Informe Anual

2001-2002

Indice general
Gestiones org. internacionales Derecho de los pueblos indios

 

PROPUESTAS Y EXIGENCIAS A LOS PODERES PÚBLICOS EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS

Sobre derechos económicos, culturales y sociales
  1- Derecho a la Alimentación
  2- Derecho a la Tierra
  3- Derecho a la Vivienda
  4- Derecho a al Educación
  5- Derecho a la Salud
  6- Derecho a la Seguridad Social
  7- Derechos Laborales
  8- Derecho a un Ambiente Sano
  9- Derecho de los Pueblos Indios
Sobre derechos civiles y políticos
  1- Derecho a la Vida
  2- Derecho a la Libertad Personal
  3- Derecho a la Integridad Personal
  4- Derecho a la Libertad de Expresión en Información
  5- Derecho al Asilo y el Refugio
  6- Derechos Políticos
  7- Derecho a la Justicia
  8- Derecho de las Personas Detenidas y Encarceladas
  9- Derecho a la Seguridad Ciudadana
Sobre los compromisos internacionales en materia de derechos humanos
 


E
n medio de un año particularmente conflictivo, durante el cual enfrentamos un golpe de Estado y una creciente polarización política que ha generado una crisis de gobernabilidad, resulta evidente un impacto negativo en la efectividad y continuidad de los planes y proyectos orientados a mejorar la calidad de vida de los venezolanos. La oportunidad vuelve a ser propicia para presentar a los Poderes Públicos un conjunto de propuestas y exigencias en materia de derechos humanos, haciendo ejercicio del artículo 62 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual expresa que “Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la formación y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo [...] Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica”.

Por ello ratificamos une vez más, que desde Provea hacemos estas exigencias y recomendaciones basados en el ordenamiento constitucional vigente y en los compromisos internacionales asumidos por el Estado venezolano en materia de derechos humanos. Algunas exigencias, que han sido presentadas en Informe anteriores, desaparecerán en este apartado por haber sido cumplidas en el transcurso de este período (octubre 2001-septiembre 2002). Otras, dada la vigencia que tienen todavía, continuarán aquí a la espera de ser cumplidas junto a nuevas exigencias que han sido incorporadas. Desde Provea esperamos, que las propuestas y exigencias que siguen, sean analizadas y consideradas por parte de los distintos poderes públicos, e implementadas a la brevedad posible.

 -Tope- 

Sobre derechos económicos, sociales y culturales

Derecho a la Alimentación

  • Adoptar políticas integrales encaminadas a erradicar el hambre y a garantizar la seguridad alimentaria, removiendo obstáculos como el desempleo y la falta de acceso a los alimentos.
  • Dar continuidad a los programas sociales alimentarios que, previa evaluación, demuestren que están contribuyendo a disminuir el déficit nutricional de los sectores más vulnerables de la población.
  • Ajustar regularmente el Salario Mínimo en función de cumplir plenamente los costos realistas de la Canasta Alimentaria.
  • Adoptar el contenido de la Canasta Alimentaria a los requerimientos nutricionales establecidos en la nueva tabla propuesta por el Instituto Nacional de Nutrición (INN).
  • Implementar una política de supervisión de la elaboración de alimentos destinada a asegurar la calidad e higiene necesarias en su preparación y conservación que garanticen la inocuidad de los mismos.
  • Elaborar e implementar una normativa que regule la importación, producción y utilización de los organismos genéticamente modificados (alimentos transgénicos).
  • Reactivar la Comisión Nacional para la Iodación y Fluoración de la Sal (Conyflusal) con el objetivo de dar sostenibilidad a la condición de país virtualmente libre de las deficiencias de Yodo alcanzada hace dos años.
  • Desarrollar programas de atención y prevención destinados a controlar la tendencia creciente al sobrepeso que viene presentándose en la población.
  • Desarrollar una política integral de atención al pequeño productor que garantice, no sólo la tenencia de la tierra, sino los recursos tecnológicos y financieros para su usufructo, así como unas condiciones dignas de existencia.
  • Diseñar y ejecutar una campaña orientada a educar en materia de nutrición, higiene y salud.

     -Tope-

Derecho a la Tierra

  • Difundir ampliamente la Ley de Tierras, haciendo un esfuerzo por facilitar su comprensión por todos los venezolanos.
  • Continuar de manera progresiva con el proceso de adjudicación de tierras que contribuya con una mejor distribución de la misma.
  • Eliminar el latifundio, según lo establecido en la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
  • Descentralizar las instancias de decisión sobre la tenencia y administración de la tierra, haciéndolas accesibles al campesino.
  • En aras de pacificar los conflictos del campo venezolano, el Estado debe priorizar el diálogo con todos los sectores involucrados, respetando el Estado de Derecho.
  • Garantizar mecanismos que permitan la mejora de las condiciones de vida del campesino, entre ellos la dotación de servicios de salud y educación, el pago de un salario rural justo, la seguridad jurídica de la tenencia, y el apoyo técnico, crediticio y en los mecanismos de mercadeo.
  • Derogar los decretos administrativos o instructivos que establecen el desalojo violento.
  • Implementar mecanismos de seguridad que garanticen la vida e integridad de los trabajadores agrarios y dirigentes campesinos e investigar y sancionar a los responsables de la muerte de 4 dirigentes agrarios, ocurridas en el presente período.

