Una lectura de la realidad venezolana
desde los derechos humanos

Boletín electrónico Nº 159
Del 30 de julio al 11 de agosto de 2005

 

CONTEXTO
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ONU lamentó que a 60 años del lanzamiento de las bombas atómicas contra Hiroshima y Nagasaki, el Tratado de No Proliferación Nuclear no ha entrado en vigor

DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES 

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Provea presenta nueva publicación dedicada al derecho a la seguridad social
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CTV consideró como una decisión inclusiva a la sentencia del TSJ a favor de la homologación de las jubilaciones
* Personas jubiladas y pensionadas de (CVG) Venalum sumaron otra victoria a la lucha por el derecho a la seguridad social
* MINTRA elabora modelo de incorporación del sector informal de la población económicamente activa
*
Líneas de acción de la política de planificación habitacional ejecutada por el Gobierno Nacional y nuevos cuestionamientos
* Nuevas reducciones a las tasas de interés para créditos hipotecarios amplían cobertura a favor de las personas con menos ingreso
* Organizaciones de derechos humanos denunciaron desabastecimiento de medicamentos para pacientes VIH/SIDA
* Distribución del ingreso e indicadores del derecho a la alimentación durante 1er. trimestre de 2005
*
Indicadores del derecho a la alimentación y al salario justo
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Especialistas cuestionaron indicadores oficiales del derecho a la alimentación y al salario justo del INE
* Indicadores del desempeño de la Misión Robinson hasta el mes de agosto
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Propuestas y exigencias de Provea a los poderes públicos sobre el derecho a la salud  

DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS
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Organizaciones de derechos humanos manifestaron preocupación al Ministerio Público por situación de deslegitimación y criminalización de organizaciones y activistas de derechos humanos
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Corte IDH extendió por 5qta. vez consecutiva las medidas provisionales a personal de COFAVIC
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Indicadores del derecho a la justicia del Ministerio Público
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Anzoátegui bajo observación parlamentaria por ejecuciones extrajudiciales
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Resultaron inconsistentes medidas a favor de la protección de familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales
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Familiares de víctimas de las violaciones de derechos humanos en el Edo. Guárico exigen debate parlamentario sobre el informe Manuitt
*
Comisión Especial para investigar las muertes, torturas y desapariciones de los años '60, '70 y '80 definió agenda de actividades
*
Propuestas y exigencias de Provea a los poderes públicos sobre el derecho a la integridad personal

ACTIVIDADES DE FORMACIÓN
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Social Watch & Dignity International: Curso de Capacitación sobre DESC para América Latina

ARTÍCULOS
* Son derechos: "Derechos recuperados"

NOVEDADES DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN TODOS LOS DERECHOS PARA TODOS
*
"Memoria del Primer Foro La vivienda Indígena en la Ciudad de México: retos y perspectivas"
* "Investigación de impacto en proyectos de desarrollo: una propuesta participativa"
* "
Cómo defendernos: carpeta para la promoción de los derechos humanos laborales"
* SUR: Revista Internacional de Derechos Humanos

 
DOCUMENTOS
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Carta de las organizaciones de derechos humanos al Ministerio Público
*
CEJIL valora el cumplimiento de compromisos asumidos por Venezuela en un caso de jubilados y pensionados
*
Encuentro Internacional de Derechos Humanos e Igualdad de Género de la Vía Campesina: "Declaración de Quisqueya"
 

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CONTEXTO
ONU lamentó que a 60 años del lanzamiento de las bombas atómicas contra Hiroshima y Nagasaki, el Tratado de No Proliferación Nuclear no ha entrado en vigor

C
on la renovación del llamado a la prohibición total de armas nucleares en el mundo, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) conmemoraron el LX Aniversario del lanzamiento de las bombas atómicas en las ciudades japonesas de Hiroshima y Nagasaki (Centro de Noticias ONU, 05.08.05,
http://www.un.org/spanish/News/daily/pdf/2005/05082005.pdf).

Del mismo modo, la ONU instó a todos los Estados a evitar la proliferación de dicho armamento y a refrendar sus compromisos con los acuerdos que pugnan por el principio de no proliferación.
El llamado fue hecho por Kofi Annan, Secretario General de la ONU, quien envió a la Ceremonia de Paz en Hiroshima un mensaje en el que reiterará que sin una acción concertada el mundo podría enfrentar una cascada de proliferación nuclear. El mensaje será pronunciado por Nobuyasu Abe, secretario general adjunto para Asuntos de Desarme.
Por su parte, Mohamed El-Baradei, director general del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), dijo hoy que “nadie que haya visto a las víctimas, en imágenes de cine o fotográficas del periodo posterior a la destrucción, al final de la Segunda Guerra Mundial, puede dejar de sentirse horrorizado por la devastación causada por el uso de armas nucleares” (Centro de Noticias ONU, Ídem.).
En un evento conmemorativo del 6 de agosto, El-Baradei recordó que el OIEA nació en un momento en el que las consecuencias e imágenes de Hiroshima y Nagasaki estaban aún frescas. Agregó que el trabajo del Organismo se ha centrado en establecer salvaguardas y sistemas de verificación para apoyar el Tratado de No Proliferación Nuclear (NPT) y otros acuerdos similares, además de garantizar que los beneficios de los usos pacíficos de la energía nuclear estén disponibles para quienes los necesiten.
Reconoció el titular del OIEA que la actual existencia de casi 30.000 ojivas nucleares hace que “un mundo sin armas nucleares [sea] una meta lejana” (Centro de Noticias ONU, Ídem.).
Subrayó El-Baradei que el NPT aún no entra en vigor, del mismo modo que no ha comenzado la negociación de un tratado global para la prohibición verificada de la producción de material para crear armas nucleares: “no podemos permitir que sesenta años borren en nuestra memoria lo devastadoras que son esas armas. La mejor protección contra las armas nucleares y la única manera de evitar una futura Hiroshima o Nagasaki es ponerle fin a todo el armamento nuclear” (Centro de Noticias ONU, Ídem.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Provea presenta nueva publicación dedicada al derecho a la seguridad social

