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El
Foro por la Vida Opina |
ONG DE DERECHOS
HUMANOS DEL HEMISFERIO
ANTE ASAMBLEA GENERAL DE LA OEA
Por tercer año consecutivo, las
organizaciones no gubernamentales de derechos humanos del
hemisferio, con adhesiones de organismos internacionales no
gubernamentales, han emitido un pronunciamiento conjunto que
presentarán ante la Asamblea General de la Organización de Estados
Americanos (OEA), que se llevará a cabo del 7 al 9 de junio del
presente año, en Ciudad de Guatemala (Guatemala). Por Venezuela, el
Foro por la Vida formó parte de esta iniciativa.
En esta oportunidad el documento,
suscrito por más de 280 ong´s, destaca cuatro temas fundamentales
que constituyen una preocupación común en la agenda de derechos
humanos: la impunidad de las violaciones a los derechos humanos que
imposibilita la existencia de auténticas democracias; el necesario
respeto y protección a la labor de los defensores de derechos
humanos; la transparencia en la elección de los miembros de la
Comisión Interamericana como garantía de independencia; y el
fortalecimiento del sistema interamericano de derechos humanos a
través del compromiso de los Estados miembros con los instrumentos
internacionales sobre la materia, así como la exigibilidad de
cumplimiento de las decisiones de la Comisión.
A continuación se transcribe
textualmente lo que manifiesta dicho documento en relación a los
cuatro puntos fundamentales expuestos anteriormente:
Impunidad
Todos los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos
tienen una obligación con la democracia y el respeto a los derechos
humanos. Sin embargo, en la mayoría de países de la región la
impunidad de graves violaciones a los derechos humanos sigue siendo
un problema pendiente de solución. Su continuidad, así como la
inconclusa tarea de construcción de una paz duradera constituyen un
obstáculo para el desarrollo de auténticas democracias en nuestros
países y niegan a sus ciudadanas y ciudadanos el pleno ejercicio de
sus derechos y libertades fundamentales. La Asamblea General tiene
la responsabilidad de instar a los países de las Américas a
comprometerse en la tarea de construir democracias sólidas que
tengan como premisa fundamental el respeto de los derechos humanos,
el desarrollo económico y social, así como la coexistencia pacífica
de sus pueblos y culturas sin ningún tipo de discriminación. La
creación de una Corte Penal Internacional complementaria a los
sistemas judiciales nacionales, capaz de procesar a individuos
acusados de los más graves crímenes que afectan la conciencia
humana, constituirá un avance histórico en la lucha contra la
impunidad. La Asamblea General debe respaldar con entusiasmo la
recomendación emitida por la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos en diciembre último, llamando a un proceso de pronta
suscripción y ratificación del Estatuto de la Corte Penal
Internacional como mecanismo que reafirma el principio de
jurisdicción universal sobre los delitos de: agresión, genocidio,
crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad (tales como la
desaparición forzada de personas, la tortura y las violaciones a
gran escala o sistemáticas de derechos humanos). La Corte Penal
Internacional contribuirá de manera notable al fortalecimiento de
los sistemas internacionales de protección de los derechos humanos.
Defensores de derechos humanos
La Organización de las Naciones
Unidas (ONU) ha aprobado una declaración para brindar protección a
los defensores de derechos humanos. A nivel regional, los defensores
de derechos humanos se enfrentan a numerosos obstáculos en su
legítimo trabajo. En varios países, defensores de derechos humanos
han sido asesinados, desaparecidos, amenazados o víctimas de
campañas de denigración.
Resulta imperativo que la Asamblea
General haga un claro e inequívoco reconocimiento de la labor que
realizan tanto las personas naturales como las instituciones y
organizaciones no gubernamentales dedicadas a la defensa de los
derechos humanos y llame a los Estados a brindar protección y
garantías para el libre desempeño de sus labores.
Igualmente, la Asamblea General debe
proveer al sistema interamericano de un mecanismo de protección de
los defensores de derechos humanos a través de la creación de una
relatoría de defensores de derechos humanos de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos.
Esta también es una demanda planteada
por el II Congreso de Ombudsman y permitiría el desarrollo de la
positiva experiencia lograda a través de la Relatoría Especial sobre
Libertad de Expresión de la OEA. La Asamblea General debe atender el
pedido de la sociedad civil de crear un estatuto consultivo para las
instituciones de la sociedad civil en la Organización de Estados
Americanos que garantice, refuerce y de mayor eficacia y
transparencia al sistema interamericano.
Elección de miembros de la
Comisión Interamericana
Las personas que la Asamblea General elija para integrar la Comisión
Interamericana deben ser personas moralmente intachables, de
reconocida trayectoria de compromiso con los derechos humanos, con
equidad de género, y asegurar una adecuada independencia de los
órganos del sistema de acuerdo a lo estipulado en la Convención
Americana.
Fortalecimiento del sistema
interamericano de derechos humanos
La importancia de los instrumentos de derechos humanos y de los
órganos encargados de supervisar su cumplimiento constituyen la base
del sistema jurídico internacional y posibilitan la coexistencia de
la comunidad internacional. Menoscabar el sistema interamericano de
derechos humanos sólo generaría desprotección e inseguridad jurídica
para los habitantes de la región. La Asamblea General debe
pronunciarse enérgicamente respecto a esta amenaza, exigir a los
Estados miembros el cumplimiento de las obligaciones contraídas e
instarlos a adherirse y ratificar sin reservas todos los
instrumentos regionales de derechos humanos, en particular la
Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Protocolo adicional
a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de
derechos económicos, sociales y culturales, la Convención
Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, la Convención
Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas y la
Convención Belem do Para.
Al mismo tiempo, la Asamblea General
debe exhortar a los Estados miembros a aprobar legislación interna
acorde con los instrumentos de protección de los derechos humanos.
Es necesario que los Estados miembros tomen medidas nacionales
efectivas para la implementación de las recomendaciones de la
Comisión Interamericana. La Asamblea General debe exigir a los
Estados miembros que informen anualmente acerca del cumplimiento o
implementación de las recomendaciones de la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos.
(Caracas, 1.06.99)
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