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Informe Anual 1995-1996 |
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Para contextualizar la situación política y social que afectó la vigencia de los derechos humanos, en el período cubierto por el presente Informe, tenemos que hacer referencia a tres variables importantes: la atención y vigilancia de la opinión pública internacional y de las organizaciones internacionales de derechos humanos sobre el desempeño del gobierno en esta materia; el debate abierto sobre la crítica situación del sistema judicial y el destino del proceso de reforma judicial; y la decisión gubernamental en materia económica de abandonar el marco electoral de la "Carta de Intención con el Pueblo de Venezuela" y asumir la firma de una Carta de Intención con el Fondo Monetario Internacional que enrrumba la economía nacional en el marco del Ajuste Estructural. Por razones de espacio, abordaremos con mayor profundidad el primer aspecto, por cuanto implica un cambio importante en las relaciones del Ejecutivo Nacional con las organizaciones de defensa de los derechos humanos, siendo las otras dos tratadas en detalle en los análisis presentados en varios capítulos de este Informe. Sin embargo, a modo de síntesis, cabe señalar que para Provea el contexto en el que se debate la reforma del Poder Judicial está caracterizado por: a) la resistencia de múltiples sectores internos al cambio; b) la falta de una concepción integral de la reforma, que tome en cuenta a todos los factores y actores del Poder Judicial; c) la falta de un consenso político para impulsar el proceso; d) la tímida participación de la sociedad civil y los usuarios del sistema judicial (ver Anexo Nº 1). Asimismo, el cambio de rumbo económico que supuso la implementación de las medidas anunciadas el 15.04.96, cuando se presentó al país la "Agenda Venezuela", no produjo en lo inmediato un cambio en el contexto de "paz social" (menor conflictividad social) que se presenta en Venezuela desde 1994, a pesar del costo social que generaron: inflación, mayor desempleo, caída del salario real y agravamiento de la crisis de los servicios públicos, en especial de la salud y la seguridad social. En los cinco meses posteriores a la entrada en vigencia de la Agenda, ésta presenta éxitos en el plano macroeconómico, pero graves consecuencias en la calidad de vida de la población. La atención y vigilancia de la opinión pública internacional y de las organizaciones internacionales de derechos humanos sobre el desempeño del gobierno en esa área, está íntimamente vinculada al cambio de política del gobierno en esta materia. En el anterior Informe sostuvimos que para el actual gobierno "la protección de los derechos humanos es percibida como un objetivo secundario cuya importancia se relativiza en función de supuestos intereses superiores de la Nación".1 Esta afirmación se sustentaba en la existencia de una tendencia manifiesta manipular y politizar el debate sobre derechos humanos desde diversas instancias oficiales, creando una matriz de opinión que pretendía señalar a los defensores de los derechos humanos como parte de campañas internacionales de desprestigio, como defensores de delincuentes, guerrilleros o narcotraficantes, o incluso como animados por el afán de lucro en sus actuaciones ante el sistema interamericano de protección de los derechos humanos. Durante 1996, en opinión de Provea, lo que se advertía como una tendencia se ha convertido en una política de Estado, lo que supone un cambio cualitativo en el contexto donde se desarrollan las relaciones entre las autoridades y las ONGs de derechos humanos. En este contexto hemos trabajado los defensores de los derechos humanos y en él se han producido las violaciones a los derechos humanos sistematizadas en el presente Informe. Provea puede afirmar que el Ejecutivo Nacional, a partir de enero de 1996, ha venido desarrollando una conducta política que pretende neutralizar, descalificar y cuestionar el accionar y la credibilidad de las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos, no solo nacionales sino incluso internacionales. Este cambio de conducta política pone al gobierno de Venezuela entre aquellos que, ante las denuncias de violaciones a los derechos humanos, reaccionan defensivamente, en contradicción con las obligaciones internacionales asumidas al momento de ratificar los instrumentos de protección de los derechos humanos. Las distintas maneras en que reaccionan defensivamente los Estados ante las críticas provenientes de organismos nacionales o internacionales de derechos humanos, han sido sistematizadas por José Miguel Vivanco, Director de Human Rights Watch / Americas2 Entre los tipos de reacciones defensivas asumidas por los Estados -que pueden operar complementariamente según Vivanco- se pueden distinguir esencialmente dos: 1) No responder a los hechos imputados y por el contrario tratar de neutralizar a las ONGs denunciantes utilizando los siguientes argumentos: a) El principio de no