Con el inicio de la década de los 80, se comienza a desarrollar un proceso mundial de implantación de políticas de ajuste estructural, impulsado por el Banco Mundial (BM), el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en las que priman las recetas de privatización de los servicios públicos, que alcanza también a la educación, la salud y a la seguridad social. Estas políticas imponen la reducción del papel del Estado y el consecuente recorte a la inversión social en áreas vitales para el desarrollo social como la salud, la educación y los servicios públicos esenciales. En el área de la seguridad social, se impulsa la restricción del acceso al derecho a la seguridad social universal y solidaria, producto de las exigencias de los sistemas de privatización total o mixta, que no logran resolver el problema de la cobertura de amplios sectores de la población, que continúan excluidos del sistema.
La destrucción de los Sistemas Públicos de Seguridad Social, para sustituirlos por modelos de corte privatizador, ha profundizado la desprotección social. Estas 2 últimas décadas, han significado un claro retroceso en la protección y garantía del derecho humano a la seguridad social. Esta situación motivó a Provea a sistematizar los principales elementos teórico-prácticos de este derecho humano en su más reciente publicación titulada “El derecho a la Seguridad Social. Marco Teórico-Metodológico Básico”,  perteneciente a la serie Aportes.
Con este texto, Provea pretende contribuir a fomentar en Venezuela una cultura de seguridad social, presentando una completa visión de la seguridad social desde una perspectiva de derechos humanos, que sirva para la consulta de sectores académicos y estudiantiles, y de formación y capacitación para los profesionales del derecho y activistas de organizaciones de derechos humanos, sociales y políticas, para que de esta manera puedan contribuir a la realización efectiva y universal de este primordial derecho humano.
A través de esta publicación, la persona interesada podrá acercarse a los principales conceptos y definiciones de la   seguridad social, conocer las bases normativas y alcances de este derecho, las obligaciones del Estado frente a este derecho, una caracterización de las violaciones al derecho a la seguridad social. Asimismo, se proponen un conjunto de indicadores para monitorear la situación de este derecho. Finalmente, se presentan en esta publicación 2 anexos, uno dedicado a presentar los antecedentes y la evolución histórica de la seguridad social, y otro con el listado de convenios internacionales de derechos humanos relacionados con el derecho a la seguridad social.
La presente publicación puede adquirirse a un precio de 15.000 bolívares en la sede de Provea (bulevar Panteón,  Tienda Honda a Puente Trinidad, edificio Centro Plaza las Mercedes, parroquia Altagracia, Caracas) o por los medios de contacto: 0212 862 53 33 o publicaciones@derechos.org.ve.
Igualmente, puede consultarse o descargarse en el sitio web de Provea:
DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
CTV consideró como una decisión inclusiva a la sentencia del TSJ a favor de la homologación de las jubilaciones


Fernando Barrientos, abogado especialista en seguridad social y asesor de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), explicó a un diario de circulación nacional que la sentencia de la Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del pasado 26.07.05, mediante la cual se obligó a la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV) a homologar las pensiones de todos sus jubilados (ver edición Nº 158 de este boletín en el sitio web de Provea: http://www.derechos.org.ve/actualidad/coyuntura/2005/coyuntura_158.htm#08), creó una jurisprudencia favorable a todas las personas jubiladas del país tras incluir textualmente el artículo 80 de la Constitución (El Nacional, 07.08.05, pág. A/16).
Según Barrientos, con la incorporación de este artículo de la Carta Magna (el cual ordena que las pensiones y jubilaciones otorgadas mediante el sistema de seguridad social no podrán ser inferiores al salario mínimo), en la ponencia del magistrado Luis Franceschi que constituyó el dictamen, “todos los jubilados del país son beneficiarios de cobrar una pensión que de ninguna manera podrá ser inferior al monto del salario mínimo” (El Nacional, Ídem.).
A juicio del especialista, “el fallo del TSJ  […] ‘no esperó a que la Asamblea Nacional (AN) legislara en torno al nuevo sistema de pensiones y jubilaciones’ y cambió radicalmente el panorama de la seguridad social en el país […] especialmente en las leyes referidas a pensiones y jubilaciones […] Esto significa que todo jubilado cuya pensión esté por debajo del ingreso mínimo –405.000 bolívares mensuales a partir del 01.05.05– se deberá homologar con este monto. Al basarse en la Constitución, la sentencia del TSJ también le da un carácter retroactivo –la Carta Magna fue aprobada el 30.12.99- a la homologación de las pensiones. La retroactividad a 1999 también abarca a los sobrevivientes. Al aplicar el principio de igualdad constitucional, todo sobreviviente de jubilado que cobre menos de 75% de la pensión –porción establecida en la decisión de la empresa telefónica- deberá ser elevado a ese porcentaje” (El Nacional, Ídem.).
El abogado comentó que la decisión de la Sala de Casación Social ampara a todos los trabajadores activos y pensionados que han cotizado al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales y a quienes –simultáneamente– son beneficiarios de regímenes complementarios o especiales de pensiones: “con el Seguro Social no hay problema, porque las pensiones se vienen homologando –mediante la ley al respecto de 1997– con el salario mínimo. La pensión de los jubilados del IVSS –actualmente 750.000 personas– aumenta cada año en la misma proporción del ingreso mínimo fijado por el Ejecutivo. Pero en Venezuela hay más de 1.000 regímenes de pensiones complementarios a las del seguro social, sistemas en los que los montos que cobran los jubilados son en muchos casos inferiores al salario mínimo. A estas personas deben igualarles los montos al salario mínimo. Ello implica, para el caso de quienes disfrutan de 2 pensiones (la del Seguro Social y la que se establezca en la empresa en la que laboró, por ejemplo) un monto a cobrar mensualmente por el orden de 810.000 bolívares” (El Nacional, Ídem.).
Aseguró Barrientos que “la dirigencia sindical ve con buenos ojos la orden de la Sala de Casación Social, debido a que satisface la aspiración de las federaciones de empleados y obreros públicos de homologar las pensiones de los regímenes de las instituciones del Estado que pagan a muchos de los jubilados montos muy bajos -entre 60.000 y 100.000 bolívares al mes– de allí que incluyeran cláusulas reivindicativas en los contratos colectivos” (El Nacional, Ídem.).
Añadió que “la sentencia del TSJ –además de los trabajadores activos y pensionados que cotizan al Seguro Social o que, simultáneamente son beneficiarios de regímenes complementarios de pensiones– ampara a las personas que no aportan a la seguridad social […] ‘La decisión del máximo tribunal establece que todos somos iguales ante la ley: no hay discriminación (diferencia) entre trabajadores activos y jubilados contributivos, pero tampoco se le puede negar al excluido social o no contributivo el tener una pensión por el mismo monto del salario mínimo” (El Nacional, Ídem.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Personas jubiladas y pensionadas de (CVG) Venalum sumaron otra victoria a la lucha por el derecho a la seguridad social

