no sólo se suscribe a la movilización iniciada por ILGA en el ámbito internacional a favor del derecho de las personas GLBT, sino que invita a los movimientos sociales y de los derechos humanos a sumarse a esta campaña. Para más información acerca de esta resolución, la puede consultar en la sección DOCUMENTOS de este servicio informativo.

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
La ONU votó a favor de la abolición definitiva de la pena de muerte en el mundo

En el marco de su 60º sesión anual realizada en Ginebra entre el el 15.03.04 y el 23.04.04, la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDHNU) pidió la abolición definitiva de la pena de muerte, aprobando una resolución de la Unión Europea (UE) por amplia mayoría (28 votos en favor, 20 en contra, entre los que se cuentan Estados Unidos, China, Arabia Saudita, Nigeria e India, y 5 abstenciones) (El Nacional, 21.04.04, http://www.el-nacional.com/#).
La resolución exige que todos los estados en los que está en vigor la pena de muerte la deroguen definitivamente y apliquen una moratoria de las ejecuciones. Además reclama que se limite progresivamente el número de infracciones sancionadas con la pena capital.
El texto ruega a los estados que recibieron una demanda de extradición de una persona condenada a muerte, que se reserven el derecho de rechazarla si no obtienen garantías de que no se aplicará la pena capital.
La resolución también pide que se inaplique la pena de muerte en los casos de menores de 18 años y de enfermos mentales.
La fuente, finalmente, cita cifras de Amnistía Internacional en las que se contabiliza un total de 1.146 penas de muertes aplicadas durante el año 2003, un 84% de éstas fueron registradas en China (al menos 726), Estados Unidos (65) y Vietnam (64). Actualmente, 78 países autorizan la pena capital en el mundo (El Nacional, 21.04.04, http://www.el-nacional.com/#).

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ARTÍCULOS
Son Derechos:
“Derecho a un salario suficiente”

”¿Qué tipo de obligación tiene el Estado con el salario mínimo mensual?
En su artículo 91, la Constitución consagra el derecho a un salario suficiente. Se define como tal al salario que permite a los/as trabajadores/as y a sus familias cubrir sus necesidades básicas y vivir con dignidad.
Por ello, cada año el Estado ajusta los salarios para proteger el poder adquisitivo de los impactos de la devaluación y de la inflación. Van 2 años que esto se hace sin la conformación de la Comisión Tripartita. Y hasta ahora, la demora en la convocatoria hace temer por la violación, nuevamente, del artículo 167 de la Ley Orgánica del Trabajo, que exige la participación del Ejecutivo, la organización sindical más representativa y al principal gremio de empleadores.
Para el nuevo aumento contemplado para este año, debe tomarse en cuenta que actualmente el valor de la Canasta Alimentaria (costo de los alimentos que cubren los requerimientos nutricionales) y el de la Canasta Básica (costo de los alimentos más los recursos para satisfacer otras necesidades básicas), están por encima del salario mínimo vigente. Además, el nuevo decreto de aumento deberá incluir a los/as trabajadores/as domésticos/as, que han sido excluidos de este beneficio desde hace 4 años" (Provea, 16.04.04, son@derechos.org.ve).


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ARTÍCULOS
Son Derechos:
¿Qué son derechos e intereses difusos?

“Son aquellos que generan obligaciones al Estado para con la sociedad y cuya satisfacción, protección y respeto debe amparar.
El derecho a la salud es uno de ellos y es catalogado por la Constitución como un derecho social fundamental. Con base a esta definición cualquier ciudadano/a puede exigirle al Ministerio de Salud o al Seguro Social, que garanticen una atención de salud adecuada y oportuna.
Cuando el Estado no es capaz de cumplir este compromiso, la Constitución facilita 2 vías para defenderlos: 1) la administrativa, exigiendo ante los entes de la administración pública nacional, estadal y municipal; y, 2) la jurisdiccional, presentando demandas ante los tribunales.
Precisamente, esta última fue negada por una decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, del 20.04.04. En la misma se ignora el carácter fundamental que la Constitución le otorga a estos derechos, considerándolos como simples aspiraciones o principios rectores de la política social estatal. De este modo se le impide a los/as ciudadanos/as defender judicialmente estos derechos.
Por esta razón, las organizaciones sociales y a los/as ciudadanos/as debemos rechazar esta interpretación regresiva de los derechos e intereses difusos" (Provea, 23.04.04, son@derechos.org.ve).

