![]() |
Informe Anual 1998-1999 |
|
|
|
||
|
|
||
|
|
||
|
|
||
|
|
||
|
PROPUESTAS Y EXIGENCIAS A LOS PODERES PÚBLICOS EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS Cuando este Informe salga a la luz habrán transcurrido ya 10 meses del nuevo gobierno constitucional elegido por voto popular en las elecciones del 06.12.99. Asimismo, estará próximo a realizarse el referéndum en el que el pueblo decidirá si la Constitución elaborada por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) entrará o no en vigencia en el año 2000. La oportunidad vuelve a ser propicia para presentar a los Poderes Públicos un conjunto de propuestas y exigencias en materia de derechos humanos. Algunas de ellas, presentadas en anteriores Informes, desaparecerán en este apartado por haber sido cumplidas en el transcurso del año 1999. Otras, dada la vigencia que tienen todavía, continuarán aquí a la espera de no ser incluidas en el próximo Informe. Una vez más ratificamos que estas exigencias y recomendaciones están basadas sobre leyes y compromisos internacionales asumidos por el Estado venezolano, y en consecuencia resultan de obligatorio cumplimiento para las autoridades, pues no son principios programáticos, teóricos o simplemente éticos. Desde Provea esperamos que las autoridades sean consecuentes con los anhelos y esperanzas de cambio del pueblo venezolano y, en consecuencia, consideren estas propuestas para que sean implementadas a la brevedad. Sobre derechos civiles y políticos • Investigar exhaustivamente las denuncias de violación al derecho a la vida presentadas por familiares de víctimas, organizaciones de derechos humanos, medios de comunicación social o cualquier otro denunciante y, en caso de comprobarse los hechos, aplicar las sanciones penales, administrativas y disciplinarias que establece el ordenamiento jurídico nacional. • Publicar anualmente un cuadro detallado de los funcionarios sometidos a averiguaciones por causales de violación al derecho a la vida e informar posteriormente los resultados de las mismas. • Derogar las normas sobre exención de responsabilidad penal por obrar en cumplimiento de la obediencia debida a un superior. • Adoptar una ley que prohíba nacionalmente, sin excepciones, el uso de armas de fuego y la utilización de sustancias tóxicas en el control de manifestaciones. En el mismo sentido, garantizar que en los estados o municipios que se aprobaron normas en este sentido, estas sean cumplidas efectivamente. • Profundizar la reorganización de los distintos cuerpos policiales y militares, para garantizar su funcionamiento en el marco del Estado de Derecho. Esta reorganización debe incluir la revisión de los programas de formación, los criterios de ingreso y la evaluación del personal que actualmente presta servicios, todo ello teniendo como eje transversal a los derechos humanos.
• Evaluar la implementación de programas de formación en
derechos humanos que se hayan ejecutado a nivel de las academias militares y
policiales, propiciando la participación de las ONGs de derechos humanos en
dicho proceso. Derecho a la Libertad Personal • Difundir y garantizar la aplicación del nuevo Código Orgánico Procesal Penal (COPP). • Garantizar que la detención preventiva sea una medida excepcional tal y como lo contempla el COPP. • Garantizar que el recurso de habeas corpus sea efectivo en toda clase de circunstancias. • Derogar los Códigos de Policía y decretos administrativos que , por ser contrarios al COPP, vulneran el derecho a la libertad personal. • Difundir y garantizar el cumplimiento de los procedimientos que deben realizar los funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley al ejecutar un arresto o detención. Dichos procedimientos son los siguientes: a) Identificación del funcionario y presentación de la orden de arresto en el momento de proceder a la detención; b) Efectuar los arrestos bajo estricto control judicial y únicamente por personas autorizadas; c) Informar a los ciudadanos los motivos de su arresto en el momento de ser detenidos; d) Informar a los detenidos de forma clara, tanto oral como escrita, de sus derechos y garantizar que éstos se ejerzan debidamente. • Abstenerse de formular e implementar políticas de seguridad pública que incorporen prácticas contrarias al respeto de la garantía a la libertad personal, tales como las "redadas". • Abstenerse de decretar limitaciones a la libertad personal, tales