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	<title>PROVEA &#187; Foro por la Vida</title>
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	<description>Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos</description>
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		<title>Foro por la Vida exige que se investiguen los hechos de caso de defensor de Derechos Humanos que llega a la Corte IDH</title>
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		<pubDate>Thu, 01 Mar 2012 16:08:53 +0000</pubDate>
		<dc:creator>paolas</dc:creator>
				<category><![CDATA[Foro por la Vida]]></category>
		<category><![CDATA[CIDH]]></category>

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		<description><![CDATA[Caracas, 1 de marzo de 2012. La Corte Interamericana de Derechos Humanos realizará el 2 de marzo de 2012 la audiencia sobre el caso de Joe Castillo, joven defensor de derechos humanos venezolano quien fue asesinado el 27 de agosto de 2003 en Machiques, estado Zulia, cuando se encontraba con su esposa Yelitze Moreno y [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><em><a href="http://www.derechos.org.ve/2011/02/09/convocatoriaimpacto-y-consecuencias-del-paquete-legislativo-de-diciembre-de-2010/foro-por-la-vida-2/" rel="attachment wp-att-10409"><img class="alignleft size-full wp-image-10409" title="foro por la vida" src="http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/foro-por-la-vida1.jpg" alt="" width="199" height="186" /></a>Caracas, 1 de marzo de 2012.</em> La Corte Interamericana de Derechos Humanos realizará el 2 de marzo de 2012 la audiencia sobre el caso de Joe Castillo, joven defensor de derechos humanos venezolano quien fue asesinado el 27 de agosto de 2003 en Machiques, estado Zulia, cuando se encontraba con su esposa Yelitze Moreno y su hijo de un año y medio de edad.</p>
<p style="text-align: justify;">Este caso, en el cual se señala al Estado venezolano por violaciones al derecho a la vida, integridad personal, garantías judiciales, protección judicial, derecho a la libertad de pensamiento y expresión permanece en absoluta impunidad, sin que se haya condenado a alguna persona por estos hechos durante nueve años, y la última decisión tomada en el caso fue la figura de archivo fiscal, dictada por el Ministerio Público.</p>
<p style="text-align: justify;">Es por esto que las organizaciones del Foro por la Vida que suscribimos este comunicado, expresamos nuestra más profunda preocupación por la situación de impunidad en la que permanece este caso y exigimos al Estado venezolano, de manera inmediata, sin dilaciones, investigar los hechos y sancionar a los responsables.</p>
<p style="text-align: justify;">El Foro por la Vida invita a seguir la audiencia pública sobre este caso, que será transmitida en vivo, a través de la página web de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (www.corteidh.or.cr)  el viernes 2 de marzo de 2012, a las 10:30 am (Hora de Venezuela) y en la misma declarará Yelitze  Moreno,  testigo presencial de los hechos, así como dos peritos, uno presentado por el Estado y el Dr. Michel Reed, propuesto por los representantes de las víctimas.</p>
<p style="text-align: justify;">Joe Castillo se desempeñaba como coordinador de la Oficina de Acción Social y Derechos Humanos del Vicariato Apostólico de Machiques, donde también trabajaba su esposa Yelitze Moreno de Castillo. Entre sus actividades se encontraban, la asistencia legal, monitoreo y apoyo en la elaboración de leyes en temas migratorios, asilo y refugio en la zona fronteriza entre Venezuela y Colombia; trabajo de difusión y capacitación en derechos humanos con las comunidades indígenas de la Sierra de Perijá, así como apoyo legal a los campesinos vinculados a los procesos de recuperación de tierras. Este trabajo lo realizó conjuntamente con la Oficina Regional del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados y Desplazados (ACNUR).</p>
<p style="text-align: justify;">El 27 de agosto de 2003 mientras Joe Castillo, junto con su esposa e hijo, se dirigía en automóvil  a su residencia en la urbanización Tinaquillo de Machiques, en el Estado Zulia en Venezuela (frontera con el Norte de Santander de Colombia), dos personas que se desplazaban en una moto, alcanzaron el automóvil por el lado del conductor, disminuyendo la velocidad para confirmar la identidad de quienes iban en el vehículo, y pocos metros más adelante dispararon en trece oportunidades en contra de los integrantes de la familia Castillo. De los 13 disparos emitidos, 9 impactaron contra Joe Castillo causándole la muerte.  Los impactos de bala causaron heridas a Yelitze Moreno de Castillo y su hijo, quienes tuvieron que ser atendidos en una sala de emergencias de la ciudad de Maracaibo y ser intervenidos quirúrgicamente.  Yelitze Moreno de Castillo presentó heridas producidas por arma de fuego a nivel de la región del antebrazo izquierdo con entrada y salida, en la región del hemitórax izquierdo y en el hombro de lado izquierdo.  El hijo de los Castillo presentó heridas por arma de fuego a nivel de la región del antebrazo izquierdo con entrada y salida, en la región de  los dos hombros, y en la región del hemitórax izquierdo.</p>
<p style="text-align: justify;">El caso de Joe Castillo y otros fue presentando el 20 de marzo del 2006 ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por la Vicaría de Derechos Humanos de la Arquidiócesis de Caracas y por el Centro para la Justicia y el Derechos Internacional (CEJIL), organizaciones que han denunciado  el incremento en los últimos años de actos de agresión contra los defensores y defensoras de derechos humanos, desde ataques contra la integridad física y la vida, las amenazas y los hostigamientos, hasta campañas de intimidación y desprestigio.</p>
<p style="text-align: justify;"> Joe Castillo había informado a su equipo de trabajo temor por su vida, indicando que solicitaría al ACNUR que le facilitara más seguridad dado el riesgo que corría su vida.  Los peticionarios de este caso alegan que pese a que los hechos de violencia en la zona fronteriza Colombia-Venezuela en el Estado Zulia era de conocimiento público, el Estado no adoptó medida alguna para prevenir o evitar que se produjeran otros atentados a la vida e integridad personal en los cuales se incluyen los ocurridos a las presuntas víctimas del presente caso.</p>
<p style="text-align: justify;">Por esto, es importante que el Estado venezolano reconozca la importancia del artículo 1 de la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos<br />
y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos<br />
y las libertades fundamentales universalmente reconocidos, aprobada por la Organización de Naciones Unidas en 1999, la cual indica lo siguiente:</p>
<p style="text-align: justify;">“Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional”. Por lo que deben ofrecerse las garantías debidas  para el trabajo que realizan las defensoras y los defensores de derechos humanos en el país.</p>
<p style="text-align: justify;">
<p style="text-align: justify;"><strong>Por la Vocería del Foro por la Vida:</strong></p>
<p style="text-align: justify;">-Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (PROVEA)</p>
<p style="text-align: justify;">-Centro para la Paz y Los Derechos Humanos de la Universidad Central de Venezuela.</p>
<p style="text-align: justify;">-Comité de familiares de víctimas de los sucesos entre febrero y marzo de 1989 (COFAVIC).</p>
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		<title>Foro por la Vida rechaza criminalización de la protesta contra  comunidades indígenas por defender sus derechos</title>
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		<pubDate>Fri, 27 Jan 2012 15:00:42 +0000</pubDate>
		<dc:creator>medios</dc:creator>
				<category><![CDATA[Foro por la Vida]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho de los pueblos indígenas]]></category>
		<category><![CDATA[derechos de los pueblos indígenas]]></category>

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		<description><![CDATA[La Vocería de la Coalición de organizaciones de derechos humanos de Venezuela Foro por la Vida rechaza la criminalización de la protesta contra el Capitán Indígena de la comunidad Musuk Pa Alexis Romero, así como el procesamiento en la justicia militar de, aproximadamente, 10 indígenas pemones más. Los indígenas sometidos a un inconstitucional proceso en [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/LogoForoporlaVida.GIF"><img class="alignleft size-medium wp-image-976" title="LogoForoporlaVida" src="http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/LogoForoporlaVida-250x233.GIF" alt="" width="250" height="233" /></a>La Vocería de la Coalición de organizaciones de derechos humanos de Venezuela Foro por la Vida rechaza la criminalización de la protesta contra el Capitán Indígena de la comunidad Musuk Pa Alexis Romero, así como el procesamiento en la justicia militar de, aproximadamente, 10 indígenas pemones más.</p>