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NOVEDADES DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN TODOS LOS DERECHOS PARA TODOS
"Situación de los Derechos Humanos en el Estado Amazonas"

Autor: Oficina de Derechos Humanos del Vicariato Apostólico de Puerto Ayacucho
Año: 2003
Sinopsis: "La Oficina de Derechos Humanos este año retoma su publicación anual dedicada a la situación de los derechos humanos en el Estado Amazonas. El informe comprende el período Julio 2002 – Julio 2003. Observamos como la población sufre por la carencia de respuestas en cuanto a situaciones graves, como consecuencias de la minería ilegal, falta de servicios de salud, escasas oportunidades de educación básica y de educación superior en las comunidades, el deterioro del ambiente por la contaminación de aguas, suelo y aire" (centrodocumentacion@derechos.org.ve).

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NOVEDADES DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN TODOS LOS DERECHOS PARA TODOS
"El Estado frente a la protesta social, 1996-2002"

Autor: Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
Año: 2003
Sinopsis: "Junto con el crecimiento sostenido del desempleo y la pobreza, se multiplicaron la las organizaciones de desocupados que adoptaron distintas formas de reclamo y movilización. Los sucesivos gobiernos, lejos de adoptar políticas que permitan revertir la situación, profundizaron la exclusión y apilaron la emergencia con planes de asistencia social que se consolidaron como la moneda de cambio para controlar el descontento y desarticular temporalmente las protestas. Desde 1996 la criminalización judicial de las protesta social se ha concretado en miles de procesos penales al margen del derecho, con la única finalidad de de controlar ilícitamente la acción política en el campo popular" (centrodocumentacion@derechos.org.ve).

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NOVEDADES DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN TODOS LOS DERECHOS PARA TODOS
"Lazos visibles, senderos posibles. El impacto del Plan Colombia en la región Andina: realidades y desafíos para la Unión Europea"

Autor: Lourdes Castro García
Año: 2003
Sinopsis: "La conciencia de integración Andina es ajena de los ciudadanos de la región. Tampoco el sector empresarial, dominado por los mercados financieros internacionales, tiene una conciencia orientada hacia el desarrollo regional. El estudio también se asoma a los acuerdos de libre comercio y otorga un especial interés al Área de Libre Comercio (ALCA)" (centrodocumentacion@derechos.org.ve).

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NOVEDADES DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN TODOS LOS DERECHOS PARA TODOS
"Revista Interamericana de Educación de Adultos. Nº 3"

Autor: Centro de Cooperación de Regional para la Educación de Adultos en América Latina y El Caribe (CREFAL)
Año: 2003
Sinopsis: "Modelo de evaluación socioeducativa basada en la interpretación de la experiencia subjetiva de educadores y educadoras de jóvenes y adultos; La acción de la UNESCO, en América Latina y El Caribe, a favor de la educación de jóvenes y adultos" (centrodocumentacion@derechos.org.ve).

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NOVEDADES DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN TODOS LOS DERECHOS PARA TODOS
"Incidencia pública de las organizaciones civiles en México"

Autor: Consejo de Educación de Adultos de América Latina (CEAAL)
Año: 2002
Sinopsis: "En la imaginación social de muchas y muchos mexicanos el año 2000 representa un triunfo del movimiento ciudadano empeñado en avanzar hacia una sociedad más democrática e incluyente. Después de cuatro décadas de movimientos sociales que fueron construyendo ciudadanía y haciendo exigibles los derechos humanos, el cambio de partido en el gobierno, como fruto del respeto al voto, marca un momento para avanzar tanto en la democracia política a nivel de todo el país como para dirigir los esfuerzos sociales hacia una mejor distribución de la riqueza y el bienestar" centrodocumentacion@derechos.org.ve).