como los llamados toques de queda para los menores de edad. Asimismo, en casos de privación legítima de libertad a menores de edad, garantizar la aplicación de la Ley Orgánica de Protección al Niño y al Adolescente. • Adecuar la Ley de Salvaguarda del Patrimonio Público y la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas a la Constitución y los Convenios Internacionales firmados por Venezuela en lo que respecta a limitaciones de la libertad personal. • Hacer efectivo el derecho a la objeción de conciencia reglamentando, mediante ley, la posibilidad de prestar, sin discriminación alguna, el servicio a la sociedad en instituciones civiles (gubernamentales o no gubernamentales) o militares. Derecho a la integridad personal • Informar a la opinión pública, nacional e internacional, de las medidas implementadas por el Estado venezolano para dar cumplimiento a las recomendaciones, formuladas a Venezuela por el Comité contra la Tortura de la ONU el 05.05.99. • Promulgar una Ley que prevenga, sancione y repare la aplicación de torturas y tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, en concordancia con los instrumentos internacionales sobre derechos humanos ratificados por Venezuela. En dicha ley debe establecerse la competencia exclusiva de la justicia ordinaria para el conocimiento de casos de violación a la integridad personal. • Derogar las normas sobre exención de responsabilidad penal por obrar en cumplimiento de la obediencia debida a un superior. • Establecer un programa estatal dirigido a la rehabilitación física, psicológica y social de las víctimas de tortura. • Difundir entre los efectivos policiales y militares y población en general, los Convenios y Acuerdos Internacionales suscritos por Venezuela que prohíben la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes. • Vigilar el permanente respeto a la integridad física de todo detenido en los centros de detención, tanto civiles como militares. • Adelantar las investigaciones e implementar las sanciones que sean aplicables a funcionarios del Ministerio Público que por acción u omisión permitan la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes. • Desincorporar al Instituto de Medicina Legal del Poder Ejecutivo, a fin de garantizar la independencia de las actuaciones de este organismo. Asimismo, garantizar que todos los detenidos sean examinados por un médico forense al ingresar al centro de detención, durante su permanencia en él y al quedar en libertad. Derecho a la seguridad personal • Investigar y sancionar a los funcionarios responsables del hostigamiento o allanamientos extrajudiciales. • Garantizar una política que ponga fin al hostigamiento contra las personas que denuncian violaciones de derechos humanos o casos de corrupción. • Respetar la inviolabilidad del hogar, poniendo fin a la práctica de realizar allanamientos masivos y arbitrarios a viviendas ubicadas en zonas populares, durante operativos de control de la delincuencia. • Establecer mecanismos de control que eviten la posibilidad de que funcionarios policiales o militares abusen de su condición para dirimir conflictos personales. Derecho a la libertad de expresión e información • Garantizar la integridad personal de los comunicadores sociales durante el ejercicio de sus actividades profesionales, de manera particular por parte de los efectivos de la Casa Militar encargados de la seguridad del Ejecutivo Nacional. • Garantizar la pronta decisión en el caso de la demanda de nulidad por inconstitucionalidad de la Ley de Ejercicio del Periodismo, introducido ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), poniendo fin al injustificado retardo procesal en esta causa. • Abstenerse de aplicar censura previa a los mensajes transmitidos por cualquier medio de comunicación social. • Desarrollar una política estatal que garantice, a través de servicios de radio-televisión de servicio público, la necesaria pluralidad de opinión e información propias de una sociedad democrática. • Realizar una amplia consulta social mediante la cual se revise la pertinencia de haber decidido la cesión del canal 5 de televisión. • Reformar integralmente el sistema de administración de justicia, para garantizar el acceso del ciudadano a los órganos de administración de justicia, la aplicación justa de la ley, la transparencia y celeridad en los procesos y la independencia del Poder Judicial. En este proceso de reforma