![]() |
Informe Anual 1996-1997 |
|
|
|
||
|
|
||
|
|
||
|
|
||
|
|
||
|
BALANCE DE LA SITUACIÓN DE DERECHOS HUMANOS • Ajuste y regresividad en materia de derechos económicos, sociales y culturales • Derechos civiles y políticos: no bastan las intenciones para lograr mejoras
La promesa del goteo de beneficios, que finalmente se acumulan, es como la promesa de pan para mañana: sólo vale para quien pueda esperar. Pero la población con las necesidades básicas insatisfechas no puede esperar que el optimismo económico la mantenga con vida. Andrew Simms Christian Agency International for Development En opinión de Provea, la situación de los derechos humanos en Venezuela en el “Año de los Derechos Humanos” no ha mejorado, pues presenta un balance contradictorio, donde persisten las violaciones a los derechos civiles y políticos –presentándose un mayor número de personas muertas por funcionarios de los cuerpos policiales, de seguridad y militares, un menor número de casos de tortura y una situación sin cambios significativos en la crisis carcelaria– mientras se consolida el deterioro de los derechos económicos, sociales y culturales, entre los que se ha producido un histórico retroceso a nivel de la protección normativa de los derechos laborales y un empeoramiento en las condiciones de vida de la mayoría de la población. En principio, esto demuestra que no basta con declaraciones retóricas de buena voluntad por parte de las más altas autoridades del Ejecutivo, para revertir una situación que obedece a causas estructurales que necesitarían de la voluntad política y del concurso coordinado del Gobierno, el Poder Judicial y el Legislativo para llevar adelante políticas y reformas en pro de los derechos humanos. Ajuste y regresividad en materia de derechos económicos, sociales y culturales Durante 1997, Provea ha encontrado nuevos elementos de juicio que permiten afirmar que la “Agenda Venezuela” “sigue priorizando el desarrollo en función de restablecer equilibrios macroeconómicos y no para restaurar el equilibrio de los indicadores sociales, que tienen que ver con la calidad de vida de la población” . En un marco donde reiteradamente el cumplimiento de metas macroeconómicas –crecimiento de las reservas internacionales, mantenimiento del valor de la moneda nacional frente al dólar, inicio del proceso de privatización de las empresas básicas, consolidación de la apertura petrolera, desregulación de los controles de precios y de las normas laborales– es presentado como “éxito” que posibilitará en un futuro no precisado el crecimiento económico que derivará en un desarrollo sostenido, Provea ha constatado como contrapartida no sólo la consolidación del deterioro de los indicadores sociales, sino además la regresividad en materia de protección jurídica de los derechos económicos, sociales y culturales. Tal como lo afirma el experto venezolano en derechos humanos, Héctor Faúndez Ledezma: “ ... se puede observar como no hay ninguna correspondencia entre los llamados índices macroeconómicos y los niveles de pobreza que agobian a la población. En este sentido, la disminución de la inflación no ha sido acompañada por un mejoramiento sostenido del nivel de vida, y el crecimiento del producto nacional bruto no se ha reflejado en un incremento de las oportunidades de empleo ni en la disminución del desempleo”. Vale precisar que la preocupación manifestada por Provea ante las consecuencias sociales que vienen generando los Programas de Ajuste Estructural de la economía que se vienen aplicando en Venezuela desde 1989, y ahora en particular por las de la denominada “Agenda Venezuela”, se enmarca en el interés por reivindicar –como lo plantea UNICEF (Fondo de Naciones Unidas para la Infancia) en su propuesta sobre el Ajuste con rostro humano– la participación social en el seguimiento de los indicadores sociales, y no en una “oposición militante” a la política económica gubernamental como lo planteara el Ejecutivo Nacional, en ocasión de responder a las críticas que en materia de salarios y empleo hiciera el Informe del Departamento de Estado de Estados Unidos . En este sentido, hacemos nuestras las palabras del profesor Faúndez cuando afirma que: “no se pueden silenciar las voces que reclaman un desarrollo equilibrado, dirigido a eliminar la pobreza, y que denuncian un modelo de crecimiento que se basa en la injusticia social, que perpetúa inmensas desigualdades, y que de todo punto de vista es insostenible”. En este marco presentamos un somero