Una lectura de la realidad venezolana
desde los derechos humanos

Boletín electrónico Nº 147
Del 0
5 al 18 de noviembre de 2004


1988/2004: Provea, 16 aÑos por los derechos sociales y contra la impunidad

CONTEXTO
* Provea exige justicia y llama a la unidad nacional en repudio al terrorismo
*
Provea demandó al Presidente Chávez por violar derecho de petición

DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 
* ACCSI logra admisión de amparos a favor del derecho a la salud
* CECODAP entrega a MSDS proyecto contra productos multimedia nocivos para niños, niñas y adolescentes
* Para la UNESCO el Estado venezolano avanza en garantizar el derecho a la educación
* Estado venezolano ratifica Protocolo de Kyoto
* Ejecutivo Nacional destina fondos para honrar deuda con pensionados del IVSS
* Logros de la
Ley Orgánica Procesal del Trabajo
*
Gobierno Nacional aplica nuevo ajuste de precios para productos alimenticios regulados
* Impacto del nuevo ajuste de precios de los productos regulados sobre el derecho a la alimentación 
* Industria farmacéutica venezolana contra el ALCA
* Propuestas y exigencias sobre el libre comercio y derechos humanos
 

DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
* Indicadores de la situación carcelaria nacional del OVP
* Defensoría del Pueblo acciona contra reglamentos de cuerpos policiales estadales
* Elecciones regionales, 2do. proceso electoral realizado en Venezuela durante 2004
* Del no-caso Bustillos al caso Molina
*
Instrumento de la CPI se discute en Asamblea Nacional
*
Propuestas y exigencias a los poderes públicos sobre los compromisos Internacionales en materia de derechos humanos      

ARTÍCULOS
* Son Derechos: “Jubilados/as de VIASA avanzan
* Fernando Fernández: "Muerte de las personas jurídicas" 


INVITACIONES A EVENTOS
* La Red Venezolana de Educación en y para los Derechos Humanos invita al foro: "Exclusión social y derechos humanos: los retos del momento en América Latina"
*
Premio en Derechos Humanos 2005 de la Academia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la American University  
* Actividades organizadas para conmemorar en noviembre el Mes de la No Violencia hacia la Mujer


NOVEDADES DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN TODOS LOS DERECHOS PARA TODOS
*
"Encender la esperanza I y II"
* "Temas de derechos humanos en debate"
* "Jurisprudencia sobre derechos de los pueblos indígenas en el sistema interamericano de protección"
* "La protección de la libertad de expresión en el sistema interamericano: manual" 
 
 
DOCUMENTOS
*
Declaración de la Red Iberoamericana de Defensorías de las Mujeres
* "Activistas latinoamericanos denunciamos las políticas y prácticas que se utilizan en las negociaciones de Tratados de Libre Comercio entre Estados Unidos y los países latinoamericanos"
* "Declaración Final del Seminario Internacional sobre los Derechos Humanos y las Maquilas"
* ACNUR: conclusiones ante el XX Aniversario de la Declaración de Cartagena


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CONTEXTO
Provea exige justicia y llama a la unidad nacional en repudio al terrorismo

Cuando el país parecía experimentar avances hacia un panorama más auspicioso para el diálogo y la consolidación de la paz, luego de una definición electoral sobre el mandato presidencial, tal como fue acordado en la Mesa de Negociación y Acuerdos en mayo de 2003, el atentado ocurrido ayer 18 de noviembre en el que fue asesinado el fiscal del Ministerio Público Danilo Anderson, parece estar orientado a obstaculizar tal posibilidad. La utilización de explosivos colocados en el vehículo del fiscal que investigaba algunos casos de relevancia política, aparentemente activados a distancia, hacen pensar que se trata de una actuación terrorista que maneja técnicas sofisticadas.
Ante estos hechos, una vez más Provea condena la violencia política y hace un llamado al pueblo venezolano y a sus representantes para que impidan que la misma se instale entre nosotros como forma para resolver los conflictos.
El camino para ello sigue siendo la justicia. Es fundamental que se realice una adecuada investigación que, respetando estrictamente los derechos de los imputados, determine quiénes son los responsables materiales e intelectuales y se adopte la sanción establecida en la ley para este grave delito. Si una vez más triunfa la impunidad, se estaría facilitando la profundización de una espiral de violencia, en la cual todo el país, y no sólo alguno de los bandos políticos perdería.
Provea le exige a todos los líderes políticos que no sólo condenen este atentado sino que den una lección de unidad nacional en torno al repudio del terrorismo como método político y su combate apegado a la letra de la ley y de la institucionalidad democrática.
Provea desea expresar sus condolencias a la familia y amistades del Fiscal Anderson, al Fiscal General de la República y a todos los miembros de esa institución. Finalmente, hace un llamado para que la comunidad vuelva a dar un ejemplo de templanza ante quienes atentan contra su decisión de vivir en paz y democracia (Provea, 19.11.04).


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CONTEXTO
Provea demandó al Presidente Chávez por violar derecho de petición


Provea se dirigió este 11.11.04 a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) con el objeto de interponer una Acción de Amparo Constitucional contra el Presidente Chávez a favor del derecho de petición. Esta sería la 5ta. ocasión que la organización de derechos humanos aplica esta estrategia jurídica ante el máximo tribunal en contra de altos funcionarios del Estado venezolano.
Basado en el artículo 51 de la Constitución, Provea introdujo ante la Sala Constitucional del TSJ una Acción de Amparo Constitucional, mediante la cual solicitó que se le ordene al Presidente de la República Hugo Chávez Frías dar respuesta a una petición de rectificación efectuada por Provea el 16.02.04 y ratificada el 30.08.04.
Como se recordará, en la edición No. 182 del programa “Alo Presidente”, transmitida el 15.02.04 por distintos medios televisivos y radiofónicos del Estado, el Presidente Chávez insinuó que varias organizaciones venezolanas de derechos humanos, entre ellas Provea, formaban parte de “una gran conspiración contra Venezuela”.
Marino Alvarado, Coordinador del Área de Defensa de Provea, recordó que Provea señaló en su momento que “es absolutamente falso que recibamos financiamiento del gobierno estadounidense u órgano alguno de dicho país, aún cuando insistimos en señalar que quien lo haga con fines lícitos no comete delito alguno. Tampoco participamos de estrategias contrarias a la profundización de la democracia”.
Explicó el vocero de Provea, que ante esta afirmación “el 16 de febrero, dirigió un derecho de petición a la Presidencia de la República, mediante el cual la organización le solicitó formalmente al ciudadano Presidente que procediera a rectificar la información que había sido agraviante para su labor de defensa de los derechos humanos. Dicha petición no fue respondida de manera oportuna y adecuada, por lo que insistimos con otra comunicación el pasado 30.08.04 que tampoco fue atendida”.
Es importante destacar que las opiniones emitidas por el Presidente en su programa causaron un daño a Provea. Recuerda Alvarado que “no sólo recibimos correos electrónicos insultantes y amenazantes, sino que sectores de comunidades populares con los cuales trabajamos y que tienen simpatía por el proyecto de gobierno, expresaron dudas sobre la transparencia del trabajo que realizamos”.
La medida implementada por Provea ante el TSJ busca fortalecer el derecho de petición como estrategia jurídica, dado el consecutivo irrespeto con el que los poderes públicos tratan las solicitudes de información, de respuestas y de audiencias efectuadas por ciudadanos u organizaciones sociales.
Al respecto, el vocero de la organización comentó que “esta no es la primera vez que nos dirigimos al TSJ por la violación de nuestro derecho de petición. En 2 ocasiones anteriores acusamos a distintos titulares del Ministerio de la Defensa (Raúl Salazar en 1999, para acceder al expediente de la masacre de Yumare y a José Luis Prieto en 2003 para acceder al Plan Ávila).
La 3ra. vez fue el año pasado contra Tobías Nóbrega, ministro de Finanzas, para conocer sobre el presunto uso indebido de fondos de pensionados y jubilados). Y en septiembre accionamos contra el Defensor del Pueblo por no brindar información solicitada para nuestro informe anual. De manera que con esta nueva acción, Provea vuelve a exigir al máximo tribunal que ordene a las instancias públicas el respeto al derecho de petición” (Provea, 11.11.04,
http://derechos.org.ve/actualidad/comunicados/notas_prensa_2004/np111104.pdf).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
ACCSI logra admisión de amparos a favor del derecho a la salud


La Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo admitió 5 demandas de amparo interpuestas el 01.10.04 por la organización de derechos humanos Acción Ciudadana contra el Sida (ACCSI) en contra de Jesús Querales, presidente del Instituto Nacional de Higiene Rafael Rangel (INH), por violación de los derechos de petición e información (El Universal, 10.11.04,
http://www.eluniversal.com/2004/11/10/ccs_art_10286H.shtml).
El pasado 19.07.04 ACCSI solicitó al Dr. Querales informar y expedir copia certificada del registro sanitario, así como la  respectiva certificación de su bioequivalencia, de los siguientes compuestos que distribuye el Estado para el tratamiento del VIH/SIDA:
Didanosina, Duovir, Zidovir, Lamivir, Estavudina, Lamivudina, Virodin, Vorostav, Virocomb, Viroz y Nevipan, elaborados por laboratorios cubanos y de la India (Acción Ciudadana contra el Sida, 08.11.04, accsi@accsi.org.ve).
Transcurrido el lapso legal para recibir contestación sin que ésta se produjera, la organización estimó que esto configuraba una violación de los artículos 51 y 143 constitucionales para obtener respuesta oportuna y adecuada. Ante esta situación, ACCSI presentó 8 recursos de amparo en contra del INH ante las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, por violación de los derechos de petición e información. Tres correspondieron a la Corte Primera y 5 a la Corte Segunda las cuales fueron aceptadas el pasado 08.11.04 (Acción Ciudadana contra el Sida, Ídem.).
Estimó la organización que la falta de contestación por parte del Dr. Querales, vulnera el derecho constitucional de petición e información en una triple dimensión: falta de respuesta dentro de los 20 días de presentada la petición; falta de respuesta al requerimiento y falta de acceso a la información pública, a lo cual agrega una cuarta implicación: "y es que en atención a la naturaleza de la petición y a las personas que viven con VIH/SIDA, a quienes representa ACCSI, existiría una violación a los derechos de este grupo, quienes serían las beneficiarias o perjudicadas por la respuesta" (Acción Ciudadana contra el Sida, Ídem.).
El magistrado Jesús David Rojas de la Corte Segunda determinó en su sentencia que los 5 amparos introducidos por ACCSI ante dicha instancia sean acumuladas, examinadas y decididas dentro de un único proceso, con el objeto de evitar que se dicten sentencias contradictorias en procesos semejantes y para permitir la economía procesal. En este mismo sentido, la decisión de la Corte Segunda señaló que conoce acerca de las otras 3 causas que cursan ante la Corte Primera, por lo cual requirió a ese órgano jurisdiccional remitir a la Corte Segunda las mismas, quedando igualmente acumuladas. En consecuencia, las 8 causas contentivas de las acciones de amparo que presentó ACCSI contra el INH, se tramitarán y decidirán en un único expediente y procedimiento (Acción Ciudadana contra el Sida, Ídem.).
Con estas acciones, ACCSI busca conocer si el INH ha cumplido a cabalidad con los requisitos para la expedición de los registros sanitarios y permisos de los medicamentos que se distribuyen para el tratamiento del VIH/SIDA, y que los productos farmacéuticos que conforman estas terapias antirretrovirales, responden a los requisitos de biodisponibilidad y bioequivalencia que garantizan su efectividad, ello en atención a las implicaciones referidas a los derechos a la salud y vida de las personas que requieren recibir estas terapias antirretrovirales, con la puntualidad y calidad que son necesarias.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
CECODAP entrega a MSDS proyecto contra productos multimedia nocivos para niños, niñas y adolescentes


El pasado 28.10.04, la organización de derechos humanos Centros Comunitarios de Aprendizaje (CECODAP) consignó ante el Ministerio de Salud y Desarrollo Social (MSDS), su proyecto de “Directrices sobre medidas de prevención contra juegos computarizados, electrónicos y cualesquiera multimedia e Internet nocivos para niños, niñas y adolescentes” (Centros Comunitarios de Aprendizaje, 05.11.04,. derechamos@cecodap.org.ve).
Estas directrices se constituyeron a los fines de avanzar en el establecimiento de una normativa para el ingreso al país, la producción y la venta de juegos computarizados, electrónicos o cualesquiera otra multimedia que se consideren nocivos para la salud o el desarrollo integral de los niños y adolescentes.
Entre los aspectos que contempla este proyecto, se puede señalar, por ejemplo, la necesidad de establecer una edad requerida para el uso, acceso, alquiler y compra de todos los juegos computarizados, electrónicos o multimedia, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 78 de la LOPNA.
A juicio de CECODAP, "el desarrollo y uso de las tecnologías de la información ejercen gran influencia en todos los ámbitos de la sociedad, siendo urgente y necesario que el Estado, las familias y la sociedad en general tomen conciencia de lo nocivo que resulta el uso inadecuado de la Internet. Así como algunos juegos computarizados, electrónicos o cualesquiera multimedia, cuyas imágenes son portadoras de información que transmiten mensajes explícitos, implícitos o subliminales que ocasionan una distorsión grave en el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes. Razón por la cual, es necesario implementar mecanismos de protección, con el objeto garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes el ejercicio y disfrute pleno y efectivo de su derecho a una información adecuada que sea acorde con su desarrollo integral" (Centros Comunitarios de Aprendizaje, Ídem.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Para la UNESCO el Estado venezolano avanza en garantizar el derecho a la educación