     -Tope-

Derecho a la Vivienda

  • Garantizar la debida ejecución del Plan Nacional de Vivienda (PNV), solventando el déficit en cuanto a la falta de coordinación entre los entes involucrados y la asignación oportuna de las partidas a ejecutar por los diferentes organismos.
  • Garantizar que todos los organismos encargados de la ejecución del PNV presenten en forma clara y precisa informes sobre las metas alcanzadas. En ese orden, también se debe procurar que los organismos estén en capacidad de hacer seguimiento de su desempeño y que cuenten con las herramientas requeridas para ello.
  • Implementar medidas de corto y mediano plazo para diagnosticar y vigilar, con base en información actualizada y confiable, la situación del derecho a la vivienda en Venezuela, en especial sobre: número de individuos y familias sin hogar; número de personas que viven en asentamiento o viviendas declaradas “ilegales”; número de individuos y familias alojados en viviendas inadecuadas y sin los servicios básicos; número de personas alojadas en viviendas atestadas e inseguras estructuralmente o en otras circunstancias que afecten la salud; entre otros posibles indicadores.
  • La adopción inmediata de medidas legislativas que regulen la práctica del desalojo forzoso, en atención a la Observación general N° 7 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas. En especial, las leyes que se sancionen deben prohibir de forma expresa prácticas como el uso excesivo de la fuerza, la destrucción de bienes como medida punitiva y el traslado forzado de población civil; además, se debe precisar en cuáles circunstancias excepcionales se puede aplicar el desalojo y bajo cuáles garantías.
  • Mantener los niveles de participación ciudadana abiertos en el Parlamento para la discusión sobre el proyecto de Ley de Regulación de Tierras Urbanas, que debe estar listo en el año 2003. Asimismo, impulsar y apoyar los procesos organizativos en las comunidades objeto de regulación de la tenencia y habilitación física.
  • Dar cumplimiento a lo estipulado en la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del 22.01.02 sobre créditos indexados. En especial, lo relativo a la fijación de las tasas de interés y la determinación de los plazos de refinanciamiento de las deudas, de forma concertada.

     -Tope-

Derecho a la Educación

  • Incrementar la matricula de educación preescolar y educación media a fin de lograr, por lo menos, un 55% de cobertura en un plazo no mayor a 5 años.
  • Iniciar un proceso gradual de construcción de aulas para lograr incluir a la población desescolarizada, priorizándose el nivel preescolar y la 2° etapa de educación básica.
  • Disminuir progresivamente los índices de repitencia, especialmente los constatados en 1° y 7° grado.
  • Favorecer la reinserción escolar de los niños y/o jóvenes que han salido del sistema de educación formal.
  • Dar efectivo cumplimiento a todas las Resoluciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes destinadas a impedir cualquier forma de discriminación de alumnos en el ingreso y/o permanencia dentro del sistema educativo.
  • Aprobar la Ley Orgánica de Educación en concordancia con los principios y fundamentos establecidos tanto en la Constitución vigente como en los acuerdos internacionales de derechos humanos.
  • Garantizar la participación social en la formulación del “Plan Nacional de Educación para Todos”.
  • Velar por el efectivo cumplimiento de la política que garantiza el acceso a la educación pública sin el condicionamiento de cobros de ninguna naturaleza.
  • Garantizar el cumplimiento de las obligaciones estatales en el Convenio firmado entre la Asociación Venezolana de Escuelas Católicas y el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
  • Comenzar un proceso de evaluación del proyecto de Escuelas Bolivarianas a fin de potenciar sus logros y reducir las fallas del mismo.
  • Desarrollar un plan nacional de formación docente para adecuar las prácticas pedagógicas a una concepción de la educación no excluyente, democrática y participativa.
  • Continuar asignando recursos financieros a los establecimientos educativos para que puedan funcionar sin que se vean obligados a depender de las cuotas de la Sociedad de Padres y Representantes. Velar porque esta asignación sea eficiente, equitativa y oportuna.
  • Continuar la tendencia a incrementar el porcentaje del PIB dedicado a la educación.
  • Garantizar presupuestos acordes con las necesidades de cada uno de los niveles educativos.
  • Velar por la ejecución presupuestaria eficiente, transparente y oportuna.
  • Dar a conocer el Plan Nacional de Reparación de Escuelas con metas a corto, mediano y largo plazo a fin de que la ciudadanía pueda controlar la efectividad en el cumplimiento del mismo.
  • Garantizar que el ingreso a la docencia sea sólo a través de concursos públicos organizados en forma periódica, transparente y de acuerdo con parámetros legales. Así mismo, garantizar una adecuada contraprestación socioeconómica a los docentes.
  • Fortalecer el Sistema Nacional de Medición y Evaluación del Aprendizaje (Sinea).
  • Eliminar el carácter de “obligatoria” de la asignatura “Instrucción Premilitar”.
  • Dar a conocer públicamente el procedimiento formal de autorización de textos escolares.
  • Elaborar una nueva Resolución que contextualice y mantenga el espíritu de la Resolución N° 1484, la cual establece, en el sistema curricular venezolano, la educación en valores y derechos humanos.