balance de la situación de los derechos económicos, sociales y culturales, que servirá al lector para adentrarse en el análisis que de cada uno de ellos se realiza en los capítulos correspondientes. Los derechos laborales son los que se han visto estructural y coyunturalmente más afectados. La violación al derecho internacional de los derechos humanos se hizo evidente en este período, siendo el ejemplo más claro de ello, el retroceso en la protección de los derechos laborales impuesta por la reforma a la Ley Orgánica del Trabajo (LOT), en lo que sin duda es un claro irrespeto al principio que prohíbe expresamente la regresividad de las normas en relación con los derechos económicos, sociales y culturales. Esta situación es firmemente denunciada por la Asociación de Abogados Laboralistas (Labor): “En el aspecto normativo se terminó introduciendo dos nefastos cambios al artículo 133 de la LOT, el primero en el parágrafo primero permitiendo que hasta un 20% del salario se excluya de la base de cálculo de los beneficios, prestaciones o indemnizaciones que surjan de la relación de trabajo; y el segundo, en el parágrafo tercero de la norma que involuciona los pagos no dinerarios hasta ahora definidos como salario por la ley, la doctrina y la jurisprudencia, como no formando parte del salario”. Asimismo denuncia que “en materia de estabilidad laboral, se destaca la eliminación del pago doble de prestaciones sociales al despido injusto por [pago de] un máximo de 150 días de salario” , al mismo tiempo que logró la “eliminación de la forma de cálculo de las prestaciones sociales (...) bajo la forma de una gran ´transacción´ mediante la cual los trabajadores entregaban el corazón del régimen de prestaciones, es decir el sistema del recálculo [un mes de salario por año de antigüedad en base al último salario devengado] y, a cambio de ello, Gobierno y patronos se comprometían a la ´recomposición del salario´” .
A este claro retroceso en la protección
normativa de los derechos laborales se suma el aumento del desempleo, que
según la Oficina Central de Estadísticas e Informática (OCEI) se ubicó para
el primer semestre de 1997 en un 12,07%, para un total de 1.109.002 personas
desocupadas. Vale resaltar que en el último año se elevó la brecha entre la
desocupación masculina y femenina, ubicándose la primera en el orden del
10,6% y la segunda en el 14,7%, pasando la diferencia entre ambas del 3,5%
al 4,1%. Las personas ubicadas en la economía informal totalizan el 50,6% de
la población económicamente activa, lo que implica un incremento del 1,2%
respecto al primer semestre de 1996.
Cabe señalar que para diciembre de 1996 se
necesitaban 2 salarios promedio para adquirir la Canasta Básica Alimentaria
(Bs. 103.377, 75), situación que no cambió para el segundo semestre de 1997
cuando se seguían necesitando ahora dos salarios mínimos para acceder a
dicha canasta alimentaria.
Durante el período en estudio se siguieron presentando prácticas gubernamentales contrarias al ejercicio del derecho a huelga, tales como la aplicación de decretos de reanudación de faena, militarización de conflictos sindicales, así como la aplicación de tácticas dilatorias por parte de las inspectorías del trabajo en la mayoría de las huelgas que se desarrollaron en el país. Sólo una huelga de todas las realizadas fue declarada legal por el Ministerio del Trabajo, la realizada por los empleados de la empresa telefónica Compañía Anónima Teléfonos de Venezuela (CANTV). La situación del derecho a la salud confirma el progresivo deterioro de los servicios asistenciales y de la mayoría de los indicadores de salud presentes desde hace una década en el país. Nuevamente se redujo el gasto público en salud, el cual se ubicó en 1995 en sólo el 1,87% del Producto Interno Bruto (PIB), lo que evidentemente condiciona la efectividad de las políticas públicas en esta materia. El combate a la pobreza como primera medida de salud sigue presentando claros indicadores negativos: la tasa de mortalidad infantil es 2,5 veces más alta en zonas donde se ubica la población más pobre, al igual que son 3 veces más frecuentes las enfermedades transmisibles y 6 veces superior la tasa de mortalidad por causas perinatales. Por otra parte, la inequidad se manifiesta en que el 30% de la población no tiene acceso a los servicios de asistencia a la salud por razones geográficas, culturales o económicas. El cobro en los servicios de salud produce discriminación de los sectores más pobres de la