Según una fuente periodística, el juez Ramón Córdova, a cargo del Tribunal Superior del Trabajo Circunscripción Judicial del Edo. Bolívar, emitió el pasado 08.08.05, una sentencia declarando con lugar el amparo constitucional introducido en el mes de octubre de 2004 por la Asociación de Jubilados y Pensionados de la empresa estatal Corporación Venezolana de Guayana (CVG) Venalum, a través del cual solicitaba el ajuste y la homologación salarial de 273 personas jubiladas y pensionadas de dicha empresa (Correo del Caroní, 09.08.05,
http://www.correodelcaroni.com/index.php?option=com_content&task=view&id=5576&Itemid=114).
José de Jesús Díaz, apoderado de la asociación, informó que la sentencia que beneficia a los trabajadores pasivos de CVG Venalum, es extensiva a todos los pensionados y jubilados de las empresas básicas, ya que este fallo sienta jurisprudencia en esta materia: "primero, en el estado Bolívar, y por supuesto, que en toda Venezuela" (Correo del Caroní, Ídem.).
Recordó Díaz, que el 16.11.04 el Tribunal 1ro. de Juicio de Ciudad Guayana declaró con lugar el recurso de amparo a favor de la asociación “pero la empresa CVG Venalum se negó a dar cumplimiento voluntario a este fallo judicial, por lo que se solicitó que al mismo se le diera cumplimiento forzoso [No obstante] los asesores jurídicos de CVG Venalum apelaron esta sentencia […] con el propósito de retrasar el proceso, y con la intención de no darle cumplimiento a los derechos constitucionales y contractuales de este grupo de trabajadores pasivos de la empresa reductora de aluminio” (Correo del Caroní, Ídem.).
Acotó Díaz que a partir de la fecha del dictamen, "CVG Venalum debe estar apegada a derecho y darle fiel cumplimiento a esta sentencia. Asimismo, la empresa debe iniciar el ajuste correspondiente a cada jubilado y pensionado, tomando como referencia el aumento salarial del trabajador activo y el grado alcanzado por cada jubilado al momento de su jubilación sobre la base de su último sueldo devengado" (Correo del Caroní, Ídem.).
Finalmente, Díaz manifestó que celebra la decisión del juez Córdova, tomando en cuenta que "se trata de una acto de justicia social para con este grupo de trabajadores, al declarar sin lugar la apelación interpuesta por CVG Venalum, y declarar con lugar el amparo de los trabajadores pasivos de esta factoría [Además] esta decisión está en correspondencia con el artículo 27 de la Ley del Estatuto Sobre el Régimen de Jubilación y Pensiones [la cual] establece que "los aumentos salariales logrados por el trabajador activo se hacen extensivos a los trabajadores pasivos, es decir, a los pensionados y jubilados" (Correo del Caroní, Ídem.).
A parte de lo señalado por el apoderado de la organización gremial, Provea valora esta sentencia por corresponderse con lo estipulado por la Sala Social (Accidental) del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en su reciente fallo a favor de las personas jubiladas y pensionadas de la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV), gracias al cual se les restituyen sus derechos a la seguridad social a casi 7.600 extrabajadores/as de esta empresa privatizada por el Estado venezolano en la década de los 90 (ver edición Nº 158 de este boletín en el sitio web de Provea:
http://www.derechos.org.ve/actualidad/coyuntura/2005/coyuntura_158.htm#08).