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DOCUMENTOS
Criterio de ACCSI en relación con la sentencia de la Sala Constitucional del TSJ, que declara no ha lugar Amparo contra el MSDSD y el IVSS para la dotación de los insumos a los hospitales

"En atención a la nota de prensa aparecida en la página web del TSJ y la noticia recogida en algunos medios de comunicación, referida a la decisión adoptada por la Sala Constitucional del Máximo Tribunal, mediante la cual se declara no ha lugar recurso de amparo intentado por la Federación Médica Venezolana, en contra de la entonces Ministra de Salud y el presidente del IVSS, por conducta omisiva en perjuicio de los intereses y derechos difusos de la ciudadanía y en particular del gremio médico, se hacen las siguientes consideraciones.
Se diferencia acerca de la competencia del Estado no sólo como ente político territorial, sino como una unidad política a la cual los ciudadanos mediante pacto social le otorgaron ciertas potestades. De igual manera se pronuncia acerca de las diferencias existentes entre derechos sociales o de tercera generación, señalándose que los mismos se encuentran en el orden de constitutivos de principios orientadores y que por lo tanto no están en la esfera subjetiva del ciudadano, razón por la cual a criterio de la Sala, no es posible la exigencia del cumplimiento de esta categoría de derechos vía amparo, indicándose que su única forma de control es a través del control político, es decir mediante el sufragio.
No se acompaña el criterio que exclusivamente el control pueda realizarse mediante la vía política, manifestada a través del sufragio, ya que el mismo texto constitucional del año 1999, incorpora de forma transversal la participación ciudadana de diversas formas, dentro de las cuales el sufragio es una de ellas, pero se extiende además al control de la gestión publica, a través de asambleas de ciudadanos. Por otra parte, pareciera entenderse que los únicos funcionarios responsables son aquellos que fueron elegidos, y que pudieren eventualmente ser objeto de la sanción política, pero obvia la responsabilidad de aquellos que no son elegidos o escogidos por medio del sufragio, como es el caso del Ministro(a) de salud y Presidente(a) del IVSS, en este caso. Adicionalmente existen responsabilidades derivadas de la aprobación presupuestaria, asignación y transferencia de recursos, que nada tienen que ver con su empleo dentro del contexto de la descentralización de la salud, siendo de exclusiva competencia del nivel central, ello sin obviar que dentro de la conflictividad política que afecta al país, eventualmente las efectivas transferencias de recursos se ven afectadas por esta situación. En cuanto a la participación de la sociedad civil organizada, esta es no es tomada en cuenta, ya que se obstaculiza o niega su participación en la toma de decisiones como en todo el proceso desde el diseño hasta su ejecución de las políticas sanitarias.
Sin perjuicio de lo antes señalado, la finalidad por la cual se acude a un centro de salud, no es buscar responsables, sino la prevención y/o restitución de la salud, como derecho humano fundamental que forma parte del derecho a la vida, por lo cual lejos de resolver la grave crisis de salud que afecta a todos los ciudadanos(as) del país, la decisión pareciera abogar a favor de proteger las responsabilidades administrativas, sin suministrar respuesta efectiva a favor de un hecho por demás conocido, como es la crisis hospitalaria que mantiene en terapia intensiva a la población, en especial la de menores recursos. Aunado a ello, y en relación con las responsabilidades descentralizadas que eventualmente pudieren estar involucradas dentro de este contexto de salud, cabe preguntarse donde queda la responsabilidad del Estado en aquellos centros no descentralizados, y en definitiva, la responsabilidad ineludible del estado como ente rector del sistema nacional de salud. La actual situación que atraviesan los centros de salud descentralizados son las mismas que aquellos que no lo están.
La exhortación que se realiza para la realización de reuniones por parte de representantes de la Defensoría del Pueblo con las autoridades del MSDS y del IVSS conjuntamente con las instancias estadales y municipales, pareciera no ser otra cosa que una estrategia distraccionista que la experiencia anterior ha demostrado su ineficacia, pero que excluye la participación ciudadana y comunitaria en estas deliberaciones.
Este tipo de decisiones, no permiten que nuestra población vea llenos los anaqueles de los medicamentos que sus hijos e hijas, padres y hermanos requieren, porque con exquisiteces jurídicas no se salva la vida de un paciente. El último responsable entonces será el ciudadano(a), por haber realizado una errónea escogencia de su autoridad dentro de su región" (Acción Ciudadana Contra el SIDA, 22.04.04, vcroquer@accsi.org.ve)