<p>Los indígenas sometidos a un inconstitucional proceso en la justicia militar se les castigan por ejercer el legítimo derecho a defender sus derechos y territorio. Cansados de denunciar la explotación ilegal de minería en sus territorios, de solicitar la investigación de militares que favorecen esa actividad, así como la participación directa de algunos funcionarios militares en el negocio ilegal del oro, decidieron retener a 19 militares que sustraían mineral el 25.10.11, de manera pacífica sin causar ningún herido, ni producir maltrato de los retenidos ni apropiarse de ningún armamento. Este acto legítimo de resistencia indígena es calificado como delito y la justicia militar les imputa “ataque al centinela” y “sustracción de armas de la Fuerza Armada”,</p>
<p>El enjuiciamiento en la justicia militar viola el artículo 261 de la Constitución que expresamente establece que la competencia de los tribunales militares se limita a delitos de naturaleza militar. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha expresado que “la jurisdicción militar no es la naturalmente aplicable a civiles que carecen de funciones militares y que por ello no pueden incurrir en conductas contrarias a deberes funcionales de este carácter. Cuando la justicia militar asume competencia sobre un asunto que debe conocer la justicia ordinaria, se ve afectado el derecho al juez natural y, <em>a fortiori, </em>el<em> </em>debido proceso, el cual, a su vez, encuéntrase íntimamente ligado al propio derecho de acceso a la justicia”. (Casos Castillo Petruzzi y otros. Sentencia de 30.05.99). Tras su liberación, los indígenas han sido condenados a regímenes de presentación en tribunales.</p>
<p>La detención arbitraria e ilegal del Capitán Alexis Romero y el procesamiento de nueve capitanes más expresa las incongruencias del sistema de justicia en el país. En lugar de investigar y sancionar la corrupción de algunos militares, se castiga a los denunciantes. En vez de escuchar la voz de los pueblos indígenas, se les intimida para que no sigan denunciando y reclamando sus derechos.</p>
<p>Los pueblos indígenas del país tienen años siendo afectados por las consecuencias de la minería. A mediados de 1993, en un sector del estado Amazonas conocido como Haximú, un grupo de 16 personas de la comunidad Yanomami fueron asesinados por mineros que ejercían la extracción de manera ilegal. Desde esa fecha a la actualidad otros asesinatos han sucedido en la zona. En el otro extremo del país, en el estado Zulia, se ha generado un conflicto con tres comunidades indígenas (Yukpa, Barí y Wayuu) desde el año 2003 por la decisión de triplicar la producción de carbón. La profundización del extractivismo como modelo de desarrollo para el país ha tenido como contraparte el estancamiento del derecho constitucional a la demarcación de los territorios indígenas. A pesar de ser una obligación estatal, como lo expresa la Carta Magna, desde el año 1999 apenas se ha demarcado el 2,4% de los territorios y comunidades indígenas. A esto habría que sumar consecuencias sociales y ambientales, que en el caso de los pueblos originarios son la contaminación de su hábitat, la pérdida de su cultura y la migración a las grandes ciudades.</p>
<p><em>Ante la situación anterior el Foro por la vida exige:</em></p>
<p>1.- La derogación inmediata de las medidas de presentación en tribunales para los indígenas pemones</p>
<p>2.- El no uso de la justicia militar para procesar a civiles.</p>
<p>3.- Se investigue las denuncias realizadas por los pueblos indígenas sobre la posible participación de funcionarios  militares en la explotación ilegal del oro.</p>
<p>4.- Se adopten medidas eficaces para resguardar a las poblaciones indígenas y se adelanten los procesos de demarcación de tierras</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>Foro por la Vida exige al Estado investigar intento de homicidio contra Víctor Martínez y brindarle protección</title>
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		<pubDate>Tue, 24 Jan 2012 20:14:21 +0000</pubDate>
		<dc:creator>paolas</dc:creator>
				<category><![CDATA[Foro por la Vida]]></category>
		<category><![CDATA[Victor Martínez]]></category>

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		<description><![CDATA[Caracas, 24 de enero de 2012. La vocería del Foro porla Vida, coalición de organizaciones de derechos humanos de Venezuela, exige al Estado venezolano la investigación del intento de asesinato sufrido por Víctor Martínez, defensor de derechos humanos y padre de Mijaíl Martínez, miembro del Comité de Víctimas contrala Impunidad asesinado en el mes de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: justify;"><em><a href="http://www.derechos.org.ve/2011/02/09/convocatoriaimpacto-y-consecuencias-del-paquete-legislativo-de-diciembre-de-2010/foro-por-la-vida-2/" rel="attachment wp-att-10409"><img class="alignleft size-full wp-image-10409" title="foro por la vida" src="http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/foro-por-la-vida1.jpg" alt="" width="199" height="186" /></a>Caracas, 24 de enero de 2012.</em> La vocería del Foro porla Vida, coalición de organizaciones de derechos humanos de Venezuela, exige al Estado venezolano la investigación del intento de asesinato sufrido por Víctor Martínez, defensor de derechos humanos y padre de Mijaíl Martínez, miembro del Comité de Víctimas contrala Impunidad asesinado en el mes de noviembre de 2009.</p>
<p style="text-align: justify;">Como denunció Martínez en la tarde del 23.01.12, aproximadamente a las cuatro de la tarde, una persona no identificada lo abordó cuando llegaba a su domicilio acompañado de su hija. Apuntándolo con un arma de fuego, el agresor les ordenó introducirse en la residencia, la que ocasionó la reacción de la víctima, quien tras empujar a su atacante y ordenar a su hija que se escondiera en casa, pudo correr a la vía pública para solicitar auxilio. El atacante fue recogido por un cómplice en una camioneta de color negro, escapando del sitio de la agresión. En ningún momento el atacante intentó llevarse el vehículo de Martínez, el cual permaneció abierto y con las llaves en el interruptor durante el hecho, lo cual descartaría la hipótesis del robo. El ex diputado dela AsambleaLegislativapor el estado Lara declaró “reitero nuevamente que en el intento frustrado de mi asesinato son los mismos que mataron a Mijaíl y emplazo al ministerio público, a que tome en cuenta las denuncias que hecho en esa instancia sobre Reyes Reyes, Rodríguez Figuera y los comisarios del CICPC Carlos Rodríguez y José Núñez”.</p>
<p style="text-align: justify;">En reiteradas oportunidades el Foro porla Vidaha alertado a las autoridades, incluyendo ala Defensoríadel Pueblo, acerca de las amenazas en contra de Víctor Martínez, un luchador popular de trayectoria en la región quien ha denunciado la presunta participación de funcionarios policiales y militares en diferentes delitos, los cuales incluyen extorsión, secuestro y tráfico de estupefacientes, así como la presencia de grupos de exterminio parapoliciales en el estado. El 03.07.10 un funcionario militar agredió físicamente a Martínez, cuando este repartía volantes denunciando el asesinato de su hijo, logrando derribarlo y propinándole patadas en el área abdominal, causándole lesiones en varias partes del cuerpo. Esta agresión no solamente no fue investigada, como lo solicitamos el 07.07.10, sino que actualmente  Martínez esta siendo procesado por el delito de “asalto al centinela”, pasando de víctima a victimario por orden judicial.</p>
<p style="text-align: justify;">Esta serie de ataques y hostigamientos contra activistas del movimiento de derechos humanos además de constituir una práctica contraria a lo consagrado enla Constitucióndela República Bolivarianade Venezuela, resulta violatorio a lo dispuesto porla Declaraciónsobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada porla Asamblea Generaldela ONUel 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente a la protección del derecho de toda persona “individual o colectivo, de promover la protección y el respeto de los derechos humanos, de las libertades fundamentales, tanto en el plano nacional como internacional y a esforzarse por ellos” (Art.1) así como en lo relativo al deber del Estado de garantizar “la protección de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia o represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración” (Art.12.2);</p>
<p style="text-align: justify;">El Foro porla Vidareitera y respalda ante las autoridades nacionales las exigencias de la familia Martínez realizadas antela Fiscalía21 de los Derechos Fundamentales del</p>
<p style="text-align: justify;">Ministerio Público del Estado Lara, durante la tarde del 24.01.12:</p>
<p style="text-align: justify;">1) El otorgamiento de medidas de protección a Víctor Martínez</p>
<p style="text-align: justify;">2) La investigación transparente y expedita del intento de sicariato ocurrido el 23.01.12 en el barrio Ezequiel Zamora de Barquisimeto.</p>
<p style="text-align: justify;">3) La investigación de las diferentes denuncias por parte de la familia Martínez acerca de la autoría intelectual del asesinato de Mijail Martínez</p>