población, llegándose al extremo de que esta población gasta más dinero en salud que lo que gasta el Estado a nivel central; según cifras aportadas por el Proyecto Salud el gasto privado en salud de los sectores I y II de la población se eleva al 1,26% del PIB. En cuanto a porcentajes de cobertura de inmunizaciones en menores de un año de edad, para 1996 Venezuela no alcanzaba todavía la meta del 100% planteada por la estrategia Salud para Todos en el año 2000 de la Organización Mundial de la Salud; la vacuna Triple alcanzó una cobertura del 70,4%, la Antipolio un 87,5%, la Antisarampión un 73,2% y la BCG un 91,6%. Esta situación es reconocida por las mismas autoridades sanitarias, que ubican la causa de estos indicadores en la falta de vigilancia epidemiológica y de acciones integrales de prevención y control. Los índices de mortalidad y morbilidad para 1995 demuestran que ellos son consecuencia de la pobreza y del deterioro de la calidad de vida de la población, destacando la reaparición del cólera tras 4 años de inactividad epidémica, y la tuberculosis que prácticamente había desaparecido en Venezuela. Vale relevar, desde la perspectiva de género, que el porcentaje de mujeres en edad reproductiva que reciben atención pública relacionada con planificación familiar es muy reducido, y que va en franco retroceso en los últimos años: 14,6% en 1990; 12,6% en 1994 y 10,5% en 1995). Las muertes de mujeres entre 15 y 45 años por causas relacionadas con la maternidad registraron un aumento del 3,5% entre 1990 y 1994; mientras la mortalidad general se redujo en casi un 2% en el mismo período. Durante 1997, las políticas desarrolladas por el Estado para superar el déficit habitacional siguen sin poder cumplir con ese objetivo fundamental para garantizar el derecho a la vivienda. La meta de construir 120 mil soluciones habitacionales al año, sigue sin cumplirse, ya que para 1996 la producción de viviendas se ubicó en 57.823 unidades, de las cuales 36.928 estuvieron a cargo de los distintos entes públicos, con lo cual la meta estuvo por debajo del 50% de lo planificado. Según la OCEI, para el primer semestre de 1997, un total de 317.784 familias no cuentan con servicio de agua potable; 275.320 familias no tienen ningún tipo de sistema de disposición de excretas; 52.926 hogares carecen de alumbrado eléctrico; 526.517 familias no cuentan con ningún servicio de recolección de basura y 11.795 familias carecen de todos los servicios, lo que da cuenta de un tipo de discriminación social que afecta fundamentalmente a habitantes de las barriadas populares urbanas y de zonas campesinas. El drama de las personas que viven en viviendas de alquiler es paradigmático, ya que mientras 451.293 familias viven en esa situación según la OCEI, sólo en Caracas hay más de 300 mil viviendas que permanecen cerradas. Desde los años 60 no se construyen viviendas para alquiler y como consecuencia de ello la disponibilidad de este tipo de inmuebles se ubica en el 15% cuando debería estar en el orden del 45% del total de viviendas construidas. La inseguridad jurídica de los inquilinos es otro problema que se agrava con el tiempo; según la Asociación Metropolitana de Inquilinos unas 220 mil familias residen en viviendas de alquiler en Caracas, donde se producen un promedio de 1.700 decisiones judiciales de desalojo por mes. En relación con el derecho a la educación, el análisis de la matrícula –indicador que permite evaluar el grado de acceso a la educación– da cuenta de un crecimiento durante el período escolar 1995-96 a nivel preescolar del orden del 4,88%, a nivel de la básica del 2,29% y en la educación media diversificada y profesional del 6,37%. Esto significa que para 1995 un total de 6 millones 855 mil 137 alumnos accedían a los distintos niveles de la educación, para un aumento de la matrícula de 241 mil 854 alumnos. Sin embargo, el propio Ministerio de Educación advirtió que el incremento está por debajo del crecimiento negativo de la población, a la par que reconoció que por segundo año consecutivo muchos planteles no consignaron las planillas estadísticas, lo que pudiera poner en entredicho el alegado crecimiento de la matrícula. Por otro lado, la permanencia de los alumnos en el sistema escolar revela que el 70% de los estudiantes que ingresan a la educación primaria no logran concluir el noveno grado, cifra que coincide con datos de la Encuesta Nacional de la Juventud Venezolana que devela que el 56,9% de los jóvenes entre 15 y 19 años de edad ha