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PROPUESTAS Y EXIGENCIAS A LOS PODERES PÚBLICOS EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS
Sobre civiles y políticos
1. Derecho a la vida
2. Derecho a la libertad personal
3. Derecho a la integridad personal
4. Derecho a la libertad de expresión e información
5. Derecho al asilo y al refugio
6. Derecho a la objeción de conciencia
7. Derechos políticos
8. Derecho a la justicia
9. Derechos de las personas detenidas y encarceladas
10. Seguridad ciudadana
Sobre derechos económicos, sociales y culturales
1. Derecho a la alimentación
2. Derecho a la tierra
3. Derecho a la vivienda
4. Derecho a la educación
5. Derecho a la salud
6. Derecho a la seguridad social
7. Derecho de los trabajadores
8. Derecho a un ambiente sano
9. Derechos de los pueblos indígenas
Sobre los compromisos internacionales en materia de Derechos
humanos
Los derechos humanos brindan una nueva perspectiva que sirve para
inspirar y movilizar al público... Los derechos económicos, sociales y
culturales (DESC) ofrecen tal vez la única alternativa coherente y creíble
frente al neo-liberalismo extremo. Ofrecen la idea de que el ser humano no
existe para servir al desarrollo sino el desarrollo para servir al ser
humano, que las comunidades tienen que ser el objeto clave del desarrollo y
una parte central del proceso. Los DESC ofrecen un marco y unos estándares
para medir el progreso de esta visión de desarrollo humano.
Centro de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales,
Quito, Ecuador.
El diálogo entre la sociedad y los representantes de los poderes públicos es
una condición fundamental de la política democrática. Tal principio está
consagrado en el artículo 62 de la Constitución de 1999 que señala que:
"Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar
libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus
representantes elegidos o elegidas.
La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la
gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que
garantice su completo desarrollo [...] Es obligación del Estado y deber de
la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para
su práctica".
El diagnóstico de la situación de los derechos humanos en Venezuela que
realizamos en las páginas de este Informe y las propuestas y exigencias que
a continuación presentamos, pretenden ser un piso para discutir con las
autoridades responsables de mejorar las condiciones de vida de la población.
Las siguientes propuestas y exigencias tienen como base el ordenamiento
constitucional y los instrumentos internacionales de derechos humanos
ratificados por Venezuela, con lo cual se trata de deberes a honrar por el
Estado.
Desde mediados de la década pasada, las organizaciones nacionales de
derechos humanos hemos venido insistiendo en la necesidad de diseñar y
ejecutar un Plan Nacional de Derechos Humanos en el que participen
instituciones estatales y diversos sectores sociales. Tal insistencia tuvo
frutos incipientes, pero pronto truncados, durante los últimos años del
gobierno de Rafaél Caldera y no ha sido tomada en cuenta durante la gestión
de Hugo Chávez. Esperamos que las propuestas y exigencias que siguen, sirvan
de agenda para retomar el necesario diálogo que, en la materia, debe existir
entre las organizaciones de derechos humanos y los poderes públicos.
-Tope-
Sobre derechos civiles y políticos
Derecho a la vida
Investigar exhaustivamente las denuncias de violación al derecho a la vida
presentadas por familiares de víctimas, organizaciones de derechos humanos,
medios de comunicación social o cualquier otro denunciante y, en caso de
comprobarse los hechos, aplicar las sanciones penales, administrativas y
disciplinarias que establece el ordenamiento jurídico nacional, así como
ordenar la reparación del daño causado.
Publicar anualmente un reporte, discriminado por cuerpos de seguridad, sobre
el número de funcionarios sometidos a averiguaciones por causales de
violación al derecho a la vida y sobre los resultados de las mismas en cada
caso.
Derogar las normas sobre exención de responsabilidad penal por obrar en
cumplimiento de la obediencia debida a un superior.
Adoptar una ley que prohíba nacionalmente, sin excepciones, el uso de armas
de fuego y la utilización de sustancias tóxicas en el control de
manifestaciones pacíficas, en concordancia con el artículo 68 de la
Constitución de 1999. En el mismo sentido, garantizar que en los estados o
municipios que se aprobaron normas sobre esta materia, sean cumplidas
efectivamente.
Intervenir, con carácter de emergencia, los cuerpos policiales y militares
más denunciados (entre ellos la Policía del estado Portuguesa), para
realizar su reorganización garantizando su funcionamiento en el marco del
Estado de Derecho. Esta reorganización debe incluir la revisión, desde una
perspectiva de derechos humanos, de los criterios de ingreso, los programas
de formación, la evaluación periódica de las actuaciones del personal, los
mecanismos de control internos y sociales sobre la acción de la institución,
la creación de una cultura interna consistente con el Estado de derecho y el
uso legítimo que en él se establece sobre la fuerza pública, y las
condiciones sociolaborales del personal.
Evaluar la implementación de programas de formación en derechos humanos que
se hayan ejecutado a nivel de las academias militares y policiales,
propiciando la participación de las ONG de derechos humanos en dicho
proceso.
Que el Ejecutivo Nacional, conjuntamente con el Ejecutivo del estado
Portuguesa realicen de inmediato medidas de reparación moral y cultural de
los daños causados por el "grupo exterminio" que incluyan, entre otras, la
asunción pública de responsabilidad estatal, el compromiso de no repetición,
un plan específico para la reorganización de la policía estadal y un día
para la discusión pública, en ese estado, de los factores que hicieron
posible una política de exterminio y sus consecuencias negativas en la
calidad de vida de toda la población.