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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
MINTRA elabora modelo de incorporación del sector informal de la población económicamente activa


Iván Espinoza, director de Seguridad Social del Ministerio del Trabajo (MINTRA), informó que tras la próxima aprobación del proyecto de ley del Régimen Prestacional de Pensiones y otras Asignaciones Económicas
(LRPPAE), el despacho al cual pertenece presentará un modelo de gestión para incorporar en el 2006, voluntaria y paulatinamente, a 4.5 millones de personas del sector informal al sistema de seguridad social (Gobierno en Línea, 09.08.05,
http://www.gobiernoenlinea.gob.ve/noticias/viewNewsUser01.jsp?id_noticia=38629).
Espinoza explicó que, mientras en la Asamblea Nacional (AN) se ultiman detalles para el sancionamiento de la LRPPAE (ver edición Nº 158 de este boletín en el sitio web de Provea:
http://www.derechos.org.ve/actualidad/coyuntura/2005/coyuntura_158.htm#09), el MINTRA elabora un modelo de gestión por medio del cual se aspira incluir a este sector. El funcionario comentó que en el mismo, se han identificado 2 grupos: el de los vendedores ambulantes (o buhoneros) y el de los conductores. Aunque también son considerados trabajadores informales ciertos tipos de artesanos, que son mucho más difíciles de agruparlos que los 2 anteriores (Gobierno en Línea, Ibíd.).
Explicó el funcionario que “en el caso de los conductores la Ley de Seguridad Social y su Reglamento permite que se incorporen, mediante sus organizaciones, al sistema establecido. Sin embargo, consideró que los mecanismos existentes no han sido los suficientemente efectivos para incorporar esta masa trabajadora. Calificó el proceso de incorporación como muy complejo, porque lo quieren hacer desde las posibilidades de la gente y no desde las instituciones” (Gobierno en Línea, Ídem.). En este sentido, aseguró que las autoridades del MINTRA se quieren reunir con los representantes de estos sectores para buscar un mecanismo que facilite su incorporación al sistema de seguridad social.
Espinoza adelantó que “específicamente el salario de referencia para las pensiones de este sector pudiera ser el sueldo base, porque no hay mecanismos para establecer cuánto gana el trabajador informal. En este caso, la cotización la pagaría completamente el trabajador y cotizaría bajo la referencia del salario mínimo que es 405.000 bolívares, es decir, 14% de ese monto, mensualmente” (Gobierno en Línea, Ídem.).
Señaló que con la incorporación a la Seguridad Social del sector informal de la población económicamente activa, se garantiza el derecho a la pensiones para sobreviviente, que se le paga a la viuda o viuda, u orfandad e igualmente, la pensión por incapacidad. Además, se garantiza el derecho a la salud gracias al acceso a la atención médica que brinda el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), especialmente en el caso de una enfermedad de tipo Terminal (Gobierno en Línea, Ídem.).
Otra fuente periodística observó que la propuesta de LRPPAE, que actualmente prepara la Comisión de Desarrollo Social de la AN, establece que los informales y trabajadores del hogar realizarán aportes para recibir una pensión. En el texto se indica que "los empleados no dependientes, las cooperativas y las personas dedicadas al trabajo del hogar se afiliarán al régimen prestacional ante la tesorera de Seguridad Social (cuando se conforme). Las contribuciones se realizarán durante los primeros 15 días de cada mes. En el caso de las personas que laboran en el hogar se especifica que si los familiares no tienen la capacidad de contribución suficiente podrán aportar una parte de la cotización y el Estado se encargaría de entregar el monto faltante" (El Universal, 19.08.05,
http://www.eluniversal.com/2005/08/10/eco_art_10204E.shtml).
Según detalló la misma fuente, “la propuesta señala que tanto para los trabajadores formales e informales la base contributiva para el cálculo de las cotizaciones tendrá como límite inferior 1salario mínimo urbano y como límite superior 10 salarios mínimos urbanos. Los parlamentarios podrán realizar ajustes para la opción a la pensión de vejez [...] se deja abierta la posibilidad de ajustar las edades. En una de las disposiciones del proyecto se indica que ‘a partir del sexto año contado luego de la entrada en vigencia de la Ley se aumentará en un año la edad y en 12 meses de cotización por año’” (El Universal, Ídem.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Líneas de acción de la política de planificación habitacional ejecutada por el Gobierno Nacional y nuevos cuestionamientos

