
|
El
Foro por la Vida Opina |
COMITÉS DE
POSTULACIONES Y
DERECHOS A LA PARTICIPACIÓN Y NO DISCRIMINACIÓN
Las organizaciones no-gubernamentales
de derechos humanos, abajo firmantes, miembros de la coalición de
organizaciones defensoras de derechos humanos denominada "Foro por
la Vida", ante la decisión del Tribunal Supremo de Justicia de fecha
30 de junio del año en curso, que pretende excluir de la definición
de la sociedad civil en Venezuela a los partidos políticos, a las
organizaciones religiosas y a algunas ONGs por el origen de su
financiamiento o debido al carácter religioso de las mismas, y
frente a las declaraciones públicas emitidas por diversos voceros
del Poder Público con relación a la presunta exclusión de algunas
organizaciones no-gubernamentales del Comité de Evaluación de
Postulaciones para la elección del Poder Ciudadano, Judicial y
Electoral, manifestamos nuestra profunda preocupación ante la
posibilidad de que se restrinja y violente el derecho a la
participación garantizado por tratados, pactos y convenciones
internacionales suscritos y ratificados por el Estado venezolano y
por la vigente Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela.
Ante esta delicada situación, el Foro
por la Vida quiere dejar claro ante la opinión publica nacional e
internacional, que:
 |
Coincidimos con el concepto de que la sociedad civil es un
espacio amplio y diverso de las distintas formas organizativas
(sindicatos, campesinos sin tierra, ecologistas, comunidades
indígenas, asociaciones de vecinos y culturales, gremios
empresariales, partidos políticos, ONGs de desarrollo, mujeres,
derechos humanos, seguridad ciudadana, etc.) que propician los
ciudadanos y ciudadanas para participar en la vida pública y
encontrar soluciones a los problemas de los ciudadanos. El
Estado, sus instancias y funcionarios, así como otros sectores
de la vida social como las empresas con fines de lucro, son
interlocutores de la sociedad civil en la búsqueda del Bien
Común.
|
 |
Coincidimos en que ninguna organización puede abrogarse la
representación de la sociedad civil, y en el caso del Foro por
la Vida y sus organizaciones miembros, afirmamos
responsablemente que sólo representamos a 21 ONGs, puesto que el
movimiento de derechos humanos venezolano abarca a muchas otras
organizaciones no afiliadas a este espacio de coordinación con
las cuales mantenemos relaciones fraternas. Reafirmamos que los
principios que deben guiar la relación de las ONGs de derechos
humanos con el Estado son la independencia y la autonomía, toda
otra forma de relación como el clientelismo o la subordinación
no forman parte de la tradición histórica y del acervo cultural
del movimiento de derechos humanos tanto nacional como
internacional.
|
 |
Reafirmamos los conceptos aprobados por los Estados Parte en la
Conferencia Mundial de Derechos Humanos realizada en Viena en
1993, que establece que "Las organizaciones no gubernamentales y
los miembros de esas organizaciones que tienen una genuina
participación en la esfera de los derechos humanos deben
disfrutar de los derechos y las libertades reconocidos en la
Declaración Universal de Derechos Humanos, y de la protección de
las leyes nacionales. Esos derechos y libertades no pueden
ejercerse en forma contraria a los propósitos y principios de
las Naciones Unidas. Las organizaciones no gubernamentales deben
ser dueñas de realizar sus actividades de derechos humanos sin
injerencias, en el marco de la legislación nacional y de la
Declaración Universal de Derechos Humanos" . En este sentido,
vale recordar que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH) expresó en 1978 en su Informe Anual sobre Paraguay que
"la propia naturaleza de las organizaciones de derechos humanos
lleva con frecuencia a confrontaciones con los gobiernos . Sin
embargo, esto, en sí, no justifica los ataques gubernamentales ,
de hecho o de palabra , a tales grupos."
|
 |
Señalamos que pretender excluir a cualquier expresión de la
sociedad civil y en particular las de derechos humanos de los
mecanismos de participación ciudadana que consagra la
Constitución vigente, en los artículos 270 ,279 y 295 es, en
principio inconstitucional, y una limitación abusiva,
inaceptable y contraria a los parámetros internacionales que se
han establecido a favor de los defensores de derechos humanos.