deben respetarse, permanentemente, los principios de independencia y colaboración de los Poderes Públicos. • Garantizar la más amplia participación ciudadana y de los actores que intervienen en la administración de justicia en el proceso de reforma judicial. • Explicar, a la comunidad nacional e internacional, las razones que hicieron posible que, mediante sentencia definitivamente firme, se declarara cerrado el caso de la masacre de El Amparo, sin establecerse responsabilidades en tales hechos. Asimismo, implementar medidas sustitutorias de reparación a las víctimas y sus familiares, toda vez que al no sancionar a los responsables de aquella masacre, el Estado está aún en mora con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de fecha 14.09.96. • Asegurar la efectiva vigencia de la justicia en otros casos de violaciones a los derechos humanos ocurridos en el pasado: los sucesos de febrero-marzo de 1989, la represión de los intentos golpistas de febrero y noviembre de 1992, las muertes en manifestaciones desde 1989 hasta el presente y, las masacres ocurridas en establecimientos penitenciarios. • Garantizar que las víctimas de violaciones a los derechos humanos y/o sus familiares sean indemnizadas y reciban rehabilitación hasta su total recuperación. • Asignar por lo menos el 5% del presupuesto nacional al Sistema de Administración de Justicia. • Aumentar el número de defensores públicos de presos, con la finalidad de agilizar y garantizar una defensa efectiva y certera. • Garantizar que la justicia penal militar se abstenga de juzgar delitos que no sean los estrictamente militares, con lo cual los delitos que constituyen violación a los derechos humanos jamás deberán ser conocidos por esa institución. Todo ello debe ser parte de un proceso de reforma de esa institución para hacerla compatible con los principios y contenidos del derecho a la justicia. Derecho de las personas detenidas y encarceladas • Informar a la opinión pública, nacional e internacional, de las medidas implementadas por el Estado venezolano para dar cumplimiento a las recomendaciones relacionadas con el derecho a la integridad personal de los reclusos, formuladas a Venezuela por el Comité contra la Tortura de la ONU el 05.05.99. • Garantizar que el control interno de los reclusos esté a cargo de personal civil debidamente capacitado y que el número de custodios asignado en cada centro guarde correspondencia con el total de reclusos. • Normar los procedimientos de inspección a los visitantes, garantizando un trato digno y respetuoso de la persona de los internos y sus familiares. Prohibir de manera inmediata la práctica de las requisas vaginales y anales a los familiares de los reclusos. • Asegurar el acceso a los medios de comunicación, abogados litigantes y ONGs de derechos humanos a los recintos penitenciarios, sin más restricciones que las derivadas de normas de seguridad. • Comisionar un mayor número de Fiscales, con dedicación exclusiva en materia penitenciaria, contemplando entre sus atribuciones principales las visitas regulares a los recintos carcelarios y entrevistas individuales con los detenidos. • Garantizar equipos técnicos de profesionales que funcionen en los centros de reclusión a objeto de dar seguimiento al desarrollo del recluso y certificar que estos son aptos para el otorgamiento de los beneficios contemplados en las leyes vigentes, así como contribuir a la aplicación de los tratamientos correspondientes. • Garantizar el traslado seguro de los internos a los Tribunales, impidiendo la comercialización de este derecho y las situaciones que suponen riesgo para la vida e integridad física de los detenidos. • Separar a los internos en cada establecimiento penitenciario, según categorías de edad, sexo, motivos de la detención, estado del proceso y medidas a ser aplicadas. • Garantizar el pleno disfrute del derecho a la visita íntima de la población penal femenina, sin más restricciones que las de seguridad general del recinto penitenciario. • Garantizar el acceso de la población reclusa a los servicios de salud, asegurando el debido seguimiento y tratamiento a los casos específicos de alteraciones de salud que así lo ameriten. • Suministrar a los internos una dieta alimentaria que garantice niveles óptimos de salud. La dieta debe contemplar los requerimientos especiales de las reclusas embarazadas, así como de las madres en período de lactancia, y los menores