abandonado la escolaridad, en tanto que el 53,4% no trabaja ni busca empleo. Otro dato que preocupa en relación a este derecho lo constituye el hecho de que existe un déficit de docentes que se ubica en el 22%, llegando en algunos estados al 70%, lo que confirma una tendencia registrada en los últimos años, donde cada vez menos personas se inclinan por la profesión docente, afectada por los bajos salarios y la escasa valoración profesional. A nivel presupuestario, para 1996 el porcentaje del PIB destinado a la educación sólo alcanzó al 2,6% en contraposición con el ideal del 7% que plantea la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Tecnología (UNESCO). Respecto al derecho a la seguridad social, durante este período el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) siguió presentando una marcada ineficiencia en materia de asistencia médica, y una demora en el pago de las diferentes prestaciones, tales como las indemnizaciones diarias, pensiones, paro forzoso, etc., que no tiene parangón en la historia de la institución. Vale destacar a modo de ejemplo, que a fines de septiembre de 1997 se estaban cancelando los montos adeudados a los trabajadores por concepto de paro forzoso a los que habían sido despedidos en los meses de enero y febrero de 1996 (1 año y seis meses de demora). Al cierre de este Informe, el Congreso discutía el Proyecto de Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral, que regirá en el futuro las normas de este derecho, el cual ha recibido críticas por no contemplar la incorporación de los trabajadores de la economía informal, y por su tendencia a la exclusión y a la mercantilización de la prestación de la salud, así como la priorización de los fondos de capitalización individual por sobre los solidarios en el caso de los fondos de pensiones. El derecho a un ambiente sano ha sido uno de los más afectados por la acción gubernamental en este período, destacando de manera relevante las iniciativas vinculadas al desarrollo de la apertura petrolera y minera. En el primer caso, organizaciones ambientalistas han denunciado que los planes de la apertura petrolera afectarán a 15 estados, en los que se están tomando escasas o nulas previsiones ambientales, con el agravante de no realizarse consultas con las comunidades locales. En el caso de la apertura minera, se cuestiona la decisión del Ejecutivo Nacional de dictar el Decreto Nº 1850, que pone en vigencia el Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso de la Reserva Forestal de Imataca, en el cual se contempla un manejo mixto de 1 millón 383 mil 19 hectáreas, donde se permitirán usos de minería, industria, defensa y residencial-rural, lo cual es incompatible con el uso forestal de la reserva. Este decreto ha sido impugnado ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) por defensores del medio ambiente, por considerar que viola la Ley Orgánica del Ambiente, la Ley Forestal de Suelos, la Ley Aprobatoria del Convenio sobre Diversidad Biológica, la Convención de Washington de 1941 y el Convenio 107 de la OIT. Al cierre del presente Informe, el máximo tribunal no había tomado todavía una decisión al respecto. Finalmente, Provea investigó por vez primera el derecho a la alimentación, para lo cual se evaluó la situación en los últimos diez años, llegándose a la conclusión de que la pobreza generalizada es la causa del retroceso en la mayoría de los indicadores vinculados a este derecho humano fundamental. La mortalidad por desnutrición se duplicó entre 1986 y 1994, para ubicarse en este último año en 993 por 100 mil habitantes. El consumo de calorías sufrió un descenso notable, pasando de 2.383 calorías en 1992 a 2.203 en 1994, con lo cual Venezuela se ubica en el nivel de suficiencia precaria establecido por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO). Indicadores como el porcentaje de casos de bajo peso al nacer (menos de 2,5 kilogramos) se han venido elevando en la maternidad más importante del país, pasando de 9,6% en 1989 a 12% en 1994; asimismo la mortalidad por desnutrición se elevó de 3,7 por cada mil habitantes en 1992 a 4,6 en 1994. Otro indicador que refleja la situación de insuficiencia alimentaria es el vinculado con el consumo de alimentos, que para 1996 disminuyó en alrededor de un 30% respecto a los niveles históricos. Finalmente, el nivel de autoabastecimiento alimentario y nutricional de Venezuela es crítico según los parámetros establecidos por el FAO y el Concejo Económico para América Latina, ya