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DOCUMENTOS
Pidhdd:
“La deuda externa y su impacto en los derechos humanos”

"Los asistentes al Seminario internacional 'La Deuda Externa y su impacto en los Derechos Humanos', en el marco de la campaña 'El Impacto de la deuda externa en el Desarrollo Humano en el Perú' impulsada por la Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (Pidhdd) - Capítulo Perú; conjuntamente con la Red Jubileo Perú y la Mesa Deuda y Desarrollo, contando con la participación de representantes de los capítulos de la Pidhdd de Bolivia, Ecuador y Argentina; de las Redes Jubileo de Ecuador y Bolivia; y expertos internacionales de los mencionados países, bien como con la presencia del Profesor Fantu Cheru, de la American University de Washington D.C., Ex Experto Independiente de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas sobre los efectos de las políticas de ajuste estructural en el goce de los derechos económicos, sociales y culturales y con la presencia de más de 200 líderes sociales, señalamos:
- Reconociendo la importancia de analizar la situación de la deuda externa en la Región Andina y en el Mercosur, con el propósito de medir su impacto en el desarrollo humano y en el cumplimiento efectivo de las obligaciones derivadas del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales; la formulación de propuestas de desarrollo encaminadas a solucionar el problema de la deuda externa, e incorporar el debate de este tema en las agendas públicas de nuestros países, así como promover acciones y gestiones ciudadanas orientadas a enfrentar esta dura realidad;
- Conscientes de que la deuda externa es un problema global que afecta a todos los países en desarrollo por igual, limitando sus posibilidades de crecimiento y con una incidencia que limita la realización de los derechos consagrados en el Pacto Internacional de los derechos económicos, sociales y culturales, y cuyas secuelas se expresan en el deterioro de la calidad de vida de sus pobladores;
- Comprendiendo que este problema se ha convertido en un 'círculo vicioso' para las economías de nuestros países, haciendo que cada vez se destine un mayor porcentaje de nuestros recursos fiscales para el pago de las obligaciones derivadas del endeudamiento externo;
- Reiterando que los efectos de la deuda externa en términos económicos y, sobre todo, para la realización de los derechos económicos, sociales y culturales de nuestras poblaciones son graves, por cuanto los recursos que se utilizan para pagar el principal y los servicios de la misma, trae como consecuencia la imposibilidad de invertir en los programas sociales tendientes a cumplir con la realización de los derechos humanos, dando lugar a situaciones de frecuentes violaciones de estos derechos, afectando la dignidad de la personas y, con mayor incidencia, en aquellas de menos recursos por ser las más vulnerables de nuestras sociedades;
- Remarcando que el problema de la deuda externa es sistémico y está ligado a los ciclos económicos globales; siendo que actualmente se manifiesta en las emisiones de bonos, principalmente globales, que la hacen más onerosa, incentivando así la adquisición de nueva deuda que es utilizada para seguir pagando la anterior, financiar el déficit fiscal, el gasto corriente, entre otros;
- Recalcando que la problemática de la deuda externa se combina con nuevas prácticas de endeudamiento interno, que igualmente comprometen recursos públicos e in viabilizan el cumplimiento de los derechos económicos, sociales y culturales de los pueblos;
- Preocupados porque el Banco mundial ha perdido el sentido original para el cual fue creado, ya que su postura actual es más conservadora, aplicadora de los programas de ajuste estructural y no responde a las demandas de los países miembros, sino a intereses particulares de los bloques económicos más poderosos;
- Considerando la necesidad de iniciar procesos judiciales en tribunales nacionales e internacionales a efectos de obtener sentencias que impliquen a las autoridades públicas responsables de actos de corrupción en el manejo de negociaciones relacionadas con el endeudamiento externo de nuestros países, individualizar a los responsables y que califiquen dichas deudas como 'corruptas' y no generadoras de obligaciones a luz del derecho internacional;
- Concientes de que los gobiernos vienen adoptando prácticas que apuntan a maximizar el valor presente de la deuda externa en dirección contraría al legítimo interés de los pueblos de gozar de sus derechos humanos, merced a prácticas que institucionalizan procesos de negociaciones basadas en 'modelos de corrupción', como se evidencian en varias de las negociaciones realizadas en las últimas décadas por los gobiernos de la región;