<p style="text-align: justify;">Asimismo, solicitamos tomar medidas para revertir el retardo procesal en los diferentes juicios contra funcionarios policiales y militares denunciados por los diferentes Comités de Víctimas del estado Lara.</p>
<p style="text-align: justify;">Porla Voceríadel Foro porla Vida:</p>
<p style="text-align: justify;">Comité de Familiares y Víctimas de los sucesos de Febrero-Marzo de 1989 (Cofavic)</p>
<p style="text-align: justify;">Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea)</p>
<p style="text-align: justify;">Centro parala Pazy los Derechos Humanos Padre Olaso de la UCV</p>
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		<title>Foro por la Vida solicita medida humanitaria para Comisario Henry Vivas y recuerda al Estado Venezolano que la tortura constituye un crimen de lesa humanidad e imprescriptible</title>
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		<pubDate>Thu, 24 Nov 2011 15:22:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Investigacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[Foro por la Vida]]></category>
		<category><![CDATA[Derecho a la justicia]]></category>

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		<description><![CDATA[Caracas, 23 de noviembre de 2011. La coalición de organizaciones de Derechos Humanos  Foro por la Vida solicita a la  Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal Del Estado Aragua y al Circuito Judicial del Estado Aragua Juzgado de Primera Instancia en Función de Primero de Ejecución una medida humanitaria para el Comisario Henry Vivas, quien está cumpliendo una pena [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><em><a href="http://www.derechos.org.ve/2011/02/09/convocatoriaimpacto-y-consecuencias-del-paquete-legislativo-de-diciembre-de-2010/foro-por-la-vida-2/" rel="attachment wp-att-10409"><img class="alignleft size-full wp-image-10409" title="foro por la vida" src="http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/foro-por-la-vida1.jpg" alt="" width="199" height="186" /></a>Caracas, 23 de noviembre de 2011</em>. La coalición de organizaciones de Derechos Humanos  Foro por la Vida solicita a la  Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal Del Estado Aragua y al Circuito Judicial del Estado Aragua Juzgado de Primera Instancia en Función de Primero de Ejecución una medida humanitaria para el Comisario Henry Vivas, quien está cumpliendo una pena en el Servicio Bolivariano de Inteligencia (SEBIN) desde hace siete años.</p>
<p>Las organizaciones firmantes señalan que ni las instalaciones del SEBIN, ni ninguna de las diferentes cárceles del país, reúnen actualmente las condiciones para que un detenido con las anomalías que presenta el Comisario Henry Vivas pueda recibir tratamiento post operatorio para las seis intervenciones quirúrgicas urgentes que se debe practicar, por ello se hace inminente en el resguardo de la vida y de la integridad personal del Comisario Henry Vivas que sea beneficiario de una medida humanitaria.</p>
<p>Esta medida es solicitada por la vocería del Foro por la Vida, adhiriéndose a la solicitud ya realizada en agosto de 2011 por los familiares del Comisario, tal y como lo consagra el artículo 502 del Código Orgánico Procesal Penal, en el cual se establece expresamente: “Medida Humanitaria. Procede la libertad condicional en caso de que el penado padezca una enfermedad grave o en su fase terminal; previo diagnóstico de uno o una especialista, debidamente certificado o certificada por el médico forense. Si el penado o penada recupera la salud, u obtiene una mejoría que lo permita, continuará el cumplimiento de la condena.”</p>
<p>De acuerdo con información recibida por el Foro por la Vida, el Comisario Henry Vivas padece graves trastornos de salud,  tal y como confirmó un médico forense adscrito a la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses Bello Monte, Caracas, Distrito Capital ante el tribunal de ejecución que lleva el caso. Algunos de los trastornos de salud que padece Vivas son los siguientes: glaucoma de ángulo abierto, que le ha generado pérdida de la visión,  esófago de Barrett, con complicaciones relacionadas con posibles tumores;  lesión de ocupación de espacio del ventrículo laríngeo izquierdo y cuerda vocal izquierda, hipoacusia bilateral neuro sensorial, que ocasionó pérdida importante de la función auditiva, hipertensión arterial, así como lesión del manguito rotador derecho. De acuerdo con el reporte médico, algunas de estas afecciones deben ser manejadas quirúrgicamente de manera inmediata y así evitar la malignizacion de dichas patologías.</p>
<p>En audiencia especial el 28 de octubre de 2011, el Circuito Judicial del Estado Aragua Juzgado de Primera Instancia en Función de Primero de Ejecución negó la medida humanitaria basándose en lo siguiente: “que no estamos en presencia de una Enfermedad en estado terminal”.</p>
<p>El Foro por la Vida recuerda que la protección de la integridad personal pertenece al núcleo inderogable de derechos, que no puede ser suspendido ni suprimido jamás, cualquiera sea la circunstancia en que se encuentre un Estado.</p>
<p>En este sentido, la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, en su artículo 2 establece que: “Para los efectos de la presente Convención se entenderá por tortura todo acto realizado intencionalmente por el cual se inflijan a una persona penas o sufrimientos físicos o mentales, con fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, como castigo personal, como medida preventiva, como pena o con cualquier otro fin. Se entenderá también como tortura la aplicación sobre una persona de métodos tendientes a anular la personalidad de la víctima o a disminuir su capacidad física o mental, aunque no causen dolor físico o angustia psíquica”.</p>
<p>Por lo que la tortura constituye un crimen de lesa humanidad e imprescriptible. En el Estatuto de la Corte Penal Internacional estos crímenes están previstos en los artículos 5 y 7. Estos instrumentos internacionales han sido firmados y ratificados por la República Bolivariana de Venezuela, al igual que lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, por lo que deben cumplirse en este y en otros casos.</p>
<p>Con base en estos argumentos legales y sobre los hechos anteriormente expuestos,  la coalición venezolana solicita al Estado venezolano que se le otorgue libertad condicional por medida humanitaria al Comisario Henry Vivas, la cual le permita trasladarse a un lugar en donde pueda ser atendido con toda la asistencia requerida, a los fines de resguardar su vida e integridad física, de acuerdo a los estándares internacionales relacionados a la atención de personas privadas de libertad.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>ONG venezolanas fijan posición ante reiterado incumplimiento de las sentencias CIDH por parte del gobierno</title>
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		<pubDate>Thu, 29 Sep 2011 18:18:27 +0000</pubDate>
		<dc:creator>medios</dc:creator>
				<category><![CDATA[Foro por la Vida]]></category>
		<category><![CDATA[Titulares]]></category>

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		<description><![CDATA[Exhortamos a los poderes públicos a respetar  la constitución, acatando las sentencias de la corte interamericana de derechos humanos &#160; Las organizaciones de derechos humanos de Venezuela[1] y las individualidades abajo firmantes, ante los distintos pronunciamientos de altos representantes  de los Poderes Públicos cuestionando el papel de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, expresamos: [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Exhortamos a los poderes públicos a respetar  la constitución, acatando las sentencias de la corte interamericana de derechos humanos</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Las organizaciones de derechos humanos de Venezuela<a title="" href="#_ftn1">[1]</a> y las individualidades abajo firmantes, ante los distintos pronunciamientos de altos representantes  de los Poderes Públicos cuestionando el papel de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, expresamos:</p>
<p><a href="http://www.derechos.org.ve/2010/02/23/la-corteidh-ordena-a-venezuela-proteger-a-la-familia-que-denuncio-persecucion/idh/" rel="attachment wp-att-2443"><img class="alignleft size-medium wp-image-2443" title="CorteIDH" src="http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/IDH-240x250.jpg" alt="" width="240" height="250" /></a></p>