La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) presentó el más reciente Informe de Seguimiento de la Educación Para Todos (EPT) en el Mundo 2015, un trabajo basado en datos administrativos que los gobiernos suministraron al Instituto de Estadística de la UNESCO (IEU) sobre el año escolar 2001/2002.
En dicha investigación se afirma que "la calidad de la educación es insuficiente para lograr la Educación para Todos en 2015 La proporción de niños escolarizados a nivel mundial es hoy en día mayor que nunca. Sin embargo, muchos abandonan la escuela antes de llegar al quinto grado de primaria o finalizan sus estudios elementales sin dominar un mínimo de conocimientos" (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, 16.11.04,
http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ID=15006&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html).
Entre los datos que maneja el informe hay un conjunto de estadísticas de calidad garantizada que se han acopiado recurriendo a la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación, gracias a lo cual son comparables en la mayoría de los países. También se recurrió a otras muchas fuentes de datos, por ejemplo, las encuestas nacionales sobre las familias y algunos estudios encargados especialmente, a fin de enriquecer los análisis y detectar los cambios recientes de las políticas de educación de  los países, así como sus posibles repercusiones en la realización de los objetivos de la EPT.
Con el acopio de estos datos se logró en este informe determinar el Índice de Desarrollo de la Educación para Todos (IDE), el cual permite determinar en qué medida los países están alcanzando 4 objetivos del EPT: enseñanza primaria universal, paridad entre los sexos, alfabetización y calidad. Según el informe, varios países, incluidos algunos de los más pobres, han mejorado manifiestamente  sus niveles de consecución de la EPT en el periodo 1998-2001, "probando así que la pobreza no es un obstáculo insuperable para realizar progresos rápidos hacia el logro de la EPT" (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Ídem.).
UNESCO destacó que en la región de América Latina los progresos hacia el objetivo de calidad de la educación van rezagados. En este sentido, destaca una fuente periodística que, según este informe, "Venezuela se encuentra a medio camino para alcanzar los 4 objetivos mensurables del programa EPT" (El Universal, 09.11.04, http://noticias.eluniversal.com/2004/11/09/ten_art_09252D.shtml).
El informe colocó al país en un grupo de 14 naciones latinoamericanas que han logrado significativos avances en la EPT, siendo superado por otro grupo de países de la región cuyos logros los ubican cerca de conseguir los objetivos propuestos.
Subraya la investigación que Venezuela está entre los 10 primeros países de América Latina con mayor índice de alfabetización de adultos: "los datos de 2001 muestran que para entonces la taza de alfabetización de adultos en nuestro país era de 93,1%. Esta cifra, aunada a los logros en cuanto a la universalización de la educación primaria, a la paridad entre ambos sexos en la educación y a la mejora de la calidad de la enseñanza, hace que Venezuela comparta un concurrido quinto lugar en América Latina" (El Universal, Ídem.).
Según la fuente, para 2001 en Venezuela, "la tasa neta de escolarización que corresponde al número de alumnos matriculados en primaria alcanzó 92,4% de la población con edad para cursar los estudios de ese nivel. Se trata del 10mo. mejor registro en América Latina, siendo el promedio regional 96%. No obstante, el estudio precisa que, aunque el grado de participación en primaria es elevado en la mayoría de los países, no todos los niños que tienen acceso a este nivel de educación terminan sus estudios. Explica que el fenómeno se debe a los altos costos de la enseñanza, entornos escolares poco propicios o escasamente acogedores, la necesidad de aportar ingresos a sus familias y la escasa calidad de la educación impartida. En tal sentido, la tasa de supervivencia en el quinto grado, en Venezuela, fue de 96,3% en 2001, el segundo más alto de la región" (El Universal, Ídem.).
Otro dato que se señala en este estudio es que en nuestro país la tasa bruta de escolaridad para la secundaria fue de 68,5%, mientras que en la enseñanza superior apenas fue de 27,1%, 10mo. y 8vo. mejor registro de la región.
Sin embargo, el informe de la UNESCO advirtió que el Estado venezolano no aportó cifras sobre el monto de la inversión destinado al sector educativo (El Universal, Ídem.).
Puede consultar o descargar el resumen ejecutivo de este informe en la página web de la UNESCO: http://www.unesco.org/education/gmr_download/es_summary.pdf.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Estado venezolano ratifica Protocolo de Kyoto


Ana Elisa Osorio, titular del Ministerio de Ambiente y de los Recursos Naturales (MARN), anunció el pasado 03.11.04 que el gobierno venezolano ratificó el Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) sobre el Cambio Climático, tratado internacional establecido en 1997 como complemento de la Convención Marco sobre el Cambio Climático de 1992 que busca disminuir la emisión de gases con efecto invernadero entre el periodo 2008-2012.
La Ley Aprobatoria para este instrumento internacional fue sancionada por la AN el pasado 22.07.04 (Asamblea Nacional, 26.07.04, http://www.asambleanacional.gov.ve/ns2/leyes.asp?id=618), lo que representaba un paso preliminar para su definitiva ratificación por el Estado Venezolano.

La funcionaria recordó que
el objetivo principal de este marco jurídico "es lograr que para 2008-2012, los países desarrollados disminuyan sus emisiones de gases con efecto invernadero, en un 5% menos del nivel de emisiones de 1990" (Ministerio de Comunicación e Información, 04.11.04,
http://www.minci.gov.ve/noticia.asp?numn=3746).
Anunció Osorio que una de las primeras medidas a ejecutar por Venezuela siendo parte de este acuerdo será  "la creación de una oficina compuesta por varios despachos del Ejecutivo -incluido Ambiente-, como Energía y Minas, Planificación y Desarrollo, Agricultura y Tierras, Infraestructura, Petróleos de Venezuela [...] que deberá formular políticas públicas en el corto, mediano y largo plazo, que deberán ser asumidas tanto para la mitigación como para la reducción de emisiones" Ídem.).

La ministra recordó que el año pasado su despacho culminó el inventario nacional de gases efecto invernadero con un resultado "muy alentador" (Ministerio de Comunicación e Información, Ídem.).. Sostuvo Osorio que "aunque Venezuela es un país petrolero, la cantidad de emisiones de estos gases es relativamente baja y corresponde al 0,48% de todas las emisiones mundiales, mientras que dentro de América Latina, se encuentra en el cuarto lugar después de Brasil, México y Argentina" (Ministerio de Comunicación e Información, Ídem.).
Osorio "exhortó a los medios de comunicación de todo el país a colaborar con esta iniciativa en el sentido de difundir lo que significa el fenómeno del cambio climático y como influye negativamente sobre las especies animales y vegetales, así como, por el contrario, su control, redunda en beneficios. Asimismo,
Explicó la funcionaria que "las oscilaciones de temperatura entre el día y la noche se están reduciendo y ello perjudica la producción de leche, de frutas y en definitiva es un factor que se opone a la lucha contra la pobreza [...] los científicos han determinado que la temperatura global podría aumentar entre uno y tres grados centígrados a mediados del presente siglo a causa de la polución" (Ministerio de Comunicación e Información, Ídem.).
Vale la pena destacar que en el mes de octubre la Federación Rusa anunció la ratificación del Protocolo, un hecho relevante si se toma en cuenta que, junto con Estados Unidos, forman parte del grupo de países cuyo desarrollo industrial que mayor impacto provocan sobre la atmósfera. A propósito de esta decisión
, la ministra Osorio "felicitó al gobierno de Rusia por haberse adherido también al Protocolo de Kyoto, lo que posibilita la entrada en vigencia del tratado para el próximo año y consideró como negativo el hecho que Estados Unidos se niegue a ratificar este acuerdo" (Ministerio de Comunicación e Información, Ídem.).
Con relación a la adhesión de Venezuela al Protocolo de Kyoto, Diego Díaz Martín, presidente de la organización ambientalista venezolana Vitalis, manifestó que "ve con buenos ojos la inclusión de Venezuela en esta iniciativa mundial" (El Universal, 15.11.04,
http://noticias.eluniversal.com/2004/11/15/ten_art_15255C.shtml).
Díaz Martín aclaró que "el Protocolo no impone compromisos de reducción de gases a países en desarrollo como Venezuela pero, plantea herramientas de flexibilización para involucrar a este tipo de naciones en el logro del desarrollo sostenible, como lo es el mecanismo de producción limpia que les permite contribuir con otros países a la mitigación de las sustancias perjudiciales. Esto implica que Venezuela podría tener acceso a tecnologías y financiamiento para alcanzar mayor eficiencia energética que favorezca la producción limpia" (El Universal, Ídem.).
De acuerdo con Franklin Rojas Suárez, presidente de Conservación Internacional Venezuela, la adhesión del país al Protocolo de Kioto implica beneficios para los sectores energético y forestal. Explica que ello se debe a que es el único país de la OPEP signatario del documento que tiene capacidad para comercializar petróleo bajo en contaminantes.
Ello es posible gracias a que los bosques del territorio nacional permiten producir el hidrocarburo con bajas concentraciones de dióxido de carbono, y es precisamente la reducción de emanaciones de este gas uno de los compromisos vitales del protocolo. "Esto se traducirá en fuente de recursos económicos" (El Universal, Ídem.).
Según el Protocolo, los gases contaminantes cuyas emanaciones deben ser reducidas son dióxido de carbono, metano, óxido nitroso, hidrofluorocarbonos, perfluorocarbonos y hexafluoruro de azufre.