     -Tope-

Derecho a la Salud

  • Dar prioridad a la lucha contra la exclusión social a través de medidas de promoción social y de combate a la pobreza.
  • Cumplir con el compromiso de la eliminación progresiva del cobro directo a los usuarios en la prestación de los servicios de salud.
  • Fortalecer la Red Primaria de Salud y garantizar recursos para su funcionamiento, dotación y mantenimiento de equipos, insumos medico quirúrgicos y básicos de atención al paciente.
  • Fortalecer el Programa Ampliado de Inmunizaciones del Ministerio de Salud y Desarrollo Social (MSDS), con la incorporación progresiva de vacunas combinadas.
  • Fortalecer los sistemas nacional y regional de registro de datos en salud, además de fortalecer los procesos de evaluación institucional.
  • Aprobar y promulgar una nueva ley de salud acorde con los nuevos parámetros establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
  • Aumentar la inversión pública en salud para llegar progresivamente a no menos del 10% del PIB.
  • Garantizar un presupuesto adecuado para el MSDS, tanto en el campo social como en salud, que permita mantener un enfoque integral de la salud.
  • Garantizar un presupuesto adecuado para los estados, cumpliendo con criterios de distribución en materia poblacional. En las redes Hospitalarias y Ambulatorias, realizar una mayor y mejor inversión con control de la gestión.
  • Recuperar el rol prioritario de los servicios de epidemiología en el combate contra las enfermedades prevenibles y garantizar una mayor inversión en los mecanismos de control.
  • Dar relevancia a la salud mental dentro de las prioridades de las políticas públicas de salud.
  • Fortalecer la capacidad institucional de las Direcciones Regionales de Salud.
  • Monitorear y apoyar el proceso de descentralización hacia los municipios.
  • Actualizar el registro nacional de personas con VIH/Sida en el país.
  • Instrumentar los mecanismos de participación de las comunidades en el diseño, control y resguardo de las medidas y servicios de salud.
  • Asegurar que la Memoria y Cuenta del MSDS del año 2002 contemple un balance entre las políticas adoptadas y la situación de salud y con especial énfasis en el seguimiento regular de los indicadores.

     -Tope-

Derecho a la Seguridad Social

  • Garantizar que la Asamblea Nacional apruebe la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, antes del 31.12.02, incorporando todas aquellas observaciones que garanticen su coherencia con el mandato constitucional y los principales convenios y tratados de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la materia.
  • Garantizar que la Asamblea Nacional genere una amplia consulta entre sectores involucrados en el tema, que incluya a trabajadores, empresarios, pensionados y jubilados y trabajadores por cuenta propia, a fin de garantizar una adecuada redacción de las leyes de los distintos regímenes componentes del sistema de seguridad social, una vez aprobada la ley orgánica correspondiente.
  • Mientras dure la transición del nuevo sistema de seguridad social que regirá a partir del año 2003, garantizar la inclusión de partidas presupuestarias suficientes para implementar una política que permita desarrollar e implementar programas asistenciales para la población no cubierta inicialmente por las prestaciones de seguridad social.
  • Realizar una auditoria general al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), a fin de garantizar que las cotizaciones acumuladas del universo de trabajadores cotizantes sean contabilizadas y enteradas al nuevo sistema de seguridad social.
  • Promover la activa participación comunitaria en el proceso de transición e integración del Sistema Público Nacional de Salud, bajo la rectoría del Ministerio de Salud y Desarrollo Social (MSDS).
  • Reducir a un plazo máximo de seis meses, el proceso de inclusión de los nuevos pensionados y jubilados del IVSS a las nóminas de pago de las respectivas prestaciones a que tienen derecho.
  • Homologar al salario mínimo urbano la pensión de sobreviviente, para los mayores de 55 años, según lo establece el Art. 9 de la Ley de Homologación de las Pensiones y Jubilaciones.
  • Garantizar el pago a término de las pensiones y jubilaciones homologadas al salario mínimo urbano.
  • Garantizar el pago a término del Seguro de Paro Forzoso a los trabajadores cesantes.
  • Garantizar la entrega oportuna de la medicina antirretroviral a las personas que viven con VIH/Sida.

     -Tope-

Derechos Laborales

  • Garantizar que la Asamblea Nacional cumpla con el mandato de la Disposición Transitoria Cuarta, que la obliga a reformar la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) incorporando el pago de prestaciones calculado de conformidad con el último salario.
  • Garantizar que el TSJ decida el recurso de nulidad por inconstitucionalidad contra la Reforma Parcial de la LOT realizada en 1997
  • Garantizar la consulta tripartita para el incremento anual de los salarios mínimos.
  • Garantizar la instrumentación de una política que propicie condiciones de pleno empleo y estabilidad laboral.
  • Tramitar los procedimientos de conflictos colectivos del trabajo con apego estricto a lo establecido en los artículos 475 y siguientes de la LOT, absteniéndose de dictar actos que retrasen, dificulten o impidan la tramitación de los pliegos conflictivos.
  • Garantizar el derecho a huelga, sin imponer otras condiciones que las establecidas en la ley y el reglamento de la LOT.
  • Abstenerse de ordenar reuniones conciliatorias previas a la tramitación del procedimiento de conflictos colectivos, con base al artículo 473 de la LOT, cuando se presenten pliegos de peticiones con carácter conflictivo. Tramitar de inmediato el pliego de peticiones y enviar al patrono dentro de las 24 horas siguientes a la presentación del pliego.
  • Garantizar la aplicación de la LOT a los trabajadores migrantes preservando su derecho a prestaciones sociales y demás beneficios laborales. Hacer inspecciones a los centros de trabajos de las zonas fronterizas que usan mano de obra inmigrante.
  • Reformar la LOT y la LOPNA, para adecuar la edad mínima para el trabajo de los adolescentes a la recomendación Nro 146 de la OIT que la ubica en 16 años.
  • Ratificar el Convenio 182 de la OIT contra las peores formas de trabajo infantil y cumplir con las obligaciones del Convenio 138.
  • Garantizar el cumplimiento del mandato de la disposición cuarta transitoria que establece que deben promulgarse normas que propendan a la disminución de la jornada laboral.
  • Garantizar una actividad más eficiente de las inspectorías del trabajo en el control de las modalidades de contratación de personal, sancionando el fraude laboral y las prácticas de flexibilización para evadir obligaciones con los trabajadores.
  • Garantizar una inspección más eficiente sobre condiciones y medio ambiente de trabajo y dotar a las instituciones encargadas de tal labor de presupuesto y personal suficiente.
  • Dictar el reglamento de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.
  • Acatar e instrumentar las recomendaciones de la OIT para reformar la Constitución y la LOT en aquellas normas que limitan la libertad sindical.
  • Garantizar la continuidad del reconocimiento de las deudas laborales del sector público, así como la apertura de las cuentas individuales en cumplimiento de la LOT.