<p><strong>1.-</strong>El Sistema Internacional de Protección de los Derechos Humanos, del cual forma parte la Corte Interamericana de Derechos Humanos, desempeñan un papel fundamental al servicio de las personas, sin discriminación alguna. Sus acciones han permitido salvar vidas a través de medidas provisionales o cautelares para proteger a personas que sufrían riesgo a su vida e integralidad física; a garantizar justicia a las víctimas de violaciones a los derechos humanos ahí donde los Estados no la han garantizado; a promover la vigencia de los derechos humanos para todos y todas.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>2.-</strong>El Sistema Internacional de Protección de los Derechos Humanos está al servicio de las personas, principalmente de las más vulnerables a las violaciones a sus derechos. También contribuye para que los Estados cumplan mejor sus obligaciones frente a la población que está bajo su protección.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>3.-</strong>Afirmamos que todo proceso orientado a debilitar la protección de los derechos humanos afecta a las víctimas de violaciones y potenciales usuarios de los mecanismos internacionales existentes para exigir protección y justicia. Su debilitamiento afectaría a todas  y todos más allá de las inclinaciones políticas, condición social, raza, sexo y edad.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>4.-</strong> Los Estados deben realizar esfuerzos para consolidar los procesos e instituciones de protección de los derechos humanos y una manera de lograrlo es cumpliendo la decisiones y sentencias.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>5.-</strong> El cumplimiento de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante Corte IDH) es un elemento esencial del derecho a la tutela judicial efectiva, consagrada en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (en adelante la Constitución). El artículo 23 de la Constitución dispone que “<em>Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por esta Constitución y en las leyes de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público</em>”<a title="" href="#_ftn2">[2]</a>. Adicionalmente, el artículo 31 de la Constitución reconoce el derecho de dirigir peticiones antes los órganos internacionales creados por los tratados sobre derechos humanos para “<em>solicitar el amparo a sus derechos</em>”<a title="" href="#_ftn3">[3]</a>.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>6.-</strong> En este sentido, todas las normas contenidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante CADH),  es decir, las relativas al reconocimiento de los derechos humanos y sus correlativas obligaciones del Estado, las que regulan el derecho a petición internacional, los procedimientos y a sus decisiones, así como las normas relativas a los órganos de protección interamericana, son de rango y jerarquía constitucional.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>7.-</strong>Es importante resaltar que la CADH establece que el fallo de la Corte IDH será definitivo e inapelable<a title="" href="#_ftn4">[4]</a>; y que consagra el carácter obligatorio de las sentencias, al reconocer expresamente el compromiso de los Estados partes en la Convención a cumplir la decisión de la Corte en todo caso en que sean partes<a title="" href="#_ftn5">[5]</a>.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>8.-</strong>Recientemente, con ocasión de la sentencia publicada el pasado 6 de septiembre de 2011 por la Corte IDH sobre el caso <strong><em>López Mendoza Vs. Venezuela,</em></strong><em> </em>distintos voceros del Estado venezolano se han pronunciado en contra de la Corte y han afirmado que sus sentencias no son obligatorias para el Estado a menos que así lo habilite la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia  (TSJ). El Estado, a pesar de haber ratificado la CADH el 23 de junio de 1977 y aceptado la jurisdicción contenciosa de la Corte IDH el 24 de junio de 1981, pretende que dicho fallo sea revisado por el TSJ.  Esta pretensión es contraria a la Constitución y a la CADH, como afirmamos anteriormente, y adicionalmente, contraría el principio de derecho internacional <em>pacta sunt servanda </em>que establece que las obligaciones deben ser cumplidas de buena fe y como han sido contraídas.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>9.-</strong>Manifestamos nuestra preocupación por ese desconocimiento del derecho internacional y de la propia Constitución, que afecta a los derechos de todos los habitantes de Venezuela. El Estado venezolano está en incumplimiento de varias sentencias de la Corte IDH. Por ejemplo, en el caso de<strong><em> El Amparo,</em></strong> la Corte IDH en sentencia del 4 de febrero de 2010<a title="" href="#_ftn6">[6]</a>, luego de 3 Resoluciones anteriores sobre cumplimiento<a title="" href="#_ftn7">[7]</a>, recordó que el Estado no ha cumplido con lo ordenado por la Corte, por lo que “<em>considera imprescindible que el Estado adopte medidas concretas para dar pronto y total acatamiento a su obligación de investigar los hechos del presente caso, identificar y, en su caso, sancionar a los responsables, e informar oportunamente al Tribunal</em>”<a title="" href="#_ftn8">[8]</a>.<strong> </strong>Así mismo, en el Caso <strong><em>El Caracazo</em></strong>, la Corte IDH también recordó el año 2009<a title="" href="#_ftn9">[9]</a>, sobre la falta de cumplimiento por parte del Estado de la Sentencia y ordenó “<em>Requerir al Estado que adopte todas las medidas que sean necesarias para dar efecto y pronto acatamiento a los puntos pendientes de cumplimiento que fueron ordenados por el Tribunal en la Sentencia de reparaciones y costas de 29 de agosto de 2002, de conformidad con lo estipulado en el artículo 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos</em>”<a title="" href="#_ftn10">[10]</a>. En el caso <strong><em>Montero Aranguren y otros</em></strong> (Retén de Catia) la Corte IDH afirmó que “<em>el Estado no está cumpliendo su obligación de informar a esta Corte sobre las medidas adoptadas para el cumplimiento de los puntos resolutivos de la Sentencia de excepción preliminar, fondo, reparaciones y costas emitida el 5 de julio de 2006, que se encuentran pendientes de cumplimiento</em>”<a title="" href="#_ftn11">[11]</a>. Así mismo en el caso <strong><em>Blanco Romero y otros</em></strong> la Corte IDH requirió <em>“al Estado que adopte a la brevedad todas las medidas que sean necesarias para dar efectivo y pronto acatamiento a los puntos pendientes de cumplimiento que fueron ordenados por el Tribunal en la Sentencia de fondo, reparaciones y costas de 28 de noviembre de 2005</em>”<a title="" href="#_ftn12">[12]</a>.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>10.-</strong>Adicionalmente, la Corte IDH ha dictado medias provisionales en los casos del <strong><em>Internado Judicial de Monagas “La Pica”; Centro Penitenciario Región Capital Yare I y Yare II; Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental “Cárcel de Uribana”; Internado Judicial Capital El Rodeo I y El Rodeo II; Centro Penitenciario de Aragua “Cárcel de Tocorón”, e Internado Judicial de Ciudad Bolívar “Cárcel de Vista Hermosa</em></strong><em>”</em>. En su última Resolución del 6 de julio de 2011 ratificó “la acumulación del trámite en las medidas provisionales que se encuentran vigentes” en los asuntos previamente mencionados<a title="" href="#_ftn13">[13]</a>, lo que demuestra que el Estado no ha dado cumplimiento.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>11.-</strong> De lo anterior, se evidencia que las sentencias de la Corte Interamericana que determinaron las violaciones a los derechos humanos por parte del Estado Venezolano y que establecieron reparaciones <strong>no se han cumplido</strong>, y que de acuerdo con la Constitución y la CADH deben ser respetadas y acatadas por el Estado.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>12.-</strong> Expresamos que el pueblo en ejercicio de su soberanía aprobó una nueva Constitución en 1999 y la ratificó en el 2007. En el Artículo 31, la Constitución establece el derecho a toda persona de acudir a las instancias internacionales con el objeto de solicitar amparo a sus derechos humanos. El pueblo venezolano consideró que es absolutamente legítimo que cualquier persona, una vez agostados sus esfuerzos para obtener justicia o protección en el país, acuda a las instancias internacionales. La denuncia de violaciones de los derechos humanos ante las instancias internacionales no puede constituir un pretexto para la descalificación y criminalización por parte de voceros y autoridades nacionales.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>13.-</strong> Sólo el pueblo como un todo, es el titular de la soberanía Nadie, mucho menos el gobierno o un tribunal puede usurpar la soberanía para oponerla a la defensa de los derechos humanos, consustancial a la idea de soberanía popular, de la cual cada persona es cotitular. La soberanía popular es a la vez fundamento y garantía de las instituciones de protección de los derechos humanos, nacional e internacional. Lo que constituye una violación de la soberanía popular es la vulneración de los derechos inherentes de cada persona, cotitular como es de la soberanía popular.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>14.-</strong>Exortamos a los Poderes Públicos del país a respetar la soberanía popular, cumplir con la Constitución y los convenios internacionales de derechos humanos y a garantizar que las víctimas que lograron sentencias favorables de la Corte vean satisfecho su derecho a la justicia,  verdad y  reparación. La única alternativa del Estado Venezolano, ante las disposiciones de la CorteIDH es cumplir cabalmente con el contenido de sus sentencias y hacer valer la palabra refrendada por el pueblo venezolano en su Constitución.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Caracas, 29 de septiembre de 2011</strong></p>