-Tope-
Derecho a la libertad personal
Garantizar que la detención preventiva sea una medida excepcional tal y como
lo contempla la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el
Código Orgánico Procesal Penal (Copp).
Garantizar que la acción de habeas corpus sea efectiva en toda clase de
circunstancias.
Derogar los Códigos de Policías y decretos administrativos que, por ser
contrarios a la Constitución y el Copp, vulneran el derecho a la libertad
personal.
Garantizar el cumplimiento de los procedimientos que deben realizar los
funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley, al ejecutar un arresto o
detención e impulsar que los mismos sean conocidos por la colectividad.
Dichos procedimientos son los siguientes: a) Identificación del funcionario
y presentación de la orden de arresto en el momento de proceder a la
detención; b) Efectuar los arrestos bajo estricto control judicial y
únicamente por personas autorizadas; c) Informar a los ciudadanos los
motivos de su arresto en el momento de ser detenidos; d) Informar a los
detenidos de forma clara, tanto oral como escrita, de sus derechos y
garantizar que éstos se ejerzan debidamente; e) Permitirle al detenido
comunicarse con un familiar, abogado o persona de su confianza.
Abstenerse de formular e implementar políticas de seguridad pública que
incorporen prácticas contrarias al respeto de la garantía a la libertad
personal, tales como las "redadas".
Abstenerse de decretar limitaciones a la libertad personal, tales como los
llamados "toques de queda" para niños o adolescentes. Asimismo, en casos de
privación legítima de libertad a éstos, garantizar la aplicación de la Ley
Orgánica de Protección al Niño y al Adolescente (Lopna).
-Tope-
Derecho a la integridad personal
Investigar y sancionar a los funcionarios responsables de torturas, tratos o
penas crueles, inhumanos o degradantes, hostigamientos o allanamientos sin
orden judicial.
Adelantar las investigaciones e implementar las sanciones que sean
aplicables a funcionarios del Ministerio Público que por acción u omisión
permitan la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Desincorporar al Instituto de Medicina Legal del Poder Ejecutivo, a fin de
garantizar la independencia de las actuaciones de este organismo. Asimismo,
garantizar que todos los detenidos sean examinados por un médico forense al
ingresar al centro de detención, durante su permanencia en él y al quedar en
libertad.
Garantizar el cumplimiento de las guardias nocturnas y en días feriados de
los fiscales del Ministerio Público.
Vigilar el permanente respeto a la integridad física de todo detenido en los
centros de detención, tanto civiles como militares.
Reformar el Código Penal en función de obtener una tipificación específica
de los delitos de torturas y tratos o penas crueles, inhumanos o
degradantes, en concordancia con los instrumentos internacionales sobre
derechos humanos ratificados por Venezuela.
Garantizar una política que ponga fin al hostigamiento contra las personas
que denuncian violaciones de derechos humanos, casos de corrupción o
expresen ideas adversas al Gobierno Nacional.
Establecer mecanismos de control que eviten la posibilidad de que los
soldados sean maltratados por sus superiores como métodos de castigo o de
entrenamiento.
Renunciar a la posibilidad de hacer uso de la Guardia Nacinal o cualquier
otro componente de la Fuarza Armada Nacional en las funciones ordinarias de
seguridad ciudadana.
Establecer un programa estatal dirigido a la rehabilitación física,
psicológica y social de las víctimas de tortura.
Diseñar una política de formación y difundir entre los efectivos policiales
y militares, y la población en general, los Convenios y Acuerdos
Internacionales suscritos por Venezuela que prohíben la tortura y los tratos
crueles, inhumanos o degradantes
Profundizar la reorganización de los distintos cuerpos policiales y
militares, para garantizar su funcionamiento en el marco del Estado de
Derecho.
-Tope-
Derecho a la libertad de expresión e información
Evitar expresiones públicas que propicien agresiones hacia comunicadores
sociales o su intimidación, todo lo cual puede traducirse en prácticas de
autocensura que limiten a los ciudadanos el acceso a la información y la
opinión.
Garantizar la integridad personal de los comunicadores sociales durante el
ejercicio de sus actividades profesionales, investigando y sancionando
cualquier agresión proveniente de funcionarios públicos o particulares.
Realizar un proceso transparente y público para la asignación de nuevas
frecuencias radio-televisivas que garantice la pluralidad, la rentabilidad
social y promueva la diversidad cultural en las programaciones de las nuevas
concesiones.
Promover la creación de medios de comunicación locales, comunitarios,
plurales y alternativos, en un marco de respeto a su autonomía, como
mecanismo para garantizar el derecho a la expresión de sectores sociales
excluidos y el derecho a una información plural de la sociedad.
Abstenerse de utilizar la potestad de asignación o suspensión de frecuencias
radio-televisivas como un mecanismo de presión sobre los medios de
comunicación orientado a limitar la libertad de expresión y el derecho a la
información.
Garantizar el ejercicio al derecho a réplica en los medios de comunicación
por parte de los afectados.
Ajustar la legislación y reglamentos relacionados con la comunicación social
para evitar incompatibilidades con los postulados constitucionales y los
tratados internacionales, en particular en lo referido a las figuras del
vilipendio o desacato.
Propiciar un debate y participación públicos en torno a las distintas
regulaciones legislativas y reglamentarias, relacionadas con los medios de
comunicación social, el ejercicio del periodismo y el acceso a la
información por parte de los ciudadanos.
