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 SON DERECHOS


"Cooperativas y derechos sociales "

Indudablemente el cooperativismo constituye un medio extraordinario de democratización y empoderamiento, cuyo movimiento ha tenido una larga y sostenida existencia; la actual Ley Especial de Asociaciones Cooperativas del 18 de septiembre de 2001 se ha dado un formidable impulso actualizado a esta herramienta de participación y economía popular.
Esta Ley reconoce en su artículo 6 que las cooperativas se originan en un acuerdo libre e igualitario; igualmente establece (art. 32) que el trabajo en las cooperativas es asociado y autogestionario. Ciertamente, es el elemento asociativo y libre lo que distingue al cooperativismo, por lo que cualquier signo de asociación forzada desnaturaliza su esencia.
El cooperativismo no debe ser mal utilizado para liberar al sector patronal, público o privado, del cumplimiento de la legislación laboral vigente, por lo que se constituiría una desviación y un fraude a la legislación laboral, dos modalidades que algunos sectores patronales han puesto en práctica: la primera consiste en organizar a sus trabajadores forzadamente en supuestas cooperativas previa liquidación de la relación de trabajo, estos trabajadores llevan a cabo la misma actividad y continúan bajo la misma relación de subordinación , pero bajo la fachada del trabajo cooperativo. La segunda modalidad consiste en obtener recursos financieros para la constitución de cooperativas, delegando el trabajo en no asociados a quienes se les irrespetan sus derechos laborales, en este aspecto hay que recordar que el artículo 36 de la Ley de Cooperativas somete a la legislación laboral ordinaria el trabajo de los trabajadores no asociados. Puedes escribirnos a: son@derechos.org.ve .

Consúltenos a son@derechos.org.ve .

Caracas, 15.08.06.

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