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Informe Anual 1996-1997 |
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DERECHO A LA LIBERTAD PERSONAL •
Detenciones masivas DERECHO A LA LIBERTAD PERSONAL La libertad y seguridad personales son inviolables, y en consecuencia: nadie podrá ser detenido, a menos que sea sorprendido in fraganti, sino en virtud de orden escrita del funcionario autorizado para decretar la detención, en los casos y con las formalidades previstas por la ley. Artículo 60.1 de la Constitución de la República de Venezuela Durante el presente período, Provea ha registrado 11 mil 848 detenciones arbitrarias, discriminadas de la siguiente forma: 11 mil 452 detenciones masivas en operativos policiales o allanamientos, 151 detenciones en manifestaciones pacíficas y 245 detenciones individualizadas (ver Anexo Nº 4). Las detenciones aumentaron un 15,23% en relación con el período anterior, produciéndose la gran mayoría en el marco de operativos policiales que han demostrado reiteradamente su ineficacia para bajar los índices delictivos, mientras que por el contrario violentan el derecho a la libertad personal de los habitantes de las zonas donde se realizan. La realización de operativos policiales o de “profilaxia social” continúa siendo una de las principales causas de violación del derecho a la libertad personal. La puesta en marcha en el país de diferentes planes de seguridad ha permitido la práctica indiscriminada de detenciones masivas, que afectan principalmente a los sectores más pobres de la ciudad y el campo, de manera particular a las trabajadoras sexuales, los recogelatas y los menores de edad. Bajo la consigna de disminuir el auge delictivo y dar respuesta a la solicitud de la comunidad de combatir la delincuencia, prefecturas, gobernaciones y alcaldías, junto con las policías municipales, estatales, Policía Metropolitana (PM), y el Comando de Seguridad Urbana de la Guardia Nacional (GN), realizaron diferentes operativos sin garantizar la plena vigencia de los derechos de los ciudadanos. Como en el período anterior, nuevamente se constató un menor número de detenciones individualizadas o selectivas, las que afectaron principalmente a militantes políticos, dirigentes estudiantiles, vecinales o se enmarcaron en situaciones típicas de abuso de poder de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. A lo largo del período se observó que militantes del Movimiento Bolivariano Revolucionario 200 (MBR-200), Bandera Roja (BR) y la Coordinadora Cultural Simón Bolívar de la Parroquia 23 de Enero de Caracas continuaron siendo víctimas de detenciones arbitrarias por parte de la Dirección de Servicios de Inteligencia y Prevención (Disip). Debemos también resaltar una disminución considerable de detenciones ocurridas en manifestaciones de protesta realizadas por reivindicaciones vinculadas, en su mayoría, a los derechos económicos, sociales y culturales. En relación con la grave situación en las zonas fronterizas del país, en donde continúan suspendidas las garantías constitucionales, la práctica de detenciones masivas de pobladores por parte de los efectivos militares de los Teatros de Operaciones, sigue siendo un patrón represivo que afecta la vida de los pobladores de dichas zonas. El Plan Integral de Seguridad (PIS), a dos años de su puesta en marcha, parece no haber arrojado los frutos deseados para combatir la delincuencia. El propio Rafael Thielen, Comisionado de Política Integral de Seguridad del Ministerio de Relaciones Interiores (MRI), responsable del PIS, ha reconocido: “la acción represiva y los operativos policiales no son suficientes para revertir esta compleja realidad que perturba y altera la paz en nuestras comunidades (...) los resultados no se corresponden con tan colosal inversión, porque mientras la acción represivo-policial ataca los efectos y consecuencias de la violencia, se continúa reproduciendo la delincuencia por no atacar simultáneamente las causas del fenómeno con audaces programas preventivos y con la participación de la ciudadanía (...) el modelo represivo como acción unilateral, casi única, para combatir la violencia en nuestro país ha fracasado”. En una estrategia para corto, mediano y largo plazo, el Ejecutivo Nacional desde el MRI, a través de la Política Integral de Seguridad, ha puesto en marcha en más de 12 parroquias de Caracas y 15 estados, un proceso que combina la acción represivo-policial con programas preventivos, acompañados de la incorporación y participación de las comunidades; “como medio probado para evitar la reproducción de delincuentes y revertir las condiciones que generan la violencia y el delito en nuestras comunidades” . En este punto es importante recalcar que esta estrategia refleja la intención de los cuerpos de seguridad del Estado de solventar –a través de labores de investigación– el problema de la delincuencia en toda su dimensión, incorporando a las comunidades en la solución de la problemática. Sin embargo, las acciones represivas continúan