     -Tope-

Derecho a un Ambiente Sano

  • Establecer una política de desarrollo, sustentada en la variable ambiental y la participación ciudadana.
  • Revisar las concesiones y contratos o convenios petroleros concedidos en el marco de la apertura petrolera, anulando aquellos que se encuentren en áreas de alta fragilidad ambiental y social.
  • Dar efectiva vigencia a la Ley Penal del Ambiente.
  • Revisar todas las concesiones mineras, permitiendo esta actividad sólo en aquellas zonas que no estén en áreas protegidas (Abrae) y territorios indígenas, y donde la consecuente depredación no conlleve a daños en zonas de alta diversidad biológica, en bosques nativos y cuencas; monitoreando efectivamente el cumplimiento por parte de las empresas mineras de todos los requerimientos y normativas ambientales.
  • Revisar y reformular la política de concesiones y manejo forestal. Establecer un nuevo Plan Nacional Forestal dentro de cuyos objetivos estará el congelamiento y eliminación de las plantaciones forestales industriales que se estén desarrollando a expensas del bosque nativo natural y de otras formaciones vegetales de gran valor biológico. Sustituir los objetivos de explotación económica por objetivos de aprovechamiento sustentable de los recursos.
  • Derogar por inconstitucional el Decreto 1.850 sobre la Reserva Forestal de Imataca.
  • Desarrollar planes efectivos de recuperación de cuencas y embalses y el establecimiento y ejecución coordinada de un Programa Nacional de Descontaminación de los Litorales Marinos.
  • Garantizar el cumplimiento de la normativa ambiental por parte de todas las empresas e industrias que operan en el país.
  • Reformar las normas reglamentarias sobre Estudios de Impacto Ambiental (EIA).
  • Reformar las Normas Reglamentarias sobre parámetros de calidad de agua y aire.
  • Formular una política para la incorporación de todos los municipios del país a la clasificación de Residuos Sólidos in situ (orgánicos, plásticos, vidrios, cartones y papel), con graduales y selectivos métodos de recolección y transporte de basuras, asumiendo el reciclaje integral como nuevo medio de descontaminación y producción de nuevas y sanas fuentes de trabajo. Confección de un plan nacional para la reubicación y construcción de rellenos sanitarios, con apoyo de las gobernaciones estadales y municipios, que impida la improvisación y establezca criterios unificados al respecto.
  • Impulsar el reforzamiento o implementación por parte de las municipalidades o las empresas privadas, de los sistemas de recolección, disposición y tratamiento de aguas servidas domésticas e industriales.
  • Lanzamiento vigoroso de un Plan de Educación Ambiental que incluya la educación al consumidor y a los productores sobre los riesgos para la salud y el ambiente del uso de organismos genéticamente modificados (OGM) y de miles de sustancias químicas sintéticas empleadas por la industria moderna, todo con miras a un mayor control o incluso sustitución por productos naturales no dañinos.
  • Desarrollar una política de desconcentración de plantas industriales y negociación de plazos cortos para la adecuación de empresas generadoras de desechos y contaminantes, al tratamiento adecuado de sus efluentes y residuos, así como la instalación de correctos dispositivos que eviten la inadecuada disposición de los mismos.
  • Declaratoria de una moratoria a la exploración y explotación de petróleo y gas en el Delta del Orinoco y el Golfo de Paria.
  • Declarar la moratoria a la explotación del carbón en la Sierra de Perijá
  • Establecer una línea de emergencia telefónica ambiental, para que Ministerio del Ambiente reciba y tramite denuncias.

     -Tope-

Derecho de los Pueblos Indios 

  • Aprobar la Ley de Educación de Pueblos Indígenas y Usos de Idiomas, así como la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas, previa consulta con los pueblos y comunidades indígenas, y con instituciones vinculadas a la temática.
  • Dar continuidad al proceso de demarcación de tierras indígenas, tal como lo establece la Ley de Demarcación y Garantía del Hábitat y Tierras de los Pueblos Indígenas.
  • Investigar y sancionar a aquellas compañías privadas o investigadores que, aún sin los permisos requeridos, acceden a los territorios indígenas y extraen de éstos información sobre biodiversidad.
  • Implementar las medidas que, en materia de educación intercultural bilingüe, ha recomendado la Comisión Permanente de Pueblos Indígenas de la Asamblea Nacional, todo lo cual implica, entre otras variables, aumentar el presupuesto asignado.
  • Adoptar una política dirigida a la prevención y atención en salud de las poblaciones indígenas, desde una perspectiva integral, poniendo especial énfasis en el control de enfermedades endémicas.
  • Detener los proyectos industrialistas desarrollados en territorios indígenas.
  • Investigar y sancionar a los funcionarios de seguridad responsables de las muertes de 5 indígenas ocurridas en los estados Apure y Bolívar.