de edad que permanecen en centros de reclusión junto a sus madres. • Implementar programas educativos y laborales para la población penal, así como las instancias requeridas para el seguimiento y mantenimiento de los mismos. • Eliminar las celdas de reclusión que impliquen tratos crueles, inhumanos o degradantes. • Alcanzar una infraestructura y una asignación presupuestaria óptima que posibilite el cumplimiento a cabalidad de los programas de tratamiento y sanciones contemplados en la Ley Orgánica de Protección del Niño y el Adolescente. • Dar a conocer el balance de ejecución de los programas y medidas adoptadas por el Ejecutivo en materia penitenciaria, tales como el Plan Justicia 2000 y la Comisión Interinstitucional designada en el marco de la declaratoria de la emergencia carcelaria. • Garantizar a la población reclusa un sistema en donde denunciar violaciones a los derechos humanos cometidas en los penales con miras a que se investiguen, sancionen y reparen. Este sistema debe contemplar la salvaguarda de la integridad y la vida de los denunciantes. Asimismo, tal sistema debe producir informes, de carácter público, sobre la cantidad de denuncias presentadas y los resultados obtenidos. • Dar cumplimiento a la Convención Internacional de los Derechos del Niño y a la Constitución, manteniendo el derecho a la nacionalidad venezolana de los niños y niñas nacidos en el país de padres indocumentados. • Garantizar el cumplimiento efectivo por las autoridades competentes del Decreto del Ejecutivo Nacional Nº 2.819 emitido el 05.10.98 y publicado en Gaceta Oficial Nº 36.553. • Garantizar la seguridad jurídica de los extranjeros en territorio nacional, para permitirles solicitar la naturalización como venezolanos, una vez cumplan los requisitos de ley. • Garantizar a la brevedad las reformas políticas y legislativas que incorporen el referéndum revocatorio del mandato de todos los poderes públicos, así como los referenda consultivo, abrogatorio y de iniciativa legislativa. • Garantizar el respeto y diálogo con las propuestas surgidas desde las comunidades y sectores organizados, como legítimas expresiones de fortalecimiento democrático. • Abstenerse de reprimir las protestas pacíficas generadas por la población en legítimo ejercicio de sus derechos constitucionales. En el mismo sentido, derogar los decretos o reglamentos que limiten el derecho a manifestar.
• Respetar la voluntad popular expresada en el sufragio,
investigando y sancionando a quienes cometan fraude electoral. Derechos al asilo y al refugio • Reglamentar, mediante decreto o ley, los procedimientos, autoridades y garantías necesarias para el otorgamiento del estatuto de refugiado y el que otorga la calidad de asilado, respetando los términos establecidos en los tratados internacionales y respetando las garantías inherentes a un debido proceso. • Garantizar, antes y después de la reglamentación, los derechos de los asilados y refugiados y/o de los candidatos a obtener uno u otro estatus, en particular el principio de no devolución, como consecuencia de la aplicación automática de los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Venezuela. En este mismo marco deberían darse todas las actuaciones de la Comisión Técnica para el Asunto de los Desplazados creada en este período. • Emitir instructivos y órdenes precisas a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y a aquéllos que por sus actividades tengan los primeros contactos con los solicitantes de asilo, para que respeten el principio de no devolución y transmitan el caso inmediatamente a las autoridades competentes. • Que se preste toda la colaboración al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), para que ejerza plenamente su mandato dentro del territorio nacional y que se invite a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a realizar una visita in loco a la zona fronteriza para evaluar la situación en materia de derechos humanos. • Abstenerse de aplica la expulsión o extradición de personas a otro Estado cuando haya razones fundadas para creer que estaría en peligro de ser sometida a torturas u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Así mismo, para el examen de tales casos, debe garantizarse la doble instancia, tal como lo recomendó a Venezuela el Comité contra la Tortura de la ONU el 05.05.99. Sobre derechos económicos, sociales y culturales • Delinear una política que asegure el