Desarrollar políticas que garanticen de forma abierta acceso a la
información de carácter público en manos del Estado en todas sus instancias.
Desarrollar una política estatal que garantice, a través de un sistema de
radio-televisión de servicio público, la necesaria pluralidad de opinión e
información propias de una sociedad democrática, así como la construcción de
una oferta que mejore la calidad en contenidos y formatos.
Promover entre las distintas instancias del poder judicial un conocimiento y
repercusiones prácticas de la jurisprudencia del sistema interamericano en
materia de libertad de expresión e información.
Abstenerse de utilizar procesos judiciales como mecanismos orientados a
limitar la libertad de expresión.
Garantizar la pronta decisión en el caso de la demanda de nulidad por
inconstitucionalidad de la Ley de Ejercicio del Periodismo, introducido ante
la Corte Suprema de Justicia (CSJ), poniendo fin al injustificado retardo
proceso en esta causa.
Levantar la medida de censura previa dictada por un tribunal nacional contra
el semanario La Razón.
-Tope-
Derechos al asilo y al refugio
Dar cumplimiento a las medidas cautelares dictadas, el 12.03.01, por la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos en protección de un grupo de
campesinos colombianos ubicados en el Edo. Zulia, a los fines de que estas
personas no sean expulsadas del territorio nacional, accedan al
procedimiento de elegibilidad establecido en la ley, les sea garantizada su
seguridad, integridad y libertad mientras se encuentren bajo protección del
Estado venezolano y les sea otorgada asistencia alimentaria y atención
médica.
Instalar con celeridad la Comisión Nacional diseñada en la nueva Ley
Orgánica para Refugiados o Refugiadas y Asilados o Asiladas, a los fines de
que se decidan los casos pendientes de solicitudes de reconocimiento de la
condición de refugiado.
Elaborar, en un breve plazo, un reglamento que sea coherente con el
espíritu, propósito y razón de la nueva Ley Orgánica para Refugiados o
Refugiadas y Asilados o Asiladas.
Implementar una campaña de difusión, capacitación y sensibilización sobre
los contenidos y mecanismos que establece la nueva ley, dirigida a
funcionarios civiles y militares llamados a implementarla y, de manera
especial, a aquellos ubicados en las fronteras nacionales.
Diseñar y ejecutar, sobre la base de las disposiciones y principios de la
nueva ley, de una política nacional integral en materia de refugiados,
garantizando el respeto a los derechos humanos de las personas que ingresen
en el territorio venezolano, huyendo de las consecuencias del conflicto
interno que vive Colombia, prestando ayuda humanitaria oportuna y
estableciendo mecanismos de alerta temprana y de monitoreo permanente en la
franja fronteriza colombo-venezolana.
-Tope-
Derecho a la objeción de conciencia
Elaborar una ley que haga efectivo el derecho a la objeción de conciencia
establecido en el artículo 61 de la Constitución, en particular
estableciendo la posibilidad de prestar, sin discriminación alguna, el
servicio a la sociedad en instituciones civiles (estatales o no
gubernamentales) o militares, tal como lo establece el artículo134 de la
Constitución.
Eliminar la obligatoriedad de cursar la materia Educación Pre-Militar
dictada en el ciclo diversificado de educación media.
-Tope-
Derechos políticos
Respetar la voluntad popular expresada mediante cualquier medio de
participación y expresión de la soberanía, así como investigar y sancionar a
quienes cometan fraudes orientados a desconocerla.
Abstenerse de reprimir u obstaculizar las protestas pacíficas realizadas por
cualquier grupo sector social. Así mismo, derogar cualquier decreto o
reglamento que limite el derecho a la manifestación pacífica.
Estimular la organización social y el protagonismo popular en el diseño,
control y evaluación de las políticas públicas, en un marco de respeto y
promoción de la autonomía de las organizaciones.
Diseñar, en consulta con diversos actores sociales, un plan nacional de
educación popular que promueva la comprensión de los derechos garantizados
en la Constitución de 1999 y el uso de los mecanismos institucionales
creados para hacerlos justiciables.
-Tope-
Derecho a la justicia
Intensificar el proceso de reforma integral del sistema de administración de
justicia, para garantizar el acceso de la ciudadanía a los órganos de
administración de justicia, la aplicación justa de la ley, la transparencia
y celeridad en los procesos y la independencia del Poder Judicial. En este
proceso de reforma deben respetarse los principios de independencia y
colaboración de los Poderes Públicos.
Asegurar el respeto de los principios constitucionales y legales destinados
a garantizar la independencia del Poder Judicial en áreas tales como
asignación presupuestaria y realización de concurso públicos de oposición
para la provisión de jueces titulares.
Garantizar la más amplia participación ciudadana y de los actores que
intervienen en la administración de justicia en el proceso de reforma
judicial.
Desclasificar los expedientes, considerados como secretos, procesados en la
Justicia Militar relacionados con investigaciones sobre violaciones a los
derechos humanos, en especial los casos de personas desaparecidas o muertas
en supuestos enfrentamientos con las fuerzas de seguridad, ocurridas en los
años 60, 70 y 80.
Asegurar que en razón del derecho de los familiares a conocer la verdad de
los hechos ocurridos en "El Amparo" en 1988, se investigue en jurisdicción
ordinaria la posible responsabilidad de funcionarios del Estado sobre los
cuales no hay decisión definitivamente firme y se establezca la
responsabilidad intelectual, toda vez que al no sancionar a los responsables
de aquellos hechos, el Estado está aún en mora con la sentencia de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos de fecha 14.09.96.