que el aporte de la producción nacional es menor al 58%. Pero lo más grave es que parte de los requerimientos nutricionales ni se producen ni se importan, con lo que simplemente no están disponibles para el consumo de la población. Derechos civiles y políticos: no bastan las intenciones para lograr mejoras A pesar de la voluntad declarativa del Ejecutivo Nacional de reconocer la necesidad de hacer frente a la problemática de violaciones a los derechos humanos, la situación no ha mejorado sino que en algunos casos hasta se ha agravado, como es el caso de las violaciones al derecho a la vida que registraron el más alto número desde que asumió el actual gobierno. Vale reconocer que el Presidente Rafael Caldera es consciente de esta situación puesto que en varias oportunidades ha afirmado que: “la tradición de Venezuela ha sido muy negativa (...) hemos tenido que ir cambiando la mentalidad de los gobernantes. No tanto en la mentalidad de los altos titulares del gobierno que tienen su conciencia clara y su formación (...), sino en los niveles medios y bajos de la administración, en los cuales la autoridad ha sido identificada con arbitrariedades, con uso de fuerza, con mecanismos primitivos que fueron los que tradicionalmente se usaron en todo el siglo XIX y buena parte del siglo XX en la vida política de nuestra Nación” . Sin embargo, como se adelanta en este balance y como se desarrolla en profundidad en los capítulos correspondientes, las respuestas de las más altas autoridades gubernamentales frente a las violaciones de los derechos civiles y políticos, no han sido suficientes para concientizar a los funcionarios de los cuerpos de seguridad del Estado así como a las autoridades regionales, sobre la necesidad de implementar políticas acordes con el respeto de los derechos humanos y sancionar a los funcionarios responsables. Quizás el problema radique en que el cambio de conciencia debe abarcar también a algunos niveles altos de la administración, sobre todo a nivel policial y militar, de tal manera que no sólo se den manifestaciones positivas a nivel declarativo sino que se tomen medidas ejemplarizantes en caso de producirse violaciones a los derechos humanos. Lo anterior explica parcialmente el hecho de que durante el período analizado se hayan constatado más retrocesos que avances, como se sintetiza a continuación. Durante el presente período se registra el mayor número de violaciones al derecho a la vida en lo que va del período del actual gobierno, con un total de 151 víctimas, 5 más que en el período anterior. Cabe destacar que dos de las víctimas murieron durante el desarrollo de manifestaciones pacíficas, elevando con ello a 10 el número de personas muertas bajo el mandato del Presidente Caldera. Es de resaltar, que a diferencia de períodos anteriores donde la Policía Metropolitana encabezaba las estadísticas, en esta oportunidad las policías estadales tienen responsabilidad en la mayoría de las violaciones al derecho a la vida, sumando un total de 69 víctimas, de las cuales 30 murieron a manos de funcionarios de la Policía del Edo. Aragua. Las violaciones al derecho a la libertad personal se elevaron un 15,23% con respecto al período anterior, para un total de 11 mil 848 detenciones arbitrarias, discriminadas en: 11 mil 452 detenciones en operativos policiales, 151 en manifestaciones pacíficas y 245 como consecuencia de abusos de poder o por motivaciones políticas. En este período los detenidos por aplicación de la inconstitucional Ley sobre Vagos y Maleantes al 30.09.97 se contabilizaban en 223 personas distribuidas en 17 penales del país. Vale destacar como un hecho positivo, la disminución en este período de los casos de violaciones al derecho a la integridad personal, hecho que sucede por primera vez desde 1989. Los casos de tortura que disminuyeron por segundo año consecutivo sumaron 45, los casos de tratos y penas crueles, inhumanos y degradantes totalizaron 526 y se contabilizaron 119 heridos producto de la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad. Esto implica una disminución en el orden del 29%, 4% y 43%, respecto del período anterior. La actuación del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, en relación a las denuncias de tortura ha mejorado significativamente, pues en esta ocasión ha sido acusado de sólo 8 casos, en contraste con las 31 denuncias del período anterior. El derecho a la seguridad personal presenta el siguiente panorama: se registraron 102 denuncias de