acceso y disfrute de una vivienda adecuada a los sectores de menores recursos, incluyendo el estímulo a alternativas habitacionales en los asentamientos no controlados. • Garantizar una política de crédito para la adquisición de viviendas con intereses y cuotas accesibles a los sectores populares. • Asegurar que cualquier modificación a la legislación sobre alquileres no signifique desmejoras en el régimen de protección al inquilino. • Poner fin a los procedimientos de desalojo forzoso, incorporando la prohibición expresa de los mismos en la legislación nacional. • Efectuar un catastro de los terrenos potencialmente propicios para viviendas que son propiedad del Estado. • Dar prioridad a la lucha contra la inequidad a través de medidas efectivas de promoción social y combate a la pobreza. • Cumplir con el compromiso de asegurar la gratuidad del servicio de salud por parte del Estado, eliminando los sistemas de recuperación de costos en los centros asistenciales. Así mismo, abstenerse de requerir de los pacientes los insumos médicos necesarios para la atención de su salud • Garantizar la accesibilidad y universalidad del derecho en la legislación en materia de salud. • En el marco del proceso de reforma del sector, establecer políticas de coordinación que garanticen la coherencia de las diferentes propuestas y su adecuación a los principios del derecho. • Aumentar los recursos del presupuesto nacional destinados al sector salud hasta llegar progresivamente al 10% del PBI para el año 2.000. • Instrumentar el Plan Nacional para el Desarrollo de la Salud Ocupacional y garantizar el cumplimiento de la normas vigentes sobre seguridad e higiene en el trabajo. • Promover mecanismos de participación de la comunidad en el control, diseño y resguardo de los servicios de salud en las instituciones de carácter público. • Recuperar el rol de los servicios de epidemiología en el combate contra las enfermedades prevenibles. • Velar por que las directrices emanadas recientemente de las autoridades competentes con respecto a la gratuidad de la educación en todos sus ciclos se cumplan efectivamente. • Asignar suficiente presupuesto a los establecimientos educativos para que puedan funcionar sin que se vean obligados a exigir cuotas onerosas a las Sociedades de Padres y Representantes. • Aumentar los recursos del presupuesto nacional destinados al sector educación hasta llegar progresivamente a un 7 % del PBI, en concordancia con lo planteado por la UNESCO. • Garantizar presupuestos acordes con las necesidades de cada uno de los niveles educativos. • Desarrollar un plan nacional de formación docente para adecuar las prácticas pedagógicas a una concepción de la educación no excluyente, democrática y participativa. • Dar a conocer el Plan Nacional de Reparación de Escuelas con metas a corto, mediano y largo plazo a fin de que la ciudadanía pueda controlar la efectividad en el cumplimiento del mismo. • Dar efectivo cumplimiento a todas las Resoluciones del Ministerio de Educación destinadas a impedir cualquier forma de discriminación de alumnos en el ingreso y/o permanencia dentro del nivel educativo. • Mejorar las condiciones socioeconómicas de los educadores a fin de que se dignifique esta profesión y se evite el éxodo de docentes que se está comprobando en todos los niveles del sistema educativo. • Dar efectivo cumplimiento a la Resolución 1484 que establece la educación en valores y derechos humanos en el sistema curricular venezolano. • Garantizar una pronta decisión en el recurso de nulidad de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT), tomando debida cuenta de los argumentos que fundamentan la inconstitucionalidad de la misma, así como de la ilegalidad del procedimiento utilizado para aprobarla. El nuevo Parlamento debe revisar la constitucionalidad de la mencionada ley y restituir la vigencia de los derechos laborales reformados en su oportunidad. • Discutir y aprobar una Ley de Salario Mínimo que establezca un mecanismo de indexación periódica, cuya base sea la canasta básica alimentaria. • Garantizar la instrumentación de una política que propicie condiciones de pleno empleo y estabilidad laboral. • Tramitar los procedimientos de conflictos colectivos del trabajo con apego estricto a lo establecido en los artículos 475 y siguientes de la LOT, absteniéndose de dictar actos o realizar actuaciones que retrasen, dificulten o impidan la tramitación de