Lo anterior configuraría una flagrante violación de la
Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los
grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos
humanos y las libertades fundamentales, aprobada por la
comunidad de Estados Parte de Naciones Unidas en 1998. |
Visto lo anterior, el Foro por la
Vida acuerda hacer pública las siguientes propuestas:
 |
A la
Asamblea Nacional: que ajuste su actuación al espíritu y la
letra de la Constitución, en especial a garantizar mediante Ley,
la participación amplia y democrática de los distintos sectores
de la sociedad en la conformación de los Comités de
Postulaciones Judiciales (Art. 270), Electorales (Art. 295) y
del Comité de Evaluaciones y Postulaciones del Poder Ciudadano
(Art.279), ya que de esta manera se cristaliza la participación
directa y protagónica de la ciudadanía en la postulación y
selección de esos cargos públicos, que finalmente debe escoger y
aprobar la Asamblea Nacional.
|
 |
A la
Defensoría del Pueblo: que haciendo uso de sus atribuciones
constitucionales (Art. 281) se mantenga vigilante del proceso
legislativo que instrumentará el proceso de selección de los
integrantes de los Poderes Judicial, Ciudadano y Electoral, para
que éste se ajuste a lo pautado por la Constitución vigente y
garantice la participación ciudadana.
|
 |
Al
Presidente de la República, Hugo Chávez Frías: que dentro de los
límites de sus atribuciones constitucionales y atendiendo al
interés supremo de la unidad de la Nación, garantice el
ejercicio del derecho a la participación (Art. 62 y 70) en
condiciones de igualdad y no discriminación, a todos los
sectores organizados de la vida nacional interesados en el bien
común, de manera particular a las ONGs de derechos humanos.
|
 |
Al
conjunto de sectores organizados que conforman la sociedad
civil: a realizar los esfuerzos necesarios, para que
reconociéndonos en la diversidad de orígenes, mandatos e
intereses propiciemos espacios para iniciar un debate
democrático, plural e incluyente, que reivindique la
participación de todos en la solución de los problemas comunes a
toda la población, especialmente la pobre y excluida. |
Suscriben formalmente esta
comunicación:
Acción Ciudadana contra el Sida (ACCSI); Centros Comunitarios de
Aprendizaje (Cecodap); Centro de Derechos Humanos de la Facultad de
Derechos de la UCAB; Comisión de Derechos Humanos de la Fraternidad
Hebrea; Comisión de Justicia y Paz de Petare; Comisión del
Secretariado Conjunto de Religiosos y Religiosas de Venezuela (Secorve);
Comité de Derechos de Puerto La Cruz; Comité de los Familiares y
Víctimas de los Sucesos de Febrero/Marzo de 1989 (Cofavíc);
Federación de Derechos Humanos del Estado Anzoátegui; Federación
Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de
Detenidos-Desaparecidos (Fedefam); Grupo de Derechos Humanos de la
Diócesis de San Fernando de Apure; Oficina de Derechos Humanos del
Vicariato de Puerto Ayacucho; Oficina Diocesana de Derechos Humanos
"Humanas Dignitas"; Programa Venezolano de Educación-Acción en
Derechos Humanos (PROVEA); Red de Apoyo por la Justicia y la Paz;
Vicaría Episcopal "Derecho y Justicia" de la Arquidiócesis de
Cumaná; Vicaría Episcopal de Derechos Humanos de Caracas;
Voluntariado Penitenciario de la UCAB (Vetep) ; Comisión de Derechos
Humanos de Justicia y Paz del Estado Aragua.
(Caracas, 14.09.00)
|