Asegurar la efectiva vigencia de la justicia en otros casos de violaciones a
los derechos humanos ocurridos en el pasado: los sucesos de febrero-marzo de
1989, la represión de los intentos golpistas de febrero y noviembre de 1992,
las muertes en manifestaciones desde 1989 hasta el presente, las masacres
ocurridas en establecimientos penitenciarios, las ejecuciones de los
denominados "grupos de exterminio", entre otros.
Garantizar que las víctimas de violaciones a los derechos humanos y/o sus
familiares sean indemnizadas y reciban rehabilitación hasta su total
recuperación.
Aumentar el número de Defensores Públicos de Presos, con nombramientos de
titulares escogidos por concurso público de oposición, con la finalidad de
agilizar y garantizar una defensa efectiva y certera.
Garantizar que en la reforma al Código de Justicia Militar se desarrolle el
mandato constitucional de que los militares pueden ser juzgados en
tribunales militares sólo por delitos de naturaleza militar. Asimismo que la
selección de los jueces se realice mediante concurso público de oposición.
Asegurar que la Asamblea Nacional (AN) derogue la inconstitucional reforma
del Código Penal realizada por la Comisión Legislativa Nacional, quien se
atribuyó facultades que pertenecen exclusivamente a la AN, establecidas en
la Disposición Transitoria Tercera de la Constitución. Esa Disposición le
pautaba que en un plazo de seis meses a partir de la instalación de la AN
debía incluir el delito de desaparición forzada de personas en el Código
Penal.
Aprobar la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, con estricto apego a
los principios constitucionales que inspiraron la creación de esta
institución.
Poner fin a la mora legislativa mediante la pronta aprobación de la
legislación referida al Sistema Judicial, al Poder Ciudadano y a la Defensa
Pública, tal como lo establece la Disposición Transitoria Cuarta, numeral 5
de la Constitución.
Garantizar protección a la vida, integridad y seguridad de las víctimas,
testigos y denunciantes de violación de derechos humanos.
-Tope-
Derechos de las personas detenidas y encarceladas
Llevar adelante las acciones requeridas para concretar el modelo
penitenciario plasmado en la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, en su artículo 272. Principalmente, en lo relativo a la
descentralización de los centros de reclusión, la creación de un ente
penitenciario con carácter autónomo y el fomento de políticas de
rehabilitación.
Informar a la opinión pública, nacional e internacional, de las medidas
implementadas por el Estado venezolano para dar cumplimiento a las
recomendaciones relacionadas con el derecho a la integridad personal de los
reclusos, formuladas a Venezuela por el Comité contra la Tortura de la ONU
el 05.05.99.
Garantizar que el control interno de los reclusos esté a cargo de personal
civil debidamente capacitado y que el número de custodios asignado en cada
centro guarde correspondencia con el total de reclusos.
Normar los procedimientos de inspección a los visitantes de los centros de
reclusión, garantizando un trato digno y respetuoso, y prohibir la práctica
de inspecciones contrarias a la integridad personal.
Asegurar el acceso a los medios de comunicación, abogados litigantes y las
ONG de derechos humanos a los recintos penitenciarios, sin más restricciones
que las derivadas de normas de seguridad.
Garantizar un mayor número de Jueces de ejecución y una actuación efectiva
de los mismos, incrementando el número de visitas a los establecimientos
penales y de entrevistas con los detenidos.
Lograr el establecimiento de criterios y prácticas comunes entre el
Ejecutivo Nacional y el Poder Judicial para la debida aplicación de los
beneficios que corresponde otorgar a la población reclusa, que califique
para ellos. Sin más exigencias y limitaciones que las establecidas
legalmente.
Garantizar el traslado seguro de los internos a los tribunales, impidiendo
la comercialización de este derecho y las situaciones que suponen riesgo
para la vida e integridad física de los detenidos.
Separar a los internos en cada establecimiento penitenciario, según
categorías de edad, sexo, motivos de la detención, estado del proceso y
medidas a ser aplicadas.
Asegurar el pleno disfrute del derecho a la visita íntima de la población
penal femenina, sin más restricciones que las de seguridad general del
recinto penitenciario.
Garantizar el acceso de la población reclusa a los servicios de salud,
asegurando el debido seguimiento y tratamiento a los casos específicos de
alteraciones de salud que así lo ameriten.
Suministrar a los internos una dieta alimentaria que garantice niveles
óptimos de salud. La dieta debe contemplar los requerimientos especiales de
las reclusas embarazadas, así como de las madres en período de lactancia, y
los menores de edad que permanecen en centros de reclusión junto a sus
madres.
Implementar programas educativos y laborales para la población penal, así
como las instancias requeridas para el seguimiento y mantenimiento de los
mismos.
Garantizar equipos técnicos de profesionales que funcionen en los centros de
reclusión a objeto de dar seguimiento al comportamiento del recluso y
certificar que éstos son aptos para el otorgamiento de los beneficios
contemplados en las leyes vigentes.
Procurar las condiciones óptimas de infraestructura y atención especializada
para aquellos reclusos y reclusas beneficiados con medidas de pre libertad.