afectando a los sectores más pobres, ya que los operativos se realizan en las llamadas “zonas marginales” con la idea de hacer una “limpieza social” que disminuya la delincuencia. En estos operativos se efectúan detenciones masivas y traslados a los comandos policiales, quedando los detenidos privados de su libertad por lapsos que van desde horas hasta días enteros, mientras se confirma la autenticidad de documentos de identidad y antecedentes policiales o penales. Por lo general, sólo quedan a las órdenes de tribunales un bajo número de los detenidos originalmente. El Presidente de la Comisión de Política de Interior del Senado, José Lira ha señalado: “Ante la ausencia de políticas novedosas que puedan reducir los altos índices delictivos (...), una vez más, los operativos policiales han demostrado a lo largo de los años ser totalmente inefectivos para darle seguridad a la ciudadanía (...) en la denominada Operación Pulpo, de casi 1.000 personas retenidas apenas 22 tenían prontuario o estaban solicitadas. Apenas un 2% tenía alguna implicación en hechos delictivos”. Por otra parte, los operativos de “profilaxia social”, también están dirigidos a la persecución sistemática de trabajadoras sexuales, recogelatas y menores de edad que sufren la represión de funcionarios policiales. En relación con las primeras, los funcionarios de la Prefectura del Municipio Libertador, la PM y la GN allanan las casas de citas con la excusa de solicitar los controles sanitarios a las trabajadoras sexuales, para posteriormente trasladarlas a diferentes jefaturas. Allí permanecen detenidas e incomunicadas durante días, siendo víctimas de atropellos, acosos e incluso violaciones por parte de los funcionarios policiales. Al respecto, es importante señalar que “de acuerdo con la reglamentación sanitaria que existe en Venezuela para el control de las trabajadoras sexuales, los funcionarios del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social (MSAS) son los únicos autorizados para solicitar los controles sanitarios de estas trabajadoras. Sólo ante el riesgo de propagación de alguna epidemia que afecte la salud pública podrán pedir la colaboración de los funcionarios de los cuerpos policiales”. La Asociación de Mujeres por el Bienestar y Asistencia Recíproca (AMBAR) ha denunciado en reiteradas oportunidades las detenciones arbitrarias a que son sometidas estas mujeres por los cuerpos policiales, quienes no tienen potestad legal para hacerlo. De acuerdo con los registros de AMBAR, semanalmente son detenidas alrededor de 100 a 200 mujeres en operativos de profilaxia social, sólo en Caracas. Desde mayo de 1996, fecha a partir de la cual se hizo cargo de la Prefectura del Municipio Libertador Ramón Flores, se han producido 10 mil 884 detenciones arbitrarias. Como medida de defensa ante tales atropellos, “el recurso de hábeas corpus resulta inefectivo en estas detenciones arbitrarias. Generalmente los operativos se realizan los fines de semana y el lunes cuando se logra saber dónde se encuentran las detenidas, han pasado 2 ó 3 días de la detención. Debido al lapso procesal, para cuando el recurso puede ser declarado con lugar las detenidas han sido puestas en libertad y no hay materia sobre la cual decidir”. AMBAR ha oficializado sus denuncias ante la Subcomisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, la Comisión Permanente de Política Interior de la Cámara de Diputados, la Fiscalía General de la República, la Comisión Bicameral para la Mujer del Congreso Nacional, la Alcaldía de Caracas, la Gobernación del Distrito Federal y el Secretariado General de las Naciones Unidas, sin haber logrado una acción positiva ante tales atropellos. La Subcomisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados interpeló al Prefecto de Caracas, Ramón Flores, sobre estas denuncias. Al respecto Flores señaló que “el Congreso Nacional no puede convalidar ni procesar denuncias de irregularidades que pretenden fomentar más desorden y anarquía reinante en el Municipio Libertador (...) El Congreso no puede procesar estas denuncias en virtud de que se puede estar legalizando irregularidades en un local donde se practican violaciones a la moral y las buenas costumbres” . Para solventar esta situación se hace necesario que el MSAS coordine todo lo relacionado con el control de las trabajadoras sexuales y se evite de esta manera la actuación irregular y arbitraria de los cuerpos policiales. Con respecto a los recogelatas, éstos son víctimas de detenciones arbitrarias bajo la excusa de no poseer profesión u oficio, convirtiéndose en posibles candidatos a la aplicación de la Ley sobre Vagos y Maleantes (LVM). Para el Director de la PM, Francisco Belisario, “los recogelatas conforman un fenómeno psicosocial que los califica para que se les aplique la LVM (...) Son personas sin oficio lícito (...) No para canalizar una especie de castigo. La perspectiva de la PM es precisamente recogerlos para facilitar así, que surja la acción reeducadora, para que ese individuo sea útil a