     -Tope-

Sobre derechos civiles y políticos

Derecho a la Vida

  • Investigar exhaustivamente las denuncias de violación al derecho a la vida presentadas por familiares de víctimas, organizaciones de derechos humanos, medios de comunicación social o cualquier otro denunciante y, en caso de comprobarse los hechos, aplicar las sanciones penales, administrativas y disciplinarias que establece el ordenamiento jurídico nacional, así como ordenar la reparación del daño causado.
  • Publicar anualmente un reporte, discriminado por cuerpos de seguridad, sobre el número de funcionarios sometidos a averiguaciones por causales de violación al derecho a la vida y sobre los resultados de las mismas en cada caso.
  • Derogar las normas sobre excepción de responsabilidad penal por obrar en cumplimiento de la obediencia debida a un superior.
  • Adoptar una ley que prohíba nacionalmente, sin excepciones, el uso de armas de fuego y la utilización de armas tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas, en concordancia con el artículo 68 de la Constitución de 1999. En el mismo sentido, garantizar que en los estados o municipios que se aprobaron normas sobre esta materia, sean cumplidas efectivamente.
  • Iniciar o continuar, con carácter de emergencia, una reforma de los cuerpos policiales y militares más denunciados (entre ellos la Policía del Edo. Portuguesa, la Policía del Edo. Yaracuy, la Policía del Edo. Anzoátegui, la Policía Metropolitana, la Policía del Edo. Zulia, la Policía del Edo. Aragua, la Policía del Edo. Carabobo y la Policía del Edo. Bolívar), para realizar su reorganización garantizando su funcionamiento en el marco del Estado de derecho. Esta reorganización debe incluir la revisión, desde una perspectiva de derechos humanos, de los criterios de ingreso, los programas de formación, la evaluación periódica de las actuaciones del personal, los mecanismos de control internos y sociales sobre la acción de la institución, la creación de una cultura interna consistente con el Estado de derecho y el uso legítimo que en él se establece sobre la fuerza pública, y las condiciones sociolaborales del personal.
  • Evaluar la implementación de los programas de formación en derechos humanos que se hayan ejecutado a nivel de las academias militares y policiales, propiciando la participación de las ONG de derechos humanos en dicho proceso.
  • Que el Ejecutivo Nacional, conjuntamente con el Ejecutivo del Edo. Portuguesa y el Ejecutivo del Edo. Zulia, realicen de inmediato medidas de reparación moral y cultural de los daños causados por los “grupos de exterminio”, que incluyan, entre otras, la asunción pública de responsabilidad estatal, el compromiso de no repetición, un plan específico para la reorganización de la policía estadal de cada localidad, y un día para la discusión pública en esos estados, de los factores que hicieron posible una política de exterminio y sus consecuencias negativas en la calidad de vida de toda la población.
  • Desincorporar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC) del Poder Ejecutivo, así como de sus funciones de patrullaje y procedimiento de policía administrativa.

     -Tope-

Derecho a la Libertad Personal

  • Garantizar que la detención preventiva sea una medida excepcional tal y como lo contempla la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Código Orgánico Procesal Penal (Copp).
  • Garantizar que la acción de habeas corpus sea efectiva en toda clase de circunstancias.
  • Derogar los Códigos de Policías y decretos administrativos que, por ser contrarios a la Constitución y al Copp, vulneran el derecho a la libertad personal.
  • Garantizar el cumplimiento de los procedimientos que deben realizar los funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley, al ejecutar un arresto o detención e impulsar que los mismos sean conocidos por la colectividad. Dichos procedimientos son los siguientes: a) Identificación del funcionario y presentación de la orden de arresto en el momento de proceder a la detención; b) efectuar los arrestos bajo estricto control judicial y únicamente por personas autorizadas; c) Informar a los ciudadanos los motivos de su arresto en el momento de ser detenidos; d) Informar a los detenidos de forma clara, tanto oral como escrita, de sus derechos y garantizar que éstos se ejerzan debidamente; e) Permitirle al detenido comunicarse con un familiar, abogado o persona de su confianza.
  • Abstenerse de formular e implementar políticas de seguridad pública que incorporen prácticas contrarias al respeto de la garantía a la libertad personal, tales como las “redadas”.
  • Abstenerse de decretar limitaciones a la libertad personal, tales como los llamados “toques de queda” para niños o adolescentes. Asimismo, en casos de privación legítima de libertad a éstos, garantizar la aplicación de la Ley Orgánica de Protección al Niño y al Adolescente (Lopna).
  • Constituir de forma inmediata el Consejo de Seguridad Ciudadana instancia creada por la Ley de Coordinación de Seguridad Ciudadana, cuyo objeto es el estudio, formulación y evaluación de las políticas nacionales en materia de Seguridad Ciudadana.

     -Tope-

Derecho a la Integridad Personal

  • Investigar y sancionar a los funcionarios responsables de tortura, tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, hostigamiento o allanamientos sin orden judicial.
  • Adelantar las investigaciones e implementar las sanciones que sean aplicables a funcionarios del Ministerio Público que por acción u omisión permitan la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes.
  • Desincorporar al Instituto de Medicina Legal del Poder Ejecutivo, a fin de garantizar la independencia de las actuaciones de este organismo. Asimismo, garantizar que todos los detenidos sean examinados por un médico forense al ingresar al centro de detención, durante su permanencia en él y al quedar en libertad.
  • Garantizar el cumplimiento de las guardias nocturnas y en días feriados de los fiscales del Ministerio Público.
  • Vigilar el permanente respeto a la integridad física de todo detenido en los centros de detención, tanto civiles como militares.
  • Reformar el Código Penal en función de obtener una tipificación específica de los delitos de tortura y tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, en concordancia con los instrumentos internacionales sobre derechos humanos ratificados por Venezuela.
  • Garantizar una política que ponga fin al hostigamiento contra las personas que denuncian violaciones a los derechos humanos, casos de corrupción o expresen ideas adversas al Gobierno Nacional.
  • Establecer mecanismos de control que eviten la posibilidad de que los soldados sean maltratados por sus superiores como método de castigo o de entrenamiento.
  • Renunciar a la posibilidad de hacer uso de la Guardia Nacional o de cualquier otro componente de la Fuerza Armada Nacional en las funciones ordinarias de seguridad ciudadana.
  • Establecer un programa estatal dirigido a la rehabilitación física, psicológica y social de las víctimas de tortura.
  • Diseñar una política de formación y difundir entre los efectivos policiales y militares y la población en general, los Convenios y Acuerdos Internacionales suscritos por Venezuela que prohíban la tortura y los tratos crueles, inhumanos o degradantes.
  • Profundizar la reorganización de los distintos cuerpos policiales y militares, para garantizar su funcionamiento en el marco del Estado de Derecho.