Conviene recordar que con la aprobación de este instrumento, el Estado venezolano acogerá una exigencia que Provea ha hecho desde la edición Nº 14 de su Informe Anual
sobre la situación de los derechos humanos en Venezuela (ver en :
http://www.derechos.org.ve/publicaciones/infanual/2001_02/derecho_amb_sano.htm).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Ejecutivo Nacional destina fondos para honrar deuda con pensionados del IVSS

Según Andrés Izarra, titular del Ministerio de Comunicación e Información, el Consejo de Ministros Nº 400, realizado el pasado 08.11.04, aprobó un crédito adicional  por 149.907.000 de bolívares para el  Ministerio del Trabajo (MINTRA) y el Instituto Venezolano del Seguro Social (IVSS), destinados a cubrir el monto restante de la deuda de los pensionados del IVSS desde el año 92 hasta el 2001 (Gobierno en Línea, 09.11.04,
http://www.gobiernoenlinea.ve/noticias/viewNewsUser01.jsp?id_noticia=25819). 


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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Logros de la
Ley Orgánica Procesal del Trabajo


Recientes datos ofrecidos por Omar Mora, presidente de la Sala Social y primer vicepresidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ),  acerca de la aplicación del procedimiento de los juicios laborales permiten revisar los alcances de
la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPT) a más de un año de su promulgación (14.08.03) (ver edición Nº 123 de este boletín electrónico en http://derechos.org.ve/actualidad/coyuntura/2003/coyuntura_123.htm#08).
Según el magistrado: "el 92,5% de los juicios laborales están siendo resueltos por la vía de la mediación con un juez especializado en medios alternos de resolución de conflictos" (El Universal, 11.11.04, http://www.eluniversal.com/2004/11/11/pol_art_11108D.shtml). 
Explicó Mora que "estamos resolviendo los casos en un promedio de 6 meses en primera, segunda instancia y casación, a diferencia de antes que se hacía en 8 años, y esos son los primeros resultados preliminares que se arrojan en este encuentro" (El Universal, Ídem.).
El magistrado aseguró que los procesos son inmediatos, rápidos y transparentes y también permitieron humanizar el proceso laboral. "Este es un servicio de justicia de primera categoría con rostro humano al servicio del ciudadano" (El Universal, Ídem.).
Recordó que antes de entrar en vigencia ese instrumento había 120.000 causas, de las cuales ya se han resuelto el 80%; y con el nuevo proceso han ingresado 110.000 causas y se han resuelto 94.000.
Además informó que la mayoría de los procesos corresponden a trabajadores del sector privado y se concentran en el Distrito Capital, Zulia, Puerto Ordaz y Barcelona.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Gobierno Nacional aplica nuevo ajuste de precios para productos alimenticios regulados

Mediante la Gaceta Oficial Nº 38.060 publicada el 08.11.04, el Ministerio de la Producción y el Comercio (MPC) informó sobre su decisión de aumentar el precio máximo de venta al público de 152 productos alimenticios declarados de primera necesidad por el Ejecutivo Nacional  que permanecían regulados desde el 05.02.03 (Tribunal Supremo de Justicia, 16.11.04,
http://www.tsj.gov.ve/gaceta/Noviembre/081104/081104-38060-00.html).
En la Gaceta Oficial se explica que la medida se acuerda "en el marco de la política de diálogo adelantada por el Ejecutivo Nacional [y luego de que fueran] oídas las observaciones de diversos sectores productivos y de los consumidores" (Tribunal Supremo de Justicia, ídem.). Sin embargo, la medida se ejecutó "pese a que la semana pasada [del 01 al 07.11.04] el ministro de la Producción, Wilmar Castro, dijo que no habría incremento" (El Nacional, 10.11.04,
http://www.el-nacional.com/Articulos/DetalleArticulo.asp?idSeccion=65&id=51761). 
Según fuentes periodísticas, "los incrementos aprobados por el Ejecutivo alcanzan en promedio 20% sobre los precios acordados en el último ajuste hecho el 15 de abril de este año" (El Universal, 10.11.04, http://www.eluniversal.com/2004/11/10/eco_art_10176A.shtml).  
Destaca la fuente que "este constituye el 3er. ajuste de precios de alimentos regulados en lo que va de año. El arroz, la harina de maíz precocida, la carne de res, el queso blanco duro, las caraotas negras, el azúcar refinado y el café tuvieron aumentos que promedian 20%. En el caso del arroz, en la Gaceta Oficial aparecen incrementos en los precios de los empaques de un kilo, y además se insertaron a la regulación las presentaciones de 900 gramos. En promedio el incremento de este rubro fue de 13,6%. Por ejemplo, la presentación de un kilo de arroz blanco de 2% granos partidos costaba 1.490 bolívares y fue aumentado a 1.605 bolívares. A principio de este año este mismo producto costaba 1.045 bolívares, lo que representa un alza de 53,5% en 11 meses [...] La harina de maíz precocida fue ajustada en 13,7% y pasó de costar 1.100 a 1.250 bolívares el kilo. Cabe recordar que las hallacas del año pasado se hicieron con harina precocida a 1.000 bolívares el kilo [...] Uno de los alimentos que ha presentado más distorsiones en su precio es la carne de res. En esta oportunidad el kilo de carne de primera fue aumentado de 7.500 bolívares a 7.888 bolívares, lo que representa un alza de 5,1% [...] Los cortes de segunda tuvieron un incremento de 26%, mientras que los cortes de tercera sufrieron un alza de 64,8%. Es extraño que el Gobierno Nacional aprobara estos incrementos tan dispares, y justamente enfocara el mayor aumento en los cortes que consumen las clases más populares del país, mientras que la carne de primera sufrió la menor alza" (El Universal, Ídem.).
Recuerda la fuente que "en el mes de abril se hizo un ajuste en los precios de la carne de res para tratar de equipararlos con los valores verdaderos que mostraba el mercado. Sin embargo, en aquella oportunidad, al igual que en ésta, los precios en Gaceta quedaron muy por debajo de lo que es la realidad. Desde hace varios meses las consumidoras que desean comprar un kilo de carne de primera deben pagar aproximadamente 10.000 bolívares" (El Universal, Ídem.). 
En otro orden de ideas, la Gaceta Oficial acota en su artículo 12, que todos los establecimientos comerciales que expenden alimentos básicos deben disponer de las presentaciones que están establecidas en la resolución. El incumplimiento injustificado de esta disposición generará sanciones. Sin embargo, señala un diario de circulación nacional que "las estanterías y vitrinas de los supermercados o mercados libres ofrecen precios mucho más elevados que los que aparecen en la Gaceta Oficial. Ni siquiera los 3 ajustes hechos al control de precios en lo que va de año han logrado compensar este diferencial" (El Universal, 11.11.04,
http://www.eluniversal.com/2004/11/11/eco_art_11182A.shtml).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Impacto del nuevo ajuste de precios de los productos regulados sobre el derecho a la alimentación 


Ante la medida gubernamental de ajustar por 3ra. vez los precios de 152 productos alimenticios regulados, Oscar Meza, presidente del Centro de Documentación y Análisis Social de la Federación Venezolana de Maestros (CENDAS), estimó que "actualmente los alimentos objetos de la regulación de precios muestran un sobreprecio real de 46,7% si se compara con los valores impuestos por el Gobierno [...] el ejemplo más emblemático de lo irreal de los precios regulados es el del queso blanco duro que debería venderse en 5.200 bolívares cuando en la realidad se consigue en 11.500, un sobreprecio de 112%" (El Universal, 10.11.04,
http://www.eluniversal.com/2004/11/10/eco_ava_10A506151.shtml).
Si embargo, el presidente del CENDAS,  no descarta que pueda darse un incremento especulativo, "es decir, que se repita el fenómeno que ha venido ocurriendo desde marzo de 2003 cuando entró en vigencia la regulación" (Tal Cual, 11.11.04, pág. 8).
Meza señaló "que se necesita cerca de 1.468.577 bolívares -sin contar ajustes de precios de alimentos o de transportes urbanos- para cubrir con todos los requerimientos básicos. De manera que para noviembre - y por el aumento en los alimentos y el que se espera para el transporte público urbano estimado en un 30%- se producirá un incremento importante. Este monto sólo puede ser costeado por 6,7% de la población" (Unión Radio, 10.11.04,
http://www.unionradio.com.ve/Noticias/Noticia.aspx?noticiaid=124812). Con respecto al indicador de la Canasta Alimentaria Familiar (CAM), Meza sostiene que cerrará en 600.000 bolívares (Tal Cual, Ídem.)
Conviene recordar que el
Índice de Precios al Consumidor (IPC) del área metropolitana de Caracas, por medio del cual el Banco Central de Venezuela (BCV) estima el comportamiento inflacionario de los precios, marcó una tasa de variación acumulada hasta el mes de octubre del 15,4% (ver edición Nº 146 de este boletín electrónico en http://derechos.org.ve/actualidad/coyuntura/2004/coyuntura_146.htm#13).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Industria farmacéutica venezolana contra el ALCA