la sociedad” . La primera parte de la aseveración permite comprobar la concepción discriminatoria de los mandos policiales con respecto a oficios u ocupaciones que, en muchos casos, significan la única alternativa de generación de ingresos para personas que cultural y económicamente están sumidas en la pobreza. Con respecto a la segunda parte de la declaración, la situación carcelaria que presenta nuestro país permite dudar que las detenciones signifiquen para el detenido la posibilidad de una “acción reeducadora”. La situación de los menores sigue siendo preocupante. Bajo la imposición de toques de queda decretados por diferentes gobiernos regionales que prohíben el tránsito y permanencia de menores de edad sin sus representantes en horas de la noche en la calle o en sitios públicos, los organismos de seguridad detienen masivamente a menores recluyéndolos en establecimientos policiales. Es alarmante que sea la misma Presidenta del Instituto Nacional del Menor (INAM), Dra. Nancy Montero, quien “exhorta a las gobernaciones de Caracas y de Miranda y a las alcaldías para que cumplan con la medida del toque de queda para menores” , cuando esta situación es violatoria de las disposiciones de protección de la Ley Tutelar del Menor, debido a que las condiciones de insalubridad y hacinamiento existentes en los centros de reclusión ordinaria afectan la formación psicosocial de los menores. Esta situación se agrava día a día, por la falta de centros de protección del INAM para prestar servicio a menores y por la escasez de programas formativos y de prevención que permitan la satisfacción integral de las necesidades de los menores. En relación con la aplicación de la LVM, en el período que cubre el presente Informe, la Prefectura de Caracas –basándose en las atribuciones que le confiere el Artículo 27 de la Ley Orgánica del Distrito Federal – la ha aplicado a 97 personas . A nivel nacional, según cifras ofrecidas por el Director General del Ministerio de Justicia a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), para el 30.09.97 se contabilizaban 223 detenidos distribuidos en 17 penales del país. Cabe señalar que la continua puesta en marcha de los operativos de “profilaxia social” ha empeorado el hacinamiento existente en los centros de reclusión preventiva del país. La situación de hacinamiento en las divisiones operativas del Cuerpo Técnico de Policía Judicial (CTPJ) y en las 11 comisarías del área metropolitana de Caracas se agudizó con el cierre de la dependencia del CTPJ en el Internado Judicial de La Planta y con la demolición del Retén de Catia. El reclutamiento forzoso se volvió a presentar durante este período, bajo la denominación de “revisión de documentos”, fundamentalmente en el estado Zulia . En los cuatro años anteriores, ese estado no había cumplido con la cuota de conscripción militar asignada por la Dirección de Alistamiento de las Fuerzas Armadas Nacionales, por lo que la autoridad militar ordenó la realización de operativos que afectaron a jóvenes de las barriadas populares de Maracaibo. Esta situación fue denunciada por la Comisión de Justicia y Paz y la Escuela de Formación Domingo Verde, de Maracaibo. Por otra parte, el 06.08.97 los parlamentarios Rodrigo Cabezas, Rafic Souki y Temístocles Cabezas visitaron el centro militar conocido como “La Barraca” (Edo. Zulia) para constatar las denuncias realizadas por familiares ante el reclutamiento forzoso realizado el 04.08.97 por una brigada de la Policía del Estado, al mando de oficiales del Ejército. Allí observaron “Una multitud agolpada contra la cerca del cuartel (...) La mayor parte eran jóvenes de la etnia guajira. La otra mitad eran sencillamente gente pobre, sencilla, humilde” . A su vez, los familiares exigieron que las autoridades respondan por las detenciones de Lewis PRENSO (19), Agustín GONZÁLEZ (15), Carlos CASTAÑEDA, Ovidio HERRERA, Mario GONZÁLEZ, Isidro GONZÁLEZ (20) y Alber J. VILLASMIL a quienes se les cercenó su derecho a la libertad, al someterlos a reclutamiento forzoso. Las detenciones individualizadas motivadas por razones políticas siguen afectando principalmente a militantes de partidos de izquierda, dirigentes vecinales, estudiantiles, culturales, que los organismos de seguridad del Estado tienen catalogados como presuntos “subversivos”. Como en años anteriores, en este período se han denunciado detenciones arbitrarias por parte de la Disip, PM, Dirección de Inteligencia Militar (DIM) y CTPJ en contra de algunos miembros o representantes del MBR-200, BR y de la Coordinadora Cultural Simón Bolívar. Destacan los casos de Freddy BERNAL, ex-comandante del grupo Ceta de la PM y dirigente del MBR-200, de Armando GUERRERO, del mismo grupo político y el de Juan Bautista CONTRERAS SUNIAGA, activista de la Coordinadora Cultural Simón Bolívar, quienes en reiteradas oportunidades han sido privados arbitrariamente de su libertad, según los funcionarios policiales por averiguaciones sobre supuestos planes desestabilizadores en contra de la seguridad nacional.