En la edición Nº 230 de su programa televisivo y radial dominical Aló, Presidente, el Primer Mandatario Nacional Hugo Chávez Frías, anunció las 5 líneas de acción que definen la política de planificación habitacional ejecutada por el Gobierno Nacional. Según la fuente periodística, en total, en lo que resta del año, el Gobierno Nacional destinará a estas líneas de acción cerca de 6.9 billones de bolívares (Ministerio de Comunicación e Información, Ídem.).
La 1ra. de estas líneas es el Fondo de Ahorro Obligatorio (FAO) proveniente del debito de 1% del sueldo devengado por los trabajadores y el aporte de 2% por parte de los patronos. Explicó el Jefe de Estado que esta instancia de ahorro habitacional, se enriquece mensualmente con un aporte aproximado de 50 millardos de bolívares y las estimaciones calculadas para final del año, según el ritmo de recaudación, será de un billón de bolívares.  Actualmente, el FAO tiene disponible 600.000 millones de bolívares, lo que permitirá adquirir viviendas con un tasa preferencial que oscila entre 5,68% hasta un máximo de 11% de interés, manteniendo una línea de afiliación con 15 entidades bancarias en todo el país (Ministerio de Comunicación e Información, 01.08.05, http://www.mci.gov.ve/noticiasnuev.asp?numn=7239). Sin embargo, Julio Montes, titular del Ministerio de la Vivienda y el Hábitat (MVH), observó que “hasta la fecha […] sólo 157.000 empresas en todo el país se mantienen al día con esta obligación. En este punto, el presidente Chávez comisionó a la ministra del Trabajo, María Cristina Iglesias, con el apoyo de la Vicepresidencia Ejecutiva de la República, para conformar un grupo especial a fin de inspeccionar y garantizar que se cumpla con este requisito” (Ministerio de Comunicación e Información, Ídem.).
Montes explicó que este fondo sustituirá al Fondo Mutual Habitacional, “el cual sólo beneficiaba al 7% de la población [y cuyos recursos se usaban] para comprar viviendas en el mercado secundario, únicamente para aquellas familias que tenían un ingreso promedio de más de un 1.600.000 bolívares (Agencia Bolivariana de Noticias, 31.07.05,
http://www.abn.info.ve/go_news5.php?articulo=14098&lee=19).
La 2da. línea de acción señalada por el presidente Chávez Frías está definida como “Cierre de Ciclos y Nuevos Pueblos”, y se refiere al desarrollo y conclusión de los planes de viviendas y complejos urbanísticos ya planificados. Para esta línea, están destinados 2.5 billones de bolívares para la culminación de 75.000 soluciones habitacionales dentro de la meta trazada para este año (Ministerio de Comunicación e Información, Ibíd.).
La 3ra. línea corresponde al plan de Sustitución de Ranchos por Viviendas (SUVI), al que están destinados 1.4 millones de bolívares adicionales.
La 4ta. línea de acción de la planificación habitacional gubernamental corresponde al plan de nuevos ejes de desarrollo, “ejemplificada en la experiencia de los ejes Guarenas-Guatire y Vargas” (Ministerio de Comunicación e Información, Ibíd.). Mientras que la 5ta. línea de distribución de los recursos asignados para solventar el problema habitacional, es el plan de transformación de barrios, al cual se dirigieron 395 millardos de bolívares.
No obstante, el Primer Mandatario acompañó estos anuncios con expresiones de inconformidad por el ritmo que actualmente lleva la gestión de su gobierno en materia de vivienda: "estoy sumamente inconforme con mi gobierno en este tema” (Correo del Carona, 01.08.05,
http://www.correodelcaroni.com/index.php?option=com_content&task=view&id=4779&Itemid=149). Chávez advirtió que la burocracia es “una amenaza […]Voy a esperar un tiempito. A esa velocidad no nos sirve el proyecto. Espero que se sienten y recapaciten” (El Nacional, 01.08.05, pág. A/4). Añadió que  se han destinado 6.9 billones de bolívares para varios proyectos “pero preocupa el problema de la ejecución. En diciembre haremos un balance para ver cuánto se ejecutó y con qué calidad” (Panorama, 01.08.05, http://www.panodi.com/).
Esta es la 2da. ocasión en que el presidente manifiesta
públicamente su preocupación por la velocidad con que su gobierno está intentando cumplir la meta de construcción de vivienda para este año (ver edición Nº 156 de este boletín en el sitio web de Provea:
http://www.derechos.org.ve/actualidad/coyuntura/2005/coyuntura_156.htm#07), la cual, según el ministro Montes es de 120.000 soluciones habitacionales, “pero que sólo han avanzado en la edificación de 35.000” (Panorama, Ídem.).
Las razones del descontento del primer mandatario fueron corroboradas por Miguel Chacón, presidente de la Cámara de la Construcción, quien aseguró que el número manejado por este gremio de viviendas terminadas en lo que va de año se corresponde con el facilitado por el Gobierno Nacional, es decir, 10.000 (El Nacional, 02.08.05, pág. A/18).
En este sentido, Chacón le dan la razón al presidente y consideran que, al ritmo en que el Estado aborda la tarea de resolver el problema habitacional, no se podrá alcanzar la meta asignada para este año: “a ese ritmo el déficit de vivienda se cubrirá en 30 años, por eso hemos insistido en que el sector privado debe colaborar para construir entre 100.000 y 150.000 viviendas al año y resolver esta crisis en menos de 15 años” (El Nacional, Ídem.).
De acuerdo con la fuente periodística, “la información extraoficial que manejan los constructores, no se podrán terminar más de 40.000 unidades de vivienda a finales de 2005 […] El gremio le aseguró al Ejecutivo que cada año 110.000 familias comienzan a buscar viviendas y el déficit habitacional es de 1.5 millones de viviendas en este momento, así que la única manera de resolver el problema en menos de 15 años es cubrir ese crecimiento vegetativo, es decir construir más de 110.000 viviendas por años” (El Nacional, Ídem.).


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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Nuevas reducciones a las tasas de interés para créditos hipotecarios amplían cobertura a favor de las personas con menos ingreso


D
e acuerdo con una fuente periodística, el Ministerio de la Vivienda y el Hábitat (MVH) ajustó a 7,74% y 5,16% las tasas sociales para los créditos hipotecarios de las personas cuyos ingresos son menores a 1.610.000 de bolívares (El Universal, 10.08.05,
http://www.eluniversal.com/2005/08/10/eco_art_10204A.shtml).
Adelantó la fuente que para los grupos que ganen hasta 28 Unidades Tributarias (UT) (823.000 bolívares), la tasa de interés bajó de 5,68% a 5,16%, y para quienes devenguen entre 28 y 55 UT (823.000 bolívares y 1.610.000 de bolívares, respectivamente) la tasa social pasó de 8,52% a 7,74%. Agregó que, de acuerdo a lo previsto en las leyes de protección al deudor hipotecario y régimen de vivienda, cada 6 meses se tienen que revisar las tasas” (El Universal, Ídem.).
Recordó la fuente que la semana pasada el despacho publicó en la Gaceta Oficial Nº 38.242 del 03.08.05 el 1er. ajuste de 1 punto, con lo cual la tasa pasó de 11,36% a 10,32%. En esta oportunidad el MVH diferenció las tasas para los préstamos por la Ley de Vivienda y créditos que se otorgan por medio de la cartera obligatoria de la banca (gaveta hipotecaria).
Para la 1ra. modalidad de financiamiento el interés será 10,32% y para el 2do. tipo la tasa estará en 10,89%. Las personas que se benefician de esos intereses serán las de ingresos por encima de 55 UT (1.610.000 millones de bolívares).
Aseguró la fuente que próximamente el MVH publicará los otros intereses sociales que serán ajustados según los niveles de ingresos. El próximo ajuste que registrarán las tasas a 5,16% y 7,74% será solamente para los créditos que se otorgan con recursos del Fondo de Aportes del Sector Público (presupuesto ordinario) y del Fondo de Ahorro Obligatorio (mecanismo que recibe los aportes de trabajadores y patronos), ambos mecanismos previstos en la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda (LRPV).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Organizaciones de derechos humanos denunciaron desabastecimiento de medicamentos para pacientes VIH/SIDA