<p><strong><br />
</strong></p>
<p><strong>Organizaciones.</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Acción Ciudadana Contra el Sida.</p>
<p>Acción Solidaria.</p>
<p>Adherir Diverlex Diversidad e IGualdad a Través de la Ley</p>
<p>Amnistía Internacional</p>
<p>Asociación Civil Aguaclara.</p>
<p>Cátedra de Derechos Humanos de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado</p>
<p>Cátedra por la Paz Monseñor Oscar Arnulfo Romero</p>
<p>Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello</p>
<p>Centros Comunitarios de de Aprendizaje “por los Derechos de la Niñez y Adolescencia”.</p>
<p>Centro por la Paz y los Derechos Humanos “Padre Luis María Olaso”</p>
<p>Comité de Familiares de Víctimas de los Sucesos de Febrero y Marzo de 1989 (Cofavic)</p>
<p>Comisión Nacional de Derechos Humanos de la Federación de Colegios de Abogados</p>
<p>Civilis.</p>
<p>Convite.</p>
<p>Coalición de organizaciones por el Derecho a la Salud y la Vida</p>
<p>Espacio Público</p>
<p>Fundación Futuro Presente.</p>
<p>Fundación para la Prevención de la Violencia Doméstica Hacia la Mujer.</p>
<p>Fundación para la Defensa del Derecho a la Educación.</p>
<p>Fundación de Derechos Humanos del estado Anzoátegui.</p>
<p>Fundación para el Debido Proceso.</p>
<p>Fundación Pro-bono Venezuela</p>
<p>Instituto Prensa y Sociedad. (Ipys)</p>
<p>Observatorio Venezolano de Prisiones.</p>
<p>Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (Provea)</p>
<p>Queremos Elegir</p>
<p>Unión Afirmativa de Venezuela.</p>
<p>Una Ventana a la Libertad</p>
<p>Vicaría Episcopal de Derechos Humanos de la Arquidiócesis de Caracas.</p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong>Individualidades</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Pedro Nikken. Ex presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.</p>
<p>Carlos Ayala Corao Ex.presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.</p>
<p>Vladimir Villegas. Ex Viceministro de Relaciones Exteriores</p>
<p>Carlos Patiño Presidente del Sindicato del Inces.</p>
<p>Absalón Méndez. Coordinador del Doctorado en Seguridad Social de la UCV</p>
<p>Margarita López Maya. Historiadora.</p>
<p>Fernando Fernández. Profesor de Derecho Penal Internacional</p>
<p>María Gracias Chirinos. Periodista</p>
<p>José Bernardo Guevara</p>
<p>Deborah Van Berkerl</p>
<p>Abilio López. Activista de Derechos Humanos</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<div><br clear="all" /></p>
<hr align="left" size="1" width="33%" />
<div>
<p><a title="" href="#_ftnref">[1]</a> Este comunicado lo suscribe organizaciones integrantes del Foro por la Vida y otras organizaciones venezolanas que participan en la promoción y defensa de los derechos humanos en Venezuela.</p>
</div>
<div>
<p><a title="" href="#_ftnref">[2]</a> Artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (publicada en Gaceta Oficial nº 5.453, del 24 de marzo de 2000).</p>
</div>
<div>
<p><a title="" href="#_ftnref">[3]</a> Artículo 31 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.</p>
</div>
<div>
<p><a title="" href="#_ftnref">[4]</a> Artículo 67 de la CADH.</p>
</div>
<div>
<p><a title="" href="#_ftnref">[5]</a> Artículo 68 de la CADH.</p>
</div>
<div>
<p><a title="" href="#_ftnref">[6]</a> Corte IDH. Caso El Amparo Vs. Venezuela. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 4 de febrero de 2010.</p>
</div>
<div>
<p><a title="" href="#_ftnref">[7]</a>  Corte IDH. Caso El Amparo Vs. Venezuela. Supervisión Cumplimiento Sentencia. Resolución de la Presidenta de Corte Interamericana de Derechos Humanos de 18 de diciembre de 2009; Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 4 de julio de 2006 y Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 28 de Noviembre de 2002.</p>
</div>
<div>
<p><a title="" href="#_ftnref">[8]</a> Corte IDH. Caso El Amparo Vs. Venezuela. Resolución del 4 de febrero de 2010, párr. 22.</p>
</div>
<div>
<p><a title="" href="#_ftnref">[9]</a> Corte IDH. Caso del Caracazo Vs. Venezuela. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 23 de septiembre de 2009.</p>
</div>
<div>
<p><a title="" href="#_ftnref">[10]</a> Corte IDH. Caso del Caracazo Vs. Venezuela. Resolución del 23 de septiembre de 2009, punto resolutivo 1.</p>
</div>
<div>
<p><a title="" href="#_ftnref">[11]</a> Corte IDH. Caso Montero Aranguren y otros (Retén de Catia) Vs. Venezuela. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos 30 de agosto de 2011; Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 17 de noviembre de 2009.</p>
</div>
<div>
<p><a title="" href="#_ftnref">[12]</a><strong> </strong>Corte IDH. Caso Blanco Romero y otros Vs. Venezuela<strong>.</strong><strong> </strong>Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 07 de julio de 2009; Resolución de la Presidenta de Corte Interamericana de Derechos Humanos de 18 de mayo de 2009.</p>
</div>
<div>
<p><a title="" href="#_ftnref">[13]</a> Corte IDH Medidas Provisionales respecto de Venezuela. <em>Asuntos de determinados centros penitenciarios. </em>Resolución del 6 de julio de 2011.</p>
</div>
</div>
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		</item>
		<item>
		<title>Foro por la Vida invita a acompañar a Elena Brito, viuda de Franklin Brito, a exigir justicia en la Fiscalía</title>
		<link>http://www.derechos.org.ve/2011/05/26/foro-por-la-vida-invita-a-acompanar-a-elena-brito-viuda-de-franklin-brito-a-exigir-justicia-en-la-fiscalia/</link>
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		<pubDate>Thu, 26 May 2011 21:33:01 +0000</pubDate>
		<dc:creator>medios</dc:creator>
				<category><![CDATA[Foro por la Vida]]></category>
		<category><![CDATA[Franklin Brito]]></category>

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		<description><![CDATA[El próximo martes 31 , a las 11 de la mañana Elena de Brito, viuda deFranklin Brito se dirigirá a la Dirección de Derechos Fundamentales de la Fiscalía General de la República a exigir investigación por la muerte de su esposo.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.derechos.org.ve/2011/02/09/convocatoriaimpacto-y-consecuencias-del-paquete-legislativo-de-diciembre-de-2010/foro-por-la-vida-2/" rel="attachment wp-att-10409"><img class="alignleft size-full wp-image-10409" title="foro por la vida" src="http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/foro-por-la-vida1.jpg" alt="" width="199" height="186" /></a></p>
<p>El próximo martes 31 de mayo, a las 11 de la mañana Elena de Brito, viuda del fallecido productor agropecuario Franklin Brito, se dirigirá a la Dirección de Derechos Fundamentales de la Fiscalía General de la República, ubicada en Parque Carabobo en Caracas, a exigir que el fallecimiento de su esposo sea objeto de una investigación por parte del Ministerio Público.</p>
<p>Como se recordará la muerte de Brito ocurrió bajo la custodia del Estado a partir de su detención arbitraria y de la retención contra su voluntad en el Hospital Militar, a pesar que había estado ejerciendo su derecho a la manifestación pacífica por medio de una huelga de hambre frente a la sede de la OEA en Caracas.  Franklin fue llevado al Hospital Militar mediante una acción de amparo introducida por fiscales, otorgada por un Juez Penal.  De esta manera fue mantenido luego durante 8 meses en el Hospital Militar, contra su voluntad, con el supuesto objeto de preservar su salud y su vida y, sin embargo, allí falleció el 30 de agosto.  En este sentido, la familia de Franklin desea que se investigue lo ocurrido, se determine la responsabilidad de los distintos funcionarios en los hechos que llevaron a la muerte de Franklin estando bajo la custodia del Estado, y se apliquen las sanciones que correspondan.  Elena de Brito se encuentra asesorada por los abogados Alberto Arteaga y Carlos Ayala, con el acompañamiento de las organizaciones Cofavic y Acción Solidaria.</p>
<p>El Foro por la Vida invita a las diferentes organizaciones de derechos humanos, organizaciones populares y activistas sociales de todos los sectores, a acompañar a la familia Brito en su exigencia de justicia y cese a la impunidad, en uno de los precedentes graves de violación del derecho a la manifestación y a la vida ocurridos en el país en los últimos años.</p>
<p><strong>Lugar:</strong> Sede de la Fiscalía General de la República, Parque Carabobo<br />
<strong>Día:</strong> Martes 31 de mayo 2011<br />
<strong>Hora: </strong>11 de la mañana</p>
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		<item>
		<title>Informe para el Examen periódico Universal enviado por el Foro por la Vida</title>
		<link>http://www.derechos.org.ve/2011/03/22/informe-para-el-examen-periodico-universal-enviado-por-el-foro-por-la-vida/</link>
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		<pubDate>Tue, 22 Mar 2011 21:33:39 +0000</pubDate>
		<dc:creator></dc:creator>
				<category><![CDATA[Foro por la Vida]]></category>