Nuevamente en este período el Ministerio de Relaciones Interiores y algunos
organismos de seguridad del Estado han anunciado a la opinión pública la
existencia de supuestos planes desestabilizadores que con posterioridad se
han develado como inexistentes. Como ejemplo de ello, la sola declaración a
la prensa del Embajador de Colombia, Guillermo González Mosquera sobre la
posible presencia de grupos guerrilleros colombianos en el país, fue la base
para que desde el Ministerio de Relaciones Interiores se anunciara la
posible vinculación del MBR-200 con organizaciones guerrilleras y de
narcotraficantes colombianas . Inmediatamente la Disip detuvo a varios
dirigentes políticos de ese movimiento con la excusa de estar realizando
averiguaciones para develar supuestas actividades subversivas. En relación con las detenciones arbitrarias que afectan al partido BR destacan los siguientes casos: Félix FARÍAS ARIAS (24), estudiante, fue detenido el 08.03.97 en Baruta (Edo. Miranda), esposado y forzado por dos hombres que se identificaron como miembros de la Disip a subir a un vehículo en donde lo golpearon y quemaron repetidamente ocasionándole graves heridas. Fue amenazado de muerte por sus agresores si no les daba información sobre otros activistas de BR . Miguel PIZARRO, Carlos ROLDÁN, Víctor LINARES y Julio César MUJICA fueron detenidos en enero de 1997 en Barquisimeto (Edo. Lara) por funcionarios de la Disip cuando se encontraban pintando un mural con motivo de celebrarse el 27 aniversario de BR. Posteriormente fueron liberados sin darles ningún tipo de explicación acerca del motivo de la detención. Juan Bautista CONTRERAS SUNIAGA, estudiante de trabajo social de la Universidad Central de Venezuela (UCV) y activista de la Coordinadora Cultural Simón Bolívar, denunció ante Provea, la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz y la Comisión de Derechos Humanos del Consejo Municipal del Distrito Federal haber sido detenido el 17.05.97 por funcionarios de la PM. Cabe señalar que Provea ha venido denunciando desde 1989 la situación de este activista cultural de la Parroquia 23 de Enero de Caracas, quien es detenido y/u hostigado por los cuerpos de seguridad del Estado, cada vez que se presentan escenarios de conflictividad social en el país. Pasando a otro patrón, como ejemplo de detenciones individualizadas claramente motivadas por abuso de poder destaca el caso del astrólogo José Bernardo GÓMEZ, quién fue detenido el 22.10.96 por funcionarios de la Disip, después de haber afirmado en una reunión en la cual participaban destacados políticos y empresarios, que el Presidente de la República Rafael Caldera no culminaría el año 1997 . Fue trasladado a la sede de ese mismo organismo donde permaneció incomunicado. En declaraciones dadas a la prensa, el Ministro de Relaciones Interiores, José Guillermo Andueza, confirmó la detención de este ciudadano y expresó que se encontraba detenido porque el gobierno nacional necesitaba saber las razones e implicaciones políticas que tenía tal afirmación . En la zona fronteriza del país, en donde permanecen suspendidas las garantías constitucionales, el derecho a la libertad personal se ha visto conculcado por parte de los denominados Teatros de Operaciones (TO). De acuerdo con los registros del Comité de Derechos Humanos de Guasdualito (Codehum) en este lapso se han registrado 249 detenciones arbitrarias. Una evidencia clara de esta práctica desproporcionada e indiscriminada son las 200 detenciones arbitrarias registradas en las labores de búsqueda del Teniente de Navío Carlos Bastardo, secuestrado el 15.08.97 en Puerto Chorrosquero (Edo. Apure) por supuestos miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC). Ante este grave hecho delictivo fueron detenidos casi la totalidad de los habitantes de ese pueblo (hombres, mujeres y niños) quienes fueron trasladados a la sede del TO-1 en Guasdualito, en donde permanecieron incomunicados y sometidos a intensos interrogatorios. En diciembre del