Se encuentra nuevamente en situación de indefensión el sector de la población que depende del otorgamiento hecho por el Ministerio de Salud y Desarrollo Social (MSDS) de medicamentos para el tratamiento antirretroviral.
“Esta situación no es nueva para los 15.000 pacientes con VIH/SIDA en el país” (Últimas Noticias, 11.08.05, pág. 6), Francisco Reyna, vocero de la organización venezolana de derechos humanos Acción Solidaria, informó que desde el año 2003 hay crisis por escasez de medicamentos en febrero, julio y agosto, y octubre y noviembre, como resultado de la ineficiencia en los trámites burocráticos.
Mauricio Gutiérrez, también de Acción Solidaria, agregó que “en los últimos 9 días hemos entregado antirretrovirales a 91 personas […] estamos cubriendo la responsabilidad del Estado […] Pero no podrán seguir haciéndolo por mucho tiempo, porque sus reservas, producto de donaciones, ya se están agotando” (Últimas Noticias, Ídem.).
Por su parte, Alberto Nieves, vocero de la organización Acción Ciudadana Contra el SIDA (ACCSI), señaló que “el acceso al tratamiento no está funcionando. No es regular. Es mentira cuando el ministro de Salud, Francisco Armada, dice que garantiza la salud” (Últimas Noticias, Ídem.).
De acuerdo con la fuente periodística, “fuentes vinculadas con el despacho de Salud confirmaron que esta nueva ola desabastecimiento obedece a que el ministro Armada ‘olvidó’ firmar hace un mes el punto de cuenta para adquirir los antirretrovirales y hasta el pasado martes no lo había aprobado aún. 6.000 pacientes que consumen AZT y 3TC se encuentran sin tratamiento. Tampoco hay existencia de Kaletra, Videx, Stocring y Convivir […] Las ONG también denunciaron que en el país no hay reactivos para las pruebas de carga viral y linfocitos CD4”. 
Eduardo Franco, de la Fundación Manos Amigas por la Vida de Carabobo, comentó que en el mes de julio suministraron antirretrovirales a 217 pacientes de esa entidad, de los cuales 160 son niños seropositivos. Destacó que en Carabobo tampoco hay pruebas confirmatorias para el VIH: “los medicamentos para las enfermedades oportunistas llegan hasta un mes después. La gente fallece porque llegan demasiado tarde” (Últimas Noticias, Ídem.).
Señaló la fuente periodística que en el Edo. Zulia no hay pruebas virales, CD4, tampoco Kaletra, Videx, Combivir y Storcring desde hace 6 meses.
Por su parte, Jesús Medina, de Activa Aragua, reportó que en julio no llegaron los medicamentos para los mil 300 pacientes de esa entidad.
Hasta ahora, afirmó la fuente, “los portadores de VIH del país aún no han recibido respuesta del Ministerio de Salud”.

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Distribución del ingreso e indicadores del derecho a la alimentación durante 1er. trimestre de 2005