Alcanzar una infraestructura y una asignación presupuestaria óptima que
posibilite el cumplimiento a cabalidad de los programas de tratamiento y
sanciones contemplados en la Ley Orgánica de Protección del Niño y el
Adolescente (Lopna).
Garantizar a la población reclusa un sistema de recepción y trámite de
denuncias de violaciones a los derechos humanos cometidas al interior de los
penales con miras a que se investiguen, sancionen y reparen. Este sistema
debe contemplar la salvaguarda de la integridad y la vida de los
denunciantes. Así mismo, debe producir informes, de carácter público, sobre
la cantidad de denuncias presentadas y los resultados obtenidos.
Eliminar la práctica de los traslados de reclusos entre diferentes centros
de reclusión como medida de castigo, dado que aumenta su vulnerabilidad
frente a amenazas a su vida e integridad física.
-Tope-
Seguridad ciudadana
Diseñar y ejecutar, en consulta con la sociedad, una política de seguridad
ciudadana sobre la base de mecanismos democráticos de control y orientada a
proteger las relaciones sociales que hacen posible el ejercicio de los
derechos fundamentales, estimulando las sensibilidades democráticas de la
población para que la sociedad prefiera la justicia a la venganza.
En relación con la prevención social es necesario diseñar y ejecutar: a)
programas específicos e inclusivos para los jóvenes en situación de riesgo;
b) programas de urbanización de áreas de pobreza permanentes, con sistemas
de monitoreo de los resultados; c) programas de consolidación de sistemas de
información georreferenciados sobre pobreza y estudios sectoriales sobre la
criminalidad que sean propositivos.
En relación con el mejoramiento y fortalecimiento institucional en materia
de seguridad ciudadana es necesario: a) mayor coordinación y articulación
entre los componentes del sistema de administración de justicia; b)
profundizar en la sociedad la discusión sobre el modelo de policía orientado
comunitariamente; c) establecer canales de representación entre las
instituciones democráticas y el sistema de seguridad pública; d) tratar los
problemas de seguridad localmente, mediante la creación de los Consejos
Comunitarios, Locales y Regionales de Seguridad Ciudadana, con las
participación paritaria de autoridades civiles y policiales y las
comunidades; e) establecer mecanismos de evaluación de la implementación de
políticas públicas de seguridad; realizar una profunda reforma de todos los
organismos de seguridad; f) crear mecanismos de información, con datos de
calidad y transparencia, sobre seguridad ciudadana para facilitar la
aplicación y formulación de políticas públicas en la materia.
-Tope-
Sobre derechos económicos,
sociales y culturales
Derecho a la alimentación
Adoptar políticas integrales encaminadas a erradicar el hambre y a
garantizar la seguridad alimentaria, removiendo obstáculos como el desempleo
y la falta de acceso a los alimentos.
Ajustar regularmente el Salario Mínimo en función de cumplir plenamente los
costos realistas de la Canasta Alimentaria.
Adaptar el contenido de la Canasta Alimentaria a los requerimientos
nutricionales establecidos en la nueva tabla propuesta por el Instituto
Nacional de Nutrición (INN).
Implementar una política de supervisión de la elaboración de alimentos
destinada a asegurar la calidad e higiene necesarias en su preparación y
conservación que garanticen la inocuidad de los mismos.
Desarrollar programas de atención y prevención destinados a controlar la
tendencia creciente al sobrepeso que viene presentándose en la población.
Agilizar el proceso de aprobación de la Ley de Mercadeo Agrícola y
garantizar los recursos que se requieren para su implementación en el
presupuesto de la nación correspondiente al año 2002.
Desarrollar una política integral de atención al pequeño productor que
garantice, no sólo la tenencia de la tierra, sino los recursos tecnológicos
y financieros para su usufructo.
Diseñar y ejecutar una campaña orientada a educar en materia de nutrición,
higiene y salud.
-Tope-
Derecho a la tierra
Difundir ampliamente la ley de tierras una vez sea aprobada, haciendo un
esfuerzo por facilitar su comprensión por todos los venezolanos.
La aplicación de esta ley debe realizarse en base en un plan estructurado,
de conocimiento público y que contenga tiempos y zonas de ejecución bien
demarcados.
Establecer una mesa de negociación permanente con la participación de los
campesinos, los hacendados y el Estado.
En aras de pacificar los conflictos del campo venezolano, el Estado debe
priorizar el diálogo, respetando el Estado de Derecho.
Descentralizar las instancias de decisión sobre la tenencia de la tierra,
haciéndolas accesibles al campesino.
Garantizar mecanismos que permitan la mejora de las condiciones de vida del
campesino, entre ellos la dotación de servicios de salud y educación, el
pago de un justo salario rural, la seguridad jurídica de la tenencia, y el
apoyo técnico, crediticio y en los mecanismos de mercadeo.
Derogar los decretos administrativos o instructivos que establecen el
desalojo violento.
Actualizar el catastro nacional de tierras.
-Tope-
Derecho a la vivienda
Garantizar la debida ejecución del Plan Nacional de Vivienda (PNV),
solventando los déficit en cuanto a la falta de coordinación entre los entes
involucrados y la asignación oportuna de las partidas a ejecutar por los
diferentes organismos.
Garantizar que todos los organismos encargados de la ejecución del PNV
presenten de forma clara y precisa informes sobre las metas alcanzadas. En
ese orden, también se debe procurar que los organismos estén en capacidad de
hacer seguimiento de su desempeño y que cuenten con las herramientas
requeridas para ello.