En el marco del II Congreso Internacional de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) acerca del Área de Libre Comercio de Las Américas (ALCA), celebrado en Caracas durante la primera semana de noviembre, Héctor García, vicepresidente de la Cámara de la Industria Farmacéutica (CIFAR), se pronunció en contra de este tratado de libre comercio: "en las actuales negociaciones se perfilan dificultades para el acceso a los medicamentos y un atentado contra el derecho básico de la salud, al incluir a la propiedad intelectual y las patentes farmacéuticas entre los puntos, estableciéndose limitaciones adicionales a las ya existentes para la aparición y permanencia de medicamentos similares a bajos precios" (El Universal, 03.11.04,
http://www.eluniversal.com/2004/11/03/eco_art_03172A.shtml).
García enfatizó que la falta de acceso a los medicamentos constituye un problema social preocupante: "80% de la producción mundial de medicamentos se consume en los países ricos y cerca de un tercio de la población mundial -2.000 millones de seres humanos- carece de acceso a los medicamentos esenciales, tal como lo señala la Acción Internacional para la Salud" (El Universal, Ídem.).
Explicó que actualmente en la región se aplican las disposiciones de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en la que 151 socios aprobaron el Acuerdo sobre Derechos de propiedad intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), cuyos lineamientos son recogidos en la Decisión 486 de la CAN. Esas normas establecen flexibilidades para que los países ejerzan protecciones a la salud y, en particular, a promover el acceso a los medicamentos.
"Ahora tememos que la propiedad intelectual sea introducida como punto de honor dentro de las negociaciones bilaterales con la expresa intención de protecciones adicionales a las acordadas en el ADPIC, constituyéndose la tan criticada figura del ADPIC-Plus. Estos plus o agregados reducirían la capacidad de los Estados para fijar sus propias políticas en caso de emergencia, caducidad de patentes, posición dominante de mercado o precios excesivos del producto patentado. Adoptar tales medidas implicaría poner barreras adicionales a la competencia, incremento en los gastos de medicamentos y del acceso a ellos, así el debilitamiento de la CAN como mecanismo institucional" (El Universal, Ídem.).
Añadió García que "la posición del Gobierno venezolano es crítica frente a estos acuerdos bilaterales y muy clara en cuanto a la aplicación de todas las flexibilidades previstas en el ADPIC. Esta posición es compartida por gobiernos de otras naciones como Argentina y Brasil, mientras que los otros integrantes del grupo andino están tomando posiciones que retardan la firma de TLC, que comprometan el acceso a los medicamentos en la población" (El Universal, Ídem).
Respecto a este tema, se recomienda consultar la posición de un grupo de activistas latinoamericanos que actualmente llevan a cabo una Campaña Mundial Contra la Comercialización de la Salud y la Vida. Su documento declarativo puede leerse en la sección DOCUMENTOS de esta edición.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Propuestas y exigencias sobre el libre comercio y derechos humanos

- El Estado venezolano debe garantizar el carácter abierto, público y transparente de las negociaciones de integración económico comercial (incluyendo las negociaciones del Área de Libre Comercio de las Américas-ALCA, la OMC y los bilaterales), permitiendo el acceso ciudadano a la información sobre lo que se negocia, cómo se negocia y quién propone cada aspecto o elemento en la negociación.
- El Estado venezolano debe ratificar prioritariamente todos los instrumentos internacionales de protección y garantía de los derechos humanos antes de suscribir cualquier tratado de integración económica comercial; y en particular, debe suscribir sin dilación alguna el Protocolo de San Salvador, y tomar la iniciativa en la discusión de la Carta Social Americana,
garantizando la participación ciudadana en dicho proceso.
- El Estado venezolano debe solicitar ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos una opinión consultiva acerca del impacto del ALCA en los Derechos Humanos, así como de otros acuerdos de integración comercial o de los Planes de Ajuste Estructural (PAE), en tanto dinámicas basadas en la apertura de libre mercado.
- El Estado venezolano debe solicitar la realización de Audiencias extraordinarias en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para tratar el impacto del ALCA en cada uno de los DESC.
- El Estado venezolano debe garantizar el control social soberano de la política económica nacional, mediante la creación de espacios, medios e instrumentos de participación ciudadana en su formulación y decisión. En específico, debe garantizarse la participación ciudadana en la discusión, elaboración y formulación de las propuestas que lleven los negociadores ante las mesas de negociación de los acuerdos de integración comercial, particularmente en las de la OMC, ALCA y bilaterales.
- El Estado venezolano debe garantizar una política de información concreta para la discusión pública del ALCA. En específico, debe abrir espacios o canales de comunicación e información suficientes que permitan la democratización plena de la discusión y las propuestas respecto al
ALCA; así como impulsar una campaña masiva de información hacia la ciudadanía, garantizando financiamiento para las iniciativas informativas provenientes de las organizaciones sociales venezolanas. iniciativas informativas provenientes de las organizaciones sociales venezolanas.
- Deben fortalecerse, en la legislación y jurisprudencia nacionales, la funciones garantistas del estado social de derecho y de justicia, y garantizarse la preeminencia del derecho internacional de los derechos humanos por sobre el derecho internacional comercial (Provea, 08.11.04,
http://www.derechos.org.ve/publicaciones/infanual/2002_03/24exigencias.pdf).

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Indicadores de la situación carcelaria nacional del OVP
 
El Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP), notificó que durante los 3 trimestres del año 2004 y parte de noviembre han muerto asesinados 247 reclusos y han resultado heridos otros 536  en los 30 centros de reclusión que constituyen la red penitenciaria del país "como consecuencias del hacinamiento y la carencia de una vigilancia eficaz y efectiva" (Diario 2001, 11.11.04,
http://www.2001.com.ve/20041111/Sucesos/Sucesos1.asp?tp=8). 
Humberto Prado, coordinador general de la organización destacó que "es deplorable la situación de los reclusos. No se toman acciones útiles para facilitar la vida de 9.940 reos o procesados, que hacen vida común en 30 centros penales, 16 internados judiciales y otras dependencias que están bajo jurisdicción del Ministerio de Relaciones Interiores (MRI)" (Diario 2001, Ídem.).
Durante el 3er. trimestre de este año, se registró un incremento de 48 fallecidos con respecto al período anterior. Precisa el reporte de la OVP que entre enero y septiembre de este año, 120 presos fallecieron por armas de fuego y otros 59 por armas blancas (Así es la Noticia, 11.11.04, pág. 19).
Detalla Prado que "quienes por alguna razón caen en las cárceles venezolanas permanecen en un limbo judicial. Los fiscales del Ministerio Público (MP) deben atender numerosas acusaciones, lo cual va dejando un sedimento en los calabozos que se complementa con el excesivo trabajo de los jueces, quienes, a su vez, quedan limitados para prestarle atención a las necesarias sentencias" (Diario 2001, Ídem.).
Para el activista de derechos humanos los 1.172 extranjeros que permanecen en estos centros penitenciarios tienen mayor limitación "si no son atendidos por los cónsules, se les pone cuesta arriba contactar a los abogados que los defiendan" (Diario 2001, Ídem.).
Preocupa a la OVP que "el común de la población penal no tiene colchones, la alimentación es precaria, y los traslados a los tribunales son esporádicos. El MRI dispone de un presupuesto de 2.700 bolívares diarios para la comida de cada uno de los reclusos, y no son precisamente especialistas los que preparan el condumio. Quienes son ingresados a las cárceles del país por delitos menores, al poco tiempo regresan vinculados a delitos mayores" (Diario 2001, Ídem.).
Destaca en su reporte el OVP que "de todas estas dificultades y de otra más grave como el tráfico de narcótico y de armas, emanan los problemas que vienen dejando una estela de muertos en cada cárcel. Los chuzos carcelarios están siendo remplazados por armas de fuego y por granadas de mano, que los presos reciben de manos de quienes deben ejercer la vigilancia de los penales" (Diario 2001, Ídem.).
Prado señaló también que entre enero y marzo se registraron 59 muertos y 115 heridos. Entre abril y mayo 86 muertos y 157 heridos. Entre julio y septiembre 71 muertos y 206 heridos. En el mes de octubre 31 muertos y 58 heridos. En lo que va de este mes han asesinado a 8 reclusos y hay uno herido en riñas ocurridas en 3 centros penitenciarios del interior del país.
Observó Prado que el hacinamiento persiste en los centros penitenciarios. La población reclusa actualmente es cercana a los 20.000, entre penados y procesados, mientras que el cupo debe ser para 16.000. Este problema, además contribuye con la condición infrahumana que existe en estos centros (El Carabobeño, 11.11.04, pág. B/20).
Ante esta situación, Prado aboga por decretar una emergencia carcelaria como medida inmediata que debe implementar el Estado venezolano conjuntamente (El Carabobeño, Ídem.).
Concluyó Humberto Prado, director del OVP, al señalar que se cumple un año de la masacre ocurrida en la cárcel de Vista Hermosa, en Ciudad Bolívar, donde fueron ultimados 7 presos. Fueron sindicados un capitán de la Guardia Nacional, un teniente, dos sargentos y un distinguido, pero todos ellos gozan de libertad plena a raíz de una decisión judicial, sin embargo los acusadores apelaron a la primera sentencia, y el caso se encuentra ahora en el Tribunal Supremo de Justicia. Prado aseguró que el Observatorio Venezolano de Prisiones se mantendrá en el juicio para que no quede impune, como ya ocurrió con casos similares que se originaron en el retén La Planta y en otros centros de reclusión del país. (Diario 2001, Ibíd.).

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Defensoría del Pueblo acciona contra reglamentos de cuerpos policiales estadales

La Defensoría del Pueblo acudió a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para solicitar la eliminación de varios artículos contenidos en los reglamentos de los cuerpos policiales de los Edos. Trujillo, Aragua, Miranda, Amazonas y Mérida, por considerar que son inconstitucionales e ilegales y para "evitar la existencia de grupos paramilitares y exigir el respeto de los derechos humanos"(El Nacional, 14.11.04, pág. A/8).
La sala designó como ponentes en este caso a los magistrados Jesús Cabrera Romero, Pedro Rondón Haaz y Antonio García García, y a la magistrada Carmen Zuleta de Merchán.
"Paralelamente, la Defensoría exigió derogar el artículo 70 del Decreto-Ley de los Cuerpos de Bomberos y Administración de Emergencias Carácter Civil, al alegar que vulnera los principios constitucionales y de derechos humanos y por ser contrario a las normas existentes. Se espera que las acciones sean respondidas en los próximos meses" (El Nacional, Ídem.).

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Elecciones regionales, 2do. proceso electoral realizado en Venezuela durante 2004 

El pasado 31.10.04 se efectuaron en 22 entidades federales venezolanas y en el Distrito Capital las elecciones para gobernadores, alcaldes y diputados a los consejos municipales. Es el 2do. evento electoral que se efectúa en el país durante este año, luego del referendum revocartorio del mandato presidencial que se llevó a cabo el pasado 15.08.04.
Según la Junta Nacional Electoral del Consejo Electoral Nacional (CNE),  la abstención a escala nacional alcanzó el 54, 27 %, un "porcentaje similar a comicios anteriores de este tipo, lo cual indica que se mantuvo dentro de los márgenes históricos" (Consejo Nacional Electoral, 08.11.04, http://www.cne.gov.ve/notideta.asp?id=474).
Los comicios fueron observados por cerca de 100 observadores internacionales así como por casi 300 veedores nacionales de la organización Ojo Electoral autorizados por el CNE (El Universal, 31.10.04, http://www.eluniversal.com/2004/10/31/ereg_art_31111A.shtml). La mayoría de los veedores internacionales fueron individualidades provenientes de tribunales electorales, instituciones judiciales, legislativas y universidades de América Latina y España, así como los embajadores en Venezuela de Corea y Canadá.
En conjunto, los observadores internacionales presentaron una declaración mediante la cual mostraron "su satisfacción por el desarrollo de la Jornada Electoral, en la cual la ciudadanía venezolana se ha pronunciado en un clima de paz y serenidad, que permite pronosticar una consolidación de la cultura democrática de respeto a las reglas de la competición electoral" (Consejo Nacional Electoral, 08.11.04, http://www.cne.gov.ve/notideta.asp?id=471).
Igualmente, valoraron como positiva "las medidas introducidas por el Consejo Nacional Electoral y entre ellas, especialmente, la creación de un número significativo de mesas electorales, han contribuido a una mayor fluidez y efectividad en el ejercicio del derecho de voto" (Consejo Nacional Electoral, Ídem.). Subrayaron la necesidad de reforzar "los mecanismos de designación, acreditación y comunicación a los miembros de las mesas electorales, la capacitación de todo el proceso electoral y la más clara visualización de las opciones electorales en el momento de la votación" (Consejo Nacional Electoral, Ídem.).
Asimismo, calificaron el procedimiento electoral aplicado en los comicios regionales como satisfactorio respecto a las garantías "de fiabilidad, transparencia y rigor técnico [ofrecidas], asentadas sobre premisas que reducen al máximo las irregularidades y reflejan fielmente la voluntad de los votantes" (Consejo Nacional Electoral, Ídem.).
No obstante, y a pesar de que en general reinó la calma durante la jornada comicial, el Ministerio Público (MP) reportó 20 personas detenidas en todo el país: (1 en el Edo. Portuguesa; 2 en Caracas, Edo. Apure y Zulia; 3 en Bolívar y 10 en Aragua). Según la fuente oficial, a la mayoría de estas personas se les imputó delitos electorales: acreditación falsa como testigo de mesa, presunto sabotaje a máquinas de escrutinio, destrucción de material electoral, entre otros (Gobierno en Línea, 01.11.04, http://www.gobiernoenlinea.ve/noticias/viewNewsUser01.jsp?id_noticia=25346). 
Durante las jornadas electorales también se presentaron enfrentamientos entre grupos de distintas toldas políticas en el municipio Camatagua del Edo. Aragua, que prontamente fueron controlados por fuerzas de seguridad estatal sin daños materiales ni heridos de gravedad (El Aragüeño, 01.11.04, pág. 7). Episodios similares se repitieron el día siguiente de los comicios en la ciudad de Valencia, capital del Edo. Carabobo, con el agravante de saqueos focalizados y destrozos a un reciento educativo donde  estuvo un centro de votación. Los sucesos fueron provocados por presuntos seguidores de los sectores políticos que se medían en la contienda regional y se adjudicaban el triunfo antes del reporte oficial del CNE. Mas, sin embargo, no se reportaron heridos ni fallecidos (Últimas Noticias, 02.11.04,pág. 6).
Fuentes periodísticas también registraron hechos violentos sucedidos luego de la culminación del proceso comicial, específicamente en los municipios Cantaura y Mapire del Edo. Anzoátegui, donde se contabilizaron 6 heridos el día 01.11.04, durante manifestaciones de rechazo a la proclamación  del candidato electo (El Nacional, 02.11.04, pág. A/7).
El Edo. Delta Amacuro fue el único que reportó una muerte resultado del choque entre presuntos militantes políticos que supuestamente rechazaban la proclamación del alcalde electo en el municipio Casacoima (El Universal, 04.11.04, pág. 4/1). Según la misma fuente periodística, "también en Monagas, Anzoátegui y Táchira las autoridades debieron tomar acciones para controlar la situación".
Otro hecho preocupante con el que cerró el evento electoral fue el procedimiento de allanamiento efectuado en la madrugada del 01.11.04 en una hacienda donde se hallaba Eduardo Lapi, gobernador del Edo. Yaracuy hasta ese momento y candidato a la reelección, junto con su familia, por parte de efectivos de la Dirección de Inteligencia Militar (DIM) y de la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP), según reseñó una fuente periodística.
Relató Lapi que "durante el procedimiento revisaron documentos y objetos personales de toda mi familia, sin encontrar nada" (El Universal, 01.11.04, pág. 1/5).
Por su parte, la Asamblea Nacional (AN) decidió, por unanimidad, la constitución de una comisión especial para investigar las circunstancias de esta acción y "la actuación al margen de lo previsto en la ley, de fiscales del MP que no respetaron su fuero vigente y la obligación de solicitar un antejuicio de mérito mientras éste prevalezca, cuando allanaron su residencia particular en respuesta a una acusación previa en su contra", según detalló el parlamentario Juan José Caldera (Convergencia). 