- Reconociendo que en muchos casos la deuda externa es utilizada como instrumento político por los gobernantes frente a presiones económicas externas e internas;
- Recordando que la repercusión interna de todo este fenómeno en nuestros países tiene como denominador común el permanente circulo vicioso de nuevos endeudamientos, constante que es alimentada por los grupos de poder económico como formas de resistencia a procesos de auténticas reformas tributarias en las que primen los principios de equidad y progresividad en las acotaciones tributarias;
PROPONEMOS:
- Reconocer que el problema de la deuda externa es un problema político y por ello es necesario desarrollar una estrategia política;
- Seguir alentando una ciudadanía activa y vigilante en materia de deuda externa, desendeudamiento, lucha contra la pobreza, respeto a los derechos humanos y por el desarrollo sostenible. Para ello, se deben alentar los procesos de vigilancia, prevención y cuestionamiento de la deuda; plantear topes al endeudamiento en los que se respeten los derechos económicos, sociales, culturales y el desarrollo de los pueblos de la región, y que los recursos del desendeudamiento sean aplicados a la satisfacción y realización de todos los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales que ponen como prioridad la reducción de la pobreza y la promoción del desarrollo integral;
- Aportar a la construcción de nuevos indicadores que midan la sostenibilidad de las deudas externas, insistiendo por el análisis de factibilidad real de los proyectos de financiamiento. Evaluando si dichos proyectos podrán efectivamente generar desarrollo y no sólo represente un peso más a las economías de los pueblos;
- Rescatar la experiencia argentina y sus grandes esfuerzos por gestionar su economía fuera de los parámetros del programa de ajuste del FMI; así como, ver la vinculación de estrategias al respecto con Brasil para promover una estrategia continental frente al problema de la deuda externa, la cual debe ser apoyada por el conjunto de nuestros países;
- Diferenciar las deudas ilegítimas de las legítimas, a través de procesos transparentes, que cuenten con la participación de la sociedad civil. Además de impulsar la judicialización de las deudas ilícitas, ilegítimas y odiosas en vistas a su anulación y sanción a los responsables;
- Proponer a la Corte Interamericana de Derechos Humanos un pronunciamiento sobre la base de una solicitud de opinión consultiva, formulada por alguna de nuestras cancillerías, sobre los efectos de las políticas de ajuste y el pago de la deuda externa en el goce efectivo de los derechos humanos de nuestros pueblos;
- Desarrollar nuevas políticas económicas y financieras, que incluyan nuevas alternativas y nuevas instancias internacionales, tales como la creación de: (a) Un Banco Central Mundial que tenga autonomía en la toma de decisiones en materia de política monetaria mundial el mismo que esté supeditado a un sistema de gobierno democrático y equitativo por parte de los países; (b) Una Superintendencia Mundial de Bancos, una de cuyas tareas sería la de levantar el secreto bancario a nivel mundial, además de asegurar que los límites de crédito se encuentren dentro de parámetros internacionales justos; y (c) un código financiero internacional;
- Vigilar que la deuda privada no se transforme en deuda pública y poner un límite al pago del servicio de la deuda externa de acuerdo con nuevos indicadores económicos y sociales de sostenibilidad de la deuda externa. Para ello, es importante impulsar referendums en nuestros países para lograr incluir los topes de pago de la deuda en nuestras constituciones;
- Continuar con la labor de incidencia política de manera articulada entre los países de la región, orientada a un proceso de arbitraje justo y transparente de las deudas externas soberanas; mientras se establezca el mencionado código financiero internacional que regule los arbitrajes internacionales en esta materia;
- Desarrollar una estrategia regional con enfoque en los derechos humanos, donde jueguen un papel importante los organismos promotores y defensores de los derechos humanos. Articular las propuestas, por el desendeudamiento de los movimientos de la sociedad civil del norte y sur del continente;
- Enfocar estas propuestas dentro de la construcción de un nuevo orden económico mundial, con la característica de que los países tengan una representación justa en la toma de decisiones, entre otras, respecto de las agencias multilaterales de finanzas y comercio, que se encuentren dentro de la competencia del Consejo Económico y Social dependiente de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de conformidad con los artículos 57, 58, 60 y 63 de la Carta de las Naciones Unidas.
Lima, 12 de marzo del 2004" (Plataforma Peruana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo, 21.04.04, ppdhdd@cedal.org.pe).