ingerencia interna, por el cual el Estado cuestiona el derecho de las ONGs internacionales de opinar sobre la situación de los derechos humanos, porque entiende que es una materia ajena al interés de la comunidad internacional; b) El principio del relativismo cultural, que niega la aplicación universal de los derechos humanos y la igualdad de todos los seres humanos. [Esta segunda situación no se presenta en el caso del Estado venezolano] c) Cuestionar la credibilidad de la ONG denunciante señalando motivaciones o afinidades políticas de sus integrantes; d) Descalificar a las ONGs cuestionando su imparcialidad por denunciar solo violaciones o abusos cometidos por agentes o funcionarios estatales y no en caso de crímenes cometidos por grupos guerrilleros o por delincuentes que afecten a militares, policías o incluso población civil. 2) Responder a los hechos imputados por las ONGs utilizando los siguientes argumentos: a) Dar una versión diferente de los hechos denunciados [el más común en Venezuela es presentar una ejecución extrajudicial como un enfrentamiento con las fuerzas de seguridad] b) Criticar la metodología de investigación aplicada por las ONGs denunciantes ya sea por falta de rigurosidad, contradicciones o imprecisiones en la cronología de los hechos, cuestionamiento de la idoneidad o imparcialidad de testigos o sobrevivientes, no agotamiento de los recursos judiciales internos, etc. Argumento esgrimido en Venezuela, no contra las ONGs, sino contra el departamento de Estado de Estados Unidos]. Los dos tipos de reacciones defensivas se han presentado en Venezuela durante el período que cubre el presente Informe, afectando la labor de las organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos, por lo que el objetivo de reseñar las situaciones más relevantes busca llamar la atención de las autoridades para que, a través del diálogo, se abran espacios regulares de trabajo mancomunado en pro de la vigencia de los derechos humanos y del Estado de Derecho. En primer lugar, es importante destacar la negativa reiterada del Presidente de la República, de acceder a reunirse con varias organizaciones de derechos humanos3 que desde la pasada campaña electoral le han solicitado una entrevista para presentarle un diagnóstico y propuestas para afrontar la problemática de derechos humanos. Durante 1996, Cofavic, la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz, la Vicaría Episcopal de Derechos Humanos de Caracas y Provea le reiteraron la solicitud el 11.03.96; se insistió el 18.04.96, solicitud ésta que tuvo respuesta en el mes de mayo en la que se informaba que el Ministro de Justicia sería el encargado de recibir a las organizaciones peticionantes. Sin embargo, esa reunión nunca se llevó a cabo, y luego de un tiempo, para asombro y decepción de los peticionantes, el Director de Prisiones comunicó que recibiría a las cuatro organizaciones. Esto motivó una respuesta rechazando tal posibilidad, por cuanto las organizaciones de derechos humanos entendíamos que "los temas a abordar superan el ámbito de su competencia";4 al tiempo que se le reiteraba al Presidente Caldera la solicitud de una audiencia personal (ver Anexo Nº 2). Para Provea esta actitud es inaceptable y discriminatoria, por cuanto el Presidente de la República no solo está obligado constitucionalmente a dar respuesta a las peticiones en virtud del Artículo 67 de la Carta Magna, sino porque a otras muchas organizaciones de la sociedad civil les ha concedido audiencia y escuchado sus planteamientos. Consecuente con esa actitud defensiva, el Presidente Caldera expresó públicamente, en ocasión de la vista del Presidente de Alemania en mayo de 1996, una opinión descalificadora del trabajo de los defensores de los derechos humanos: "En Venezuela estamos conscientes de que hay planteamientos por parte de organizaciones nacionales e internacionales, las cuales respetamos, pero que no suelen ser en general bastante equilibradas".5 Los intentos por descalificar los informes sobre la situación de derechos humanos en Venezuela por ser parcializados, tuvieron durante el período su primera expresión pública el 08.03.96, cuando el viceministro de Relaciones Exteriores, Dr. Milos Alcalay opinara sobre el Informe del Departamento de Estado de los Estados Unidos afirmando que "Los testimonios de organizaciones nacionales en las cuales se fundamenta mucho el informe del Departamento de Estado, destacan una serie de situaciones. Pero no hay peor mentira que la verdad a medias (...) Cuando muere un policía a mano de delincuentes o cuando muere una persona que custodia una cárcel nunca se señalan como violaciones a los derechos humanos. Tampoco cuando, en defensa de las fronteras, muere un soldado a manos de guerrilleros o narcotraficantes. En esos casos no aparece nadie denunciándolo. Cuando un pobre policía es asesinado por bandidos, esa sí es una violación de los derechos humanos, pero nunca se registra como tal". 