Implementar medidas de corto y mediano plazo para diagnosticar y vigilar,
con base en información actualizada y confiable, la situación del derecho a
la vivienda en Venezuela, en especial sobre: número de individuos y familias
sin hogar; número de personas que viven en asentamiento o viviendas
declaradas "ilegales"; número de individuos y familias alojados en viviendas
inadecuadas y sin los servicios básicos; número de personas alojadas en
viviendas atestadas e inseguras estructuralmente o en otras circunstancias
que afecten la salud; entre otros posibles indicadores.
La adopción inmediata de medidas legislativas que regulen la práctica del
desalojo forzoso, en atención a la Observación general No. 7 del Comité de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas. En especial,
las leyes que se sancionen deben prohibir de forma expresa prácticas como el
uso excesivo de la fuerza, la destrucción de bienes como medida punitiva y
el traslado forzado de población civil; además, se debe precisar en cuáles
circunstancias excepcionales se puede aplicar el desalojo y bajo cuáles
garantías.
Adoptar medidas inmediatas a fin de conceder a todas las personas y familias
de la sociedad la seguridad jurídica de la tenencia en caso de que no
cuenten con esa protección.
Tomar medidas para que los gastos relacionados con la vivienda de los
particulares, las familias y los hogares sean proporcionales a sus niveles
de ingresos.
Cumplir con los compromisos asumidos en la Declaración de Estambúl sobre
Asentamientos Humanos, aprobada en la segunda Conferencia de Naciones Unidas
sobre Asentamientos Humanos (Hábitat II), celebrada en 1996.
-Tope-
Derecho a la educación
Incrementar la matrícula de educación preescolar a fin de lograr, por lo
menos, un 55% de cobertura en un plazo no mayor a 5 años.
Favorecer la reinserción escolar de los niños y/o jóvenes que han salido del
sistema de educación formal.
Dar efectivo cumplimiento a todas las Resoluciones del Ministerio de
Educación destinadas a impedir cualquier forma de discriminación de alumnos
en el ingreso y/o permanencia dentro del sistema educativo.
Velar por el efectivo cumplimiento de la política que garantiza el acceso a
la educación pública sin el condicionamiento de cobros de ninguna
naturaleza.
Desarrollar un plan nacional de formación docente para adecuar las prácticas
pedagógicas a una concepción de la educación no excluyente, democrática y
participativa.
Continuar asignando recursos financieros a los establecimientos educativos
para que puedan funcionar sin que se vean obligados a depender de cuotas de
las Sociedades de Padres y Representantes. Velar por-que esta asignación sea
eficiente, equitativa y oportuna.
Continuar la tendencia a incrementar el porcentaje del PIB dedicado a
educación. Así mismo, lograr que el porcentaje del presupuesto nacional
destinado a la educación no sea inferior al 20%.
Garantizar presupuestos acordes con las necesidades de cada uno de los
niveles educativos.
Velar por una ejecución presupuestaria eficiente, transparente y oportuna.
Dar a conocer el Plan Nacional de Reparación de Escuelas con metas a corto,
mediano y largo plazo a fin de que la ciudadanía pueda controlar la
efectividad en el cumplimiento del mismo.
Garantizar que el ingreso a la docencia sea sólo a través de Concursos
Públicos organizados en forma periódica, transparente y de acuerdo con
parámetros legales. Así mismo, garantizar una adecuada contraprestación
socioeconómica a los docentes.
Fortalecer el Sistema Nacional de Medición y Evaluación del Aprendizaje (Sinea).
Eliminar el carácter de "obligatoria" de la asignatura "Instrucción
premilitar".
Dar a conocer públicamente el procedimiento formal de autorización de textos
escolares.
Dar efectivo cumplimiento a la Resolución 1484 que establece la educación en
valores y derechos humanos en el sistema curricular venezolano.
-Tope-
Derecho a la salud
Dar prioridad a la lucha contra la iniquidad a través de medidas de
promoción social y de combate a la pobreza.
Cumplir con el compromiso de la eliminación progresiva del cobro directo a
los usuarios en la prestación de los servicios públicos de salud.
Fortalecer el Programa Ampliado de Inmunizaciones del Ministerio de Salud y
Desarrollo Social (Msds), con la incorporación progresiva de vacunas
combinadas.
Fortalecer los sistemas nacional y regional de registro de datos en salud,
además de fortalecer los procesos de evaluación institucional.
Aprobar y promulgar una nueva ley de salud acorde con los nuevos parámetro
establecidos en la Constitución de 1999.
Aumentar la inversión pública en salud para llegar progresivamente hasta el
10% del PIB.
Garantizar un presupuesto adecuado para el Msds, tanto en el campo social
como el de salud.
Garantizar un presupuesto adecuado para los estados, cumpliendo con
criterios de distribución en materia poblacional. En las redes Hospitalaria
y Ambulatoria, realizar una mayor y mejor inversión con control de la
gestión.
Recuperar el rol prioritario de los servicios de epidemiología en el combate
contra las enfermedades prevenibles y garantizar una mayor inversión en los
mecanismo de control.
Retomar la salud mental dentro de las prioridades de las política públicas
en salud.
Fortalecer la capacidad institucional de las Direcciones Regionales de
Salud.
Actualizar el registro nacional de personas con VIH/Sida en el país.
Instrumentar los mecanismos de participación de las comunidades en el
diseño, control y resguardo de las medidas y servicios en salud.