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		<description><![CDATA[En este informe la coalición de organización que forman parte del Foro por la Vida expresan sus preocupaciones y recomendaciones sobre el estado de los derechos humanos en Venezuela.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a rel="attachment wp-att-861" href="http://www.derechos.org.ve/pw/?attachment_id=861"><img class="alignleft size-medium wp-image-861" title="Logo Foro por la Vida" src="http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/logoforo_web-300x280.gif" alt="" width="250" height="233" /></a>El conjunto de organizaciones de derechos humanos que  forman parte del Foro por la Vida también elaboraron un informe conjunto para el Exémen Periódico Universal al que será sometido el Estado Venezolano el próximo 7 de octubre de este año.</p>
<p>En este informe las organizaciones expresan su preocupación sobre el incumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado venezolano, el control político sobre el Tribunal Supremo de Justicia, la no garantía de la estabilidad judicial a través del Código de ética del juez venezolano, la provisionalidad en el  Ministerio Público, la falta de independencia del Poder Judicial y sus consecuencias, la aprobación de un conjunto de leyes que afectan la libertad de asociación. Además tambien expresaron su preocupación por la opacidad del Estado venezolano y el insuficiente acceso a la información en los portales de entes públicos seleccionados.  También el informe hace una revisión de la situación cada vez más restrictiva para la actuación de los defensores y defensoras de derechos humanos organizados en ONG y Comités de Víctimas.</p>
<p><strong>Recomendaciones</strong></p>
<p>Finalmente en el informe la Plataforma de el Foro por la Vida realiza un pliego de cuatro recomendaciones   que se pueden sintentizar en : la exigencia de  la garantía de un mejor acceso a la información, la garantía de la efectiva de  la separación de los poderes públicos, la garantía para que los defensores y defensoras de derechos humanos  realicen libremente sus actividades y finalmente que Venezuela cumpla con las decisiones de los organismos internacionales de protección de los derechos humanos.</p>
<p>Para leer el informe completo has click <a href="http://www.derechos.org.ve/pw/?attachment_id=11514">aquí</a></p>
<p><strong><br />
</strong></p>
<p><a href="#_ftnref1"></a></p>
<p><strong><br />
</strong></p>
<script type="text/javascript">sdac_post_slideshows.push({fx: 'fade', timeout: 0, speed: 1000, pause: 0,})</script>]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Organizaciones sociales ratifican su compromiso por la defensa de aquellos que no tienen voz</title>
		<link>http://www.derechos.org.ve/2010/09/07/organizaciones-sociales-ratifican-su-compromiso-por-la-defensa-de-aquellos-que-no-tiene-voz/</link>
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		<pubDate>Tue, 07 Sep 2010 21:25:42 +0000</pubDate>
		<dc:creator></dc:creator>
				<category><![CDATA[Foro por la Vida]]></category>
		<category><![CDATA[Cofavic]]></category>
		<category><![CDATA[espacio publico]]></category>
		<category><![CDATA[Feliciano Reyna]]></category>
		<category><![CDATA[Liliana Ortega]]></category>
		<category><![CDATA[Provea]]></category>
		<category><![CDATA[Rafael Uzcátegui]]></category>
		<category><![CDATA[Sinergia]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.derechos.org.ve/proveaweb/?p=6313</guid>
		<description><![CDATA[Para los voceros de las organizaciones sociales los ataques recibidos por distintos poderes del Estado son una reafirmación de las luchas contra los abusos y omisiones contra los derechos humanos]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a rel="attachment wp-att-6332" href="http://www.derechos.org.ve/pw/?attachment_id=6332"><img class="alignleft size-medium wp-image-6332" title="RDP_FxV" src="http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/RDP_FxV-250x187.jpg" alt="Rafael Uzcátegui durante su intervención " width="250" height="187" /></a>Ante las recientes prácticas de hostigamiento, descalificación y criminalización emandas de diversos entes gubernamentales, diversas organizaciones sociales de Venezuela presentaron un documento en la mañana del 07.09.10 donde reivindican el derecho de participación, la recepción de cooperación internacional y expresan su desacuerdo con la actitud del Ejecutivo Nacional.</p>
<p>El documento fue respaldado por 106 organizaciones sociales del país, siete latinoamericanas, distintas redes de promoción y defensa de los derechos humanos y 66 individualidades con trayectoria en la defensa de los DDHH.</p>
<p>Feliciano Reyna, presidente de Sinergia, Liliana Ortega, directora ejecutiva de Cofavic, Rafael Uzcátegui, integrante de Provea, y Pedro Nikken, ex presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, expresaron diversos puntos de vista sobre el panorama de los derechos humanos, criminalización de la protesta social, cooperación internacional, entre otros.</p>
<p>El presidente de Sinergia sintetizó el documento de la siguiente manera &#8220;en rechazo a la campaña pública del desprestigio del trabajo de las organizaciones de sociedad civil, de las ONG, desarrollo social, las que se desenvuelven en el ámbito cultural, en el ámbito sindical, así mismo, para rechazar las sentencias que restringuen las sentencias de libre asociación y, que intentan, deslegitimizar y criminalizar el derecho de las organizaciones de participar en asuntos públicos&#8221;.</p>
<p>Por otra parte, Reyna se reflexionó sobre el papel de la distintas organizaciones en las dinámicas que atentan contra los derechos humanos y en el proceso de recuperación de las víctimas. Expresó &#8220;nuestras organizaciones han sido un factor fundamental en la búsqueda de caminos para la dignificación de la vida  humana, por lo tanto, nuevamente expresamos nuestro enérgico rechazo a estás prácticas políticas y sentencias que buscan criminalizar, tratar de descalificar y deslegitimar nuestro trabajo&#8221;.</p>
<p>La representante de Cofavic, durante su intervención, reivindicó la cooperación internacional  como una herramineta para dignificar a las víctimas de violación a los derechos humanos. Explicó &#8220;que importante, que alguien lejos, que no está tocado por un problema se sienta llamado, se sienta convocado a trabajar, defender y promover el tema de derechos humanos&#8221;.</p>
<p>Agregó &#8220;periodistas, mamás que están en los barrios, jóvenes que están en los barrios han sido los beneficiarios de la cooperación internacional y del trabajo de las organizaciones no gubernamentales, por ello cuando se descalifica y se criminaliza la acción de la cooperación internacional y de las ONG, se está (&#8230;) tratando de menoscabar  la posibilidad de apoyo para aquellos que no tienen voz, para aquellos que no son escuchados&#8221;.</p>
<p>También recordó el papel importante de las ONG para desmontar &#8220;la verdad oficial&#8221; en los casos de La masacre de El Amparo, El Caracazo, los desaparecidos del deslave de Vargas o la Masacre de Vista Hermosa, en los cuales lo realmente ocurrido se conoció por el trabajo de organizaciones no gubernamentales.</p>
<p>Pedro Nikken, durante su intervención, destacó la labor de la organizaciones no gubernamentales &#8220;que molestan a todos los gobiernos&#8221;. También, agregó que los DDHH son una herramienta para lucha contra la opresión y &#8220;las ONG son una piedra en el zapato, recordando los abusos que se cometen desde el Estado o las omisiones que desde el Estado impiden la realización de los derechos humanos y libertades fundamentales&#8221;.</p>
<p><strong>Criminalización de las ONG, criminalización de la protesta social </strong></p>
<p>El integrante de Provea, Rafael Uzcátegui, sostuvo que la campaña de desprestigio y deslegitimación de la labor de las organizaciones sociales no es un hecho aislado forma parte &#8220;de un contexto general de criminalización de la protesta en Venezuela que intenta invisibilizar las deficiencias y contradicciones de las políticas públicas en el país&#8221;.</p>
<p>Uzcátegui informó que durante los primeros seis meses del 2010 se produjeron nueve protestas por día, y en el marco de esa creciente conflictividad social, la respuesta del Estado ha sido el aumento de la represión: &#8220;Protestas que están siendo portagonizadas por los sectores más desfavorecidos en solicitud de sus derechos sociales, esta gente humilde, esta gente  que ha apostado por el proyecto del presidente Chávez y que hoy está demandando respuesta del Ejecutivo Nacional esta siendo cada vez más criminalizada, esta siendo cada vez más reprimida&#8221;.</p>
<p>Para el defensor de los derechos humanos &#8220;por apoyar y acompañar sus demandas, por tomar partido permanentemente por las víctimas y no por sus victimarios, es la principal razón por la cual las ONG de derechos humanos estamos siendo objeto de un proceso de creciente de hostigamiento y criminalización por parte de los diferentes poders públicos&#8221;.</p>