Derecho a la Libertad de Expresión e Información

  • Propiciar un debate y participación públicos en torno a las distintas regulaciones legislativas y reglamentarias, relacionadas con los medios de comunicación social, el ejercicio del periodismo y el acceso a la información por parte de los ciudadanos.
  • Abstenerse de formular declaraciones públicas que propicien agresiones hacia comunicadores sociales o su intimidación, todo lo cual puede ser traducido en prácticas de autocensura que limiten a los ciudadanos el acceso a la información y opinión.
  • Garantizar la integridad personal de los comunicadores sociales durante el ejercicio de sus actividades profesionales, investigando y sancionando cualquier agresión proveniente de funcionarios públicos o particulares.
  • Desarrollar una política estatal que garantice, a través de un sistema de radio-televisión de servicio público, la necesaria pluralidad de opinión e información propias de una sociedad democrática, así como la construcción de una oferta que mejore la calidad en contenidos y formatos.
  • Promover la creación de medios de comunicación locales, comunitarios, plurales y alternativos, en un marco de respeto a su autonomía, como mecanismo para garantizar el derecho a la expresión de sectores sociales excluidos y el derecho a una información plural de la sociedad.
  • Abstenerse de utilizar la potestad de asignación o suspensión de frecuencias radio-televisivas como un mecanismo de presión sobre los medios de comunicación orientado a limitar la libertad de expresión y el derecho a la información.
  • Garantizar el ejercicio al derecho a réplica en los medios de comunicación por parte de los afectados.
  • Ajustar la legislación y reglamentos relacionados con la comunicación social para evitar incompatibilidades con los postulados constitucionales y los tratados internacionales, en particular en lo referido a las figuras del vilipendio o desacato.
  • Desarrollar políticas que garanticen de forma abierta acceso a la información de carácter público en manos del Estado en todas sus instancias.
  • Promover ante las distintas instancias del Poder Judicial un conocimiento y repercusiones prácticas de la jurisprudencia del sistema interamericano en materia de libertad de expresión e información.
  • Abstenerse de utilizar procesos judiciales como mecanismos orientados a limitar la libertad de expresión.

Derecho al Asilo y al Refugio

  • Garantizar la instalación inmediata de la Comisión Nacional sobre Refugiados y resolver las cerca de 1000 solicitudes de refugio represadas.
  • Dictar el reglamento de la Ley Orgánica sobre Refugiados o Refugiadas y Asilados y Asiladas.
  • Garantizar que el TSJ se pronuncie sobre el amparo que un grupo de refugiados interpuso por el derecho al refugio el 30.07.02.
  • Garantizar una coordinación estadal más eficiente con ACNUR en la definición de políticas para atender a los refugiados.
  • Respetar el principio de no devolución y sancionar a todo funcionario que realice una deportación inmediata, sin respetar el derecho a la defensa y el debido proceso.
  • Garantizar en caso de solicitudes de extradición de solicitantes de refugio o asilo, el principio de la doble instancia acatando las recomendaciones que hiciera el Comité de Naciones Unidas Contra la Tortura en el año 1998.
  • Implementar una campaña de difusión, capacitación y sensibilización sobre contenidos y procedimientos que establece la ley sobre asilo y refugio, dirigida a funcionarios civiles y militares llamados a implementarla, y de manera especial a aquellos ubicados en las fronteras nacionales.
  • Diseñar y ejecutar, sobre la base de las disposiciones y principios de la ley sobre refugio y asilo, una política nacional integral en materia de refugiados, garantizando el respeto a los derechos humanos de las personas que ingresen a territorio venezolano, atención oportuna y respuesta adecuada en los lapsos que la ley establece sobre las solicitudes de refugio.
  • Acatar las recomendaciones y medidas cautelares adoptadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

     -Tope-

 

Derechos Políticos

  • Respetar la voluntad popular expresada mediante cualquier medio de participación y expresión de la soberanía, así como investigar y sancionar a quienes cometan fraudes orientados a desconocerla.
  • Abstenerse de reprimir u obstaculizar las protesta pacíficas realizadas por cualquier grupo o sector social.
  • Derogar los 8 decretos que crean igual número de zonas de seguridad en la ciudad de Caracas.
  • Estimular la organización social y el protagonismo popular en el diseño, control y evaluación de las políticas públicas, en un marco de respeto y promoción de la autonomía de las organizaciones.
  • Diseñar, en consulta con diversos actores sociales, un plan nacional de educación popular que promueva la comprensión de los derechos garantizados en la Constitución de 1999 y el uso de mecanismos institucionales creados para hacerlos justiciables.
  • Disolver todos los mecanismos institucionales que hacen de los Círculos Bolivarianos organizaciones con dependencia del Estado y seguir promoviendo su existencia, pero estimulando su autonomía.