estos procedimientos conforme a la Ley. • Abstenerse de aprobar alguna norma que restrinja o dificulte el derecho constitucional a huelga. • Abstenerse de ordenar reuniones conciliatorias previas a la tramitación del procedimiento de conflictos colectivos, en base al artículo 473 de la LOT, cuando se presenten pliegos de peticiones con carácter conflictivo. Tramitar de inmediato el pliego de peticiones y enviar al patrono dentro de las 24 horas siguientes a su presentación. • Abstenerse de suspender el transcurso del lapso de 120 horas, previsto en el artículo 487 de la LOT. • Asegurar que los trabajadores migrantes que laboran en las zonas fronterizas, perciban una justa y adecuada remuneración por las tareas realizadas, impidiendo que sean utilizadas amenazas de repatriación por parte de los patronos, ya que estas prácticas permiten y facilitan que estos trabajadores sean sometidos a condiciones de trabajo forzoso u obligatorio. • Reformar la LOT, para adecuar la edad mínima para el trabajo de los menores a la recomendación Nº 146 de la OIT, que la ubica en 16 años. Avanzar hacia la erradicación del trabajo infantil tal como lo establece el Convenio 138 de la OIT. • Garantizar un papel más activo y eficiente de las inspectorías del trabajo en el control a los patronos en cuanto al cumplimiento de las normas establecidas en la LOT y la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo. • Cancelar las deudas salariales, contractuales y de prestaciones sociales que el Estado tiene con los empleados y obreros a nivel nacional, estadal y municipal. • Revisar todas las leyes que en materia de seguridad social se hayan aprobado en el curso de 1998, y llamar a una amplia consulta de sectores involucrados en el tema, más allá de los miembros de la Comisión Tripartita, a fin de garantizar la creación de un sistema de seguridad social integral. • Garantizar puntualmente -mientras se desarrolla la transición hacia el nuevo sistema de seguridad social-, el pago de las jubilaciones y pensiones equivalentes al salario mínimo urbano. • Garantizar en el plazo que estipula la Ley el pago del Seguro de Paro Forzoso a los trabajadores cesantes. • Derogar el Instructivo Nº 10 sobre invasiones a predios rústicos y ordenar la suspensión inmediata de los desalojos en zonas agrarias, hasta tanto no exista un catastro completo de las tierras dadas en resguardo por el Estado al Instituto Agrario Nacional (IAN) para el proceso de reforma agraria. • Garantizar la seguridad jurídica y económica del trabajador del campo mediante el otorgamiento de títulos definitivos de propiedad y el restablecimiento de los mecanismos crediticios con tasas de interés preferencial. • Dar continuidad a la elaboración del catastro nacional comenzado en 1995. • Ampliar los programas de Desarrollo Agrícola y retomar contacto con los fundos abandonados por el IAN. • Intensificar políticas agrarias que permitan la inserción en el mercado agrario de pequeños y medianos productores. • Crear mecanismos sencillos y transparentes de registro y asignación de tierras que permitan la puesta al día del catastro nacional y la indemnización de los particulares dueños de tierras afectadas a la Reforma Agraria. • Cumplir los compromisos asumidos en la Cumbre Mundial de la Alimentación, en el sentido de reducir a la mitad el número de personas desnutridas para el año 2015, presentando informes periódicos sobre la aplicación del Plan de Acción. • Adoptar políticas integrales encaminadas a erradicar el hambre y a garantizar la seguridad alimentaria, removiendo obstáculos como el desempleo y la falta de acceso a los alimentos por parte de la población más pobre. • Revertir progresivamente la dependencia externa en materia alimentaria, para ubicarla a nivel de una autonomía moderada en el próximo decenio. Esto supone desarrollar una política que privilegie la producción nacional de alimentos por encima de la actual importación de los mismos. • Impartir educación en materia de nutrición, higiene y salud, informado sobre la importancia de la alimentación como derecho humano. • Sancionar a la brevedad, previa consulta con la sociedad, la Ley de Desarrollo Agrícola y Seguridad Alimentaria, garantizando su adecuación a los conceptos y principios establecidos por la FAO en esa materia. • Evaluar la consistencia de los cambios realizados en la base para calcular la Canasta Básica Alimentaria realizada por la OCEI en 