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DOCUMENTOS
República Federativa de Brasil: Propuesta de resolución sobre "Derechos humanos y orientación sexual"

“La Comisión de Derechos Humanos,
Reafirmando lo establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra las Mujeres, la Convención Contra la Tortura y Otros Castigos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes, y la Convención sobre los Derechos del Niño,
- Recordando que el reconocimiento de la dignidad inherente y de la igualdad en cuanto a derechos inalienables para todos los miembros de la familia humana es la base de la libertad, la justicia y la paz mundial.
- Reafirmando que la Declaración Universal de Derechos Humanos sostiene el principio fundamental de la inadmisibilidad de la discriminación y proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y que toda persona tiene todos los
derechos y libertades en ella consagrados sin distinción alguna.
- Afirmando que la educación en derechos humanos es fundamental para cambiar actitudes y conductas y promover el respeto por la diversidad en la sociedad.
1. Expresa su profunda preocupación por la ocurrencia, en el mundo entero, de violaciones a los derechos humanos de las personas, fundadas en su orientación sexual.
2. Subraya que los derechos humanos y libertades fundamentales son derecho de nacimiento de todos los seres humanos, que la naturaleza universal de esos derechos y libertades está más allá de todo cuestionamiento y que la orientación sexual no debe de ninguna manera invocarse para impedir el disfrute de tales derechos y libertades.
3. Llama a todos los Estados a promover y proteger los derechos humanos de todas las personas, cualquiera sea su orientación sexual.
4. Observa la atención dedicada a las violaciones a los derechos humanos fundadas en la orientación sexuales por parte de los mecanismos especiales en sus informes ante la CDH, así como por parte de los organismos encargados de monitorear el cumplimiento de los
tratados, y alienta a todos los mecanismos especiales de la CDH para que, dentro del marco de sus respectivos mandatos, presten la debida atención al tema.
5. Requiere que el Alto Comisionado para los Derechos Humanos preste la debida atención a las violaciones a los derechos humanos fundadas en la orientación sexual.
6. Decide continuar considerando esta cuestión en su sesión septuagésima, bajo el mismo punto de agenda” (Centro Internacional de Investigación sobre Minorías Sexuales, 24.04.03, iglhrc@iglhrc.org).
 

El Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) es una organización no gubernamental especializada en la defensa y promoción de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), que tiene como fin la plena realización de los derechos humanos y el respeto al Estado de Derecho, en el marco de una sociedad democrática y participativa. Toda acción que Provea lleva a cabo busca beneficiar a las víctimas o potenciales víctimas a las que el Estado no les garantiza o les viola sus derechos humanos, propiciando su protagonismo y la concientización de sus derechos.
 

 
Tienda Honda a Puente Trinidad, edificio Centro Plaza Las Mer