hostigamiento o amenazas a ciudadanos por parte de funcionarios policiales o militares y un total de 124 allanamientos sin la respectiva orden judicial o administrativa. Las variaciones con el período anterior no fueron significativas, sin embargo preocupa a Provea que se hayan presentado varios casos de hostigamiento a miembros de organizaciones de derechos humanos, en un período donde el Ejecutivo Nacional y las ONGs de derechos humanos mantuvieron un diálogo para mejorar la situación de los derechos humanos en el país. Los tres casos registrados por Provea afectaron a grupos de derechos humanos localizados en zonas fronterizas, lo que confirma la delicada situación que se vive en esas zonas del país. Los grupos afectados fueron: la Oficina de Derechos Humanos del Vicariato de Puerto Ayacucho y la Organización Regional de Pueblos Indígenas del Amazonas (Orpia), ambos activos defensores de la aprobación de una Ley de División Político Territorial que contemple sus derechos, a la que se oponen sectores gubernamentales del Edo. Amazonas; y el Comité de Derechos Humanos de Guasdualito (Codehum), que desarrolla su labor en el Edo. Apure, el cual ha denunciado la detención y hostigamiento de varios de sus activistas por parte de efectivos militares, que actúan al amparo de la suspensión de las garantías constitucionales que se presenta en esa zona del país. La crisis penitenciaria continúa presente en la realidad del país y los derechos de las personas detenidas y encarceladas siguen sin garantizarse, a pesar de los esfuerzos realizados por las autoridades, ya que éstos no han logrado insertarse en una política integral y coordinada. Entre octubre de 1996 y septiembre de 1997 se registraron 283 muertes en el interior de los recintos penitenciarios, de las cuales 59 son responsabilidad directa de funcionarios estatales y el resto producto de la violencia entre los reclusos, lo que confirma el diagnóstico de organizaciones internacionales de derechos humanos de que en Venezuela el control de los penales está en manos de los reclusos y no de las autoridades penitenciarias. Por otra parte, el índice nacional de hacinamiento se ubica en el orden del 57,7% para 1997, en contraste con el 56,2% de 1996. La capacidad instalada de las cárceles aumentó a 16.176 cupos, existiendo un excedente de 9.335 reclusos. La proporción entre los reclusos en espera de sentencia y los condenados, para septiembre de 1997 era de 68,6% y 31,3% respectivamente, para una población penal de 25.511 reclusos. Los malos tratos a los reclusos y el pedido de celeridad en los procesos judiciales fueron las causas que originaron durante este lapso la realización de 35 movimientos de protesta de la población penitenciaria, de los cuales 22 fueron huelgas de hambre. Finalmente, respecto a la situación del derecho a la justicia, las limitaciones presupuestarias siguen constituyendo un problema sin solución, ya que para 1996 sólo el 0,6% del presupuesto nacional se dedicaba a tal fin. La ausencia de una justicia pronta es uno de los problemas más graves de la justicia en Venezuela, situación que se presenta tanto a nivel penal, como a nivel civil o mercantil, pero es particularmente grave que sea en la CSJ donde se concentre un mayor número de causas pendientes, al punto que todos los 5.752 expedientes ingresados en 1996 tenían los lapsos vencidos. El derecho a la defensa está en entredicho, ya que la efectividad del servicio que prestan las defensorías públicas de presos se ve afectada por diversas causas. Para 1996 cada defensoría pública atendía 406 trámites, promedio superado en los Edos. Sucre, Carabobo y Yaracuy con 716, 600 y 628 respectivamente. Los 159 defensores públicos (144 definitivos y 15 provisorios) tuvieron a su cargo 11.586 defensas provisorias y 13.720 defensas definitivas; estas últimas significan un promedio nacional de 86 casos por defensor. Esto explica el que básicamente la labor de los defensores públicos de presos se limite sólo a actuar en la etapa procesal de la presentación del escrito de cargos, con el fin de evitar que en ese acto se cambie la calificación del delito presuntamente cometido por el procesado, lo que implica en la práctica que el defensor generalmente acepta la calificación del delito y la responsabilidad que ha sido establecida en la investigación policial y en el sumario, no haciendo oposición a los hechos presentados. En pocas palabras, el detenido no tiene defensa jurídica en las etapas iniciales del proceso. |
||
|
|
||