pasado año, el Presidente de la República Rafael Caldera concedió el indulto
a cuatro estudiantes de la Universidad de Carabobo: Haydeé Marina HENRÍQUEZ
DE CRESPO, Jorge Luis LÓPEZ COLMENARES, Rafael Enrique FLORES FARFÁN y Jair
Fernando ARIAS FIGUEROA, quienes habían sido sentenciados por el Juzgado
Sexto Penal a raíz de los sucesos del 27 de noviembre de 1992. Detenciones en manifestaciones Con respecto a las detenciones efectuadas en manifestaciones pacíficas se contabilizaron un total de 151 lo que equivale a una disminución del 71,01% con respecto al período anterior. Durante los meses de marzo, mayo y julio de 1997 se ubicó el mayor número de detenciones, lapso durante el cual se registró también el mayor número de protestas del período que cubre el presente Informe. Abren juicio militar a integrantes del MBR-200 En abril y mayo de este año la Disip y la DIM practicaron la detención arbitraria de las ciudadanas Graciela AGUIRRE, Marisela BOADA y Vilma RAUSSEO, acusándolas del delito de rebelión militar. Fueron trasladadas a la sede de la DIM en donde permanecieron incomunicadas y sometidas a torturas psicológicas por más de 16 días. Al ser puestas a la orden del Tribunal II Militar de Caracas, a cargo del teniente coronel Pablo Marín, se les dictó auto de detención por el delito de “rebelión militar en grado de adherente”. Ante este hecho, la abogada defensora Virginia Contreras, procedió a solicitar la recusación del titular de ese despacho por “violación flagrante a los principios constitucionales inherentes al derecho a la defensa” . A pesar de ello, el Juez II Militar de Caracas, Pablo Marín, procedió a dictar otros cuatro autos de detención por el mismo delito en contra de otros tantos dirigentes del MBR-200: Armando GUERRERO, Inmer RUÍZ, Santiago VÁSQUEZ y Freddy BERNAL. Para la fecha de cierre de este Informe los tres últimos no habían sido detenidos ni se habían puesto a derecho. En agosto de este año, el Consejo de Guerra Permanente de Caracas (CGP) revocó los autos de detención dictados por el Juez II Militar en contra de los acusados Vilma Rausseo, Marisela Boada y Armando Guerrero “porque no existían elementos de juicio suficientes para comprobar la supuesta adherencia de los indiciados en rebelión militar” y acusó a Graciela Aguirre del delito de “instigación a delinquir”. Ante la decisión del CGP, la abogada Contreras señaló que “apeló ante el CGP sobre la calificación de supuesto delito de instigación a delinquir y la detención de Aguirre, porque (...) para configurar instigación al delito su defendida debió hacerlo público, lo que no ha ocurrido en ningún momento” . En relación con este caso, el abogado Tarek William Saab señala que “no se cumplieron las causales que tipificaban el delito de rebelión militar por lo que podemos concluir que esto es un procedimiento ilegal, amañado, donde se montaron varios indicios por parte de la Disip y la DIM, que tuvo la aquiescencia de un tribunal de la República que convalidó este procedimiento bastante irregular. Esto se comprueba al punto de que el Consejo de Guerra Permanente de Caracas revoca los autos de detención” . Detenciones de activistas de derechos humanos en la frontera
De particular gravedad es la denuncia realizada
por Codehum sobre la detención de cinco activistas de esa organización que
trabajan en la zona fronteriza con Colombia: Juan Bautista MORENO, Carlos
Julio ÁLVAREZ, Marín de Jesús MADRID RESTREPO, José MORENO FLORES y José
Adolfo PELUCO PRADO fueron detenidos el 28.10.96 por funcionarios de la
Disip, cuando se encontraban reunidos en la residencia de Juan Bautista
Moreno, presidente de dicha organización. La Disip allanó la residencia sin
orden judicial, agrediendo y acusando de subversivos a los detenidos,
decomisando materiales e información de derechos humanos, en particular
folletos contentivos de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Permanecieron incomunicados y detenidos durante dos días, en la sede del TO-1,
en Guasdualito (Edo. Apure). |
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