1997, cuidando se adecue a las normas internacionales vinculadas con la seguridad alimentaria de la población. Derechos de los pueblos indios • Acelerar la aprobación del Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, tal como lo manifestó el gobierno ante el Comité de las Naciones Unidas contra la Discriminación Racial y lo recomendó el Ministerio de Relaciones Exteriores el 09.11.99. • Reconocer el derecho a la propiedad colectiva de las tierras que vienen ocupando las comunidades indígenas, así como respetar y preservar sus culturas, lenguas, e instituciones. • Evaluar, junto a los pueblos indígenas, los planes estatales de educación intercultural bilingüe, con miras a cualificar su ejecución. • Demarcar, en un lapso no mayor a 6 meses y con la participación de los pueblos indígenas, las tierras que de manera colectiva vienen ocupando estos pueblos. • Abstenerse de tomar decisiones que guarden relación con el territorio indígena sin el previo consenso de estos pueblos. En el mismo sentido, derogar o modificar aquellas normativas que desconozcan dichos criterios. • Aprobar el Proyecto de Ley Orgánica de Comunidades, Pueblos y Culturas Indígenas, incorporando las recomendaciones dirigidas por las organizaciones indígenas al Congreso de la República. • Reconocer a los pueblos indígenas el carácter (no excluyente) de guardianes y custodios de su ambiente y cultura. • Implementar las sugerencias y recomendaciones hechas a Venezuela por el Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación Racial (en su 49º período de sesiones de agosto de 1996) en materia indígena, y suministrar adecuadamente las informaciones que le han sido demandadas. • Desarrollar una política de desarrollo sustentada en la variable ambiental y la participación ciudadana. • Revisar los contratos petroleros concedidos en el marco de la apertura, anulando las concesiones petroleras en áreas de alta fragilidad ambiental. • Revisar todas las concesiones mineras, permitiendo la actividad sólo en aquellas zonas que no estén protegidas, y donde la consecuente depredación no conlleve daños severos, monitoreando efectivamente el cumplimiento por parte de las empresas mineras de los planes de impacto ambiental. • Dar efectiva vigencia a la Ley Penal del Ambiente. • Derogar por inconstitucional el Decreto Nº 1.850 sobre la Reserva Forestal de Imataca, garantizando la protección de la misma de acuerdo a la figura de protección de Reserva Forestal en el próximo Plan de Ordenamiento. • Revisar la política forestal, sustituyendo los objetivos de explotación económica por objetivos de aprovechamiento sustentable de los recursos, y garantizando que los servicios forestales fiscalicen los procesos de extracción. • Desarrollar planes efectivos de recuperación de las cuencas y balsas de agua dulce y del litoral. • Garantizar la adecuación de la industria a la normativa ambiental. • Intervenir los organismos oficiales que facilitan la comisión impune de ilícitos ambientales, fortaleciendo la función fiscalizadora del MARNR. Sobre los compromisos internacionales en materia de derechos humanos • Cumplir de manera expedita las sentencias de los tribunales internacionales y los dictámenes de las instancias cuasijurisdiccionales de carácter internacional, y promulgar una ley nacional que reglamente este procedimiento. • Hacer públicos los informes del Estado a los comités de las Naciones Unidas y discutir ampliamente sus contenidos, antes y después de las sesiones de estudio fijadas por los comités. Dichos informes deben ser presentados de manera oportuna, mejorando además su proceso de elaboración, sus contenidos y la composición de las misiones oficiales que los sustentan, en desarrollo de los parámetros internacionales. • Implementar y difundir las sugerencias y recomendaciones provenientes de las distintas instancias y órganos convencionales de los sistemas universal e interamericano de protección de derechos humanos. • Reconocer la competencia del Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación Racial, para que pueda conocer de las comunicaciones por casos individuales • Ratificar el Estatuto de Roma sobre la Corte Penal Internacional. • Difundir ampliamente los instrumentos internacionales de derechos humanos, así como las decisiones sobre Venezuela adoptadas por las instancias internacionales, y educar a los agentes del Estado en el respeto y observancia de los mismos. |