<p>Para descargar el comunicado con la firmas que lo respaldan, has clic <a href="http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/Comunicado-OSC-definitivo-con-firmas.pdf" target="_blank">AQUÍ</a></p>
<p>Prensa Provea, 07.09.10</p>
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		<title>Más de un centenar de organizaciones sociales pidieron al gobierno levantar los obstáculos al derecho a la libre asociación</title>
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		<pubDate>Tue, 07 Sep 2010 18:38:08 +0000</pubDate>
		<dc:creator></dc:creator>
				<category><![CDATA[Foro por la Vida]]></category>

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		<description><![CDATA[Solicitaron a los poderes públicos una serie de medidas para revertir la campaña de desprestigio y aumentar las posibilidades que todos/as las venezolanas, sin exclusiones de ningún tipo, puedan disfrutar de sus derechos]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a rel="attachment wp-att-6325" href="http://www.derechos.org.ve/pw/?attachment_id=6325"><img class="alignleft size-medium wp-image-6325" title="rp_070910" src="http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/rp_070910-250x187.jpg" alt="" width="250" height="187" /></a>Durante la mañana del martes 07 de septiembre, representantes de más de 100 iniciativas sociales, de desarrollo y promoción de los derechos humanos divulgaron un documento en el que rechazan la campaña pública de desprestigio, realizada por voceros del Ejecutivo Nacional, contra el trabajo de organizaciones y defensores de los derechos humanos. Asimismo, refutaron las sentencias que restringen los derechos de libre asociación e intentan deslegitimar y criminalizar el derecho a la ciudadanía a participar en los asuntos públicos. La actividad se realizó en el auditorio del Colegio María Auxiliadora, ubicado en Altamira, contando con representantes de coaliciones y redes como el Foro por la Vida, ARA, Proacceso y Sinergia, así como grupos como Cecodap, Convite, Cesap y Codevida. En total, el comunicado presentado fue suscrito por 106 organizaciones nacionales,  6 redes nacionales, 13 organizaciones internacionales y 66 personas con amplia trayectoria en DDHH.</p>
<p>Feliciano Reina, representante de Sinergia relató que si bien los ataques contra las organizaciones Espacio Público y el Instituto Prensa y Sociedad constituyen el capítulo más reciente de las agresiones, estas no constituyen un hecho aislado sino que formaban parte de un patrón de hostigamiento. Entre las acciones documentadas se encuentra la descalificación sistemática realizada desde diferentes medios de comunicación, la apertura de juicios y procesos judiciales, la intimidación mediante amenazas públicas así como la privación de libertad.  Los principales sectores víctimas de estas agresiones  son grupos de derechos humanos, de desarrollo social, promotores culturales y sindicalistas.</p>
<p>Por su parte Liliana Ortega, vocera de COFAVIC, recordó la trayectoria de las iniciativas víctimas de lo que calificó como “intolerancia” gubernamental. Recordó que durante veinte años<strong> </strong>algunas de estas organizaciones han monitoreado la situación de los derechos humanos en el país, alertando a los poderes públicos de acerca de las violaciones. Gracias a la perseverancia de estas iniciativas se ha podido conocer la verdad en casos emblemáticos como la Masacre de El Amparo, Cantaura y Yumare; las víctimas de ejecuciones durante los sucesos de El Caracazo así como las desapariciones forzadas en el estado Vargas durante la vaguada del año 1999. Ortega reiteró que el trabajo de las ONG´s en derechos humanos es incidir en el diseño de políticas públicas mediante la interlocución con los poderes públicos: “Una condición fundamental de un Estado democrático es utilizar el diálogo como estrategia de persuasión y convicción, pero en Venezuela el intercambio y la búsqueda de consensos se ha proscrito y satanizado. Cuando un Estado no flexibiliza sus posiciones, no retrocede cuando debe, ni busca soluciones que satisfagan a todas las partes involucradas, lo que evidencia es que el modelo autoritario gana más espacio como forma de gobernabilidad”.</p>
<p>Rafael Uzcátegui, vocero de Provea, acotó que los ataques buscan erosionar la autonomía de las organizaciones sociales, desestimular la contraloría social independiente así como el real ejercicio de los derechos consagrados en la constitución. Asimismo aseguró que el conteo de manifestaciones revela un incremento constante desde los últimos 4 años, realizándose en el primer semestre del 2010 un promedio de 9 manifestaciones al día en el país. El aumento de la conflictividad sugiere que no existe una respuesta satisfactoria de las instituciones públicas a las demandas populares, lo cual ha ido radicalizando las acciones comunitarias, haciendo un mayor uso de estrategias como las huelgas de hambre y provocando fenómenos como pobladas contra destacamentos policiales. Ante esta situación la respuesta del Ministerio Público ha sido criminalizar y enjuiciar a los y las manifestantes, contando con la complicidad de la Defensoría del Pueblo. Uzcátegui calificó las actuaciones de estos dos miembros del Poder Moral como “altamente ineficientes”, cuyas omisiones han tenido consecuencias fatales en el caso del productor agropecuario Franklin Brito, mantiene en prisión al sindicalista Rubén González, prolonga la huelga de hambre de la estudiante de la UBV Lilian Sanguino y ampara los procesos penales abiertos contra los 1500 campesinos del movimiento Jirajara. “El gobierno contiene y reprime las protestas populares, y las iniciativas que acompañan y visibilizan las demandas de los manifestantes, como es el caso de las ONG´s de derechos humanos, son criminalizadas para intentar evitar que continúen apoyando a las víctimas de los abusos e ineficacias estatales”.</p>
<p>El centenar de organizaciones e iniciativas comunitarias solicitaron a los poderes públicos una serie de medidas para revertir la campaña de desprestigio y aumentar las posibilidades que todos y todas las venezolanas, sin exclusiones de ningún tipo, puedan disfrutar de sus derechos. Para los voceros de las ONG´s se ha demostrado que cualquier proyecto que democráticamente intente superar los graves problemas de pobreza, exclusión y violencia necesita contar con el consenso más amplio de la sociedad, así como con la participación de todos los sectores involucrados. Por último reivindicaron el derecho a recibir cooperación internacional, lo cual es la base del trabajo de las organizaciones del mundo entero, tales como Amnistía Internacional, Social Watch y Greenpeace, que luchan por mejorar la democracia, preservar el medio ambiente y acabar con las injusticias.</p>
<p>Foro por la Vida, 07.09.10</p>
<p>Para descargar el comunicado con la firmas que lo respaldan, has clic <a href="http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/Comunicado-OSC-definitivo-con-firmas.pdf" target="_blank">AQUÍ</a></p>
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		<title>Foro por la Vida rechaza la campaña pública de desprestigio contra las Ongs de Venezuela</title>
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		<pubDate>Thu, 15 Jul 2010 13:46:29 +0000</pubDate>
		<dc:creator></dc:creator>
				<category><![CDATA[Foro por la Vida]]></category>
		<category><![CDATA[Titulares]]></category>
		<category><![CDATA[ataques contra sociedad civil en Venezuela]]></category>
		<category><![CDATA[Cofavic]]></category>
		<category><![CDATA[criminalización de la protesta en Venezuela]]></category>
		<category><![CDATA[espacio publico]]></category>
		<category><![CDATA[Provea]]></category>

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		<description><![CDATA[Rechazan la desnaturalización y criminalización de su trabajo como defensores y defensoras de los DDHH]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a rel="attachment wp-att-861" href="http://www.derechos.org.ve/pw/?attachment_id=861"><img class="alignleft size-full wp-image-861" title="Logo Foro por la Vida" src="http://www.derechos.org.ve/pw/wp-content/uploads/logoforo_web.gif" alt="" width="269" height="252" /></a>(Caracas, 15.07.10) El Foro por la Vida<a href="https://mail.google.com/mail/?ui=2&amp;view=bsp&amp;ver=ohhl4rw8mbn4#129d621979fa7b23__ftn1">[1]</a>, coalición de organizaciones de derechos humanos de Venezuela, rechaza la política y campaña pública de desprestigio del trabajo de las organizaciones venezolanas de derechos humanos; y exige el cese de la investigación penal solicitada el  14 de julio de 2010 por el Presidente de la República.</p>
<p>Durante las últimas semanas, en diversos espacios de las televisoras y radios  gubernamentales de Venezuela se han llevado a cabo de manera continua y reiterada una serie de programas en los que se descalifica a las organizaciones de la sociedad civil que reciben cooperación internacional, con expresa mención a diversas organizaciones en el campo de los derechos humanos. En el día de hoy, el Presidente de la República pidió investigar:</p>
<p>“a fondo” los &#8220;millones y millones de dólares&#8221; que destina el Departamento de Estado estadounidense para financiar a organizaciones no gubernamentales (ONG&#8217;s) venezolanas.</p>