Asegurar que la Memoria y Cuenta del Msds del año 2001 contemple un balance
del impacto entre las políticas adoptadas y la situación de salud y con
especial énfasis en el seguimiento regular de los indicadores.
-Tope-
Derecho a la seguridad social
Garantizar que la Asamblea Nacional genere una amplia consulta de sectores
involucrados en el tema, que incluya a trabajadores, a fin de garantizar la
creación de un sistema de seguridad social integral que se ajuste a la nueva
Constitución.
Realizar una auditoría general al Instituto Venezolano de los Seguros
Sociales, a fin de garantizar que las cotizaciones acumuladas del universo
de trabajadores cotizantes sean reconocidas y enteradas al nuevo sistema de
seguridad social.
Garantizar el pago de pensiones y jubilaciones de acuerdo con el salario
mínimo urbano.
Garantizar en el plazo que estipula la Ley el pago del Seguro de Paro
Forzoso a los trabajadores cesantes.
Garantizar la entrega oportuna de la medicación antiretroviral a los
pacientes enfermos de VIH/Sida.
-Tope-
Derecho de los trabajadores
Garantizar una pronta decisión en el recurso de nulidad de la Ley de Reforma
Parcial de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT), tomando debida cuenta de los
argumentos que fundamentan la inconstitucionalidad de la misma, así como de
la legalidad del procedimiento utilizado para aprobarla.
Garantizar que la Asamblea Nacional en cumplimiento de la Disposición
Transitoria Cuarta reforme la LOT incorporando el pago de prestaciones
calculado de conformidad con el último salario.
Garantizar que el Ejecutivo Nacional ajuste anualmente el salario mínimo
tomando como una de las referencias el costo de la canasta básica.
Garantizar la instrumentación de una política que propicie condiciones de
pleno empleo y estabilidad laboral.
Tramitar los procedimientos de conflictos colectivos del trabajo con apego
estricto a lo establecido en los artículos 475 y siguientes de la LOT,
absteniéndose de dictar actos o realizar actuaciones que retrasen,
dificulten o impidan la tramitación de estos procedimientos conforme a la
Ley.
Abstenerse de aprobar alguna norma que restrinja o dificulte el derecho
constitucional a la huelga.
Abstenerse de ordenar reuniones conciliatorias previas a la tramitación del
procedimiento de conflictos colectivos, con base en el artículo 473 de la
LOT, cuando se presenten pliegos de peticiones con carácter conflictivo.
Tramitar de inmediato el pliego de peticiones y enviar al patrono dentro de
las 24 horas siguientes a su presentación.
Abstenerse de suspender el lapso de 120 horas, previsto en el artículo 487
de la LOT.
Asegurar que los trabajadores migrantes que laboran en las zonas
fronterizas, perciban una justa y adecuada remuneración por las tareas
realizadas, impidiendo que sean utilizadas amenazas de repatriación por
parte de los patronos, ya que estas prácticas permiten y facilitan que estos
trabajadores sean sometidos a condiciones de trabajo forzoso u obligatorio.
Reformar la LOT y la Lopna, para adecuar la edad mínima para el trabajo de
los menores a la recomendación Nº 146 de la OIT, que la ubica en 16 años.
Avanzar hacia la erradicación del trabajo infantil tal como lo establece el
Convenio 138 de la OIT.
Adoptar medidas que propendan a la disminución progresiva de la jornada
laboral.
Garantizar un papel más activo y eficiente de las Inspectorías de Trabajo en
el control de las modalidades de contratación, en concordancia con la
Constitución y con la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal
Supremo de Justicia que sanciona la práctica patronal de contratar personal
bajo la modalidad de contratos mercantiles y no laborales.
Dar difusión y cumplimiento al contenido de la Declaración sobre Derechos
Humanos Fundamentales del Trabajo, suscrita por Venezuela en 1998.
Garantizar el efectivo control y promoción de condiciones de seguridad,
higiene y ambiente adecuado para los trabajadores.
Abstenerse de promulgar normas o dictar actos administrativos que limiten la
libertad sindical y el derecho a la contratación colectiva.
Diseñar e implementar, en consulta con la sociedad, un Plan Nacional de
Empleo.
Garantizar el pago puntual de las obligaciones laborales que se desprenden
de la contratación colectiva de los empleados públicos.
Garantizar la continuidad del reconocimiento de las deudas laborales del
sector público, así como su pago oportuno.
-Tope-
Derecho a un ambiente sano
Establecer una política de desarrollo, sustentada en la variable ambiental y
la participación ciudadana.
Revisar las concesiones y contratos o convenios petroleros concedidos en el
marco de la apertura petrolera, anulando aquellos que se encuentren en áreas
de alta fragilidad ambiental y social.
Dar efectiva vigencia a la Ley Penal del Ambiente.
Revisar todas las concesiones mineras, permitiendo esta actividad solo en
aquellas zonas que no estén en áreas protegidas (Abrae) y territorios
indígenas, y donde la consecuente depredación no conlleve a daños en zonas
de alta diversidad biológica, en bosques nativos y cuencas; monitoreando
efectivamente el cumplimiento por parte de las empresas mineras de todos los
requerimientos y normativas ambientales.
Revisar y reformular la política de concesiones y manejo forestal.
Establecer un nuevo Plan Nacional Forestal dentro de cuyos objetivos estará
el congelamiento y eliminación de las plantaciones forestales industriales
que se estén desarrollando a expensas del bosque nativo natural y de otras
formaciones vegetales de gran valor biológico. Sustituir los objetivos de
explotación económica por objetivos de aprovechamiento sustentable de los
recursos.