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Del no-caso Bustillos al caso Molina

A una semana de que Miguel Ángel Nieto, director de medios del Bloque Democrático, denunciara la presunta detención del coronel retirado de la Aviación Silvino Bustillos, integrante de esta organización opositora, por parte de un grupo de funcionarios de la Dirección de Inteligencia Militar (DIM) el pasado 31.10.04, día de las elecciones regionales (El Nacional, 01.11.04, pág. B/14), el periodista Manuel Isidro Molina denunció en su columna "Pasando la hoja" publicada por el semanario La Razón en su edición del 07.11.04, "que el coronel Silvino Bustillos habría estado en los sótanos de la Dirección de Inteligencia Militar, donde fue supuestamente golpeado y habría muerto" (El Nacional, 12.11.04, pág. B/27).
El mismo día que se hizo pública esta noticia Jorge Luis García Carneiro, titular del Ministerio de la Defensa (MD), anunció en la emisora de televisión estatal Venezolana de Televisión (VTV) que en los registros de la DIM no aparecía la detención de Bustillos. No obstante, aseguró que tenía conocimiento de que 3 efectivos practicaron el 31.10.04 una persecución cuyo objetivo era el coronel retirado, un procedimiento que negó haber autorizado (Venezolana de Televisión, 17.11.04). En esa misma ocasión el ministro anunció la apertura de las investigaciones e invitó al periodista Molina y a cualquier otra persona que tuviera conocimiento de la presunta desaparición de Bustillos a que facilitara información al respecto.
Un día después García Carneiro informó que se entrevistó con el teniente de la Guardia Nacional (GN) Daniel Daniels Pérez, el efectivo que comandó el procedimiento que se llevó a cabo el 31.10.04 contra Bustillos, quien afirmó que junto con los oficiales de inteligencia de la GN Henry Carrizo y Pedro Velis Mendoza, participó en la persecución de Bustillos, pero que habían "abortado la misión y desmintieron haberlo capturado" (El Universal, 09.11.04,
http://www.eluniversal.com/2004/11/09/ccs_art_09298A.shtml).
El ministro señaló que solicitó a la Fiscalía Militar abrir una investigación penal al respecto y que el teniente Pérez quedaba a la orden de los tribunales militares (El Universal, Ídem.).
El 09.11.04 Guillermo Heredia, abogado de Bustillos, informó a los medios de comunicación que su representado "apareció vivo en Valencia, Carabobo, en horas de la noche, y en perfecto estado de salud" (El Universal, 10.11.04, http://www.eluniversal.com/2004/11/10/ccs_art_10292G.shtml).
La noticia disolvió la matriz de opinión formada alrededor de la denuncia hecha por Molina 3 días antes y que hizo eco en gran parte de los programas de opinión de medios televisivos y radiales privados y numerosos medios impresos que convirtieron esta denuncia en una realidad irrefutable. Igualmente provocó el cuestionamiento, por parte de algunos sectores de la opinión pública, de Molina y del rol del periodista en una sociedad democrática.
Por su parte, el comunicador aceptó que incurrió en “una sobrevaloración” de la fuente informativa que le facilitó la noticia de la presunta desaparición de Bustillos (El Nacional, Ibíd.). Por iniciativa propia Molina acudió el 11.11.04 a una reunión con el fiscal militar Eladio Aponte para hablar sobre el caso y le explicó la naturaleza del trabajo periodístico. Durante la reunión, el fiscal general militar le entregó al comunicador social la citación para que comparezca en calidad de imputado el próximo 19.11.04 por el delito de difamación e injuria de la Fuerza Armada Nacional (FAN), contemplado en el artículo 508 del Código Militar (El Nacional, Ibíd.).
Por su lado, Isaías Rodríguez, Fiscal General de la República, anunció que el Ministerio Público (MP) mantiene abierta la investigación sobre la presunta desaparición de Bustillos, pues aún no se ha determinado su paradero. Hasta la tarde del 11.11.04, los servicios de inteligencia de los organismos de seguridad del Estado que investigan el paradero de Bustillos no habían localizado la llamada que éste habría hecho el martes pasado a su hermana Ada en Valencia. En el rastreo telefónico tampoco han ubicado contactos adicionales que Bustillos pudiera haber hecho a otras personas. La búsqueda está concentrada en la región central del país, desde donde supuestamente llamó a su hermana.
Sin embargo, aún ahora el militar ligado a la disidencia castrense de Plaza Altamira ocurrida entre octubre de 2002 y noviembre de 2003, no se ha mostrado en los medios de comunicación, ni había indicado las razones que lo llevaron a permanecer de incógnito durante estos días.
Ante estos hechos, desde la perspectiva de los derechos humanos, es importante reiterar las observaciones que Provea ha hecho
sobre los límites y condicionantes de la jurisdicción penal militar dentro del marco de un Estado de derecho. Conviene recordar que la misma tiene un alcance restrictivo y excepcional y está encaminada a la protección de intereses jurídicos especiales, vinculados con las funciones que la ley asigna a las fuerzas militares. En ese sentido, está excluido del ámbito de la jurisdicción militar el juzgamiento de civiles.
Con la causa abierta por la Fiscalía Militar al periodista Molina, se suma otro referente negativo a la aplicación de la justicia militar en el país. En la edición Nº 146 de este boletín electrónico se reseñó que hay más de 120 civiles que están siendo juzgados en tribunales militares, una situación preocupante que Provea deplora (ver en
http://www.derechos.org.ve/actualidad/coyuntura/2004/coyuntura_146.htm#20).
En otro orden de ideas, es necesario destacar que ha sido señalado como moralmente cuestionable el manejo que los medios de comunicación hicieron de la especie informativa hecha pública por Molina. Todos los sectores políticos se conmocionaron ante lo que se presumía iba a ser el primer caso de desaparición forzada por razones políticas ocurrido en esta administración gubernamental. Y a la luz de la discusión parlamentaria del proyecto de ley de responsabilidad social de los medios de comunicación, que plantea medidas punitivas contre el ejercicio de la opinión, el peso emotivo de estos hechos favorece las posiciones que abogan por restringir o penalizar la información y la opinión. Desde esta óptica, el no-caso Bustillos/caso Molina no hizo más que enturbiar el debate y agudizar las posiciones extremas.