Según la encuesta Ómnibus, aplicada por la encuestadora privada Datanálisis durante el 1er. trimestre de 2005, la demanda de alimentos se incrementó en 9% con respecto al mismo período de 2004 (El Universal, 31.07.05, pág. 2/1).
A juicio de Luis Vicente León, director de Datanálisis, este aumento en el consumo de alimentos ocurre en un contexto “cuya distribución del ingreso entre los venezolanos no ha variado significativamente: el 53% de los ingresos del país se reparten entre el 20% más rico de la población. Por su parte, el 20% más pobre sólo recibe el 4% de la riqueza nacional […] si evaluamos la situación del 60% más pobre de la población se nota que este grupo sólo recibe el 25% del ingreso nacional […] El estrato más rico, es decir, la clase A-B, está compuesto por el 3% de la población. La clase C, lo que tradicionalmente se ha dado en llamar ‘clase media’, está formada por el 16% de la población. Por otra parte, en el estrato D se ubica el 37% de los venezolanos, y en la clase E se encuentra el 44% de la población. Cabe destacar que en estos grupos se encuentran quienes viven en pobreza moderada y extrema” (El Universal, Ídem).
Para León el aumento en el consumo durante los 3 primeros meses de 2005, estuvo impulsado principalmente por el incremento de la liquidez en el mercado. Sin embargo, "por el solo hecho de que haya aumentado el consumo, no significa que el venezolano esté bien alimentado, pues seguimos con problemas de nutrición entre la población. Los cambios básicos que se han registrado en la dieta se deben a la recuperación económica, al incremento de la liquidez y al mayor gasto público, pero estos cambios no parece que respondan a la aplicación de una política alimentaria bien coordinada" (El Universal, Ídem.).
Aseguró León que en lo que va de 2005 se observa que muchas familias señalan haber añadido un alimento a su plato principal: "en 2004 el plato principal de los venezolanos se componía de 3 alimentos, y en 2005 pasó a formarse con 4 alimentos […] El 34,5% de los consultados en 2004 manifestaron reducir el consumo de algún alimento en comparación con el año 2003; sin embargo, en el presente año sólo 29,2% hizo la misma afirmación […] Esto no significa que sea una cifra buena, o resulte un alivio, porque hay que notar que casi 30% de la población se ha visto en la necesidad de reducir su ingesta de algún producto " (El Universal, Ídem.).
León señaló que "el incremento viene en cantidad y diversidad de productos que se incorporan en la cesta, aun cuando sigue habiendo desfase entre el consumo de alimentos deseable y el consumo real del venezolano" (El Universal, Ídem.).
Apuntó la fuente periodística que los alimentos más consumidos por el mercado nacional son arroz, arepa, pollo, pasta, carne, sardinas, atún, granos, vegetales, plátano y pan: "Lo que más se incrementó fue la ingesta de granos. En 2004 el 10,4% de los encuestados manifestaba consumir granos como parte de su plato principal, pero para este año ese indicador subió hasta 33% […] En el caso del pescado, el año pasado el 2,5% de los consultados manifestaba consumir pescado como uno de los alimentos primordiales de su dieta, pero en 2005 subió hasta 13,1%. Las menciones al consumo de vegetales subieron de 1,9% hasta 15,5%, mientras que en el caso del plátano pasaron de 1,4 a 15,6%”.
Sin embargo, el aumento en el consumo de alimentos no sucede de un modo uniforme. Datanálisis destacó que para el 1er. trimestre de este año se observó la reducción del consumo de algunos alimentos: El 66,6% de los encuestados manifestaron haber reducido su ingesta de carne de res, un 19,7% más que en 2004 (46,9%). Además de este rubro, otros alimentos en los que disminuyó el consumo en contraste con el año pasado son los embutidos, el queso amarillo, el pollo, huevos y los cereales. No obstante, el consumo de cerdo aumentó a  19,2%, un 18,1% en comparación con el mismo lapso de 2004 (1,1%) (El Universal, Ídem.).
Según los datos arrojados por Ómnibus, la disminución en el consumo de algunos alimentos se acentuó en los sectores de la población con menores recursos, como son los estratos D y E. El 33,8% de los miembros de la clase E manifestó reducir la ingesta de algún alimento. En el estrato D la cifra llegó a 27%, mientras que en la clase C fue de 21,5% (El Universal, Ídem.).

Otro aspecto que observó Datanálisis en su estudio fue que la compra de alimentos básicos como la carne y la leche, se ha vuelto más difícil para las familias de menos ingresos no sólo por el costo de estos productos sino porque en los últimos tiempos se ha sumado un nuevo elemento que restringe el consumo de estos alimentos: la escasez. Explicó León que “Desde que se aplicó el control de precios el mercado también se ha enfrentado a la escasez de otros productos como cerdo, granos o harinas” (El Universal, Ídem.).
Otro dato que arrojó este estudio de Datanálisis es el que señala que el 47,2% de la población compra en establecimientos de Mercal: “el 92,7% señalan estar muy satisfechos por el servicio, los precios y la variedad encontrada” (El Universal, Ídem.). Estas inferencias se extraen de una encuesta realizada a 1.300 personas durante el mes de junio.
León indicó que actualmente Mercal atiende el 27% de la demanda de alimentos básicos como leche, granos, pastas, aceites, harinas, pollo, mayonesa, salsa de tomate, atún, sardinas, entre otros. Sin embargo, destacó que la penetración de esta política ha incrementado el consumo de algunos alimentos básicos, como los granos: "hay aumentos relevantes en la ingesta de productos no perecederos, y el caso de los granos es el más significativo. Este es el rubro líder de distribución de la red Mercal y atiende casi el 40% de la demanda nacional" (El Universal, Ídem.).

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DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES
Indicadores del derecho a la alimentación y al salario justo

Índice de Precios al Consumidor

Mes

Tasa de Variación Mensual


Tasa de Variación intermensual

Tasa de Variación
Acumulada 2005

Tasa de Variación
Interanual 2004/2005

Variación Anualizada 2004/2005

Enero

1,9

X

X

 X

18,5

Febrero 

0,2

- 1,7

2,1

X

16,9

Marzo 

1,2

1

3,3

2,1

15,8

Abril

1,3

0,1

4,7

3,1

15,8

Mayo

2,5

1,2

7,4

1,3

17,4

Junio

0,6

- 1,9

8

1,3

15,9

Julio (*)

0,9 ▲

0,3 ▼

8,9 ▼

0,5 ▼

15,3 ▼

Fuente: Banco Central de Venezuela (BCV)
Nota: (*) Banco Central de Venezuela, 01.08.05,
              http://www.bcv.org.ve/c4/notasprensa.asp?Codigo=62&Operacion=2&Sec=False  