Derogar por inconstitucional el Decreto 1.850 sobre la Reserva Forestal de
Imataca.
Desarrollar planes efectivos de recuperación de cuencas y embalses y el
establecimiento y ejecución coordinada de un Programa Nacional de
Descontaminación de los Litorales Marinos.
Garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental por parte de todas las
empresas e industrias que operan en el país.
Intervenir los organismos oficiales que faciliten la comisión impune de
ilícitos ambientales fortaleciendo la función fiscalizadora del Marnr.
Reformar las normas reglamentarias sobre Estudios de Impacto Ambiental
(EIA).
Reformar las Normas Reglamentarias sobre parámetros de calidad de aguas y
aire.
Formular una política para la incorporación de todos los Municipios del país
a la clasificación de Residuos Sólidos in situ (orgánicos, plásticos,
vidrios, cartones y papel), con graduales y selectivos métodos de
recolección y transporte de basuras, asumiendo el reciclaje integral como
nuevo medio de descontaminación y producción de nuevas y sanas fuentes de
trabajo. Confección de un plan nacional para la reubicación y construcción
de rellenos sanitarios, con apoyo de las gobernaciones estadales y
municipios, que impida la improvisación y establezca criterios unificados al
respecto.
Impulsar el reforzamiento o implementación por parte de las municipalidades
o las empresas privadas, de los sistemas de recolección, disposición y
tratamiento de aguas servidas domésticas e industriales.
Establecer normas ambientales para el transporte y movilización de
sustancias tóxicas y contaminantes y prohibición del tráfico de sustancias
demasiado riesgosas para poder controlarlas.
Lanzamiento vigoroso de un Plan de Educación Ambiental que incluya la
educación al consumidor y a los productores sobre los riesgos para la salud
y el ambiente del uso de organismos genéticamente modificados (OGM) y de
miles de sustancias químicas sintéticas empleadas por la industria moderna,
todo con miras a un mayor control o incluso sustitución por productos
naturales no dañinos.
Desarrollar una política de desconcentración de plantas industriales y
negociación de plazos cortos para la adecuación de las empresas generadores
de desechos y contaminantes, al tratamiento adecuado de sus efluentes y
residuos, así como la instalación de correctos dispositivos que eviten la
inadecuada disposición de los mismos.
-Tope-
Derechos de los pueblos
indígenas
Garantizar la participación paritaria indígena en el diseño, coordinación,
supervisión y evaluación de todo el proceso de demarcación de sus
territorios.
Diseñar, en coordinación con los pueblos indígenas, una política nacional
indígena guiada por los postulados que en la materia establece la
Constitución de 1999. Ello implica crear un organismo especializado en la
materia, en cuya coordinación deben participar de manera paritaria los
pueblos indígenas.
Implementar las medidas que, en materia de educación intercultural bilingüe,
ha recomendado la Comisión Permanente de Pueblos Indígenas de la Asamblea
Nacional, todo lo cual implica, entre otras variables, aumentar el
presupuesto asignado.
Detener los proyectos industrialistas desarrollados en territorios
indígenas.
Detener la militarización de la Gran Sabana (Edo. Bolívar) y los
hostigamientos y agresiones a las comunidades que se oponen al Tendido
Eléctrico.
Investigar la denuncia de manipulación genética del pueblo Yanomami dirigida
por el genetista norteamericano James Neel y por el antropólogo Napoleón
Chagnon.
-Tope-
Sobre los compromisos Internacionales en material de
derechos humanos
Ratificar el Protocolo Adicional a la convención Americana sobre Derechos
Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Respetar y dar cumplimiento a los convenios internacionales de la OIT.
Cumplir de manera expedita las sentencias de los tribunales internacionales
y los dictámenes de las instancias cuasijurisdiccionales de carácter
internacional, y promulgar una ley nacional que reglamente este
procedimiento, según lo previsto en el artículo 31 de la Constitución.
Hacer públicos los informes del Estado a los Comités de las Naciones Unidas
y discutir ampliamente sus contenidos, antes y después de las sesiones de
estudio fijadas por los Comités. Dichos informes deben ser presentados de
manera oportuna, mejorando además su proceso de elaboración, sus contenidos,
y la composición y calidad de las misiones oficiales que los sustentan, en
desarrollo de los parámetros internacionales.
Reconocer la competencia del Comité de las Naciones Unidas para la
Eliminación de la Discriminación Racial, para que pueda conocer de las
comunicaciones por casos individuales.
Difundir ampliamente los instrumentos internacionales de derechos humanos,
así como las decisiones sobre Venezuela adoptadas por las instancias
internacionales, y educar a los agentes del Estado en el respeto y
observancia de los mismos.
Informar a la opinión pública, nacional e internacional, de las medidas
implementadas por el Estado venezolano para dar cumplimiento a las
recomendaciones, formuladas a Venezuela por el Comité de Derecho Humanos de
la ONU el 06.03.01.
Implementar y difundir las sugerencias y recomendaciones provenientes de las
distintas instancias y órganos convencionales de los sistemas universal e
interamericano de protección de derechos humanos, en particular las
recientemente adoptadas por el Comité de Derechos Humanos y por el Comité de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU.
Adecuar las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia de manera que
respeten y garanticen el derecho al amparo internacional y, en general, el
Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
-Tope- |