     -Tope-

Derecho a la Justicia

  • Intensificar el proceso de reforma integral del sistema de administración de justicia, para garantizar el acceso de la ciudadanía a los órganos de administración de justicia, la aplicación justa de la ley, la transparencia y celeridad en los procesos y la independencia del Poder Judicial. En este proceso de reforma deben respetarse los principios de independencia y colaboración de los Poderes Públicos.
  • Asegurar el respeto de los principios constitucionales y legales destinados a garantizar la independencia del Poder Judicial en áreas tales como asignación presupuestaria y realización de concursos públicos de oposición para la provisión de jueces titulares.
  • Poner fin al mandato de la Comisión de Reestructuración y Funcionamiento del Sistema Judicial, trasladando sus atribuciones y funciones a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, órgano que, por mandato constitucional, cuenta con las facultades necesarias para la ejecución de esa tarea.
  • Garantizar la más amplia participación ciudadana y de los actores que intervienen en la administración de justicia en el proceso de reforma judicial.
  • Desclasificar los expedientes, considerados como secretos, procesados en la Justicia Militar relacionados con investigaciones sobre violaciones a los derechos humanos, en especial los casos de personas desaparecidas o muertas en supuestos enfrentamientos con las fuerzas de seguridad, ocurridas en los años 60, 70 y 80.
  • Asegurar que en razón del derecho de los familiares a conocer la verdad de los hechos ocurridos en “El Amparo” en 1988, se investigue en jurisdicción ordinaria la posible responsabilidad de funcionarios del Estado sobre los cuales no hay decisión definitivamente firme y se establezca la responsabilidad intelectual, toda vez que al no sancionar a los responsables de aquellos hechos, el Estado está aún en mora con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de fecha 14.09.96.
  • Asegurar la efectiva vigencia de la justicia en otros casos de violaciones a los derechos humanos ocurridos en el pasado: los sucesos de febrero-marzo de 1989, la represión de los intentos golpistas de febrero y noviembre de 1992, las muertes en manifestaciones desde 1989 hasta el presente, las masacres ocurridas en establecimientos penitenciarios, las ejecuciones de los denominados “grupos de exterminio”, así como las violaciones a los derechos humanos ocurridas en el marco del frustrado golpe de Estado de abril de 2002, independientemente de que se cree o no la Comisión de la Verdad, entre otros.
  • Garantizar que las víctimas de violaciones a los derechos humanos y/o sus familiares sean indemnizadas y reciban rehabilitación hasta su total recuperación.
  • Aumentar el número de Defensores Públicos de Presos, con nombramientos de titulares escogidos por concurso público de oposición, con la finalidad de agilizar y garantizar una defensa efectiva y certera.
  • Garantizar que en la reforma al Código de Justicia Militar se desarrolle el mandato constitucional de que los militares pueden ser juzgados en tribunales militares sólo por delitos de naturaleza militar. Asimismo que la selección de los jueces se realice mediante concurso público de oposición. Igualmente, deberá promoverse una amplia participación social en el debate sobre esa reforma.
  • Aprobar la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, con estricto apego a los principios constitucionales que inspiraron la creación de esta institución.
  • Poner fin a la mora legislativa mediante la pronta aprobación de la legislación referida al Sistema Judicial, al Poder Ciudadano y a la Defensa Pública, tal como lo establece la Disposición Transitoria Cuarta, numeral 5 de la Constitución.
  • Garantizar protección a la vida, integridad y seguridad de las víctimas, testigos y denunciantes de violación de derechos humanos.
  • Proceder, en el plazo más corto posible, a la renovación de las máximas autoridades de los poderes Judicial y Ciudadano, con estricto apego a los mecanismos establecidos a tal efecto en la Constitución.