6 De esta manera se pretende poner en duda la imparcialidad del citado Informe confundiendo, de paso, a la opinión pública que entiende de buena fe que los delitos penales cometidos por grupos o personas son jurídicamente equivalentes a aquellas cometidas por agentes del Estado. En este sentido, Provea y la Red de Apoyo polemizaron públicamente con el funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores, reiterando que el Estado es el único y exclusivo responsable de la vigilancia y vigencia de los derechos humanos. El primer cuestionamiento a la credibilidad de las organizaciones de derechos humanos por supuestas motivaciones políticas se presentó cuando, en ocasión de la visita del Secretario Internacional de Amnistía Internacional, el Ministro de la Secretaría de la Presidencia, Asdrúbal Aguiar declaró a un periódico que: "Ellos hacen una serie de recomendaciones a Venezuela que no fueron elaboradas en Londres, sobre la base de una evaluación constante sobre la situación institucional, sino que es el resultado de informantes puntuales de ONGs que en Venezuela han tenido -y no lo han escondido- una actividad militante incluso en materia política. Entonces los informes de alguna manera revelan el sesgo de una actuación que está orientada exclusivamente a señalar al gobierno de Caldera".7En esa misma entrevista el Ministro Aguiar, apeló a otra de las estrategias defensivas cuando descalificó a Amnistía Internacional afirmando que: "Nos preocupa que la metodología del informe sea absolutamente parcial y sesgada. La metodología utilizada revela inconsistencia, porque cuando se hace una evaluación de derechos humanos sobre un país, y ésta es la práctica internacional reiterada, se toma nota no solo de hechos puntuales de violación, sino del cuadro político, económico y social que vive el país. No dice el informe en ninguna parte lo que han significado estos dos años para poder garantizar y fortalecer el cuadro de estabilidad democrática, sin el cual no hay derechos humanos".8 En este mismo sentido, se expresó el Canciller Miguel Angel Burelli Rivas sobre la visita al país del Relator de las Naciones Unidas sobre la Tortura, Nigel Rodley, cuando a través de un comunicado de prensa "se lamenta que el boletín despachado por el Relator haya destacado una parte de las conclusiones preliminares, omitiéndose la amplitud y receptividad que encontró en las autoridades venezolanas".9 También se produjeron reacciones defensivas fundadas en el principio de no ingerencia interna; muestra significativa de ello fue la posición del Ministro de Justicia, Henrique Meier, quien en ocasión de conocerse el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el caso de El Amparo, afirmó que: "En esa Corte de los Derechos Humanos Venezuela tiene que tener una posición firme, porque éste es un país que ha defendido y defenderá los derechos humanos. Como Ministro de Justicia he reconocido que en las cárceles se violan estos derechos, pero no es para que todos los días vengan comisionados y parlamentarios de todas partes del mundo a ver nuestras cárceles como si éstas fueran las peores del mundo".10 Tan grave como aquella puede considerarse la posición del Fiscal General de la República, Iván Darío Badell quien a raíz de opiniones de Amnistía Internacional sobre la actuación del despacho a su cargo expuso que: "La opinión de Amnistía Internacional la considero una intromisión de ellos en cuanto a la actuación del Ministerio Público. A ellos no les corresponde criticar las actuaciones de organismos como éste, sin saber ni tener conocimiento preciso de nuestra actuación en esa área".11 La consecuencia más grave de este tipo de respuestas, por parte de funcionarios públicos garantes de la legalidad, es que son asimiladas como correctas por otros estamentos del Estado que tienen responsabilidades directas en el mantenimiento del orden público y la seguridad, y que por ende repercuten directamente sobre los derechos humanos de la población. En este sentido, las afirmaciones del Gral. de División (Ej.) Raúl Salazar Rodríguez, Jefe del Comando Unificado de las Fuerzas Armadas en relación al último Informe Anual de Amnistía Internacional son paradigmáticas: "Lo primero que debe prevalecer en un informe es la objetividad. No he visto nunca dónde están los derechos humanos de los ganaderos que han sido secuestrados; los de quienes son obligados a pagar ´vacuna´; no he visto nunca a los derechos humanos defendiendo a los soldados que han muerto en La Victoria, o en Guafitas, o en Carabobo, o en Río de Oro (...) Y que si tenemos que ser juzgados algunos de nosotros por violar los derechos humanos que nos juzguen, pero mantendremos la disposición de defender el territorio nacional pase lo que pase".12 Pero sin duda alguna, el hecho más grave involucró al Ministro de la Secretaría de la Presidencia, Asdrúbal Aguiar quien señaló públicamente que: "Cofavic ha violado el ´deber de reserva´ y que ´el Estado no se hará cargo de honorarios a bufetes de abogados encubiertos tras fachadas de organismos no-gubernamentales y menos la burocracia que genere la