Según el BCV el comportamiento del Índice de Precios al Consumidor (IPC) en julio se debió a la incidencia de los productos no controlados, cuya tasa pasó de 0,4% a 1,2%, ya que los precios de los bienes y servicios sujetos a control y regulación desaceleraron de 0,7% a 0,5%.
Destacó el BCV que al desagregar el IPC por agrupaciones se observa que 5 de las 13 categorías registraron una mayor variación respecto al periodo anterior: Esparcimiento y cultura, de -3,2% a 1,1%; Bebidas alcohólicas y tabaco, de 1,0% a 2,4%; Servicios de educación, de 0,2% a 3,1%; Servicios de la vivienda, de - 0,2% a 0,8%, y Vestido y calzado, de 0,0% 0,5%. Por el contrario, 2 agrupaciones mostraron desaceleraciones en su tasa de variación: Alquiler de viviendas, de 1,0% a 0,4%, y Salud, de 1,2% a 0,8%.
Por otra parte, en el mes en cuestión los servicios registraron una variación superior a la del mes anterior, al pasar de 0,4% a 1,0%, en tanto que los bienes mantuvieron su tasa de crecimiento en 0,7%. Con estos resultados se revierte la relación observada en los 3 meses previos.
El Núcleo Inflacionario arrojó una tasa de variación de 0,8%, similar a la del IPC global (0,9%) y ligeramente por encima del nivel registrado en junio (0,6%), en lo cual incidieron, principalmente, los servicios no administrados y los textiles y prendas de vestir.
En general, todos los estratos de ingreso reportaron en este mes variaciones de precios superiores respecto al mes previo ubicándose entre 0,8%(estratos I, II y III) y 0,9% (estrato IV).

Canasta Alimentaria de los Trabajadores

MES

Valor Mensual
(en bolívares)

Tasa de Variación
 Intermensual

Tasa de Variación
Acumulada 2005

Déficit del Poder Adquisitivo (*)
(en %)

Enero

547.065

X

0,2

41,2

Febrero

558.620

2,1
(11.555 bolívares)

2,3
(12.637 bolívares)

42.4

Marzo

559.907

0,2
(1.287 bolívares)

2,5
(13.924 bolívares)

42,4

Abril

568.080

1,5
(8.173 bolívares)

4
(22.097 bolívares)

43,4

Mayo

576.934

1,6
(8.854 bolívares)

6
(30.951 bolívares)

29,8

Junio

598.271

3,7
(21.337 bolívares)

9,6
(52.288 bolívares)

32,3

Julio (**)

605.547 ▲

1,2 ▼
(7.276 bolívares)

10,8
(59.564 bolívares)

33,1▲


Fuente: Centro de Documentación y Análisis para los Trabajadores (CENDA)
Notas: (*) Déficit del poder adquisitivo de 1 salario mínimo mensual (321.235,20 bolívares hasta el 30.04.05 y
                405.000 bolívares a partir del 01.05.05)
          (**) Cadena Global, 02.08.05, http://www.cadenaglobal.com/Default.asp?pgm=Detail&Not=93206&Sec=8
.

Según las cifras del CENDA, el incremento de la Canasta Alimentaria de los Trabajadores (CAT) reportado en el mes de julio fue producto del aumento en los precios de renglones, como el que incluye a la leche, queso y huevo, que subió 5,7% gracias al incremento en el precio de la leche en polvo y de los quesos (El Universal, 02.08.05, http://www.eluniversal.com/2005/08/02/eco_art_02202C.shtml). 
Otro renglón cuyo precio evidenció un ascenso en julio fue la carne, que subió un 4,3%, derivado del alza de los cortes de primera y segunda, al igual que la carne de cerdo y el pollo. Otro factor que afectó el precio de los productos cárnicos, en opinión del Cenda fue “la negativa del Ejecutivo de revisar los precios regulados [debido a lo cual] la cantidad de reses sacrificadas por día cayó” (El Universal, Ídem.).
Las raíces y los tubérculos aumentaron un 2,3% en julio, debido al alza del precio de las papas en 11%. Mientras que las grasas y aceites mostraron un alza de 1%. Los cereales y sus productos similares, así como el azúcar, registraron incrementos de 0,4% y 0,1%, respectivamente (El Universal, Ídem.).
De acuerdo al CENDA, los rubros alimentarios con las mayores caídas de precios fueron los pescados (-2,1%), las frutas y hortalizas (-1,4%) y las bebidas no alcohólicas (-1%).  

Canasta Básica de los Trabajadores


MES

Valor Mensual
(en bolívares)

Tasa de Variación
 Intermensual

Tasa de Variación Acumulada

Déficit del
Poder Adquisitivo (*)
(en %)

Enero

X

X

X

X

Febrero

X

X

X

X

Marzo

1.423.926

X

X

X

Abril

1.444.144

1,4
(20.269 bolívares)

4,1
(52.503 bolívares)

55,5
(801.673,60 bolívares)

Mayo

1.460.754

1,1
(16.610 bolívares)

5,2
(69.113 bolívares)

44,5
(650.754 bolívares)

Junio

1.484.999 

1,7
(24.245 bolívares)

6,7
(93.358 bolívares)

45,4
(674.999 bolívares)

Julio

1.501.436▲ (**)

1,1 ▼ (**)
(16.437 bolívares)

7,8 ▼ (**)
(109.795 bolívares)

46 ▲
(691.436 bolívares)

Fuente: Centro de Documentación y Análisis para los Trabajadores (CENDA)
Notas: (*) Déficit del poder adquisitivo de 2 salarios mínimos mensuales (321.235,20 bolívares x 2 = 642.470,40 bolívares hasta el 30.04.05 y 405.000 bolívares x 2 = 810.000 a partir del 01.05.05).         
          (**)  Datos extraídos de El Universal, 06.08.05
, http://www.eluniversal.com/2005/08/06/eco_art_06201D.shtml.

El reporte del CENDA reveló que el incremento más importante en términos porcentuales durante el mes de julio lo registró el rubro de la vivienda, que aumentó un 1,7%. El costo de los inmuebles en oferta para alquiler en zonas populares y ciudades dormitorio de la Gran Caracas (como Guarenas, Guatire y Los Teques) presentó un aumento más alto al del mes pasado. Esto ubica el costo promedio de una vivienda de 2 habitaciones y 1 baño en 364.000 bolívares (El Universal, Ídem.).
Otro rubro con increme