     -Tope-

Derecho de las Personas Detenidas y Encarceladas

  • Llevar adelante las acciones requeridas para concretar el modelo penitenciario plasmado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 272. Principalmente, en lo relativo a la descentralización de los centros de reclusión, la creación de un ente penitenciario con carácter autónomo y el fomento de políticas de rehabilitación.
  • Informar a la opinión pública, nacional e internacional, de las medidas implementadas por el Estado venezolano para dar cumplimiento a las recomendaciones relacionadas con el derecho a la integridad personal de los reclusos, formuladas a Venezuela por el Comité Contra la Tortura de la ONU el 05.05.99.
  • Garantizar que el control interno de los reclusos esté a cargo de personal civil debidamente capacitado y que el número de custodios asignado en cada centro guarde correspondencia con el total de reclusos.
  • Normar los procedimientos de inspección a los visitantes de los centros de reclusión, garantizando un trato digno y respetuoso, y prohibir la práctica de inspecciones contrarias a la integridad personal.
  • Asegurar el acceso a los medios de comunicación, abogados litigantes y las ONG de derechos humanos a los recintos penitenciarios, sin más restricciones que las derivadas de normas de seguridad.
  • Garantizar un mayor número de Jueces de ejecución y una actuación efectiva de los mismos, incrementando el número de visitas a los establecimientos penales y de entrevistas con los detenidos.
  • Lograr el establecimiento de criterios y prácticas comunes entre el Ejecutivo Nacional y el Poder Judicial para la debida aplicación de los beneficios que corresponde otorgar a la población reclusa, que califique para ellos. Sin más exigencias y limitaciones que las establecidas legalmente.
  • Garantizar el traslado seguro de los internos a los tribunales, impidiendo la comercialización de este derecho y las situaciones que suponen riesgo para la vida e integridad física de los detenidos.
  • Separar a los internos en cada establecimiento penitenciario, según categorías de edad, sexo, motivos de detención, estado del proceso y medidas a ser aplicadas.
  • Asegurar el pleno disfrute del derecho a la visita intima de la población penal femenina, sin más restricciones que las de seguridad general del recinto penitenciario.
  • Garantizar el acceso de la población reclusa a los servicios de salud, asegurando el debido seguimiento y tratamiento a los casos específicos de alteraciones de salud que así lo ameriten.
  • Suministrar a los internos una dieta alimentaria que garantice niveles óptimos de salud. La dieta debe contemplar los requerimientos especiales de las reclusas embarazadas, así como de las madres en período de lactancia, y los menores de edad que permanecen en centros de reclusión junto a sus madres.
  • Implementar programas educativos y laborales para la población penal, así como las instancias requeridas para el seguimiento y mantenimiento de los mismos.
  • Garantizar equipos técnicos de profesionales que funcionen en los centros de reclusión a objeto de dar seguimiento al comportamiento del recluso y certificar que éstos son aptos para el otorgamiento de los beneficios contemplados en las leyes vigentes.
  • Procurar las condiciones óptimas de infraestructura y atención especializada para aquellos reclusos y reclusas beneficiados con medidas de pre libertad.
  • Alcanzar una infraestructura y una asignación presupuestaria óptima que posibilite el cumplimiento a cabalidad de los programas de tratamiento y sanciones contemplados en la Ley Orgánica de Protección del Niño y el Adolescente (Lopna).
  • Garantizar a la población reclusa un sistema de recepción y trámite de denuncias de violaciones a los derechos humanos cometidas al interior de los penales con miras a que se investiguen, sancionen y reparen. Este sistema debe contemplar la salvaguarda de la integridad y la vida de los denunciantes. Así mismo, debe producir informes, de carácter público, sobre la cantidad de denuncias presentadas y los resultados obtenidos.
  • Eliminar la práctica de los traslados de reclusos entre diferentes centros de reclusión como medida de castigo, dado que aumentan su vulnerabilidad frente a amenazas a su vida e integridad física.

     -Tope-

Derecho a la Seguridad Ciudadana

  • Desarrollar políticas de prevención social del delito. En esta materia el reto fundamental consiste en fortalecer los programas dirigidos a aquellos sectores que están en situación de riesgo social, tales como niñez, adolescencia, comunidades excluidas.
  • En relación con la prevención social es necesario diseñar y ejecutar: a) programas específicos e inclusivos para los jóvenes en situación de riesgo; b) programas de urbanización de áreas de pobreza permanentes, con sisternas de monitoreo de los resultados; c) programas de consolidación de sistemas de información georreferenciados sobre pobreza y estudios sectoriales sobre la criminalidad que sean positivos.
  • Emprender un profundo proceso de reforma policial, especialmente en lo que se refiere a profesionalización, control, modernización y tecnificación. Debe mejorarse también el desempeño de las autoridades judiciales, a efectos de disminuir los niveles de impunidad.
  • En materia de prevención comunitaria del delito, uno de los desafíos fundamentales es la introducción del modelo comunitario y la canalización de las iniciativas ciudadanas en el marco de una acción concertada con las autoridades policiales y judiciales.

     -Tope-

Sobre los compromisos Internacionales en materia de derechos humanos

·        Ratificar los siguientes instrumentos internacionales:

 

-          Protocolo Adicional a la Convención de los Derechos del Niño sobre la Venta de Niños, Prostitución Infantil y Pornografía Infantil. Suscrita por Venezuela el 08.09.00.

-          Protocolo de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer. Adoptado por la Asamblea General de la ONU el 06.10.99.

-          Convención Internacional para la protección de los Derechos de todos los trabajadores Migrantes y los Miembros de su Familia. Adoptado por la Asamblea General de la ONU el 18.12.90.

-          Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad. Suscrita por Venezuela el 06.08.99.

-          Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador). Suscrito por Venezuela el 27.01.89.

 

·        Cumplir y respetar los convenios internacionales de la OIT.

·        Ejecutar de manera expedita las sentencias de los tribunales internacionales y los dictámenes de las instancias cuasijurisdiccionales de carácter internacional, y promulgar una ley nacional que reglamente este procedimiento, según lo previsto en el artículo 31 de la Constitución.

·        Difundir ampliamente los informes del Estado a los Comités de las Naciones Unidas y discutir sus contenidos, antes y después de las sesiones de estudio fijadas por los Comités. Dichos informes deben ser presentados de manera oportuna, mejorando además su proceso de elaboración, sus contenidos, y la composición y calidad de las misiones oficiales que los sustentan, en desarrollo de los parámetros internacionales.

·        Atender y aprovechar las recomendaciones y observaciones hechas por los Comités de las Naciones Unidas, sobre los informes del Estado presentados ante dichas instancias, para la adecuación de su infraestructura y de su sistema de protección de derechos humanos.

·        Reconocer la competencia del Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación Racial, para que pueda conocer de las comunicaciones por casos individuales.

·        Difundir ampliamente los instrumentos internacionales de derechos humanos, así como las decisiones sobre Venezuela adoptadas por instancias internacionales, así como educar a los agentes del Estado en el respeto y observancia de los mismos.

·        Informar a la opinión pública, nacional e internacional, de las medidas implementadas por el Estado venezolano para dar cumplimiento a las recomendaciones, formuladas a Venezuela por el Comité de Derecho Humanos de la ONU el 06.03.01.

·        Adecuar las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia en materia de derechos humanos, para que respeten y garanticen el derecho al amparo internacional y, en general, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

 -Tope-