<p>&#8220;Esto hay que investigarlo a fondo: los millones y millones de dólares del Departamento de Estado para grupos de periodistas, grupos de ONG&#8217;s, eventos, premios y no sé cuántas cosas más&#8221;, dijo Chávez.</p>
<p>Leyendo &#8220;documentos desclasificados del Departamento de Estado&#8221;, Chávez explicó que la Fundación Panamericana para el Desarrollo (FUPAD) es un &#8220;organismo del Departamento de Estado&#8221; creado para &#8220;disfrazar&#8221; el financiamiento que da Estados Unidos a estas ONG&#8217;s venezolanas.</p>
<p>El mandatario venezolano también criticó que varias universidades locales incorporaran a sus currículos &#8220;talleres de formación sobre los conceptos del periodismo investigativo&#8221; conducidos por la FUPAD, pues considera que corresponde una &#8220;violación&#8221; a la autonomía y soberanía universitaria. “ <a href="https://mail.google.com/mail/?ui=2&amp;view=bsp&amp;ver=ohhl4rw8mbn4#129d621979fa7b23__ftn2">[</a>2]</p>
<p>Este ataque se produce un día después que el denominado “Movimiento por el Periodismo Necesario” solicitó ante la Fiscalía General de la República una investigación en contra de las organizaciones que trabajan en Venezuela los temas de libertad de expresión como son el Instituto Prensa y Sociedad (Ipys) y Espacio Público, a los fines de determinar una presunta “relación con el financiamiento y la relación estratégica entre el Departamento de Estado de los EEUU y periodistas y medios de comunicación privados en Venezuela”.</p>
<p>Este hecho se inscribe en un patrón de hostigamiento por parte de funcionarios gubernamentales y voceros oficialistas contra las organizaciones de derechos humanos  (citar CIDH, informe) en general <a href="https://mail.google.com/mail/?ui=2&amp;view=bsp&amp;ver=ohhl4rw8mbn4#129d621979fa7b23__ftn3">[3]</a>, y en especial, contra las organizaciones promotoras de la libertad de expresión y medios de comunicación. Este patrón se caracteriza por la descalificación moral y pública ejercida desde los medios gubernamentales, que luego es continuada por la apertura de procesos judiciales<a href="https://mail.google.com/mail/?ui=2&amp;view=bsp&amp;ver=ohhl4rw8mbn4#129d621979fa7b23__ftn4">[4] </a>o la intimidación mediante amenazas públicas.</p>
<p>En el caso concreto de Espacio Público, sus actividades son públicas y conocidas, se realizan sin ningún tipo de propósito electoral, se ajustan a los diseños y requerimientos que son elaborados de modo autónomo y sin presión alguna por agentes externos o internos. Estas acciones responden a su visión de la realidad venezolana  y se ajustan a lo establecido en el artículo 13 de la Declaración sobre los defensores de derechos humanos adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas, el 9 de diciembre de 1998 resolución de la Asamblea General 53/144 que establece el derecho a recibir cooperación internacional. <em>“Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a solicitar, recibir y utilizar recursos con el objeto expreso de promover y proteger, por medios pacíficos, los derechos humanos y las libertades fundamentales</em>.”<a href="https://mail.google.com/mail/?ui=2&amp;view=bsp&amp;ver=ohhl4rw8mbn4#129d621979fa7b23__ftn5">[5]</a></p>
<p>Las organizaciones de derechos humanos tienen más de 20 años recibiendo cooperación internacional y dicha cooperación  sirve para atender a innumerables víctimas de violaciones a los derechos humanos, capacitar a colectivos sociales y funcionarios y funcionarias del Estado, elaborar publicaciones educativas, proponer políticas para el fortalecimiento de la democracia entre ellas el capítulo de derechos humanos de la actual Constitución y dar aportes en muchas leyes vigentes. La cooperación recibida tiene  como destino a los más excluidos apoyándolos en la exigibilidad de sus derechos y acompañándolos en sus procesos organizativos en el marco de las normas vigentes y con fines pacíficos y democráticos.</p>
<p>Las organizaciones integrantes del Foro por la Vida rechazamos esta política de acoso a las organizaciones venezolanas de derechos humanos porque restringe seriamente su trabajo, destinado a la defensa y promoción de los derechos humanos  en Venezuela.</p>
<p><strong>Por ello exigimos</strong></p>
<p><strong>1.-</strong> Al Gobierno Nacional y a su sistema de medios públicos el cese de esta campaña de amedrentamiento en contra de organizaciones venezolanas en procura de su desprestigio en la sociedad venezolana.</p>
<p><strong>2.-</strong> Al Gobierno Nacional que respete el trabajo de las organizaciones venezolanas como una expresión legítima de una sociedad democrática y el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión y el derecho de asociación.</p>
<p><strong>3.-</strong> A la Fiscalía General de la República que desestime toda investigación que pretenda asociar a la cooperación internacional con la desestabilización por impulsar acciones e iniciativas de capacitación y formación en Derechos Humanos o estrategias de investigación periodística.</p>
<p><strong>4.-</strong> A la Defensoría del Pueblo, que se avoque a defender la posibilidad de todas las personas y organizaciones de defender y promover los derechos humanos, además de solicitar el apoyo y cooperación para este propósito.</p>
<p><strong>Vocería Foro por la Vida</strong></p>
<p><strong>PROVEA- Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos</strong></p>
<p><strong>Espacio Público </strong></p>
<p><strong>Justicia y Paz Nacional</strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong>___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________</strong></p>
<p><em>[1] El Foro por la Vida lo integran las siguiente organizaciones: Acción Ciudadana Contra el SIDA (ACCSI), Acción Solidaria (ACSOL), Caritas Los Teques, Caritas Venezuela, Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello, Centro para la Paz y los Derechos Humanos de la universidad Central de Venezuela, Comisión Justicia y Paz del Secretariado Conjunto de Religiosas y Religiosos de Venezuela (Secorve)., Comité de Familiares de Víctimas del 27 de Febrero y Marzo de 1989 (Cofavic), Comité Pro Derechos Humanos del Estado Falcón. (COPRODEH), Comité Victimas Lara, Espacio Público, Fundación de Derechos Humanos de Anzoátegui, Grupo de Monitores de Derechos Humanos de Táchira, Observatorio venezolano derechos de las Mujeres, Oficina de Derechos Humanos del Vicariato de Puerto Ayacucho, Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea), Servicio Jesuita a los Refugiados (SJR), y la  Vicaría Episcopal de Derechos Humanos de la Arquidiócesis de Caracas.</em></p>
<p><em>2 <a href="http://www.eluniversal.com/2010/07/14/pol_ava_chavez-pide-a-cancil_14A4183171.shtml" target="_blank">http://www.eluniversal.com/2010/07/14/pol_ava_chavez-pide-a-cancil_14A4183171.shtml</a> Consultado el 14.07.10</em></p>
<p><em>3 Así lo señala la CIDH, en el párrafo 588 de su informe sobre Venezuela; Democracia y Derechos Humanos: “La Comisión ha tomado conocimiento de que continúa un clima de hostilidad y amenazas en contra de la vida e integridad física de los defensores de derechos humanos en Venezuela. La información recibida por la CIDH hace referencia a actos estatales dirigidos a deslegitimar y criminalizar la acción de los defensores y de las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos venezolanas e internacionales que trabajan en Venezuela. La información recibida por la Comisión también señala que altos funcionarios públicos, incluyendo al Presidente de la República, han acusado públicamente a varias organizaciones de derechos humanos, así como a sus integrantes, de formar parte de una estrategia golpista o de tener vínculos indebidos con países extranjeros que supuestamente planean desestabilizar al gobierno. Más aún, se han llevado a cabo manifestaciones de descrédito profesional a personas que han comparecido ante los órganos de protección del sistema interamericano.”</em></p>
<p><em>4 Los gobiernos suelen servirse del sistema judicial como instrumento de hostilidad y castigo contra defensores de los derechos humanos. A fin de disipar toda impresión de que, en su opinión, la defensa de los derechos humanos sea un acto delictivo, normalmente acusan a los defensores de los derechos humanos de delitos tales como &#8220;sedición&#8221;, &#8220;incitación a la rebelión&#8221;, &#8220;tentativa de menoscabar las instituciones&#8221; y delitos contra la seguridad del Estado. También es frecuente enjuiciar a defensores de los derechos humanos en base a acusaciones falsas como forma de hostilidad. (Informe de la Relatora, Señora Hina Jilani, Representante Especial del Secretario General sobre la cuestión de los defensores de los derechos humanos, presentado a la Asamblea General las Naciones Unidas en el 57 Período de Sesiones el 2 de julio de 2002).</em></p>
<p><em> 5 Declaración sobre los defensores de derechos humanos adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas, el 9 de diciembre de 1998 resolución de la Asamblea General 53/144</em></p>
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