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LA CIDH Y EL
CIUDADANO
Según la Constitución toda violación a
los derechos humanos debe investigarse y sancionarse. De la misma
manera, todo ciudadano tiene el derecho a ser indemnizado cuando se
violen sus derechos humanos. Pero resulta, que con frecuencia, esas
investigaciones no se realizan o se inician y no culminan y por lo
tanto no se hace justicia. Ante la ineficacia de los organismos
nacionales, la Constitución en su artículo 31 permite que los
ciudadanos acudan a las instancias internacionales de protección.
Por lo tanto, cuando una persona acude a la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos, simplemente está ejerciendo un derecho
constitucional.
La Comisión, una vez que analiza la
denuncia y conoce los alegatos de defensa del Estado, si considera
que ocurrió una violación a los derechos humanos, le recomienda al
Estado que adopte determinadas medidas: para investigar, para
sancionar, para indemnizar a los afectados.
En otras oportunidades la Comisión es la única esperanza que tiene
un ciudadano para evitar que se le viole un derecho o se agrave la
violación. Es el caso, cuando se solicitan medidas cautelares donde
la Comisión actúa con rapidez.
La Comisión juega un papel importante en
la protección de los ciudadanos, por ello debemos oponernos a que se
le descalifique o a que no se cumplan sus recomendaciones. Tan
importante es, que los constituyentes del año 1999, aprobaron ese
artículo 31 y es lamentable, que hoy, algunos de ellos, nieguen la
labor de protección de este órgano internacional.
Caracas, 31.10.03.
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