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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Instrumento de la CPI se discute en Asamblea Nacional


La Comisión Permanente de Política Exterior de la Asamblea Nacional (AN) ratificó para la segunda discusión el informe  del Proyecto de Ley Aprobatoria del Acuerdo sobre los Privilegios e Inmunidades de la Corte Penal Internacional (CPI), instrumento suscrito por el Estado venezolano ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU) el 16.07.03.
Según la fuente oficial, "el acuerdo fue analizado y discutido por las delegaciones asistentes de los países y como resultado de las negociaciones llevadas a cabo en la ONU" (Asamblea Nacional, 10.11.04,  http://www.asambleanacional.gov.ve/ns2/noticia.asp?numn=6176).
Este instrumento surge como consecuencia del Estatuto de Roma de la CPI, adoptado el 17.07.98, que estableció que dicha instancia tiene la facultad de ejercer competencia sobre personas respecto a los crímenes más graves de trascendencia internacional.
Un conjunto de 39 artículos conforman este acuerdo, cuyo objetivo es velar por los privilegios e inmunidades contemplados en el artículo 48 del Estatuto de Roma que consagra que la corte gozará, en su condición de ente con personalidad jurídica internacional en el territorio de cada Estado, parte de los privilegios e inmunidades que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
La ratificación de este acuerdo, por parte de Venezuela, indicará a la comunidad internacional el compromiso del país de adquirir las obligaciones emanadas en el texto suscrito, así como la disponibilidad plena de facilitar la actuación de la CPI a nivel nacional.
El Estado venezolano forma parte de la CPI desde el 07.06.00 (ver edición Nº 12 del Informe Anual de Provea sobre la situación de los derechos humanos en Venezuela Octubre 1999/Septiembre 2000, en http://derechos.org.ve/publicaciones/infanual/1999_00/gestiones_org_int.htm#04).

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DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
Propuestas y exigencias a los poderes públicos sobre los compromisos Internacionales en materia de derechos humanos

- Ratificar los siguientes instrumentos internacionales:
Del Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos:
i) El Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Adoptado por la Asamblea General de la ONU el 18.12.02, con la aprobación de Venezuela;
ii) La Convención Internacional para la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migrantes y sus Familias en vigor desde el 01.07.03;
iii) Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados; y
iv) El Convenio 183 de la OIT Sobre la Protección de la Maternidad (2000);
Del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos:
i) La Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad. Suscrita por Venezuela el 06.08.99; y
ii) El Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador). Suscrito por Venezuela el 27.01.89.
- Cumplir y respetar los convenios internacionales de la OIT.
- Ejecutar de manera expedita las sentencias de los tribunales regionales e internacionales y los dictámenes de las instancias cuasijurisdiccionales y jurisdiccionales de carácter regional e internacional, y promulgar una ley nacional que reglamente este procedimiento, según lo previsto en el artículo 31 de la Constitución.
- Atender y aprovechar las recomendaciones y observaciones hechas por las instancias cuasijurisdiccionales y jurisdiccionales de carácter regional e internacional, y promulgar una ley nacional que reglamente este procedimiento, según lo previsto en el artículo 31 de la Constitución.
- Difundir ampliamente los informes del Estado a los Comités de las Naciones Unidas y discutir sus contenidos, antes y después de las sesiones de estudio fijadas por los Comités. Dichos informes deben ser presentados de manera oportuna, mejorando además su proceso de elaboración, sus contenidos, y la composición y calidad de las misiones oficiales que los sustentan, en desarrollo de los parámetros internacionales.
- Atender y aprovechar las recomendaciones y observaciones hechas por los Comités de las Naciones Unidas, sobre los informes del Estado presentados ante dichas instancias, para la adecuación de su infraestructura y de su sistema de protección de derechos humanos.
- Difundir ampliamente los instrumentos internacionales de derechos humanos, así como las decisiones sobre Venezuela adoptadas por instancias internacionales, así como educar a los agentes del Estado en el respeto y observancia de los mismos.
- Informar a la opinión pública, nacional e internacional, de las medidas implementadas por el Estado venezolano para dar cumplimiento a las recomendaciones, formuladas a Venezuela por el Comité de Derecho Humanos de la ONU el 06.03.01.
- Adecuar las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia en materia de derechos humanos, para que respeten y garanticen el derecho al amparo internacional y, en general, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. (Provea, 08.11.04).
 

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ARTÍCULOS
Son Derechos: Jubilados/as de VIASA avanzan

"Las personas jubiladas de la empresa Venezolana Internacional de Aviación S. A. (VIASA), que fueron afectados/as en sus derechos a la seguridad social cuando fue privatizada en 1992, acaban de lograr un importante avance en las instancias regionales d e protección de los derechos humanos.
La Comisión Interamericana de los Derechos Humanos admitió su petición, presentada en septiembre de 2002, por el incumplimiento de Iberia, VIASA y BANDES de la sentencia de un tribunal que ordenaba el pago de las pensiones atrasadas y la restitución de la pensión de jubilación.
La perseverancia de las personas jubiladas de VIASA y de sus familias en la defensa de sus derechos es un ejemplo de lucha para los/as trabajadores/as del país.
La solución definitiva de este caso queda ahora en manos del Presidente de la República, quien afronta el reto de ser consistente en su reiterada preocupación y voluntad de atender los graves problemas que aquejan a los jubilados y pensionados del país.
En espera de que se haga justicia han fallecido 6 jubilados de VIASA ¿El Gobierno esperará que mueran más jubilados para cumplir con el mandato de esta acción de amparo?" (Provea,04.11.04, son@derechos.org.ve)
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ARTÍCULOS
Fernando Fernández: "Muerte de las personas jurídicas"

"En el Anteproyecto de Código Penal elaborado por el Dr. Alejandro Angulo Fontiveros y un destacado elenco de abogados, se prevé la disolución y cierre de las personas jurídicas, de 'cometer' estas, o sus representantes, cualquier delito.
El cierre total o la disolución de una persona jurídica equivale a una pena de muerte legal. El cierre temporal es un “matamiento” parcial. Lo mismo pasa con la suspensión de actividades.
Ese es el riesgo que correrían empresas, corporaciones de todo tipo, fundaciones ONG de toda naturaleza y fines, cooperativas, partidos políticos, clubes, sindicatos, el Estado, todas las instituciones públicas y privadas con personalidad jurídica y , en general cualquier estructura asociativa que se vea incursa en alguno de los casi 1.000 delitos o faltas que se han propuesto en dicho proyecto. Inclusive, si esa persona jurídica “difama” a cualquiera.
La dogmática penal establece como axioma la imposibilidad técnica de responsabilizar penalmente a una persona jurídica, dado que existe gracias a una ficción legal: carecen de vida humana y de voluntad, por lo que no podrían incurrir en un hecho punible de forma intencional.
De aprobar dicho proyecto, un juez penal podría disolver, clausurar o cerrar a una persona jurídica. Pero si se trata del Estado, el proyecto prevé excepciones, con lo que se crea una desigual injusticia, habida cuenta que es el mismo Estado el que administra justicia. En otras palabras, tal asimetría podría servir para clausurar, cerrar o disolver a todo, o casi todo, el sector privado y cualquier forma de asociación civil en Venezuela.
En mi opinión el único tipo de asociaciones que podrían ser clausuradas son aquellas falsas, de tipo ilícito y orientadas a actividades delictivas como el terrorismo y su financiamiento, el tráfico de drogas, de personas, de armas ilegales, de desechos peligrosos e ilegales, etc., las que, generalmente, son fachadas que persiguen burlar los controles legales, pero que se dedican a esas actividades ilegales. Ese es el límite fijado en Tratados Internacionales y el derecho penal codificado