promoción de esos juicios".13 Esta conducta del ex funcionario de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ahora en funciones gubernamentales, ameritó una oportuna respuesta de Cofavic en la que precisó que: "No existe ninguna firma de abogados que sean peticionarios en el caso de Eleazar Mavares, de allí el grave error de asimilar nuestra labor con bufetes de abogados. Somos una organización no-gubernamental cuyos objetivos son la promoción y la protección de los derechos humanos (...) Da la impresión de que para el gobierno de Venezuela el dolor y el sufrimiento por la muerte de una persona humilde no tiene ningún valor, de allí la actitud tan poco feliz de un alto funcionario del Estado".14 Cabe destacar que las organizaciones de derechos humanos han mantenido una actitud firme ante la política gubernamental antes descrita, como lo demuestra la publicación de un remitido público, el 31.07.96, en respuesta a la reacción oficial ante la visita al país de Amnistía Internacional, titulado: "No aceptamos ni la tergiversación ni la manipulación de los derechos humanos", donde 6 organizaciones15 con sede en Caracas argumentaron que: "Las declaraciones oficiales ratifican una vez más, y esta vez de manera pública, lo que hemos venido denunciando en torno a la postura gubernamental en materia de derechos humanos: falta de interés y voluntad política para enfrentar el creciente deterioro de la situación de los derechos humanos denunciada reiteradamente por la comunidad nacional e internacional". Las organizaciones de derechos humanos coinciden en señalar que no existe en Venezuela una política gubernamental de persecución, encarcelamiento o represión a los defensores de los derechos humanos; las pocas excepciones registradas -hostigamiento a Cofavic durante el proceso de La Peste en 1991, amenazas telefónicas a la Red de Apoyo en 1994, al abogado Tarek William Saab y a diversos activistas de la Fenadeh en 1996- se las caracteriza como excepciones o excesos de los cuerpos policiales. Es por ello que Provea entiende que, desde un punto de vista preventivo, las actuales políticas defensivas del Estado en materia de derechos humanos deben neutralizarse y corregirse; no hacerlo, pudiera significar recorrer un camino ya conocido en otras realidades latinoamericanas donde los defensores de los derechos humanos se convierten en blanco de la represión estatal. Cabe agregar que esta política defensiva hacia las organizaciones de derechos humanos no ha estado aislada de otras manifestaciones de autoritarismo que han caracterizado la gestión gubernamental. Opiniones como las emitidas por el propio Presidente de la República, a propósito de su visión sobre la necesidad de atraer inversionistas extranjeros al país, son un ejemplo típico de conducta autoritaria: "Cuando un señor va y le dice a unos extranjeros: ´ustedes no inviertan en Venezuela porque en Venezuela no se puede invertir´. Me provoca fusilarlos".16 En Venezuela no existe la pena de muerte en el sistema penal, por lo que la declaración solo puede interpretarse como una amenaza para los adversarios económicos o políticos del gobierno. Por otra parte, la aplicación de la Ley sobre Vagos y Maleantes y las redadas, la implementación de "toques de queda a menores", la propuesta de sancionar a padres que no envíen sus hijos a la escuela, los operativos de la Dirección de Extranjería entre los damnificados por las lluvias para detectar indocumentados, la expulsión de indigentes de Caracas hacia otros estados, el desprestigiar a organizaciones o etnias que asumen la defensa de sus derechos son, entre otras, demostraciones del auge de políticas autoritarias y discriminatorias para con los sectores más vulnerables y pobres de la sociedad, que no es otra cosa que la criminalización de la pobreza.
- Tope - 1. PROVEA: Informe Anual: Situación de los derechos humanos en Venezuela, octubre 1994-septiembre 1995, Caracas, 1995, pág. 19. 2. VIVANCO, José Miguel: Las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos, en: Antología básica XII Curso Interdisciplinario en Derechos Humanos, IIDH, San José de Costa Rica, 1994. 3.- Nota: PROVEA: Informe Anual, Octubre 1993-Septiembre 1994, Caracas, pág. 16. 4.- Carta de las ONGs de derechos humanos de Caracas al Director de Prisiones, Dr. Marval, del 23.09.96. 5.- El Nacional, 15.05.96, pág. D-4. 6.- El Universal, 08.03.96, pág. 1-10. 7.- El Nacional, 21.07.96, pág. D-1. 8.- Idem. 9.- El Globo, 19.06.96, pág. 17. 10.- El Nacional, 22.09.96, pág. 1-10. 11.- El Globo, 24.07.96, pág. 13. 12.- El Nacional, 25.07.96, pág. D-1. 13.- El Mundo, 16.10.96, pág. 9. 14.- COFAVIC. El gobierno cerró el diálogo en el caso Mavares. Mimeo, Caracas, 10.10.96. 15.- Nota: Firmaron el remitido: Cofavic, Provea, la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz, la Vicaría Episcopal de Derechos Humanos de Caracas, Cecodap y el Secretariado Conjunto de Religiosas y Religiosos de Venezuela. 16.- El Globo, 28.11.96, pág. 3. |
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